¿Cómo
actuar ante la emisión de ruidos molestos?
En
los últimos años, lamentablemente con mayor frecuencia, la tranquilidad de
muchos hogares se ha visto alterada por la constante emisión de ruidos no
deseados que perjudican la salud de sus habitantes. Las causas de estos son,
principalmente, las obras en construcción, el funcionamiento de maquinarias
pesadas, la música a alto volumen, entre otros factores generadores de
molestias.
En
efecto, ruidos molestos como los citados causan contaminación sonora. Así,
además de perturbar los tiempos de sueño o reposo de los ciudadanos que habitan
cerca de los puntos de emisión, afectan la capacidad auditiva, las
conversaciones cotidianas, la salud mental y el rendimiento físico, entre otras
consecuencias como las señaladas por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La
problemática no es ajena a la Defensoría del Pueblo, que –a la fecha– ha atendido un gran
número de consultas sobre este tipo de casos. Al respecto, Rocío Espinoza,
encargada del Centro de Atención Virtual, recomienda que, frente a estas
situaciones, los vecinos pueden presentar una queja ante el gobierno local de
la zona donde se producen los ruidos molestos, y solicitar la visita de un
personal fiscalizador. Para mayores referencias, resulta pertinente precisar
datos como los horarios de emisión y la aparente fuente de los ruidos.
El
personal municipal deberá acudir portando un equipo para la medición de ruido,
llamado sonómetro o decibelímetro, el cual debe estar calibrado y certificado
por el Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual (Indecopi) o entidades autorizadas por esta institución.
Esta entidad, para favorecer su consulta, publica el listado de sonómetros
calibrados en su portal web.
Es
pertinente resaltar que, durante la fiscalización que efectúe el personal edil
competente, se tomará en cuenta la zona en la que está ubicado el domicilio del
ciudadano denunciante, el nivel máximo de decibeles permitido y los horarios de
emisión de los ruidos ─diurno y nocturno─, según lo dispone el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental
para Ruido.
En
ese marco, si los ruidos molestos superan los valores máximos establecidos
según zona y horario, el fiscalizador notificará al responsable de la fuente
emisora los resultados de la inspección y, posteriormente, la municipalidad
provincial o distrital emitirá una resolución con las sanciones y medidas
correspondientes para proteger la tranquilidad de los vecinos.
En
cambio, si los ruidos emitidos no superaran los valores establecidos, pero –por
el tipo, duración y persistencia de estos ocasionan igualmente daños en la
salud o en la tranquilidad– la municipalidad involucrada también puede
establecer disposiciones especiales para controlarlos y, así, evitar lamentables
perjuicios en los ciudadanos que habitan cerca de la fuente.
Recuerde
que si no recibe respuesta a su queja o los ruidos molestos continúan, a pesar
de la fiscalización y sanción, puede acudir a las oficinas de la Defensoría del
Pueblo a nivel nacional o, si así lo prefiere, contactarnos a través del correo
electrónico consulta@defensoria.gob.pe. No olvide alcanzarnos la copia
del cargo del documento enviado al gobierno local o de la resolución municipal
que se hubiese emitido ante su denuncia.
FUENTE:
http://www.defensoria.gob.pe/blog/como-actuar-ante-la-emision-de-ruidos-molestos/
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