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martes, 14 de septiembre de 2010

LA NULIDAD DEL DL 1097 (1).

LA NULIDAD DEL DL 1097 (1).
(FUENTE:http://www.corruptosalacarcel.blogspot.com/)

Alan García Pérez, jefe de Estado peruano (2006-2011), firmó el DL 1097.



El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N° 1097 que demuestra, claramente, la voluntad del gobierno para impulsar la impunidad de violadores a los derechos humanos que se encuentran sometidos a pesquisas del Ministerio Público y a procesos judiciales, utilizándose el pretexto del plazo razonable o la existencia de cierta norma internacional; la comunidad jurídica ha rechazado esta norma legal, pero sólo proponen la derogación, lo cual resultaría peligroso, ya que eso implicaría el reconocimiento de la existencia de una norma aberrante (2). No olvidemos que su vigencia, aunque sea por un día, permitiría que soliciten su aplicación ante cualquier juez, ya que como todos sabemos la derogatoria surte efectos desde su aprobación. Por eso, el mecanismo indicado y correcto sería declarar la nulidad del DL 1097, situación que no esta prohibida; pero, algunos teóricos consideran que dicha posibilidad no esta regulada, ni legislada. En todo caso, el Tribunal Constitucional (TC) debería dejarlo sin efecto jurídico y legal, tomando como base la histórica sentencia dictada el 21 de julio del 2005 en el caso referido a la inconstitucionalidad de la Ley N° 28568, que modificó el artículo 47° del Código Penal e ilegalmente computaba un día de arresto domiciliario con uno de prisión efectiva (3).


Ahora bien, otro tema es la Resolución Legislativa N° 27998 que aprueba la adhesión del Perú a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 26 de noviembre de 1968, con una extraña declaración impulsada por la Célula Parlamentaria Aprista (CPA) con la finalidad de proteger a los responsables de la matanza ocurrida en la isla penal "El Frontón" (1986), entre los que figuran Alan García y Agustín Mantilla y donde hoy en día pretenden colgarse otros sujetos.


El ex presidente del Congreso (2003), Carlos Ferrero, puso en debate el mencionado proyecto de Resolución Legislativa y el vocero del grupo parlamentario aprista sustentó la inclusión del párrafo de la impunidad, contrario al ordenamiento jurídico vigente. Los legisladores guardaron un silencio sepulcral, los congresistas de Perú Posible (PP) y Unidad Nacional (UN) permanecieron mudos, nadie respaldo la observación que hicimos de aquella sospechosa declaración referida a la aplicación de la Convención, con posterioridad a su entrada en vigor. Inmediatamente, planteamos la modificación del texto aprobado y que se deje sin efecto aquella vergonzosa declaración, pero rechazaron la propuesta; sin embargo, ahora observamos un comunicado de Perú Posible (PP) que señala el país debe estar alerta y que el DL 1097 "tiene como propósito dejar libres a procesados por asesinar, torturar y desparecer a miles de compatriotas". Parece que recién se dieron cuenta de ello; tuvieron una reacción retardada y lenta. Ahora hablan hasta de amnistía encubierta (4).



En ese sentido seria recomendable que el Parlamento haga pública la votación efectuada para aprobar la Resolución Legislativa N° 27998.


Por último, insistimos en la nulidad del DL 1097 y esa figura le corresponde determinarla al Tribunal Constitucional (TC); es indispensable extirpar dicho nefasto dispositivo legal, no podemos dejarle ni un segundo de vida. La derogación dejaría envenenado el ordenamiento jurídico vigente y los violadores a los derechos humanos podrían resultar favorecidos con alguna sospechosa decisión jurisdiccional, lo cual significaría el triunfo de la impunidad.

___________________


PRIMER OTROSI: Este artículo ha sido divulgado en la página 08 del diario "La Primera"; el día 14 de septiembre del 2010.


