SOBRE LA FISCALIZACIÓN ADMINISTRATIVO LABORAL
Dra. Lourdes Chávez Dueñas [1]
A
través de los años, la Fiscalización Administrativo Laboral ha sido objeto de
diversas modificatorias en materia legislativa y en la aplicación de políticas
laborales, sin que se logre obtener buenos resultados en términos cuantitativos
y cualitativos, hasta la fecha.
No
obstante, deberíamos preguntarnos si el problema radica en la normas laborales
vigentes en un determinado tiempo, en el recurso humano, logístico o en
factores de naturaleza política (entre otros)?.
Si
lo analizamos objetivamente, lo planteado en parte es el resultado de la
evolución o devenir y de las corrientes en materia laboral que ha vivido el
país, amén de otros factores que reseñaremos. Así, antes de la Flexibilización
Laboral se daba más énfasis y peso a la vigencia y cumplimiento de los derechos
laborales, cuya defensa es inherente a los Sindicatos, y por ende tenía mayor
énfasis la Fiscalización Administrativo Laboral integral, en términos
cuantitativos y cualitativos. Con la Flexibilización Laboral la Fiscalización
Laboral virtualmente quedó desarticulada o desmantelada, con la reducción del
número de Fiscalizadores Laborales, Infraestructuras y de las Fiscalizaciones
en sí, en términos cuantitativos y cualitativos.
Con
posterioridad, los intentos por incrementar sólo cuantitativamente las cifras
de Fiscalizaciones y Fiscalizadores no han solucionado tampoco el problema,
porque hasta la fecha sólo se llega al 10% aproximadamente del universo de
empresas formales (según cifras oficiales – Informes Anuales de la Inspección
del Trabajo en el Perú, entre otros documentos), sin considerar las que no lo
son, lo cual resulta larga y claramente insuficiente.
Así
las cosas, empero encontrarnos en un período posterior a la Flexibilización
radical, no se ha llegado a retomar y/o alcanzar el nivel de Fiscalización
Laboral adecuado o que implique una garantía del cumplimiento de las obligaciones
socio laborales, y que se sostenga en el tiempo, y sea por ende un mecanismo garantista
de prevención de conflictos y de promoción de la paz social.
Conjuntamente
con la influencia y rezagos de la Flexibilización Laboral encontramos otros
factores como, en función al universo de empresas, insuficiencia numérica y
técnico calificada de Fiscalizadores con experiencia adecuada suficiente,
inadecuado planeamiento estratégico, y de utilización de los recursos humanos,
logísticos y estratégicos; así como inadecuado marco normativo para la
Fiscalización Laboral, que haga más expeditivo el Procedimiento de
Fiscalización Administrativa Laboral; e inadecuada conducción técnico
estratégica del mismo.
Por
ello, en el marco de la Dación e implementación de la Ley del Servicio Civil,
cuya razón de ser contenida en sí misma, a la par del ordenamiento en la
Administración Pública, lo debe ser brindar servicios públicos eficientes y
transparentes, la reciente creación de la SUNAFIL también representará un reto
para medir si realmente se implementan todas las medidas y ajustes necesarios
para garantizar adecuadas, expeditivas y transparentes Fiscalizaciones
Administrativo Laborales.
El
ciudadano o contribuyente, trabajador o empleador, reclama servicios públicos y
procedimientos administrativo laborales que garanticen a la par que el respeto
y cumplimiento de sus derechos fundamentales, la eficiencia, celeridad, imparcialidad,
predictibilidad y transparencia en los mismos, por parte de todos los
servidores públicos intervinientes y a cargo de ellos, en las diversas etapas
que lo comprenden; por lo que la tarea es de mucha responsabilidad, preparación
y exigencia, a fin de alcanzar las metas o estándares necesarios, que a su vez
se sostengan en el tiempo y no sean una vez más, sólo un simbólico saludo a la
bandera.
[1] Cargos desempeñados (más de 16 años de Ejercicio Profesional y en la Administración Pública): Magistrada, Directora de Trabajo de 2da. Instancia, de Inspección Higiene y Seguridad Ocupacional, Registros Generales, Sindicales, Prevención de Conflictos, etc. Consultora Laboral, Defensora Social, entre otros. Post Grados a Nivel Nacional e Internacional (Derecho Laboral, Administrativo, Constitucional, etc.). Doctorado en Derecho y CC.PP. Maestría en Derecho del Trabajo y Seg. Social, Diplomados, Cursos de Especialización, entre otros. Miembro de Comisiones Consultivas, etc.
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