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domingo, 20 de junio de 2010

Marcos Ibazeta: Con Paniagua y Toledo nos dieron una estocada

Marcos Ibazeta: Con Paniagua y Toledo nos dieron una estocada
El ex titular de la Sala Antiterrorismo Marcos Ibazeta enumera los errores cometidos por el Estado en la lucha legal contra la subversión. Dice que el INPE no controla los penales.
Autor: Emilio Camacho

Alerta: Dice que los terroristas buscan legitimidad al infiltrase en protestas y que hasta podrian llegar al Congreso

Hace días, un canillita se acercó a Marcos Ibazeta para decirle: “Oiga, la Lori (Berenson) ha estado por aquí”.
Y no era broma. La ironía ha querido que el despacho del ex presidente de la Sala Antiterrorismo esté ubicado cerca a la oficina del abogado de la emerretista.
Es como si el extremismo le recordara todos los días que sigue vigente.
¿Lo que se vio esta semana en San Marcos es realmente una sorpresa?
No es una sorpresa que pidieran amnistía. Cuando estaba en la Sala Antiterrorismo estudiamos la estrategia de Sendero Luminoso; también analizamos a quienes estaban por continuar la lucha armada y a los llamados acuerdistas. Y el mensaje de (Abimael) Guzmán era superar el “recodo en el camino”, suspender la acción militar y pasar a la acción política. Esta guerra política tenía la intención de destruir el marco jurídico antiterrorista y todos los procesos en su contra para que se fuera liberando a los mandos medios que estaban detenidos y se consiguiera la amnistía general para sus líderes. Esto lo diseñaron poco después de la captura de Guzmán.
¿Y cuál fue la reacción del Gobierno?
Se cometieron una serie de errores de Estado. En lugar de elaborar una estrategia posterior al triunfo militar, de tipo político, con esos aires de triunfalismo que siempre se dan en el país, se empezó a desmantelar los aparatos de seguridad y nos fuimos convirtiendo en aliados de la estrategia del terrorismo.
Ellos, al lograr la sentencia de (Jaime) Castillo Petruzzi y (María Elena) Loayza Tamayo en la Corte Interamericana, en 1999, arrinconan al Estado.
El fallo de la Corte decía que los juicios no servían.
A partir de estas dos sentencias, el Estado rompe con el Sistema Interamericano. Pero para quedar más o menos bien crea la Comisión de Indultos, que era un híbrido inconstitucional. Esta comisión no proponía al presidente el perdón de la pena, sino que revisaba los procesos judiciales. Cuando se dio esto nadie protestó, y vía indulto se declaró inocente a medio mundo. Ese fue un primer problema, les estábamos dando la razón.
¿Desde el fujimorismo se cometieron errores de esta naturaleza?
Sí, ya se venían cometiendo errores. ¿Y por qué? Porque en un momento se tuvo que tomar medidas muy drásticas. El problema, como le dije, es que se dejó la revisión de los casos en manos de una comisión a la que no le correspondía ver estos temas.
¿Cuál es la responsabilidad de los gobiernos siguientes?
Antes de 2000, con el padre (Hubert) Lanssiers había un proceso de tratamiento en cárceles para los terroristas. Se separaba a los internos que se consideraban de mínima peligrosidad, que querían dejar la organización, de los radicales, los que no iban a dejar nunca sus ideas.
Para que no se contaminen entre unos y otros, la salida al patio era a diferentes horas.
Pero en 2000, cuando Paniagua ya estaba en el poder, se altera este tratamiento carcelario y se dispone que la utilización del patio fuera a la misma hora.
Es decir, si ya teníamos un problema, con la revisión de los casos, los terroristas logran un triunfo gigantesco en los penales.
Les dieron a los radicales la oportunidad de someterlos a todos.
Y nos dimos cuenta de ello cuando, en los procesos, los de mínima peligrosidad ya no querían ratificar lo que habían declarado antes.