SEGUNDO OTROSI: El Poder Ejecutivo ha remitido un texto legal proponiendo la derogatoria del DL 1097 y, sospechosamente, dispone la publicación de una fe de erratas. Esto demuestra que el propio Gobierno, en el fondo, quiere que la norma surta algunos efectos, ya que por los días que tuvo existencia, cualquier investigado o inculpado podría pedir su aplicación al Poder Judicial (PJ) donde, como todos sabemos, el APRA mantiene una mayoría de magistrados dispuestos a servirlos; sobre todo en la Corte Superior de Justicia de Lima donde el presidente César Vega esta ligado al vientre del Partido Aprista Peruano (PAP). Por ejemplo, en los últimos días, mientras se cuestionaba este dispositivo (DL 1097), un juez penal de Lima declaró fundada una acción constitucional de habeas corpus interpuesta en favor de Agustín Mantilla para anular las pesquisas referidas a la existencia del llamado comando "Rodrigo Franco" que cometió atrocidades durante el primer gobierno de Alan García (1985-1990). El Gobierno presentó el texto para la derogatoria del DL 1097 después de la carta de renuncia irrevocable que presentó Mario Vargas a la presidencia de la Comisión Encargada del Lugar de la Memoria, fechada 13 de septiembre del 2010; pero, la crisis ministerial se produjo, el último fin de semana, con al renuncia del titular del Consejo de Ministros Javier Velásquez, bajo el pretexto de una probable postulación en los comicios del 2011 cuando la verdadera causal era la dación del vergonzoso DL 1097.


TERCER OTROSI: El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 28568 que había favorecido a los hermanos Moisés y Alex Wolfenson (condenados por un delito contra la administración pública en agravio del Estado), que incluso dio lugar a sus excarcelaciones, por una rápida aplicación de la norma por parte de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia que presidía el cuestionado magistrado Robinson Gonzáles Campos e integraba César Vega como juez provisional. Ítem más, el histórico fallo constitucional dispuso que dicha norma no sea aplicada por ningún magistrado y los liberados volvieron a prisión. En este asunto, también, recordamos la triste participación del magistrado Robinson Gonzáles quien se resistió a cumplir la sentencia, fue denunciado ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) donde tuvieron temor de destituirlo, sólo consideraron una sanción menor, remitieron el dossier al Poder Judicial (PJ) para que se aplique la misma; sin embargo, extrañamente, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia luego de tener a la mano un informe preparado por los jueces supremos César San Martín y Duberli Rodriguez, terminó "absolviendo" al cuestionado magistrado Robinson Gonzáles, con lo cual triunfó la impunidad, dejándose un mensaje negativo ante la sociedad. Ante ello, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) como Institución, guardó un lamentable silencio sepulcral y cómplice.


CUARTO OTROSI: El comunicado de Perú Posible (PP) fue publicado en varios diarios locales, como "La República" y "Diario 16", el 13 de septiembre del 2010.


Lima, septiembre del 2010.

lunes, 13 de septiembre de 2010

Mario Vargas Llosa renunció a la presidencia de la Comisión del Lugar de la Memoria

Mario Vargas Llosa renunció a la presidencia de la Comisión del Lugar de la Memoria
FUENTE: http://elcomercio.pe/noticia/638568/mario-vargas-llosa-renuncio-presidencia-comision-lugar-memoria
Escritor peruano justificó su decisión en la promulgación del polémico Decreto Legislativo 1097, que permite el archivamiento de procesos por violación de los Derechos Humanos


El escritor peruano Mario Vargas Llosa decidió renunciar de manera irrevocable a la Comisión de Alto Nivel del Lugar de la Memoria, cuya presidencia le fue encargada por el mandatario Alan García Pérez.

¿Qué lo motivó a tomar esta drástica decisión? En una misiva dirigida al jefe del Estado, Vargas Llosa, y cuya copia fue enviada a la redacción de este Diario, le expresa su malestar por el polémico Decreto Legislativo 1097, el mismo que permite el archivamiento de procesos por violación de Derechos Humanos en casos que excedan los plazos legales.
“La razón de mi renuncia es el reciente Decreto Legislativo 1097 que, a todas luces, constituye una amnistía apenas disfrazada para beneficiar a buen número de personas vinculadas a la dictadura y condenadas o procesadas por crímenes contra los derechos humanos-asesinatos, torturas y desapariciones-, entre ellos al propio ex dictador y su brazo derecho”, señala la carta con fecha de hoy.
“Hay, a mi juicio, una incompatibilidad esencial entre, por una parte, auspiciar la erección de un monumento en homenaje a las víctimas de la violencia que desencadenó el terrorismo de Sendero Luminoso a partir de 1980 y, de otra, abrir mediante una triquiñuela jurídica la puerta falsa de las cárceles (...)”, continúa.
PIDE DEROGACIÓN
El escritor también le expresa al mandatario el reconocimiento a su convicción democrática, así como su confianza en que la norma sea derogada.
“Pese a haber sido reñidos adversarios políticos en el pasado, en las últimas elecciones voté por usted y exhorté a los peruanos a hacer lo mismo para evitar al Perú una deriva extremista que nos hubiera empobrecido y desquiciado. Y he celebrado públicamente, en el Perú y en el extranjero, su saludable rectificación ideológica, en política económica sobre todo (...) ojalá tenga usted el mismo valor para rectificar una vez más, abolir este innoble decreto (...)”, agrega.

