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lunes, 9 de abril de 2018

CARLES PUIGDEMONT. El tribunal alemán duda si puede entregar a Puigdemont por malversación. Los jueces no entran a juzgar si puede haber rebelión según la ley española.


CARLES PUIGDEMONT.
El tribunal alemán duda si puede entregar a Puigdemont por malversación.
Los jueces no entran a juzgar si puede haber rebelión según la ley española.
FOTO: Carles Puigdemont durante la rueda de prensa que ofreció este sábado en Berlín.
La posible entrega de Carles Puigedemont a España por parte de Alemania se complica, a la luz del texto de la resolución judicial que ha puesto al ex presidente catalán en libertad bajo fianza. En ese documento, El Tribunal Superior de Justicia del land de Schleswig-Holstein niega la entrega del expresident catalán por parte de Alemania por un delito de rebelión (sin entrar a considerar si el delito existe de acuerdo con la ley española), pero además, plantea dudas respecto a la tramitación de la euroorden por del delito de malversación. Puigdemont se encuentra procesado en España por sendos delitos y ha fijado su residencia en Berlín, a la espera de que la justicia alemana se pronuncie de forma definitiva sobre la extradición.
El 25 de marzo, Puigdemont fue detenido en el norte de Alemania, poco después de cruzar la frontera danesa. De allí, fue trasladado a la cárcel de Neumünster, en el Land de Schleswig-Holstein, donde ha permanecido doce días. Inicialmente, la Fiscalía regional recomendó su extradición tanto por considerar que había habido un delito de rebelión como malversación como por uno de malversación de fondos públicos. El pasado jueves, el tribunal competente revirtió la decisión, al descartar el delito de rebelión y según refleja la resolución hecha pública el lunes plantea además dudas sobre una posible extradición por malversación y ha pedido información adicional a España. Esta decisión no es el último paso. Habrá que esperar todavía varios días a que el alto tribunal regional alemán se pronuncie de forma definitiva sobre si habrá extradición y en base a qué delitos. Solo por aquel delito que sea entregado podrá ser juzgado Puigdemont en España.
Por un lado, la resolución considera que el delito de malversación entraría dentro del delito de “corrupción” y por lo tanto no sería necesaria verificar la doble incriminación, pero por otro lado solicita información adicional a España en cuanto a los pagos de los gastos del referéndum ilegal. El tribunal alemán se plantea si habría delito aunque no se hubieran desembolsado el dinero en efectivo.
Para el delito de rebelión, el tribunal alemán establece que “una extradición es desde el principio inadmisible” aunque sin descartar que ese delito pueda existir de acuerdo con la ley española. "A diferencia de cómo pudiera verlo el derecho español, en Alemania, la fuerza de la masa que se deriva de una gran reunión de personas no sería suficiente para alcanzar el nivel de violencia que requiere el artículo 81 del código penal". Es decir, el tribunal alemán no entra (no necesita hacerlo) a juzgar si Puigdemont (y el resto de encausados en España) han cometido delito de rebelión según la ley española, sino que considera que el grado de violencia ejercido no basta para lo que los jueces alemanes exigirían en su delito de alta traición.
La resolución explica que “no es suficiente con que haya un delito similar en la ley alemana y que sea básicamente comparable y castigue actos similares”, sino que “el caso entero debe ser analizado como si el delito hubiera tenido lugar en Alemania, como si el acusado fuera un ciudadano alemán y como si hubiera instituciones alemanas implicadas en el caso”.
Se plantea el tribunal que si Puigdemont fuera el presidente de un Land alemán que pretendiera conducir hacia la independencia y hubiera convocado un referéndum, a sabiendas de que el Tribunal Constitucional había declarado la consulta inconstitucional y habiendo sido advertido por la policía de que podría haber enfrentamientos violentos, “ese comportamiento no sería castigable según la ley alemana, especialmente no como una alta traición en contra de la federación”, en el sentido del art. 81 del código penal alemán.
