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lunes, 26 de octubre de 2009

PRESIDENTE DEL TC HACE PRECISIONES RESPECTO DE LA SENTENCIA DE LA "PÍLDORA DEL DÍA SIGUIENTE"

Nota de Prensa Nº 090-2009-OII/TC
(FUENTE: www.tc.gob.pe)

PRESIDENTE DEL TC HACE PRECISIONES RESPECTO DE LA SENTENCIA DE LA "PÍLDORA DEL DÍA SIGUIENTE"


Ante las declaraciones realizadas el día de hoy por el señor Ministro de Salud, doctor Oscar Ugarte, en el sentido que el Tribunal Constitucional (TC) habría emitido dos sentencias contradictorias en el caso de la llamada "píldora del día siguiente", el presidente de este Órgano de Justicia Constitucional, doctor Juan Vergara Gotelli sostuvo que no existe tal contradicción.
Explicó que en la sentencia recaída en el Expediente Nº
7435-2006-PC/TC, al resolver un proceso de cumplimiento, de acuerdo al pedido de los demandantes se comprobó que el Ministerio de Salud se mostraba renuente a cumplir sus propias normas emitidas hacían más de cinco años, por lo que conforme a dicho procedimiento el TC debía ordenar que se cumplan todas las disposiciones que regulaban la entrega gratuita de este medicamento.
En tanto, el presente caso (Exp.
02005-2009-PA/TC), es un proceso de amparo, donde los demandantes solicitaban que el Estado deje de entregar gratuitamente esta píldora por ser abortiva. Frente a esto, el Tribunal Constitucional entró a conocer el fondo de la demanda y luego de analizar las posiciones de las dos partes, no se pudo llegar a la certeza de que sea o no abortivo este medicamento, por lo que ante esta duda, y por tratarse del derecho a la vida, resolvió declarar fundada la demanda y ordenó al Ministerio de Salud que se abstenga de la política de distribución gratuita de esta píldora.
Lima, 26 de octubre de 2009
OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

jueves, 22 de octubre de 2009

TC: Fallo sobre la píldora del día siguiente no es discriminatoria


TC: Fallo sobre la píldora del día siguiente no es discriminatoria
Jueves, 22 de Octubre del 2009 19:56 hrs (FUENTE RPP)
El presidente del TC, José Vergara, dijo que no se puede permitir que se continúe la distribución de esta píldora ya que no se ha despejado la duda de si es abortiva o no.




TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PERUANO


El presidente del Tribunal Constitucional, José Vergara, descartó que el fallo mediante el cual se prohíbe al Ministerio de Salud la distribución gratuita a nivel nacional de la denominada "píldora del día siguiente", sea una resolución discriminatoria.
En RRP, dijo que esta decisión solo se aplica en las instituciones de salud pública, debido a que el extender esta prohibición a los laboratorios y a las farmacias particulares se encuentra fuera de sus atribuciones.
De esta manera, descartó que el fallo dado por el Tribunal Constitucional discrimine a las mujeres de escasos recursos que no podrán comprar esta píldora.
Asimismo, enfatizó que no se puede permitir que se continúe la distribución de esta píldora debido a que no se ha despejado la duda de si es abortiva o no, "y ante todo esta el derecho a la vida".

El Tribunal Constitucional invalidó la distribución gratuita a nivel nacional de la denominada "píldora del día siguiente", ordenando al Ministerio de Salud se abstenga de desarrollar tal política pública.
El TC declaró fundado el amparo presentado en el expediente 02005-2009-PA/TC luego de evaluar los argumentos presentados por importantes instituciones nacionales e internacionales, sin que, según el TC, se haya podido desvirtuar que, dentro de la teoría de la fecundación, el derecho a la vida del concebido pueda ser gravemente menoscabado por el uso del indicado fármaco, de acuerdo con el artículo 2.1 de la Constitución vigente.