A continuacion, tenor completo de la Carta dirigida por Mario Vargas Llosa al Presidente de la Republica.



París, 13 de setiembre de 2010


Excmo. Señor Dr. Alan García Pérez
Presidente del Perú
Lima


Señor Presidente:

Por la presente le hago llegar mi renuncia irrevocable a la Comisión Encargada del Lugar de la Memoria cuya Presidencia tuvo usted a bien confiarme y que acepté convencido de que su gobierno estaba decidido a continuar el perfeccionamiento de la democracia peruana tan dañada por los crímenes y robos de la dictadura de Fujimori y Montesinos.

La razón de mi renuncia es el reciente Decreto Legislativo 1097 que, a todas luces, constituye una amnistía apenas disfrazada para beneficiar a buen número de personas vinculadas a la dictadura y condenadas o procesadas por crímenes contra los derechos humanos -asesinatos, torturas y desapariciones-, entre ellos al propio exdictador y su brazo derecho. La medida ha indignado a todos los sectores democráticos del país y a la opinión pública internacional, como lo muestran los pronunciamientos del Relator de la ONU, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Conferencia Episcopal, la Defensoría del Pueblo y representantes de numerosas organizaciones sociales y políticas, entre ellos algunos congresistas apristas. Coincido plenamente con estas protestas.

Hay, a mi juicio, una incompatibilidad esencial entre, por una parte, auspiciar la erección de un monumento en homenaje a las víctimas de la violencia que desencadenó el terrorismo de Sendero Luminoso a partir de 1980 y, de otra, abrir mediante una triquiñuela jurídica la puerta falsa de las cárceles a quienes, en el marco de esa funesta rebelión de fanáticos, cometieron también delitos horrendos y contribuyeron a sembrar de odio, sangre y sufrimiento a la sociedad peruana.

Ignoro qué presiones de los sectores militares que medraron con la dictadura y no se resignan a la democracia, o qué consideraciones de menuda política electoral lo han llevado a usted a amparar una iniciativa que sólo va a traer desprestigio a su gobierno y dar razón a quienes lo acusan de haber pactado en secreto una colaboración estrecha con los mismos fujimoristas que lo exiliaron y persiguieron durante ocho años. En todo caso, lo ocurrido es una verdadera desgracia que va a resucitar la división y el encono político en el país, precisamente en un periodo excepcionalmente benéfico para el desarrollo y durante un proceso electoral que debería servir más bien para reforzar nuestra legalidad y nuestras costumbres democráticas.

Pese a haber sido reñidos adversarios políticos en el pasado, en las últimas elecciones voté por usted y exhorté a los peruanos a hacer lo mismo para evitar al Perú una deriva extremista que nos hubiera empobrecido y desquiciado. Y he celebrado públicamente, en el Perú y en el extranjero, su saludable rectificación ideológica, en política económica sobre todo, que tan buenas consecuencias ha tenido para el progreso y la imagen del Perú en estos últimos años. Ojalá tenga usted el mismo valor para rectificar una vez más, abolir este innoble decreto y buscar aliados entre los peruanos dignos y democráticos que lo llevaron al poder con sus votos en vez de buscarlos entre los herederos de un régimen autoritario que sumió al Perú en el oprobio de la corrupción y el crimen y siguen conspirando para resucitar semejante abyección.

Lo saluda atentamente,

Mario Vargas Llosa



Ley tramposa (DL 1097)

Ley tramposa (DL 1097)
El Búho pide al Presidente derogar una ley y no quedar como un encubridor de asesinos.

Alan Garcia

Alan García no necesita ir a “Mistura” para tener “anticuchos”. Tiene uno muy grande con el tristemente célebre Decreto Ley 1097, la llamada “Ley ganzúa”.
Sí, porque los homicidas, violadores de derechos humanos, autores de crímenes de lesa humanidad, como los del Grupo Colina, incluso el propio Montesinos, pueden salir libres.

