Se atrasó el vuelo: ¿Cuáles son los derechos de los
pasajeros?
(Foto: Archivo El Comercio) |
Si un vuelo se retrasa o
se cancela por culpa directa de la aerolínea, ella debe asumir su responsabilidad,
señala Indecopi
Imagine esta situación. Es usted un pasajero en una
ciudad que no es la suya y está a la espera de su vuelo de regreso en el aeropuerto. Sin embargo, cuando falta poco para
ingresar a la sala de embarque,recibe la noticia de que no podrá llegar a su
destino. ¿La
razón? Fallas en el avión que necesitan ser solucionadas de urgencia.
Gonzalo
Cruz, docente de Derecho de la Universidad
Privada del Norte (UPN), dice que en estos casos el usuario está en todo su derecho de pedir
que le permitan abordar el vuelo siguiente. De no ser así, puede solicitar a la
aerolínea la devolución del dinero porque se ha incumplido lo ofrecido: la
salida a la hora y fecha convenidas.
Sin
embargo, Daniel Navarro, secretario técnico de la Comisión de Protección al
Consumidor del Indecopi, indica que para hacer estos pedidos se deben
establecer los motivos de por qué
se retrasó o canceló el viaje.
“Hay
casos que impiden la cancelación del vuelo por factores climáticos, el mal
estado de la pista de despegue o de la infraestructura del aeropuerto. Todo
ello no es atribuible a la aerolínea y
en esos casos, lamentablemente,
no se puede hacer mucho por el usuario”, afirma.
Sin
embargo, si el avión presenta fallas o han existido problemas con la
tripulación, la aerolínea debe asumir su responsabilidad.
¿QUÉ
SOLICITAR?
Miguel
Esparta, docente de las carreras de Negocios de la División EPE de la UPC, explica que, según el tiempo de postergación de
los vuelos, hay varios tipos de compensaciones.
Por
ejemplo, entre una hora y tres de retraso, se
suministrará al pasajero un refrigerio y una comunicación telefónica que no exceda de tres minutos.
Entre
tres horas y cinco, además de lo anterior, se deberá proporcionar al pasajero
alimentos (desayuno, almuerzo o cena, según la hora).
Sin
embargo, cuando esta demora sobrepase las 10:00 p.m., la aerolínea deberá proporcionarle también hospedaje (si no está en su lugar de residencia)
y gastos de traslado entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje y viceversa.
¿Y
SI QUIERO POSTERGAR MI VIAJE?
Gustavo
Rodríguez, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico, dice que la Ley 30046 establece el derecho al endoso y postergación de
los vuelos contratados.
“Se
establece que los consumidores que ejerzan este derecho únicamente asumirán los
gastos relacionados con la emisión del nuevo boleto”, afirma.
Daniel
Navarro, funcionario de Indecopi, indica que de ninguna manera este cobro debe
estar cerca o incluso superar el costo del pasaje original. La condición para
utilizar este derecho es
realizarlo al menos 24 horas antes del viaje.
El
año pasado la
entidad sancionó a cuatro aerolíneas que realizaban cobros adicionales a
los usuarios, como una penalidad por no presentarse al momento del vuelo.
DATOS
► 450 UIT es la sanción máxima
que puede imponer el indecopi a las aerolíneas
► 15,7 millones de pasajeros fue
el tráfico aéreo en el 2013.
FUENTE:
Abraham Taipe Ballena
Periodista
@ataipeb
http://elcomercio.pe/economia/peru/se-atraso-vuelo-cuales-son-derechos-pasajeros-noticia-1755033
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