Todos los arrepentidos buscaban declarar nula sus declaraciones anteriores para quedar bien con los radicales.
Finalmente, esto favoreció su reorganización.
Luego viene el fallo del Tribunal Constitucional…Esto se da en 2003.
Fue la fresita de la torta, porque su guerra política logró un nuevo objetivo.
¿Me está diciendo que con Toledo nos dieron una estocada?
Creo que ya nos habían dado una estocada en el gobierno de Paniagua.
Fue cuando se fortalecieron.
Cuando se da el fallo del TC, en 2003, ¿el Gobierno no tenía otra alternativa que darle facilidades carcelarias a los terroristas?Yo creo que la sentencia del TC se extralimitó en ciertas cosas, pero hizo algo bueno, salvó el tipo penal de terrorismo, porque los terroristas querían acabar con este concepto. Ahora, lo que dijo el Tribunal era que el no conceder beneficios penitenciarios (a los terroristas) no era inconstitucional en sí mismo, y que el Estado podía regular esto teniendo en cuenta los fines del internamiento. Pero si el Tribunal decía que la no existencia de beneficios no era inconstitucional, no entiendo por qué se dieron la serie de decretos que salieron en la época de Toledo.
¿Entonces no había una orden expresa para dar beneficios?
No, no se les ordenaba eso.
Pero los representantes del gobierno de Toledo dicen que solo cumplían la sentencia del Tribunal.No se les obligaba a eso.
La reacción fue exagerada.
Se declaró nula la norma que sometía (a los terroristas) al fuero militar, y yo estoy de acuerdo con esto, porque no había traición a la patria y el fuero militar era un órgano incompetente para juzgarlos.
Pero quedaba el tema de los jueces sin rostro.
El TC no entró mucho a este tema, pero el gobierno de Toledo también dispuso la nulidad de todos los procesos realizados por los jueces sin rostro.
¿Qué dijo el TC sobre los casos vistos por jueces sin rostros?
No dijo nada expresamente y no desarrolló mucho esta idea.
Pero lo dispuesto por el gobierno de Toledo produjo excarcelaciones porque los jueces se vieron saturados y la Fiscalía tuvo que actuar nuevos medios de prueba.
Ahora, también hay que decir que el gobierno de García recién se dio cuenta de que se estaban yendo los terroristas en octubre del año pasado, tres años después de iniciar su gestión. Por eso se da el famoso decreto que prohíbe los beneficios para terroristas.
¿El Poder Judicial hizo mal en acoger los informes del INPE antes de decidir la liberación de Lori Berenson?
Cómo se le va a creer al INPE si nunca ha tenido control de las cárceles. Pero este Poder Judicial valora mucho lo que dice…Esto no era así antes.
El INPE no controla los pabellones, ellos (los terroristas) los controlan.
El adoctrinamiento es cosa de todos los días.
¿Qué pasa con los pedidos de semilibertad que están pendientes?
Son pocos, ya no veo el peligro, salvo que salga la cúpula. El peligro son los que ya salieron, que son miles.
¿Se les puede hacer un seguimiento real a los terroristas liberados?
No pues. Los servicios de seguridad están desmantelados, no podemos hablar de seguimiento, Inteligencia o Contrainteligencia.
Por eso mismo, nadie ha analizado la metodología de Sendero para ganar adeptos. Nadie sabe cómo se produce esto.
Nadie sabe hasta qué punto estas movilizaciones sociales, departamentales o nativas están infiltradas por gente radical.
Lo peor es que si logran legitimidad con estas movilizaciones, en el plano legal, hasta pueden llegar al Congreso.
¿El rector de San Marcos puede pedir la intervención de la Policía en lugares como la residencia universitaria?
Claro.
Puede pedir que se expulse a todos los que están allí, más aún si están haciendo proselitismo por una organización que casi nos destruye la vida.
Él no puede minimizar esto , como si no hubiera pasado nada.
(hacer doble click para leer la entrevista impresa)

