Mostrando las entradas con la etiqueta malzon urbina. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta malzon urbina. Mostrar todas las entradas

domingo, 7 de abril de 2013

Juez Malzon Urbina: "El único camino para la alcaldesa es la ley"

Juez Malzon Urbina: "El único camino para la alcaldesa es la ley"
Dice que solo ha defendido el derecho de los comerciantes a tener un debido proceso para desalojar La Parada. Cree que el tiempo le dará la razón. Asegura que no es el saboteador de Susana Villarán 
(Foto: Percy Ramírez / El Comercio)
Le han dicho de todo. ‘Mamarracho’, ‘Cantinflas’, saboteador, ignorante de leyes. Se han burlado incluso de su nombre y de sus referencias literarias en sus sentencias. El juez Malzón Urbina acaba de resolver a favor del hábeas corpus interpuesto por los comerciantes minoristas de La Parada y explica sus razones para el polémico fallo.

He leído su sentencia y he reflexionado sobre una controversia de derechos: el principio de la libertad individual y el interés colectivo. Se supone que Lima quiere tener un mercado moderno y por eso fue el traslado a Santa Anita…

Yo estoy de acuerdo.

La alcaldesa quiere que La Parada no sea la zona caótica que es y que en su lugar se construya un parque que sea un bien de utilidad pública. Los comerciantes minoristas dicen que solo muertos saldrán del lugar. ¿Cómo se resuelve la controversia entre interés público y libertad individual? ¿Qué se hace?

Me parece correcto el pedido. Tampoco estoy de acuerdo con La Parada. A la municipalidad le digo: tiene todo el derecho de tener un parque si lo desea, pero debe hacer el debido proceso.

¿Cuál es el camino correcto?
Hacer una demanda y sacarlos. Cuando se termine el juicio civil sacan a todos los comerciantes y después que la señora haga lo que desea con el terreno.

En su sentencia dice que no se puede hacer un parque.



La alcaldesa quiere hacer un parque, pero no se ve ningún ánimo de sacar por la vía judicial a los comerciantes. ¿Por qué no hace su demanda? Ya habría hecho el juicio, han pasado cinco meses. Mire este artículo que apareció en El Comercio el 22 de noviembre del 2012, el teniente alcalde Zegarra anuncia que la municipalidad va a retirar los bloques de cemento para no afectar a los minoristas del sector. ¿Ahora se rasgan las vestiduras porque un juez dice que se respete el libre tránsito? Ellos lo iban a hacer. ¿A mí por ordenar lo mismo me satanizan y me acusan de saboteador? ¿Cuál fue la motivación real de la incursión en La Parada? No olvidemos que hay cuatro muertos. El ministro Pedraza ha minimizado y dice que es el costo social. ¿Cómo es posible que hayan cometido tanta torpeza? Pedraza dice que 45 días antes venían coordinando. Pero cuando tú le preguntas a quién se le ocurre hacer la operación policial que vejó a los policías, nadie sabe nada. ¿Quién se levantó ese día con ganas de limpiar La Parada y sacó a los policías sin armas? ¿Dos coroneles? ¿Quiénes? El señor Pedraza está inmerso en un pantano de indicios delictivos. Abuso de autoridad para empezar.

El ministro Pedraza, quien es abogado penal, dice que usted desconoce las normas…

Está erradísimo. Dice que no se ve en un hábeas corpus otra cosa que no sea la libertad individual. ¿Cómo es posible que un penalista diga eso? En el hábeas corpus no se ve solamente la libertad individual, se ven también los derechos conexos, como el derecho a la defensa, el derecho a la inviolabilidad de domicilio.

Derechos que tienen que ver con la libertad individual. Él y otros abogados señalan que se ha excedido en sus funciones porque ha sentenciado además sobre la parte contractual, porque ha analizado la donación del terreno…

Critican sin sentido. El derecho conexo sí existe, porque el trato discriminatorio puede viabilizar una detención si está ligado. Recuerda que hay policías allí, obstaculizando el libre tránsito.

Los comerciantes minoristas pueden entrar y salir del mercado, nadie los detiene. Los bloques de cemento están para impedir el paso de los camiones…

Ellos dijeron que los policías les rebuscan sus pertenencias, inclusive les hacen vaciar las bolsas con el objeto de cobrar. Libre tránsito no hay. Libre tránsito es que no hay barreras como bloques de cemento. La restricción no puedes hacerla de ninguna manera, está prohibido. Eso lo puedes hacer con una sentencia ejecutoria, antes no. El único camino para la alcaldesa es la ley.

¿No se ha excedido en sus atribuciones al declarar nula una ordenanza con rango de ley que solo debería dejarse sin efecto por el Tribunal Constitucional?

No, yo he declarado la nulidad preexistente de ese documento y por ende su inaplicabilidad para el caso presente.