Martin Rivas

El jefe de “Colina”, Martin Rivas, ya se puso en la cola y sus leguleyos pretenden sacarlo de la cárcel con esta ley de marras.

Lo que ya se sabe es que un ministro que comulga todos los días, fue el autor de este engendro, en pared con el abogado Nakazaki. Sí, el que hundió a Magaly y defiende a varios mafiosos de la cúpula militar de Fujimori.


Alberto Fujimori

También tiene como cliente al ex alcalde Luis Valdez”, acusado no solo de mandar a matar a un periodista, sino de lavar dinero del sucio narcotráfico.
¿Por qué el Presidente permite que en Palacio de Gobierno se cocine ese tipo de malolientes decretos?

Luis Valdez

Felizmente, para la democracia, para la decencia, esta vez, al interior del Partido Aprista hay voces que se oponen abiertamente a esta ley.

Me refiero a Luis Gonzales Posada y al ministro de Justicia, García Toma.

Victor Garcia Toma

Fujimori en 1995 dio una ley de amnistía a los responsables de la llamada “Guerra sucia” contra la subversión.

Este decreto apunta a salvarles el pellejo y sacar de la cárcel a protagonistas de crímenes de lesa humanidad.

Casos como los de La Cantuta y Barrios Altos se incluyen en este tipo de delitos atroces.

Este Búho tiene que hacer una precisión.

No estamos en contra del trabajo sacrificado y heroico que cumplieron la Policía y las Fuerzas Armadas en esos veinte años de lucha interna con las delirantes huestes del camarada Gonzalo.

Centenares de policías y militares cayeron bajo las balas asesinas de los fanáticos maoístas.

Nos referimos a asesinos y psicópatas que vistieron el uniforme y lo mancillaron.

Asesinando y violando los derechos humanos de inocentes.

A estos no se les puede amnistiar, no se les puede dar libertad.

¿Por qué el Presidente embarra los últimos meses de su mandato para quedar como un encubridor de asesinos?

Apago el televisor.

viernes, 10 de septiembre de 2010

Decreto Legislativo 1097 no debe ser derogado, asi lo sostuvo Heriberto Benitez Rivas


DECRETO LEGISLATIVO NO DEBE SER DEROGADO.
(el TC debe dejarlo sin efecto juridico, ni legal).

El ex congresista Heriberto Benitez Rivas sostuvo que el decreto legislativo Nª 1097 no debe ser derogado, ya que eso seria reconocerle vida, aunque sea por unos dias y basta que eso suceda para que los violadores a los derechos humanos pidan su aplicacion; dicho dispositivo debe ser dejado sin ejecto juridico ni legal y eso solo lo puede hacer el Tribunal Constitucional (TC), tal como sucedio en el caso de la sospechos Ley que aprobo en Congreso y que computaba un dia de arresto domiciliario con un dia de detencion efectiva, que incluso habia excarcelado a los hermanos Wolfenson. En quella epoca la sentencia del TC fue impecable y los hermanos Wolfenson volvieron a prision.

Lima,10 de septiembre del 2010.


jueves, 9 de septiembre de 2010

Segunda Amnistía: Decreto Legislativo introduce inaceptable prescripción de crímenes de lesa humanidad

Segunda Amnistía
Justicia :::: Decreto Legislativo introduce inaceptable prescripción de crímenes de lesa humanidad

Los reflejos del ministro de Justicia Víctor García Toma volvieron a ponerse a prueba esta semana tras la promulgación del Decreto Legislativo No 1097, que permite el sobreseimiento de juicios por crímenes de lesa humanidad a militares y policías.

García Toma amenazó con renunciar y calificó de “inaceptable la versión del Ministerio de Defensa”.

La norma fue emitida por el gobierno el miércoles 1 en función a las facultades especiales otorgadas en julio por el Congreso de la República.
Lleva las rúbricas del presidente Alan García, el ministro de Defensa Rafael Rey y el ministro de Justicia.
Sin embargo, el lunes último, García Toma aludió a dos versiones sobre la exposición de motivos del decreto aprobado en el Consejo de Ministros y luego remitido al Parlamento.

“No nos hemos puesto de acuerdo”, dijo y afirmó que, tal como se encuentra, la versión de Defensa “no es aceptable en modo alguno”.