Cita la sentencia del Supremo de 1983, Alexander Schubart, en relación con la ampliación del aeropuerto de Fráncfort, que el tribunal de Schleswig-Holstein considera “no solo comparable, sino en muchos aspectos idéntico”. Entonces, el acusado convocó manifestaciones en contra de la ampliación y miles de personas se enfrentaron a la policía durante horas en toda Alemania. El acusado pretendía presionar al Gobierno del Land de Hesse para que retirara el proyecto de ampliación del aeropuerto. El Supremo constató que el acusado amenazó con violencia y la ejerció a través de terceras personas, pero la Corte no lo consideró suficiente porque no se doblegó la voluntad del órgano constitucional, que no se vio impedido a actuar a pesar de la violencia.
En el caso de Puigdemont el tribunal de Schleswig afirma que “la violencia que tuvo lugar el día de la consulta es atribuible al acusado como el iniciador y el defensor del referéndum”. Pero que “en cuanto a su naturaleza, magnitud y efecto no fueron más significativos” que los del caso del aeropuerto de Fráncfort. “Los actos no habrían sido suficientes, como muestra la historia para ejercer la suficiente presión en el Gobierno para forzarle a capitular a las demandas de los violentos”.
La acusación de malversación
El documento establece que para el caso de “corrupción”, la situación es “diferente”. Establece el tribunal que aquí, la extradición “no es desde el principio inadmisible” y que se encuentra entre los delitos para los que la euroorden no exige comprobar la doble incriminación. El tribunal considera que la malversación puede enmarcarse en el delito de corrupción. “Sin embargo, la acusación de malversación de dinero público, la presentación de los hechos en la euroorden [..] no contiene una descripción suficiente de las circunstancias en las que el crimen fue cometido”. El tribunal alemán explica que por un lado se reconoce claramente que “la presentación de los hechos deja lo suficientemente claro que el acusado es por lo menos políticamente corresponsable de la generación de los costes del referéndum de 1,6 millones de euros, y que el Gobierno regional no tenía permitido utilizar presupuestos para eso debido a la prohibición de la Corte Constitucional”. Pero añade que “lo que no está claro es si el Estado de hecho tuvo que pagarlos del presupuesto regional y si el acusado lo ordenó”.
El tribunal indica además que “las leyes y el análisis legal enviado por las autoridades españolas no dejan claro si acordar el desembolso sin hacer el pago efectivo, sería castigable según la ley española”. “Con la información obtenida hasta ahora es pensable que los costes después de la destitución del Gobierno catalán no fueran pagados o por lo menos no de fondos públicos”. Por eso, el tribunal alemán solicita a las autoridades españolas “que envíen lo antes posible información adicional” para poder tomar una decisión definitiva sobre la entrega de Puigdemont por malversación. Eso no significa, apunta el tribunal que la solicitud de extradición sea “inadmisible”.
Por último, el tribunal deja claro que no comparte el argumento de la defensa de que en caso de que hubiera extradición, el procesado fuera verse sometido a “persecución política”. “No hay indicaciones de que el acusado, en caso de extradición estaría en riesgo de persecución política”, es decir “de que fuera a ser condenado por sus opiniones políticas".
El tribunal considera que al no haberse considerado admisible el delito de rebelión, el riesgo de fuga es mucho menor y por lo tanto no es necesario el ingreso en prisión. Por todo ello, el tribunal alemán establece que Puigdemont queda en libertad bajo fianza de 75.000 euros y que no podrá abandonar Alemania sin autorización de la Fiscalía. Que deberá presentarse los martes ante la policía. El pasado viernes, Puigdemont salió a la calle, después de pasar doce días encerrado en la cárcel de Neumünster.

