PERÚ: Si tienes un familiar grave estos son los pasos para pedir
licencia remunerada.
Hoy se publicó en el diario oficial El Peruano el reglamento de la ley
30012, que otorga este derecho a los trabajadores
Desde ahora los trabajadores podrán solicitar una
licencia remunerada si tienen un familiar directo con enfermedad grave o
terminal o que ha sufrido un accidente grave, luego de que se publicara hoy en
El Peruano el reglamento de la ley 30012, que otorga este derecho.
¿Cuáles son los pasos para gozar de este licencia
de siete días de acuerdo con esta norma?
PROCEDIMIENTO
1. Se tendrá que presentar, dentro de las 48 horas de producido o conocido el accidente o la enfermedad, una "comunicación escrita o por correo electrónico [sic]" al empleador.
1. Se tendrá que presentar, dentro de las 48 horas de producido o conocido el accidente o la enfermedad, una "comunicación escrita o por correo electrónico [sic]" al empleador.
En esta, se deberá indicar la fecha de inicio de la
licencia, su duración y los hechos que la motivan. Si no se consignase la fecha
de inicio, se entiende que empieza el día siguiente de la comunicación.
2. Se presentará también la documentación que
acredite su vínculo familiar con la persona enferma o que sufrió el accidente.
Si es conviviente, se probará con los documentos notariales, judiciales o
registrales que correspondan. Si el empleador lo aceptara, la acreditación
también podrá darse con una constatación policial o una declaración jurada del trabajador.
3. Además, deberá adjuntarse el certificado médico que corrobore el estado de salud.
Estos documentos pueden ser presentados por separado, pero dentro del mismo plazo (48 horas).
4. Si requiriera más días de licencia, deberá
comunicar a su empleador por escrito las razones de la ampliación (hasta 30
días, pero a cuenta de las vacaciones) y adjuntar un certificado médico que lo
respalde.
5. Si se necesita un período adicional a este (ya con horas compensables), el trabajador deberá haber suscrito antes un convenio de compensación con el empleador.
ENFERMEDAD Y VÍNCULO SIN ACREDITAR
Si, por 'obstáculo insuperable', no pudiera
presentar los papeles que acrediten su vínculo familiar, de convivencia o el
certificado médico en el plazo, el trabajador deberá expresar en su
comunicación al empleador que sí está dentro las causales para recibir la
licencia (con carácter de declaración jurada). No obstante, deberá presentar
estos documentos 24 horas después de que los obtenga.
Si dada así la licencia el posterior certificado médico no determinara la enfermedad grave, terminal o el accidente grave, el empleado tendrá que reincorporarse a su puesto de trabajo, como máximo, al día siguiente de la emisión del certificado.
Si dada así la licencia el posterior certificado médico no determinara la enfermedad grave, terminal o el accidente grave, el empleado tendrá que reincorporarse a su puesto de trabajo, como máximo, al día siguiente de la emisión del certificado.
Las horas no trabajadas no serán descontadas ni consideradas ausencia injustificada si el familiar directo ha estado hospitalizado y el trabajador las recupera.
FUENTE: http://elcomercio.pe/economia/peru/tienes-familiar-grave-son-pasos-pedir-licencia-remunerada-427525
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