sábado, 21 de septiembre de 2013

"CONMUTAR LA PENA A NARCOTRAFICANTES ES UNA INFRACCION CONSTITUCIONAL"‏

"CONMUTAR LA PENA A NARCOTRAFICANTES ES UNA INFRACCION CONSTITUCIONAL"‏
El vicepresidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Heriberto Benítez Rivas (SN), sostuvo que el Congreso no debería perder el tiempo en una nueva investigación, ni en conformar otra Comisión o cambiar a los integrantes de la actual Megacomisión, ya que cualquier legislador puede presentar, directamente, una denuncia por infracción a la Constitución, por las escandalosas, sospechosas y/o extrañas conmutaciones de pena, otorgadas personalmente por el propio Alan García, en favor de condenados por tráfico ilícito de  drogas y robo agravado, para que salgan en libertad.

"Hay que recabar los elementos probatorios, obtenidos prolijamente durante el trabajo de la Megacomisión, compilar los testimonios, agregar las evidencias, indicios, sospechas y presentar la denuncia constitucional, a fin que el Congreso efectúe el trámite legal, con respeto al debido proceso, y se pronuncie a través de sus instancias legales (Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Comisión Permanente y pleno) y si se demuestra o comprueba que hubo infracción constitucional, por las conmutaciones de pena a narcotraficantes y condenados por robo agravado, Alan García podría ser inhabilitado hasta por diez años en el ejercicio de la función pública" agregó Benítez Rivas (SN).

Finalmente, Benítez Rivas (SN) señalo que si el fallo del Poder Judicial (PJ), que favorece en parte al ex jefe de Estado Alan García, quedara consentido y/o ejecutoriado, debe ser cumplido y acatado; además, indico que queda claro que dicha sentencia es una advertencia para que la Comisión de Fiscalización y Contraloría, cumpla con respetar el debido proceso durante la investigación seguida a Alejandro Toledo, su cónyuge, suegra y otras personas comprometidas en probables delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos u otros ilícitos penales.


Lima, 21 de septiembre del 2013.

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