Acto seguido, amenazó con renunciar al gabinete si se comprobaba que el Ejecutivo envió al Congreso el DL 1097 basándose solo en la opinión de Defensa, y no en la de su cartera.
El fuego fue atizado por el premier Javier Velásquez Quesquén y, el martes 7, García Toma volvió sobre sus pasos.

“Pude haber alzado un poquito la voz, pero este tema ha sido superado”, declaró a la prensa.

El lunes 6, los miembros del Grupo Colina, procesados por Barrios Altos, pidieron el sobreseimiento del caso amparados en el DL 1097.


“La norma es constitucional y puede ser útil si se interpreta correctamente”.

Pero el asunto es mucho más grave de lo que parece.
La Coordinadora de Derechos Humanos, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público se pronunciaron en contra del DL 1097.

“Sienta las bases para una posible amnistía encubierta”, declaró Susan Lee, directora del Programa América de Amnistía Internacional.

“Es una segunda ley de amnistía”, zanjó Carlos Rivera, abogado del IDL.

LA PRESCRIPCIÓN
El punto más sensible del DL 1097 tiene que ver con la prescripción de los casos de lesa humanidad.

Vocal Inés Villa desestimaría demandas.

Según la norma, la imprescriptibilidad de los delitos contra los derechos humanos solo surte efecto a partir de noviembre del 2003, cuando el Perú se adhirió a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad.

“Los crímenes de guerra y de lesa humanidad son imprescriptibles cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido”, dice el Artículo 1 de dicho tratado internacional.
Sin embargo, el ministro de Defensa Rafael Rey, autor de la norma, argumentó que el Estado peruano suscribió la Convención, conformada en 1970, con la “condición expresa” de que solo entraría en vigencia a partir de noviembre del 2003.

“La voluntad del Perú fue clarísima”, remarcó al señalar que las Naciones Unidas reconocieron esto en el apartado de declaraciones y reservas de los países que se sumaron a la Convención.
Es decir, el DL 1097 establece que los crímenes ocurridos antes de noviembre del 2003 no tienen la condición de lesa humanidad y, por lo tanto, son delitos prescriptibles, contraviniendo así sentencias previas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (caso Barrios Altos), de la Corte Suprema (Caso Fujimori) y del propio TC.

En el caso Barrios Altos vs Perú (2001), la CIDH señaló que “son inadmisibles las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones de derechos humanos tales como la tortura, las ejecuciones arbitrarias y las desapariciones forzadas”.

Un año después, en el 2002, el Tribunal Constitucional determinó en una sentencia que “corresponde al Estado el enjuiciamiento de los responsables de crímenes de lesa humanidad y, si es necesario, la adopción de normas restrictivas para evitar, por ejemplo, la prescripción de los delitos que violenten los derechos humanos”.

“Yo no he hecho esto pensando ni remotamente en el Grupo Colina”, dijo Rey, el martes último. “La mayoría de estos procesados ya están condenados”, sostuvo.

Pero la puerta ya comienza a abrirse. El viernes 3, el ex jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINTE), el general (r) Juan Rivero Lazo, solicitó a la 1ª Sala Penal Especial Anticorrupción, que preside la vocal Inés Villa Bonilla, el sobreseimiento (archivo) de su proceso judicial por la matanza de Barrios Altos.

Rafael Rey, autor de la insólita norma

El lunes último, en la Base Naval del Callao, los agentes del ‘Escuadrón de la Muerte’ y hasta Vladimiro Montesinos solicitaron acogerse al DL 1097 ante el mismo tribunal.
Fuentes cercanas al despacho de Villa Bonilla informaron que la magistrada declarará infundadas las solicitudes del Grupo Colina en vista de que el megaproceso por los crímenes de Barrios Altos, El Santa y Pedro Yauri, que arrancó en el 2008, ya está en la etapa de juicio oral y, además, porque la jurisprudencia internacional es determinante.
De todos modos se teme que otros casos emblemáticos pueden culminar en el archivo. García Toma aseguró que los militares procesados por los casos Accomarca (1985) y El Frontón (1986) no podrán pedir que se archive sus procesos porque, como en el Caso Colina, ya pasaron la etapa de instrucción.