viernes, 17 de abril de 2009

César Vega Vega nombró a un vocal que no cumplía con el requisito de antigüedad

(FUENTE PERU 21)
El titular de la Corte de Lima reincidió en promover al magistrado Zoilo Enríquez, a pesar de no contar con los 5 años en el cargo como lo ordena la Ley Orgánica del Poder Judicial. Vega niega irregularidad, alegando que el magistrado tiene más de 25 años de abogado.
A las críticas por su reciente participación en un encuentro de tinte partidario, el presidente de la Corte Superior de Lima, César Vega Vega, habría cometido otra irregularidad al nombrar como vocal superior provisional de la Segunda Sala Penal con Reos Libres al juez Zoilo Ciriaco Enríquez Sotelo, quien no tiene la antigüedad requerida para el cargo.

De acuerdo a la documentación obtenida por Perú.21.pe, el referido magistrado no cuenta con los cinco años que la Ley Orgánica del Poder Judicial exige a los magistrados para ser promovidos como integrantes de una sala superior.
Según el Artículo 179 de la citada norma, para ser nombrado vocal de la Corte Superior se requiere, de acuerdo al inciso 2, “haber sido Juez Especializado o Mixto, Fiscal Superior Adjunto, o Fiscal Provincial, durante cinco años”.
El ingreso de Zoilo Enríquez a la Corte Superior de Lima se produce el 22 de febrero del 2005, en el periodo de la entonces titular de esta instancia judicial, María Zavala, quien lo designa como juez titular del Sétimo Juzgado Penal de Lima.

Esto se desprende al verificarse que Zoilo Enríquez fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) como juez titular especializado en lo penal de Lima en sesión del 25 de enero del 2005, por lo que solo tiene cuatro años de antigüedad, es decir menos del mínimo para estos casos.

Sin embargo, a pesar de no contar con los años necesarios, Vega Vega reasignó a Zoilo Enríquez como vocal provisional de la Segunda Sala Penal con Reos Libres, mediante la Resolución Administrativa N° 147-2009-P-CSJLI-PJ, del 6 de marzo del presente año, al reconformar diversas salas penales. Es decir, la decisión de Vega Vega estaría infringiendo lo estipulado en la normatividad vigente.

REINCIDENTE.
Lo que llama la atención es que el magistrado Enríquez Sotelo logró anteriormente una promoción similar precisamente en el tiempo que el cuestionado Vega Vega ocupó por primera vez la presidencia de la Corte de Lima, entre octubre del 2007 y agosto del 2008.

En ese lapso lo nombró como vocal provisional de la Primera Sala Penal de Reos en Cárcel mediante la Resolución Administrativa 072-2008-P-CSJLI, publicada en El Peruano el 22 de febrero del 2008, exactamente a solo tres años de su ingreso a la Corte de Lima.

Posteriormente, cuando el vocal superior Angel Romero Díaz volvió a la presidencia de la Corte, este decidió reasignar a Enríquez Sotelo, el 15 de setiembre de ese año, y lo devolvió a su juzgado de origen al reconformar dicha sala.

DEFIENDE NOMBRAMIENTO.
Consultado sobre el tema, Vega Vega admitió a Perú.21.pe que Enríquez Sotelo no cuenta con los cinco años que obliga la ley para ser nombrado como vocal superior provisional.

“Si bien es cierto que el doctor Enríquez Sotelo no tenía los cinco años de magistrado, pero sí tenía más 25 años de abogado. La ley es alternativa o es cinco años juez o es abogado. Él, con creces, reunía el cumplimiento de ese requisito legal”, argumentó.

Al preguntársele si cualquier magistrado con más de veinte años de abogado y solo uno de nombrado puede ser promovido a vocal superior, Vega Vega respondió que sí, pues “si la ley no lo prohíbe no tiene por qué impedírsele una legítima aspiración”.

El presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima recordó que en la primera oportunidad cuando él nombró a Enríquez Sotelo no hubo ninguna observación.
Sobre este punto, fuentes judiciales refutaron la versión de Vega Vega, al indicar que la causa del retorno del magistrado a su juzgado de origen fue precisamente el incumplimiento del requisito de antigüedad exigida para el cargo.


ES INACEPTABLE”.
Para el ex presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Marcos Ibazeta, la promoción del juez Zoilo Enríquez por sus años en el ejercicio del Derecho, es “inaceptable, porque entonces (los magistrados) pueden pedir (con ese argumento) que los nombren vocal supremo provisional”.

En diálogo con la web de Perú.21, el también ex decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL) subrayó que los magistrados “tienen que someterse al tiempo de actividad funcional en cada grado”, porque en caso contrario se generará un desorden.

Sobre ese aspecto, consideró que las promociones internas “deben regirse específicamente” por la Ley Orgánica del Poder Judicial, ya que si “un juez es nombrado y tiene seis meses en el cargo, pero va a invocar que tiene 10 años de docencia universitaria, entonces va a solicitar que lo designen provisionalmente”.
Dijo que si las explicaciones de César Vega no convencen y “son manifiestamente arbitrarias, tiene que abrirse una investigación” a cargo de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA).


BENITEZ:

"CESAR VEGA DEBE SER DESTITUIDO DEL PODER JUDICIAL (PJ)". El ex congresista Heriberto Benitez Rivas sostuvo que la permanente inconducta funcional del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Cesar Javier Vega Vega (APRA), asi como su falta de independencia y autonomia por estar vinculado al partido de gobierno (APRA) demuestra que no tiene la idoneidad para seguir ejerciendo dicho cargo y, ademas, esta comprometiendo seriamente la dignidad del cargo, desmereciendolo en el concepto publico, por lo cual deberia ser destituido del Poder Judicial (PJ), conforme a lo estipulado en el inciso segundo del articulo 31º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

En este caso, el camino legal seria que, previamente, se realice una pesquisa sumaria ante la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), separarsele del cargo (inmediatamente) y culminada la investigacion, proponer su destitucion; posteriormente, la propia OCMA debe solicitarle al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) que tramite el pedido de destitución ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

"Para designar a un vocal superior provisional existen dos posibilidades legales. La primera es que se considere su situacion de juez titular, para lo cual debe cumplir obligatoriamente el requisito de cinco años en el cargo; y, la segunda que esta referida a los magistrados suplentes (que no son de carrera), en cuyo caso se considera el tiempo del ejercicio profesional de abogado" preciso Benitez Rivas.

"En el caso, del magistrado Zoilo Enriquez se ha cometido una grave infraccion, ya que se le ha promovido por ser juez titular nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM); no se trata de un abogado que ejerce libremente su profesion y que es llamado para ocupar el cargo como vocal suplente.
Hay una enorme diferencia y el presidente de la Corte Superior de Lima sabe perfectamente lo que dice la Ley, asi como su obligacion de cumplirla" comento Benitez Rivas.

"Cesar Vega ha efectuado una interpretacion autentica, al estilo fujimorista; esta dando afirmaciones falsas para justificar el atropello a las normas legales vigentes y eso merece ser sancionado ejemplarmente con la destitucion del cargo de magistrado del Poder Judicial (PJ)" señalo Benitez Rivas. Finalmente, queda claro que resulta vergonzoso para el Poder Judicial (PJ) mantener como presidente de la Corte Superior de Lima a un individuo como Cesar Vega; todas las barbaridades que comete y los antecedentes negativos de firmar rersoluciones judiciales que favorecieron a procesados por delitos de corrupcion, son suficientes para separarlo del cargo inmediatamente y que es su oportunidad sea destituido por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). (Lima 17 de abril del año dos mil nueve)