FUENTE:
https://politica.elpais.com/politica/2018/04/09/actualidad/1523261665_444718.html

miércoles, 16 de marzo de 2016

Colombia Polémica: condenados por delitos sexuales sí pueden recibir descuento de pena.

Colombia Polémica: condenados por delitos sexuales sí pueden recibir descuento de pena.
Así concluyó la Corte Constitucional, que determinó que este tipo de presos también tiene derecho a redimir pena por estudio o trabajo. El ICBF rechazó la determinación.
Polémica: condenados por delitos sexuales sí pueden recibir descuento de pena Foto: Diego Llorente /SEMANA
Aunque se sabe que la Ley prohíbe recibir beneficios por colaboración con las autoridades penales, la justicia sigue abriendo el camino para que se entienda que la sanción penal no es un acto de venganza si no una medida tendiente a la resocialización del reo, aunque se trate de violadores.
Así las cosas, la Corte Constitucional ratificó que quienes han cometido delitos sexuales o están siendo procesados como sospechosos de haberlos cometido pueden trabajar y estudiar para que, en el futuro, el tiempo que dedican a estas tareas pueda ser descontado de la pena.
Un hombre había sido condenado a ocho años de prisión por haber intentado abusar sexualmente de una menor de 14 años. Como se había dedicado a trabajar y estudiar en la prisión, estaba empeñado en lograr que se le descontara ese tiempo.
Sin embargo, la justicia se lo impedía, teniendo en cuenta que el Código de Infancia y Adolescencia impedía otorgar beneficios a los responsables de delitos sexuales contra menores, así estos hubieran aceptado sus culpas antes de ser vencidos en juicio.
Por eso, el preso presentó una acción de tutela que, luego de recorrer varias instancias, llegó a la Corte Constitucional. Ese alto tribunal amparó su derechos, al concluir que los jueces de ejecución de penas deben permitir la redención de pena por estudio y trabajo a todos los detenidos, independientemente del delito que hayan cometido.
Concluyó que una prebenda como esa no desconoce la prohibición de aplicar beneficios para personas implicadas en actos de violación, pues recortar la pena por la realización de estas tareas no es un beneficio ni subrogado penal sino un derecho al que deben acceder, por igual, todos los detenidos.
Este camino se abrió desde hace cuatro años, cuando el abogado Augusto Ocampo instauró una acción de tutela para que una persona procesada por abuso sexual a una menor se le permitiera ejercer este tipo de actividades, para que fueran tenidas en cuenta en la ejecución de la pena.
En ese entonces, se desató una fuerte polémica porque se consideraba que se estaba buscando hacerle zancadilla a la norma que prohibía beneficios por estos delitos. Al final, un juez de Bogotá y luego la Corte, determinaron que ningún preso podría verse privado del derecho a redimir pena.
Una controversia similar se prendió esta vez. Tras conocerse la decisión de la Corte, la directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cristina Plazas, rechazó tajantemente la decisión.
"Señores de la Corte Constitucional: con todo respeto les recuerdo que según la CONSTITUCIÓN de Colombia los derechos de los niños priman!!!", escribió en su cuenta de Twitter. 
Agregó: "Insisto en la importancia de la cadena perpetua para violadores..... Dejando constancia que cualquier castigo es poco para estos criminales".
No fue la única que se pronunció. La excandidata presidencial Marta Lucía Ramírez también se refirió al tema. "La Corte Constitucional ofrece rebaja de penas a violadores para garantizar su dignidad humana.  Y la dignidad d los niños y de la sociedad?", puntualizó.

FUENTE: http://www.semana.com/nacion/articulo/condenados-por-delitos-sexuales-pueden-recibir-rebajas-de-pena/465558


miércoles, 27 de mayo de 2015

"ALAN GARCÍA SE ESCAPÓ COMO UN GATO TECHERO (1992)".‏

"ALAN GARCÍA SE ESCAPÓ COMO UN GATO TECHERO (1992)".‏
Alan García (Foto web Peru 21)
El legislador Heriberto Benítez sostuvo que las recientes declaraciones de Martín Belaunde Lossio sobre un probable secuestro en Bolivia, le hicieron recordar la pintoresca versión que dio Alan García, quien dijo que se escapó por el techo, se ocultó en un tanque de agua y por la azotea de los vecinos pudo fugar, para esconderse en la casa amiga y después solicito un asilo político y se fue de país por cerca de ocho años logrando la prescripción de sus delitos; todo ello sucedió cuando el gobierno de Fujimori ordenó su captura por los escandalosos hechos de corrupción que ocurrieron en su primer gobierno (1985-1990).
"Alan García se escapó como un gato techero para no ser capturado, ni detenido, ni procesado por graves delitos de corrupción; contó una novela, un cuento o una historieta de fuga, algo similar a lo expresado por Belaunde Lossio" expresó Benítez Rivas.

Lima, 27 de mayo del 2015.

lunes, 23 de junio de 2014

Expresan solidaridad con la periodista Milagros Leyva

Expresan solidaridad con la periodista Milagros Leyva

Milagros Leyva:

Por medio de la presente, públicamente, le expreso mi total solidaridad; y, rechazo los cobardes e infundados intentos de evitar la difusión de graves y peligrosas denuncias que giran en torno al crimen organizado, que usted,  con mucha firmeza, viene divulgando a través de sus programas "No culpes a la noche" (Canal N) y "Sin peros en al lengua" (América TV).
Igualmente, a través suyo, también, hago llegar mi respaldo a todos los directores, editores, periodistas y/o ciudadanos que vienen siendo objeto de querellas o denuncias, con la intención de amenazarlos o amedrentarlos, por cumplir con la importante labor de mantener informada a la opinión pública sobre una serie de graves ilícitos penales, que merecen ser exhaustivamente investigados por las autoridades competentes y donde los responsables deben ser severamente sancionados.

Finalmente, le recuerdo mi firme e invariable defensa de la libertad de de expresión,  (columna vertebral de una democracia); razón por la cual, incluso, he presentado un proyecto de Ley para la derogación de los delitos cometidos por la prensa y demás medios de comunicación social (2011).

(ver documento adjunto).

Atentamente,

Heriberto Benítez Rivas







martes, 8 de enero de 2013

EEUU gastó más en hacer cumplir leyes migratorias que combatir delitos

EEUU gastó más en hacer cumplir leyes migratorias que combatir delitos

Informe señala que en el año fiscal 2012, ese país invirtió cerca de US$18,000 millones en ese aspecto, casi un 24% más (US$14,400 millones) de lo colocado en agencias como el FBI, la DEA y el Servicio Secreto.

