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sábado, 6 de febrero de 2021

Afiliados ONP con menos de 20 años de aportes tendrán pensión. El titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Waldo Mendoza, se pronunció luego de hacerse oficial la inconstitucionalidad de la ley que permitía retiro de aportes de la ONP. En ese sentido, anunció que retomarán la propuesta para mejorar la situación de los afiliados de la ONP. “Estamos retomando la propuesta, presentada antes por el Ejecutivo que, entre otras medidas, permita a los afiliados con menos de 20 años de aportes, tener derecho a una pensión y seguridad social”, dijo.

Afiliados ONP con menos de 20 años de aportes tendrán pensión.

El titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Waldo Mendoza, se pronunció luego de hacerse oficial la inconstitucionalidad de la ley que permitía retiro de aportes de la ONP. En ese sentido, anunció que retomarán la propuesta para mejorar la situación de los afiliados de la ONP.

“Estamos retomando la propuesta, presentada antes por el Ejecutivo que, entre otras medidas, permita a los afiliados con menos de 20 años de aportes, tener derecho a una pensión y seguridad social”, dijo.

Jubilados

Es necesario mejorar la condición de los afiliados de la ONP, pero con propuestas que no solo miren el corto plazo, y que no deterioren la economía del país“, dijo Mendoza a través de su cuenta de Twitter.

El ministro señaló que la decisión del TC permitirá que el Ejecutivo maneje mejor sus finanzas públicas en medio de la segunda ola de la pandemia. Además, indicó que esto dará espacio para proponer medidas a favor de los afiliados

“¿Qué proponemos para mejorar la situación de los afiliados de la ONP? Estamos retomando la propuesta, presentada antes por el Ejecutivo que, entre otras medidas, permita a los afiliados con menos de 20 años de aportes, tener derecho a una pensión y seguridad social”, explicó.

Como se recuerda, la propuesta de la anterior gestión mencionaba que se establecerían pensiones a partir de los 10 años de aportes, cambiar el mínimo de edad para otorgar una pensión, entre otros aspectos.

De otro lado, refirió que en enero del presente año se hizo un enorme esfuerzo para entregar un bono de 930 soles a más de 500,000 pensionistas de la ONP, por 527 millones de soles.

“Es necesario informar que la decisión tomada por el TC no tiene efectos retroactivos, de modo que no habrá una devolución de la retribución otorgada”, afirmó.

El titular del MEF, señaló que el tiempo y esfuerzo de todos son valiosos, y por ello, es vital que en este contexto de emergencia sean bien empleados, trabajando en leyes que se puedan poner en marcha.

“Estamos totalmente dispuestos a trabajar con el Congreso para lograr mejores condiciones para los afiliados a la ONP”, puntualizó.

DECLARACIÓN ONP

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) afirmó que la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de declarar inconstitucional la Ley 31083 aprobada por el Congreso, mediante la cual se autorizaba el retiro de los aportes pensionarios administrados por la ONP, cautela el derecho a la pensión y el acceso a los servicios de salud de todos los pensionistas.

“La decisión del Tribunal Constitucional cautela el derecho a la pensión y acceso a los servicios de salud de los actuales y futuros pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones”, expresó la entidad en un comunicado.

Precisó que la retribución extraordinaria de 930 soles pagada en enero a los pensionistas no deberá ser devuelta. “La ONP continuará trabajando para impulsar medidas que faciliten el acceso a la pensión a más peruanos”, aseveró.

De acuerdo con el fallo del TC, la devolución a los aportantes demandaría una partida de 15,000 millones de soles, dinero que no se encuentra dentro del presupuesto público, pues en la actualidad todos los fondos que recauda el Sistema Nacional de Pensiones son destinados al pago de pensiones.

Además, el fallo establece que el Congreso vulneró la Constitución al emitir esta norma, dado que no cuenta con capacidad de gasto y que es el Poder Ejecutivo el que debe determinar la política económica.

¿QUÉ PASARÁ CON EL ‘BONO ONP ‘DE S/930 TRAS DECISIÓN DEL TC?

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) emitió un comunicado luego que el Tribunal Constitucional declarará inconstitucional ley que permtía retiro de aportes.

A inicios de este año el Gobierno anunció la entrega del Bono ONP de S/930, en cumplimiento con una de las disposiciones de la Ley N° 31083, misma que disponía la devolución de los fondos administrados por la ONP a sus aportantes.

Sin embargo, este jueves la ley fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional (TC) tras la demanda impuesta por el Poder Ejecutivo.

Entonces, ¿qué pasará ahora con la bonificación extraordinaria entregada a más de medio millón de pensionistas?

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) emitió un comunicado aclarando que el bono otorgado no deberá ser devuelto pese a lo indicado por del TC.

Esto también fue confirmado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Waldo Mendoza.