Sin embargo, el martes 7, el juez suplente Juan Changanaquí recogió la argumentación del DL 1097, sobre la prescripción de los delitos de lesa humanidad, y anuló el proceso penal seguido contra el ex ministro del Interior aprista Agustín Mantilla y ocho miembros del presunto ‘Comando Rodrigo Franco’ procesados por supuestos delitos de secuestros y asesinatos.
La semana pasada, durante una conferencia de periodismo de investigación en Buenos Aires, Argentina, el vocal supremo César San Martín, presidente de la Primera Sala Penal Especial que condenó a 25 años de prisión a Alberto Fujimori precisamente por delitos de lesa humanidad en el 2009, se refirió a un “evidente retroceso que estamos viviendo” en temas de derechos humanos y corrupción.

San Martín está en el bolo para suceder a Javier Villa Stein en la presidencia de la Corte Suprema a fin de año.
Fuentes del Ministerio de Defensa dijeron que en la redacción del DL 1097 participó el asesor de dicho portafolio, Luis Coveñas, y también Sergio Tapia, abogado del vicepresidente Luis Giampietri.

Tapia fue contratado para defender al Estado peruano en el proceso seguido en la CIDH por el Caso El Frontón, en el 2003.
Rey será el primero en declarar ante la Subcomisión del Congreso que revisará los decretos legislativos emitidos por el Ejecutivo, entre ellos el 1097.

El titular de dicho grupo parlamentario, el aprista Aurelio Pastor, adelantó que el gobierno promulgó la norma “pensando en aquellos militares inocentes y para acelerar los procesos que, en muchos casos, tienen años”.

Admitió también que hay “ciertos vacíos que merecen ser aclarados”.

Pero saltarlos con garrocha puede tener aún más graves consecuencias.

martes, 7 de septiembre de 2010

Ministro de Justicia asegura que DL 1097 no permitirá la prescripción de delitos contra los DDHH

Ministro de Justicia asegura que DL 1097 no permitirá la prescripción de delitos contra los DDHH (**)
García Toma recordó que convenios internacionales garantizan que estos casos no queden impunes. También descartó que vaya a renunciar al cargo
Martes 07 de septiembre de 2010 - 05:04 pm

(VIDEO: CANAL N)

El ministro de Justicia, Víctor García Toma, aclaró que el Decreto Legislativo 1097 no permitirá la prescripción de los delitos contra la humanidad y los derechos humanos.

Sin embargo, reconoció que la preocupación de instituciones como la Defensoría del Pueblo es válida, teniendo en cuenta que la norma solo habla de la imprescriptibilidad de aquellos delitos cometidos después del 2003.


“En una disposición complementaria del texto se dice que para efectos procesales se precisa que la Convención sobre imprescriptibilidad para los crímenes de guerra y lesa humanidad (...) surte efecto si rige para el Perú a partir del 9 de noviembre del 2003 (...) eso es cierto porque así lo dispone una resolución legislativa, pero no significa que vaya a extender un manto de impunidad”, señaló García Toma en entrevista a Canal N.


Seguidamente explicó que el Perú no solo es suscriptor del referido convenio sino también de la Convención Americana de Derechos Humanos, en cuyo primer artículo se establece el deber de perseguir a los violadores de DDHH.

Mencionó que en ese sentido ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sentado jurisprudencia respecto a que para estos casos no proceden ni la amnistía ni la prescripción.


NO RENUNCIARÁ

En otro momento García Toma dio por superada su intención de renunciar al cargo como lo dejó entrever anoche al señalar que así lo haría en caso el Ejecutivo no hubiera tomado en cuenta los aportes de su portafolio en la exposición de motivos del DL 1097.


“Esta exposición de motivos es una herramienta valiosa para acreditar que el Poder Ejecutivo actuó dentro del marco de la delegación de facultades y en armonía con el mandato constitucional y las normas internacionales sobre protección de derechos humanos”, indicó.


En ese sentido descartó que la norma vaya a beneficiar a los miembros del grupo Colina o al ex presidente Alberto Fujimori.


“El tema ya ha sido superado y ahora estamos en la etapa de explicar las razones de este texto que puede ser una herramienta útil en la defensa cabal de los derechos humanos (...) no hagamos una telenovela de esto”, comentó descartando así su renuncia.


Ya por la mañana el primer ministro, Javier Velásquez Quesquén, aseguró que había conversado con García Toma y que ya se habían superado los malos entendidos. “Hay ministro de Justicia para rato”, dijo.

(**) (Fuente: http://elcomercio.pe/noticia/635527/ministro-justicia-asegura-que-dl-1097-no-permitira-prescripcion-delitos-contra-ddhh)