PERÚ: Robarle al
pueblo será delito imprescriptible.
Pleno del Congreso
aprobó reforma constitucional contra funcionarios públicos corruptos
Por
unanimidad y en segunda votación, el Pleno del Congreso aprobó
reformar el artículo 41 de la Constitución referido a la imprescriptibilidad de
los delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos.
La
norma, que quedó lista para su promulgación, agrega al artículo 41 de la Carta
Magna un párrafo que establece que el plazo de prescripción de la acción penal
se duplica en el caso de los delitos cometidos contra la administración pública
o el patrimonio del Estado, tanto para los funcionarios o servidores públicos
como para los particulares.
Precisa,
además, que la acción penal tendrá el carácter de imprescriptible en aquellos
delitos más graves, conforme al principio de legalidad. Este dictamen fue
aprobado en primera votación en marzo pasado.
La
sustentación estuvo a cargo de la congresista y presidenta de la Comisión de
Constitución, Úrsula Letona.
La
parlamentaria recordó que la primera votación de la reforma del artículo 41º se
aprobó en la sesión del Pleno del 1 de marzo último y tiene como propósito
“hacerle entender al pueblo y al ciudadano el compromiso de luchar contra el
flagelo de la corrupción”.
Dijo
que uno de los delitos más peligrosos es la corrupción porque deslegitima a las
autoridades públicas y a la clase política.
La
norma, afirmó, busca condenar tanto al corruptor como a los que son corrompidos
y a los terceros que resulten responsables.
Legislar,
en este sentido, es ahora de interés nacional y “está en nuestras manos la
oportunidad de hacerlo”, acotó.
Intervino
también la congresista Marisa Glave, quien felicitó por la iniciativa y destacó
que la imprescriptibilidad se hace cuando los delitos son los más graves.
Propuso
que las comisiones del Congreso inicien el desarrollo normativo del delito.
Igualmente, participaron los congresistas Reymundo Lapa (autor de una de las iniciativas) y Miguel Torres Morales, quien destacó la unanimidad lograda en la primera votación.
Igualmente, participaron los congresistas Reymundo Lapa (autor de una de las iniciativas) y Miguel Torres Morales, quien destacó la unanimidad lograda en la primera votación.
Expresó
que el tiempo dejará de ser el aliado de la corrupción y dio su total apoyo a
la reforma y al hecho de haber sido el primer tema de la agenda del Pleno.
Delitos más graves
El
1 de marzo último y en sesión histórica, el Pleno del Congreso había aprobado
en 1ª votación por unanimidad la imprescriptibilidad de los delitos de
corrupción contra la administración del Estado y también cuando estos sean
cometidos por funcionarios particulares.
Con la 2ª votación la modificación del Artículo 41 de la Constitución Política del Perú, rezará ahora así:
“El
plazo de prescripción de la acción penal se duplica en caso de los delitos
cometidos contra la Administración Pública o el patrimonio del Estado, tanto
para los funcionarios o servidores públicos, como para los particulares.
“La acción penal es imprescriptible en los supuestos más graves conforme al principio de legalidad”.
“La acción penal es imprescriptible en los supuestos más graves conforme al principio de legalidad”.
La
imprescriptibilidad solo es para los casos “más graves” y es “un candado” que
se le ha puesto a la reciente modificatoria constitucional, pues lo ideal
hubiera sido que se apruebe esta medida para cualquier delito de corrupción.
Fuente:
http://elmen.pe/politica/robarle-al-pueblo-sera-delito-imprescriptible-11769
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