O sea, usted no le reconoce autonomía a la municipalidad…

Le reconozco, pero no autonomía para que cometa delitos.


¿Existe o no la Ley 27972, artículo 161, según la cual la municipalidad tiene competencia para promover y regularizar la comercialización mayorista y minorista?

Absolutamente y ese es un mandato constitucional además, pero dentro del marco de la ley. Fuera del marco de la ley, no se puede hacer nada así seas alcalde. Han interpretado maliciosamente la cláusula sexta que es para pago de impuestos. Han distorsionado y dicho: como es para bien público es igual a parque. Y no es así.

La cláusula cuarta habla de la incondicionalidad de la cesión. En la inscripción de la propiedad no aparece ninguna carga que limite el derecho a la propiedad de la comuna limeña. Hay incondicionalidad.

No. La cláusula segunda dice: obsequio para los siguientes fines públicos: mercado mayorista, mercado minorista y apertura de calles. Esos son los fines públicos objeto de mi donación.


En la cláusula seis se aclara que no habrá impuesto de alcabala porque es un terreno con fines de utilidad pública.

Claro, por eso no se pagan los impuestos.

¿Como municipalidad no puedo interpretar utilidad pública igual parque?

No, porque los intereses públicos están en el segundo artículo, en el que dice: mercado mayorista, minorista y calles que abrir.

¿Y la cláusula cuarta?

¿Qué dice?

¡Incondicionalidad de la cesión!

Incondicionalidad de la cesión significa que de ninguna manera puedo reclamar lo que regalo, pero no quiere decir que si hay algo que no pueda, yo lo pongo en el contrato.

Pero en la cláusula seis sí dice de utilidad pública. ¡Es un círculo!

La cláusula sexta únicamente habla del pago del impuesto. La alcaldesa sabe todo esto y los juicios civiles demoran, por eso optó por perturbar la posesión para que el 90% de los comerciantes mayoristas se fuera a Santa Anita. La propiedad es de la municipalidad, pero la posesión es un derecho tan fuerte como la propiedad. Si se trata de un inquilino, como dice la alcaldesa, tiene que hacerle un juicio para hacer la desocupación. Lo único que estoy pidiendo es que el trato sea igual. Si los de La Parada van a ser desalojados, que tengan el mismo derecho que el señor que vive en San Isidro o Miraflores. Que sea demandado y desalojado con un debido proceso. Si no hay juicio, todo acto tendiente a la desocupación es arbitrario, es un abuso. Además la interpretación de la cláusula sexta, en el sentido que ellos lo hacen, constituye un delito en su modalidad de falsedad genérica: cuando uno altera la verdad en perjuicio de otros.

Usted interpreta, ellos también.

Hay un marco de lógica razonable, pero no tendenciosamente.

¿Se puede o no interpretar las palabras?

Desde luego que sí.

Entonces ellos interpretan que en la cláusula seis, con el concepto utilidad pública tienen luz verde para hacer un parque, usted interpreta que no…

Yo no soy la contraparte de la municipalidad. Esta tendrá que interpretar lo que dice la otra parte. Yo soy el juez. Yo estoy fallando para ver cuál de los dos tiene la razón, no estoy discutiendo con la municipalidad.

¿Acaso la señora Ida Ávila le ha dicho: Juez Urbina, interprete este contrato, diga si la municipalidad está haciendo mal o no con la cláusula seis?

Intrínsecamente me lo está pidiendo. Ella demanda trato discriminatorio. “No porque el Ministerio del Interior sea una fuerza tremenda van a abusar de mí”, eso dice y es correcto. La ley es igual para todos. Yo tengo que investigar. Le pregunto a la alcaldesa cómo acceden al terreno y ella me dice y me obliga a analizar la cláusula sexta que tanto satanizan otras personas. ¿Por qué se metió la cláusula sexta? Ella la refirió. ¿Cómo voy a ignorar eso?

¿Por qué en trece salas se desestima el hábeas corpus y usted sí falla a favor?

Por temor. Se asustan de este escenario en el cual estoy envuelto. No es fácil. ¿Por qué por un momento no me conceden el beneficio de la duda?

Le estamos concediendo el beneficio de la duda, lo estamos entrevistando.

Muy agradecido, porque otros periodistas solo se dedican a insultarme. Yo reitero lo que dije: Hay un pánico con el hábeas corpus y se lavan las manos. Yo no lo haré, porque el día que haga eso dejo de ser juez.

Le han dicho que usted no es Dios, que no puede resolver el mundo con un hábeas corpus, le piden que estudie nuevamente.

Pero también muchos abogados y jueces me felicitan y me dan la razón. La mayoría habla sin leer, sin conocer.

¿Teme que lo denuncien por prevaricato?

Que lo hagan. ¿Qué pasa si yo demuestro lo contrario? A todos los que me acusan les pido hacer una bolsa para los niños pobres, les apuesto cien mil soles.