“Es necesario informar que la decisión tomada por el TC no tiene efectos retroactivos, de modo que no habrá una devolución de la retribución otorgada”, dijo a través de Twitter.

El ministro indicó que el bono que fue entregado a 500 mil pensionistas de la ONP, requirió de un presupuesto de S/527 millones.

 

FUENTE: https://elmen.pe/afiliados-onp-con-menos-de-20-anos-de-aportes-tendran-pension/



jueves, 1 de junio de 2017

Perú: Pensión y devolución fácil. Decreto Legislativo N° 1310 ordenó medidas prácticas con curatela especial.

Perú: Pensión y devolución fácil. 
Decreto Legislativo N° 1310 ordenó medidas prácticas con curatela especial.
Las medidas adicionales de simplificación administrativa fijadas por el Poder Ejecutivo en uso de las facultades legislativas delegadas por el Congreso de la República permitirán atender mejor los requerimientos de los pensionistas y adultos mayores.
Curatela especial
A través del Decreto Legislativo N° 1310, se habla de la curatela especial para adultos mayores para efectos pensionarios y devolución del FONAVI.
Procede la curatela en la vía notarial para las personas adultas mayores definidas por el artículo 2 de la Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor que tengan la calidad de pensionistas o que sean beneficiarios de Ley N° 29625, Ley de Devolución de Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, con el único objeto de que puedan percibir su pensión, beneficios derivados de ésta o devolución de aportes económicos y siempre que cumplan la condición establecida en el inciso 2 del artículo 43 o en el inciso 3 del artículo 44 del Código Civil.
El curador tiene como obligación efectuar el cobro de la pensión, beneficios derivados de ésta o devolución de aportes económicos, debiendo rendir cuenta de los gastos efectuados conforme a las disposiciones establecidas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
¿A quién corresponde?
La curatela corresponderá en el siguiente orden:
1. Al cónyuge no separado judicial o notarialmente, siempre que cumpla lo establecido en el artículo 289 del Código Civil.
2. Al conviviente, conforme a lo dispuesto en el artículo 326 del Código Civil, siempre que cumpla lo establecido en el artículo 289 del Código Civil.
3. A los descendientes, prefiriéndose el más próximo al más remoto y en igualdad de grado, al más idóneo.
4. A los hermanos.
5. A los Directores de los Centros de Atención Residencial para Personas Adultas Mayores (CARPAM) del sector público, con autorización expresa del Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.


FUENTE: http://elmen.pe/jubilados/pension-y-devolucion-facil-7189


miércoles, 2 de diciembre de 2009

ALAN DEVUELVE...QUE ALAN DEVUELVA...

ALAN DEVUELVE...QUE ALAN DEVUELVA...
Pensionistas van a huelga de hambre el 20 de diciembre porque mandatario cobró millonaria pensión, mientras ellos luchan por compensación digna.
(FUENTE: DIARIO LA PRIMERA - PERÚ)


En un país como el Perú, donde jubilados y pensionistas tienen que enjuiciar al Estado para recibir una pensión generalmente mísera y sus respectivos devengados, provoca indignación que el presidente Alan García haya cobrado sin mayor trámite más de un millón 600 mil soles como pensión, pese a que una ley expresamente se lo impedía.


El presidente de la Central Nacional de Jubilados y Pensionistas del Perú (Cenajupe), César Mezarino, señaló que “para nosotros no hay pensión digna; para García, que se fue del país huyendo de la justicia sí hay una millonada.


Cuando era candidato, García dijo que si ganaba no se iba a olvidar de los jubilados y pensionistas, pero no ha cumplido; llevamos más de ocho años luchando por un aumento en nuestras pensiones y hasta el momento el gobierno no nos hace caso”.

Ante tal situación, Mezarino anunció que los pensionistas iniciarán una huelga de hambre el próximo 20 de diciembre en la iglesia San Francisco.
“No es posible que García haya hecho ese cobro ilegal. Haremos nuestra huelga y sacaremos nuestras pancartas que digan ‘García, ya cobraste tu pensión, no te olvides de la mía’.
Hemos presentado un anteproyecto de ley para que nos aumenten la pensión paulatinamente, falta que el Congreso lo ponga en agenda”, añadió Mezarino.
Por su parte, Rodolfo Bernero, dirigente de la Confederación Nacional de Pensionistas del Perú (Conadepen) dijo que le parece antiético el cobro realizado por el mandatario.
“García se fugó, escapó del país; no tenía ni tiene autoridad moral para seguir cobrándole al Estado, cuando hay pensionistas que recibimos una miseria. Es una muestra de desigualdad, se llevó el dinero en carretilla, ahora el presidente dice que está reduciendo la pobreza, pero es mentira; lo que está haciendo es engordar más sus bolsillos”, dijo.
Asimismo, detalló que el 3 y 4 de diciembre los pensionistas tendrán un Congreso Nacional Extraordinario en el que analizarán el tema.