Mostrando las entradas con la etiqueta peleas. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta peleas. Mostrar todas las entradas

sábado, 22 de febrero de 2020

Perú: Las corridas de toros y peleas de gallo: la protección legal de animales tiene un sustento constitucional. NO OBSTANTE, PROYECTO DE PONENCIA PLANTEA RECHAZAR DEMANDA. Tribunal Constitucional resolverá sobre práctica de estas actividades. Existe un deber constitucional de protección hacia los animales, que deriva de su condición de seres vivos sintientes. Por tanto, la sociedad tiene un interés legítimo en asegurar su bienestar y evitarles sufrimientos innecesarios o injustificados.


Perú: Las corridas de toros y peleas de gallo: la protección legal de animales tiene un sustento constitucional.
NO OBSTANTE, PROYECTO DE PONENCIA PLANTEA RECHAZAR DEMANDA.
Tribunal Constitucional resolverá sobre práctica de estas actividades.
Existe un deber constitucional de protección hacia los animales, que deriva de su condición de seres vivos sintientes. Por tanto, la sociedad tiene un interés legítimo en asegurar su bienestar y evitarles sufrimientos innecesarios o injustificados.

Así concluye la ponencia sobre la constitucionalidad de la tauromaquia, la gallística y otras actividades, cuestionadas por más de 5,000 ciudadanos mediante la demanda Nº 0022-2018-PI/TC.

El texto, de esa manera, recomienda declarar infundada la demanda, y propone la observancia de 11 criterios para salvaguardar este mandato y deber de protección.

En principio, la protección de los animales tiene ciertamente un sustento constitucional que se deriva del artículo 68 de la Carta Magna, el cual señala que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica.

Además, no solo es posible, sino que resulta indispensable mantener un régimen de protección legal de los animales contra el maltrato y la crueldad innecesaria; y, que la especial situación de los animales, que se fundamenta en su condición de seres sintientes, es lo que el tribunal denomina dignidad animal.

Autoridades

Por tanto, las autoridades deben verificar que los animales a los que se refiere la excepción no sean víctimas de maltratos previos a ingresar a la cancha o ruedo que menoscaben su integridad, salud o capacidades, añade el texto.

El proyecto de ponencia refiere, asimismo, que las corridas de toros y las peleas de gallo deben realizarse de acuerdo con las prácticas y usanzas tradicionales, que son las que justifican la excepción; y que el legislador, cada 20 años, deberá analizar el estado del debate en torno a una eventual prohibición de las prácticas que, en la actualidad, se consideran culturales.

Corresponderá, de esa forma, al Poder Ejecutivo, representado por el Ministerio de Cultura, establecer cuáles son los departamentos y provincias en los cuales las corridas de toros constituyen tradiciones culturales, sin que puedan expandirse a otros lugares.

Al respecto, la autoridad de Cultura deberá considerar los lugares en los cuales se realizan las peleas de gallos a pico y espuela, y los lugares en donde se realizan a navaja, pues ambas modalidades no son necesariamente concurrentes. Así, dichas actividades estarán restringidas a las localidades en que son tradición, respectivamente, y no podrá expandirse a otras.

La autoridad competente deberá supervisar que se implementen reglamentos que regulen la realización de estas actividades en las localidades en que constituyen tradición, que deberán respetar lo dispuesto en esta sentencia y en la normativa aplicable al caso.

Los dos últimos criterios se refieren a que la autoridad administrativa debe garantizar que se restrinja el acceso de menores de edad a las corridas de toros y a las peleas de gallo; y que las prácticas como el yawar fiesta, el jalatoro, el jalapato y el “curruñao”, la matanza de gatos que ocurre en la fiesta de Santa Efigenia, no pueden ser practicadas ni reconocidas bajo responsabilidad de la autoridad administrativa competente.

Remarca, además, que el abandono y los actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres están penados en el art. 206-A del Código Penal; y que el deber de protección se extiende no solo al sector estatal sino que también pasa a los privados, lo que empieza por no generarles sufrimientos innecesarios.

Plazas firmes

En el documento se advierte que en el país existen 199 plazas firmes para la práctica de la corrida de toros, ubicadas en su mayoría en las ciudades de Lima, Arequipa, Cajamarca, San Martín, Ayacucho, Áncash, Apurímac, Cusco, Junín, La Libertad, Huánuco, Huancavelica, Pasco, Puno, Lambayeque, Ica y Tumbes.

Se refiere también que la decisión de que temporalmente se permita estas prácticas por razones culturales, no niega el hecho de que contienen elementos innatos de violencia hacia los animales. “Es probable que, en el futuro, estas razones podrían reconsiderarse y dichas prácticas perder su legitimidad para limitar el deber de protección a los animales”, señala el proyecto de ponencia.

