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viernes, 19 de febrero de 2010

"OCMA DEBE SANCIONAR A JUECES "EVALUADORES".

"OCMA DEBE SANCIONAR A JUECES "EVALUADORES".

El candidato al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Heriberto Benitez Rivas, pidio al Congreso de la Republica tomar un acuerdo inmediato para remover por causa grave al consejero Efrain Anaya, conforme a lo estipulado en el articulo 157° de la Constitucion Politica; y, solicito al jefe de la OCMA que sancione a los jueces que han intervenido en la calificacion de los examenes rendidos por los postulantes para magistrados supremos o superiores, ya que el articulo 146° de la Constitucion Politica determina que la funcion jurisdiccional es incompatible con cualquiera otra actividad publica o privada, con excepcion de la docencia universitaria fuera del horario de trabajo.

"Hay una serie de irregularidades que deben ser investigadas exhaustivamente sobre el desarrollo del reciente concurso publico para la eleccion de jueces y fiscales supremos, asi como de las evaluaciones, extrañas ratificaciones y nombramientos efectuados; esta situacion no debe quedar impune, ya que se han cometido atrocidades legales y barabaridades juridicas inaceptables" comento Benitez Rivas.

Finalmente, Benitez Rivas, dijo que el CNM no podia contratar jueces en actividad para evaluar a los postulantes y los magistrados tampoco podian aceptar ese trabajo; hay una responsabilidad compartida que merece una sancion ejemplar.

Lima, 19 de febrero del 2010.

martes, 25 de agosto de 2009

OCMA investiga a juez por enriquecimiento, Édgar Vizcarra dice que propiedades son heredadas y que ingresos pertenecen a su esposa


OCMA investiga a juez por enriquecimiento
Édgar Vizcarra dice que propiedades son heredadas y que ingresos pertenecen a su esposa.
Política Mar. 25 ago '09
Autor: Zarella Sierra Peralta
FUENTE: DIARIO PERU 21



El sospechoso incremento patrimonial que en los últimos años ha registrado el juez civil del Cono Este, Édgar Vizcarra Pacheco, ha originado que la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) inicie una investigación para determinar la procedencia de los bienes declarados por el magistrado, que en la actualidad ascienden a más de un millón de soles.





Fuentes consultadas por Perú.21 informaron que la investigación se encuentra a cargo de la jueza contralora de primera instancia, Karinna Holgado Noa, quien solicitará información oficial sobre los bienes que, en los últimos años, habría adquirido el juez Vizcarra. La investigación, según se explicó, culminaría antes de la quincena de setiembre.


DECLARACIONES.

Las últimas declaraciones juradas del citado magistrado demuestran que, mientras en 1997 declaró S/.13,315 en bienes, este rubro se incrementó a S/.520,341 en 2002.
En el presente año consignó S/.1’132,107. La denuncia sobre la cual la OCMA ha sustentado su investigación refiere además que, para su desplazamiento, el juez utiliza una moderna camioneta 4x4 y es custodiado por cuatro guardaespaldas.

Si el magistrado, quien tiene un ingreso mensual de S/.7 mil, no logra justificar el incremento de sus bienes, la OCMA podría determinar su destitución y, de darse el caso, denunciarlo por presunto enriquecimiento ilícito.




DESCARGO.

Consultado, Vizcarra dijo que desde su ingreso al Poder Judicial, en 1994, no ha adquirido ningún bien, y refirió que el incremento de sus bienes se debe a que en su declaración jurada ha consignado los ahorros bancarios de su esposa. “Compré una camioneta en 2002 y tengo otro automóvil que utilizan mis hijos, además de dos propiedades, una en Miraflores y otra en Magdalena.
Esta última es una herencia. Mi esposa tiene una propiedad en San Borja, que es donde vivimos y que heredó en 1984. No he adquirido ningún otro bien desde que soy juez. Es solo que yo, en un exceso de transparencia, declaré los ahorros de mi esposa”, señaló el magistrado a este diario.

martes, 21 de abril de 2009

¿Quien juzga a los juzgadores?

¿Quien juzga a los juzgadores?
fuente: Diario La Primera (Peru)
Columnista: Heriberto benitez Rivas - El dedo en la llaga



¿Quién juzga a los juzgadores?

El artículo 138º de la Carta Política establece que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y la ejerce el Poder Judicial (PJ), a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes.
Ítem más, en todo proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una legal, los jueces prefieren la primera; igualmente prefieren la legal ante una de rango inferior.
En ese sentido, los magistrados deben respetar el debido proceso legal y las garantías judiciales; no deben cometer abusos, ni atropellos contra la población.
Los jueces no pueden dictar resoluciones contrarias al texto claro y expreso de la Ley, ni citar pruebas inexistentes o hechos falsos, ni apoyarse en normas derogadas o supuestas, ni negarse a administrar justicia o eludir juzgar bajo el pretexto de defecto o deficiencia de la Ley; tampoco deben ordenar la ilegal detención de una persona, ni negarse a liberar a quien corresponde, ya que de lo contrario cometerían un delito contra la administración de justicia.
Por otro lado, existen requisitos especiales para que los magistrados puedan ejercer cargos en juzgados de primera instancia, Corte Superior y Corte Suprema de Justicia; la propia Ley Orgánica del Poder Judicial determina la diferencia que existe para ser designado magistrado provisional o suplente.
En el primer caso, debe ser un juez titular y, en el segundo caso, puede ser un letrado litigante o un catedrático universitario en disciplina jurídica, con un tiempo de experiencia.
Para el caso de jueces y vocales superiores, esta evaluación deben realizarla los presidentes de la cortes de los diversos distritos judiciales, bajo responsabilidad, y tener en cuenta la resolución administrativa Nº 009-2009-CE-PJ (fechada 09 de enero del 2009), la cual estipula que cubrir plazas vacantes con magistrados suplentes constituye inobservancia a los artículos 237º y 238º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; además, queda claro que la designación de magistrados provisionales será con quienes reúnan los requisitos para el cargo a cubrir.
Sin embargo, observamos que esta disposición de la máxima instancia administrativa del Poder Judicial (PJ) no se cumple en el distrito judicial de Lima, donde el 90% de los magistrados son provisionales o suplentes; existiendo casos escandalosos y vergonzosos de jueces titulares promovidos a vocales superiores, sin los requisitos legales, lo cual constituye un peligro para la administración de justicia.
El Poder Judicial (PJ) guarda un silencio cómplice; ninguna autoridad dice nada, parece que tuvieran temor de pronunciarse.
El titular de la Corte Superior de Lima, ex socio de Alan García y ligado al partido de gobierno, aparece como intocable e inamovible de su cargo. La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) debe intervenir inmediatamente, separarlo de sus funciones y aplicarle una sanción ejemplar, pidiendo al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que tramite la destitución ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM); esto sería saludable para el propio Poder Judicial (PJ) y beneficioso para toda la población.