Arequipa: Dejan en libertad a “burriers” que llevaban 9 kilos de droga.
Juez de Hunter declaró infundado pedido de prisión preventiva
Arequipa: Juez libera a burriers, a pesar que fueron encontrados con nueve kilos de droga |
José Delgadillo Benítez y Roy Toro Pocco fueron detenidos el pasado 19 de agosto en el Terminal Terrestre por personal de la División Antidrogas (Divandro) y la fiscalía cuando trasladaban unos 9 kilos de pasta básica de cocaína (PBC) de Lima con destino a la ciudad de Juliaca (Puno), sin embargo desde ayer gozan de libertad porque un juez de investigación preparatoria de Hunter declaró infundado el pedido de prisión preventiva a pesar de todas las pruebas que los involucraban.
El día de la intervención a Delgadillo Benítez se le encontró una radio portátil de regular dimensión en cuyo interior los agentes descubrieron acondicionado un paquete con casi dos kilos de PBC, mientras a Toro Pocco transportaba la ilícita mercadería adherido al cuerpo los efectivos retiraron de su espalda y pantorrillas unos 6 kilos del narcótico.
La fiscal Ana María Bedoya Maque, de la segunda fiscalía provincial penal corporativa de Hunter junto las pruebas recogidas en el momento de la intervención y las manifestaciones de los sujetos hace unos días solicito el mandato de prisión preventiva al despacho del juez del segundo despacho de investigación preparatoria.
La titular de la investigación en el expediente expuso que los detenidos eran denunciados por el delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del estado cuya pena es no menor de ocho años de prisión y no mayor de quince años de pena privativa de la libertad. Además la fiscal expuso que la situación legal de los imputados se agravaba debido a la cantidad de droga incautada.
A pesar de todos los alegatos presentados por el ministerio público el juez César Gonzalo Ballón del Juzgado de Investigación Preparatoria de Hunter en una decisión polémica declaro infundado el pedido de prisión preventiva para los burriers y dispuso que Roy Toro Pocco pagara una fianza de mil soles a pesar que transportaba unos 6 kilos de droga, mientras José Delgadillo Benítez deberá pagar dos mil soles para recobrar su libertad.
La resolución del magistrado fue calificada de incompresible por la fiscalía, teniendo en cuenta que los sujetos acreditaron su arraigo domiciliario en Huancavelica mediante documentos suscritos por personas que no están en capacidad de emitirlos.
Además tampoco valorado adecuadamente que los sujetos aceptaron tener conocimiento que trasladaban la droga que debía ser entregada en Juliaca
FUENTE: Diario El Pueblo / Arequipa, 04 de setiembre 2011
Cierto, el requerimiento de prisión preventiva del Ministerio Público resultó infundado, sin emargo lo que la prensa no informa (o informa mal) es que el CPP establece cierts requisitos para la prisión preventiva, uno de ellos es el peligro de fuga y obstaculización, lo cual fue desvirtuado por la defensa, pues pudo acreditar el arraigo de ambas personas en su ciudad natal. Por otro lado se trataba de delincuentes primarios al no contar con ningún tipo de antecedentes, entonces, vale la pena detener a dos jovenes primarios en la carcel que es la unioversidad del crimen? Tanto la jurisprudencia nacional como supranacional señala que la prisión preventiva se da "en última ratio" pues es la medida más gravosa de las de orden personal. Esos señores ahora se encuentran con comparecencia restrictiva.
ResponderBorraren relacion al comentario anterior...
ResponderBorrarson nueve kilos...
no nueve gramos...
y como diria el gran sabio y filosofo Melcochita: ¡¡¡¡¡Immmbeeeciiiilll!!!!!!
Sobre el segundo comentario, triste encontrar que teniendo oportunidad para utilizar la argumentación jurídica se limite al insulto fácil y barato, tal como está la situación creo que el adjetivo no le pertenece nada más que a él. Reconozco la acción del Juez Ballón por su buen criterio y considerar como se dijo en el primer comentario que la prisión preventiva es de última ratio.
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