MENSAJE

El documento, de otro lado, remarca la recomendación del Comité de los Derechos del Niño al Estado peruano para que prohíba la formación de niños como toreros y también su participación e ingreso a este tipo de espectáculos.

Agrega que toda prohibición debe ampararse en motivos legítimos, con la contradicción de principios constitucionales. Lo demás es inaceptable en un Estado constitucional.

FUENTE: https://www.elperuano.pe/noticia-las-corridas-toros-y-peleas-gallo-proteccion-legal-animales-tiene-un-sustento-constitucional-89458.aspx



MÉXICO Robo de perros en CDMX: cómo podemos proteger a las mascotas


MÉXICO
Robo de perros en CDMX: cómo podemos proteger a las mascotas 
El robo de canes se ha disparado un 126% desde 2012. Foto: Shutterstock
En la Ciudad de México, el robo de canes se ha disparado un 126% desde 2012. Si bien en ese año se contabilizaron 50 carpetas de investigación, para 2014 ya eran 70, en 2017 llegaron a 76 y el año pasado sumaron a 113. De acuerdo con asociaciones defensoras de los derechos de los animales como Perros Perdidos o Ayudando Perritos, las alcaldías más peligrosas para los perros de raza son Benito Juárez, Gustavo A. Madero, Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc y Coyoacán.
En entrevista con Excélsior, la doctora Claudia Edwards, profesora de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la UNAM y miembro de la Humane Society International/ Mexico (organización para la protección de animales), explicó que una de las principales razones del robo es para reproducirlos y vender las crías, aunque también es para exigir un rescate o utilizarlos como sparrings de perros de pelea, es decir, los usan para preparar y entrenar al perro competidor.

La experta señaló que la forma más básica es colocando un collar con la placa y una correa. También recomendó que se cambie la ruta para pasear periódicamente y evitar que los niños pequeños lo hagan solos, ya que el riesgo de un robo aumenta.
Asimismo, menciona que se debe esterilizar a los canes y anunciarlo en su placa ya que esta condición los vuelve menos atractivos, si el objetivo es una cruza.
A pesar de estos cuidados, las herramientas como el chip subcutáneo o una placa con código QR son una opción.
El chip subcutáneo se inyecta en cualquier parte del cuerpo del perro y, al escanearlo, con un aparato especial, arroja los datos de identificación del animal y a quién pertenece, en caso de que ya no tenga su correa.
De igual manera, en entrevista con el mismo medio, Omar Pelcastre, director de Chip para Mascotas, señaló que es una práctica recurrente en Asia y Europa desde hace 15 años y que está regulada por las autoridades. Enfatizó que este chip es una herramienta de identificación permanente y que es tan pequeño como un grano de arroz; son seguros esterilizados y fáciles de colocar.

Este chip consiste en un código de identificación por radio frecuencia único de 15 dígitos que se coloca bajo la piel de la mascota con una aguja hipodérmica. No causa más dolor que una inyección típica. No se requiere cirugía ni anestesia, sin embargo se recomienda que esta aplicación la realice un veterinario.
Otras empresas ofrecen servicios más avanzados como colocar un geolocalizador y su precio oscila entre los 500 y 700 pesos, igualmente es vitalicio y no tiene contraindicaciones.
También existe una placa con código QR la cual, en caso de que una persona encuentre al perro, podrá escanearlo y consultar todo el expediente de la mascota.
Los chips para perros son una herramienta de identificación permanente. Son seguros, esterilizados y fáciles de colocar. Foto: Shutterstock
Por otro lado, para Alejandro d’Harcourt, socio director de ID Animal, menciona esta placa, en conjunto con la búsqueda con carteles y en redes sociales, es la mejor forma de encontrar a un can. La ventaja de su servicio es que hay un call center que gestiona las búsquedas enviando una alerta a veterinarias, ciudadanos y negocios registrados en la aplicación (suman alrededor de siete mil).
Entre las razas más robadas en el país se encuentran los Chihuahuas, Schnauzer, Rottweilers, Bull Terrier inglés, Pomerania y Maltés, además de el Labrador y el Husky Siberiano.
Prisión a quienes secuestren animales
Derivado de lo anterior, la presidenta de la Comisión de Medio Ambiente en el Congreso capitalino, Teresa Ramos, presentó una iniciativa para sancionar con penas de 7 a 13 años de prisión a quienes secuestren animales y extorsionen a los dueños.
La diputada estableció penas en una tercera parte más severas que las aplicables al delito de extorsión, a fin de elevar el nivel de protección de los animales.

FUENTE: https://www.infobae.com/america/mexico/2020/02/16/robo-de-perros-en-cdmx-como-podemos-proteger-a-las-mascotas/