Usted está retando a cualquier abogado del Perú, a cualquier juez penal a que le demuestren que el derecho de igualdad ante la ley solo se examina en acción de amparo y no en hábeas corpus…

Exacto, lo firmo. Reto a cualquiera. Cien mil soles. Ese dinero será donado a los niños pobres. Yo estoy seguro de mi fallo.

FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1560530/noticia-entrevista-juez-malzon-urbina-unico-camino-alcaldesa-ley
MILAGROS LEIVA GÁLVEZ
El Comercio

(aqui la entrevista completa)


 LEE AQUÍ LA ENTREVISTA COMPLETA


miércoles, 3 de abril de 2013

Juez Malzon Urbina: Si alcaldesa Villarán no acata el fallo será destituida

Juez Malzon Urbina: Si alcaldesa Villarán no acata el fallo será destituida

Miércoles 3 de Abril del 2013, 07:29 AM
El juez que decretó que los comerciantes regresen a La Parada, señaló que si la burgomaestre capitalina, Susana Villarán no acata su fallo será multada y posteriormente destituida de su cargo. Además, dijo que la alcaldesa de Lima realizó un sabotaje a la capital, al haber realizado una operación con la Policía sin orden judicial que la ampare.
Afirmó, que Villarán de la Puente cometió el delito de usurpación, mientras que el ministro Pedraza es acusado de abuso de autoridad. Aseguró, que su fallo respeta los derechos humanos y que se siente con la conciencia tranquila pues ha realizado una sentencia brillante.
También, dijo que el caos que impera en La Parada no es culpa suya sino del Gobierno. Agregó que peritos del Ministerio Público lo han investigado y no han encontrado nada irregular. Finalmente, denunció que antes de emitir esta sentencia varios vocales de la Corte Suprema lo amenazaron.

FUENTE: http://www.panamericana.pe/buenosdiasperu/locales/124891-juez-malzon-urbina-alcaldesa-villaran-acata-fallo-destituida



martes, 2 de abril de 2013

Caso La Parada: juez falló a favor de comerciantes para que vuelvan a sus puestos

Caso La Parada: juez falló a favor de comerciantes para que vuelvan a sus puestos
El juez Malzon Urbina ordenó el retiro inmediato de los policías y bloques de cemento de las inmediaciones del mercado mayorista
El Poder Judicial emitió un fallo a favor de los comerciantes de La Parada, lo que podría permitir que estos vuelvan al centro de abastos. (Archivo El Comercio)


El juez Malzon Urbina, del 56 Juzgado Penal de Lima, emitió una resolución a favor de los comerciantes de La Parada. Ordenó el retiro de los policías que custodian las inmediaciones del mercado mayorista, así como de los bloques de cemento.

En su resolución, el juez concluye que no es legal que la alcaldesa de Lima,Susana Villarán, cambie el uso del terreno del establecimiento dejando de ser un mercado para convertirse en parque.

En otra parte del documento, el magistrado señala que la burgomaestre “habría incurrido en el delito de falsedad genérica y falsificación de documentos múltiples”.

Otra de las conclusiones de Urbina es que la Municipalidad de Lima violentó el principio de igualdad ante la ley, “discriminando a los comerciantes de La Parada”.

Un aspecto que resalta en la resolución es que el juez considera que el ministro del Interior tiene “responsabilidad penal” en el “trato discriminatorio” a los comerciantes evidenciados en el traslado de La Parada al nuevo mercado de Santa Anita. Además, se señala que el titular del Interior no analizó las consecuencias y expuso a los policías de la operación a los actos delincuenciales suscitados en octubre pasado.

HÁBEAS CORPUS FUNDADO

El fallo declara fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta doña Ida Obdulia Ávila Sedano contra la alcaldesa Villarán y contra el ministroWilfredo Pedraza. Esto “por vulneración al principio y al derecho de la libertad individual, medida y vigilancia arbitraria y afectación del derecho a la igualdad ante la ley por trato indiscriminatorio”.


“Dispongo la inmediata dación de cuenta a la Comisión Permanente del Congreso los indicios razonables de la comisión de ilícitos penales por parte del señor ministro Jerónimo Wilfredo Pedraza Sierra”, señala la resolución. También habla de “responsabilidades penales que pudieran recaer sobre la alcaldesa Susana Villarán del a Puente y a los funcionarios públicos que resulten responsables”.

Otra disposición contempla remitir copias certificadas al Ministerio Público por el presunto delito contra la Fe Pública con perjuicio de terceros por parte del teniente alcalde de Lima, Eduardo Zegarra, por haber supuestamente alterado la verdad respecto al contrato de donación del terreno.


FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1558262/noticia-caso-parada-juez-fallo-favor-comerciantes?ft=grid