(AP)
El Gobierno de EEUU gastó en 2012 cerca de un 24% más en las agencias que velan por el cumplimiento de las leyes migratorias y la vigilancia fronteriza que en el resto de organismos federales encargados de combatir el crimen, según un informe divulgado hoy por el Instituto de Política Migratoria (MIP).
El documento indica que en el año fiscal 2012, ese país gastó cerca de US$18,000 millones en medidas policiales contra la inmigración ilegal, aproximadamente un 24% más de lo que gastó en el resto de las demás agencias policiales federales, incluidas la Oficina Federal de Investigaciones (FBI), la Dirección Estadounidense Antidrogas (DEA) y el Servicio Secreto.
En concreto, esos fondos estuvieron destinados a las oficinas de Aduanas y Protección Fronteriza (CPB), de Inmigración y Aduanas (ICE) y el programa “US VISIT” del Departamento de Seguridad Nacional, encargado de fichar las huellas digitales y demás datos de los extranjeros que visitan el país.
En cambio, se gastó alrededor de US$14,400 millonespara las agencias federales encargadas de combatir la actividad criminal, como el FBI, la DEA, el Servicio Secreto y la Oficina para el Control del Alcohol, Tabaco y Armas de Fuego (ATF), indica el informe.
Desde 1986, cuando el Gobierno puso en marcha una “amnistía” para los indocumentados, este país ha gastado unos US$186,800 millones en medidas policiales contra la inmigración ilegal, según el documento titulado Aplicación de la ley en Estados Unidos: el surgimiento de una maquinaria formidable.
La vigilancia de las fronteras, especialmente en la frontera del suroeste, representa “el elemento para el control fronterizo más financiado y publicitado” de EEUUpara el que ha asignado “históricos incrementos de recursos”.
El aumento de estos ha incluido “incrementos drásticos” para la Patrulla Fronteriza, que ha duplicado su número de agentes en los últimos siete años, hasta alcanzar los 21,370 oficiales.
Más de cuatro millones de extranjeros, buena parte de ellos indocumentados, han sido deportados desde 1990, con un incremento desde los poco más de 30,000 aquel año, hasta casi 400,000 en 2011, agrega el informe.
El presidente Barack Obama ha prometido que impulsará la reforma migratoria poco después de su investidura para su segundo el próximo 21 de enero.

FUENTE: http://peru21.pe/mundo/eeuu-gasto-mas-hacer-cumplir-leyes-migratorias-que-combatir-delitos-2111407

jueves, 25 de octubre de 2012

Delitos de prensa en debate



Delitos de prensa en debate

Hay que despenalizar
 

Heriberto Benítez, congresista por SN.


Espero que se modifique el Código de Procedimientos Penales, para que se extirpe la penalización de los delitos de prensa. Deben retirarse las leyes que amenazan la libertad de expresión. Si alguna persona se siente afectada, maltratada o vejada por alguna información, existen los caminos para la reparación respectiva. Creo que no debe mantenerse la criminalización, ni la represión punitiva de los supuestos delitos a través de los medios de comunicación. Para esto se debe dar un trabajo de educación en valores. De esta manera quienes realizan labores periodísticas entenderán, a través de tópicos de ética y moral, todo lo que se refiere a los derechos fundamentales de las personas. La libertad de expresión es la columna vertebral de una democracia y no podemos fracturarla. Al contrario, hay que fortalecerla. Prefiero equivocarme exagerando la libertad de expresión, antes de equivocarme con censura o mordaza. Esta despenalización es apoyada por la Corte IDH.


Libertad no es difamación
 

Mauricio Mulder, congresista PAP.


Si yo hubiese estado en el debate del proyecto de ley que ha presentado el congresista Heriberto Benítez hubiera votado en contra. No porque discrepe de esa posición, sino por el hecho de que sea Benítez el que lo presente. Porque estoy convencido de que lo está haciendo porque cree que con eso se va a granjear el apoyo de los periodistas. Pero sí creo que la discusión es interesante, porque uno cree que la libertad de prensa es difamación. Uno puede equivocarse, tomar información de una fuente que no está bien verificada y publicar algo contra alguien. Pero eso no es difamación, porque no lo has hecho a propósito, con ganas de difamar a alguien. Yo presenté un proyecto de ley que proponía que los casos de prensa en los que hubiera difamación fuesen reparables civilmente y no a través de la prisión efectiva, aunque no los despenalizábamos. Este proyecto fue presentado al Congreso anterior. Pasó al Ejecutivo y ahí lo observaron en base a la discusión sobre el honor.


FUENTE: http://www.larepublica.pe/columnistas/punto-de-vista/delitos-de-prensa-en-debate-25-10-2012