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jueves, 24 de agosto de 2017

Perú: MiVivienda: estas son las facilidades que darán para obtener casas sociales. El Fondo MiVivienda contará con un bono extra de 20% de la inicial

Perú: MiVivienda: estas son las facilidades que darán para obtener casas sociales.
El Fondo MiVivienda contará con un bono extra de 20% de la inicial
MiVivienda: estas son las facilidades que darán para obtener casas sociales
Aunque en el mes de julio, la venta de viviendas bajó considerablemente la vivienda social que el Fondo MiVivienda promueve, puede recuperarse en los próximos meses debido a la reconstrucción y otras medidas gubernamentales. “Creemos que las ventas de viviendas en los próximos meses mejorarán con las medidas del Gobierno, en lo referente a los programas de Techo Propio y MiVivienda, además del procesos de reconstrucción asociado a la vivienda”, dijo el presidente de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI Perú), Marco del Río.
“Como lo vemos ahora, no puedo decir que vayan a bajar (los precios), pero sí debería haber ofertas”, señaló Marco del Río presidente de ADI Perú.
FACILIDADES. Una de las medidas que Del Río consideró importante para la reactivación del sector es la reglamentación de una disposición, que fue anunciada en el mes de marzo por el Fondo MiVivienda, para otorgar un subsidio de 20% adicional a la cuota inicial ahorrada por el comprador.
“El Gobierno ya aprobó premiar con 20% el ahorro, pero todavía se está reglamentando y esperamos que en el mes de agosto se concluya el reglamento para aplicarlo”, dijo. Este mecanismo permitirá que cualquier trabajador dependiente, independiente o informal abra una cuenta de ahorros y deposite los ahorros que pueda, el Estado pondrá un 20% sobre lo depositado hasta completar la cuota inicial para la vivienda.
NUEVO ESQUEMA. A partir del mes de junio, el Gobierno amplió el límite al subsidio estatal que había puesto en diciembre del año pasado para este segmento. Actualmente, las personas que compren viviendas con precios de hasta S/300 mil entran en la categoría MiVivienda y pueden recibir el Bono al Buen Pagador (BBP).
Este bono puede llegar a S/17 mil si la vivienda a comprar está entre S/56,700 y S/81,000. La modificación de este esquema generó que en el mes de abril -el último cubierto por el bono- las ventas se elevaran a 1,135 unidades, pero que caigan un 30% al siguiente mes.
LOS CRÉDITOS. Hacia el segundo semestre del año, Del Río consideró que las ventas en este segmento se recuperarán también por una mayor competencia entre las instituciones financieras que ahora participan en la colocación de créditos hipotecarios. “Se está viendo para que los fondos privados puedan adquirir carteras de las cajas, porque estas tienen una línea con el Fondo (MiVivienda) igual a su patrimonio y por más que quieran dar, ya no tienen línea para hacerlo. Es algo que podría dar una aceleración a los créditos. Había mucha gente que se quedaba sin crédito porque la caja ya no podía seguir dando. Si las cajas recuperan su línea van a poner dar más”, explicó.
CIFRA. 6242 unidades dentro del rango de MiVivienda se encuentran disponibles para la venta en Lima Metropolitana.

FUENTE: http://ojo.pe/ciudad/mivivienda-estas-son-las-facilidades-que-daran-para-obtener-casas-sociales-245821/


jueves, 1 de junio de 2017

Perú: Pensión y devolución fácil. Decreto Legislativo N° 1310 ordenó medidas prácticas con curatela especial.

Perú: Pensión y devolución fácil. 
Decreto Legislativo N° 1310 ordenó medidas prácticas con curatela especial.
Las medidas adicionales de simplificación administrativa fijadas por el Poder Ejecutivo en uso de las facultades legislativas delegadas por el Congreso de la República permitirán atender mejor los requerimientos de los pensionistas y adultos mayores.
Curatela especial
A través del Decreto Legislativo N° 1310, se habla de la curatela especial para adultos mayores para efectos pensionarios y devolución del FONAVI.
Procede la curatela en la vía notarial para las personas adultas mayores definidas por el artículo 2 de la Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor que tengan la calidad de pensionistas o que sean beneficiarios de Ley N° 29625, Ley de Devolución de Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, con el único objeto de que puedan percibir su pensión, beneficios derivados de ésta o devolución de aportes económicos y siempre que cumplan la condición establecida en el inciso 2 del artículo 43 o en el inciso 3 del artículo 44 del Código Civil.
El curador tiene como obligación efectuar el cobro de la pensión, beneficios derivados de ésta o devolución de aportes económicos, debiendo rendir cuenta de los gastos efectuados conforme a las disposiciones establecidas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
¿A quién corresponde?
La curatela corresponderá en el siguiente orden:
1. Al cónyuge no separado judicial o notarialmente, siempre que cumpla lo establecido en el artículo 289 del Código Civil.
2. Al conviviente, conforme a lo dispuesto en el artículo 326 del Código Civil, siempre que cumpla lo establecido en el artículo 289 del Código Civil.
3. A los descendientes, prefiriéndose el más próximo al más remoto y en igualdad de grado, al más idóneo.
4. A los hermanos.
5. A los Directores de los Centros de Atención Residencial para Personas Adultas Mayores (CARPAM) del sector público, con autorización expresa del Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.


FUENTE: http://elmen.pe/jubilados/pension-y-devolucion-facil-7189


martes, 30 de mayo de 2017

PERÚ: Osiptel confirma cobro irregular por decodificadores de TV por cable. Organismo regulador informó que la provisión del servicio debe contener el abastecimiento de todas las facilidades técnicas

PERÚ: Osiptel confirma cobro irregular por decodificadores de TV por cable.
Organismo regulador informó que la provisión del servicio debe contener el abastecimiento de todas las facilidades técnicas
Informó que se encuentra trabajando en una nueva norma que precisará las condiciones para la prestación del servicio de Televisión por Cable. (Imagen: El Comercio)
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) confirmó que algunas empresas operadoras vienen realizando el cobro por concepto de alquiler y venta de decodificadores, tal como se denunció en los recientes días.
En comunicado indicó que desde el año pasado viene analizando esta práctica que no resulta adecuada pues "el servicio debe contener el abastecimiento de todas las facilidades técnicas".
También se recalcó que la empresa operadora debe proveer los decodificadores como parte del mismo servicio.
Asimismo, Osiptel señaló que se encuentra trabajando en una nueva norma que precisará las condiciones para la prestación del servicio de Televisión por Cable.

-Denuncian cobro ilegal-
El fin de semana pasado, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) denunció estos cobros como un "acto ilegal" pues se está “disfrazando” un incremento en la tarifa del servicio contratado por el cliente.
Al respecto, Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec, indicó que dicho cobro por concepto de alquiler "no solo es lesivo para las economías de los consumidores sino que además es ilegal”. Además, los usuarios no pueden adquirir por separado los equipos ya que responden a determinadas especificaciones técnicas.
En respuesta, Telefónica señaló que tras la digitalización del servicio de TV paga, los clientes recibieron decodificadores sin costo alguno. Sin embargo, añadió que en caso de equipos adicionales a lo establecido, el cliente tiene la opción de alquilar.


FUENTE: http://elcomercio.pe/lima/sucesos/osiptel-confirma-cobro-irregular-decodificadores-tv-cable-427347