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miércoles, 23 de agosto de 2017

Aborto terapéutico en el Perú. Es la única causal de aborto exenta de sanción penal en el país.

Aborto terapéutico en el Perú.
Es la única causal de aborto exenta de sanción penal en el país.
Según el Código Penal, es un derecho de las mujeres decidir si interrumpen o no su embarazo cuando sea el único medio para salvar su vida o evitar un daño grave y permanente en su salud.
Para garantizar una adecuada y oportuna atención de las mujeres gestantes, el Ministerio de Salud aprobó en el 2014 la Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo menor de 22 semanas con consentimiento informado en el marco de lo dispuesto en el artículo 119º del Código Penal, un documento que señala cuál debe ser la actuación de los profesionales de la salud cuando una mujer solicite practicarse un aborto terapéutico.
Acceso e información
Una mujer puede acceder a un aborto terapéutico luego de las 22 semanas de embarazo, ya que el Código Penal no establece límites temporales. Sí se le prohíbe, significaría una violación del derecho a la vida y la salud de las mujeres.
Así pues, el médico tratante debe informar a la paciente que puede acceder a un aborto terapéutico cuando esté de por medio salvar su vida o evitar en su salud un mal grave y permanente. Si el profesional no lo hiciera, deben iniciarse acciones sancionatorias penales y administrativas contra el médico, porque es su obligación cumplir con el procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Terapéutica de su Embarazo. Según el artículo 377° del Código Penal, todo funcionario público que omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, puede ser sancionado con pena privativa de libertad no mayor de 2 años.
Caso de violación
Una mujer que ha sido víctima de una violación sexual, puede acceder a un aborto terapéutico. En estos casos lo que debe analizarse es si la continuidad del embarazo pone o no en riesgo la vida o la salud física, mental o social de la gestante, más allá de la causa del embarazo. Someter a las mujeres a embarazos forzados consecuencia de un delito del que han sido víctimas implica infligirles daños psicológicos que pueden configurar tortura o un trato cruel, inhumano y degradante.
Cuando se solicite el aborto por este motivo para niñas y adolescentes debe considerarse que el embarazo debido a su edad es considerado de alto riesgo y debe intervenirse a la brevedad posible para prevenir su muerte o un daño permanente en su salud.

Enfoque
Fiorella Zárate
Abogada, equipo de Litigio Estratégico de Promsex

En nuestro país, el acceso a servicios de aborto por causal salud es un derecho. Sin embargo, la aprobación de la Guía Técnica Nacional de Aborto Terapéutico solo fue posible luego de que el Estado peruano fuera condenado en dos ocasiones a nivel internacional en los casos “K.L. vs. Perú” y “L.C. vs. Perú”, ante Comités de Derechos Humanos de la ONU, por haber negado el acceso a servicios de aborto a dos adolescentes cuya continuación del embarazo puso en riesgo su vida y salud. Sin embargo, pese a la aprobación de dicha Guía, aún existen serios obstáculos para su implementación en los servicios públicos y privados de salud. Recientemente, la Comisión de Protección al Consumidor de INDECOPI multó a la clínica El Golf por no tramitar una solicitud de aborto terapéutico de acuerdo con la referida Guía y por no haber garantizado el aborto terapéutico pese a que la gestante demostró seria afectación a su salud mental.
En ese sentido, preocupa que, pese a ser un derecho de las mujeres, los hospitales y clínicas aún se muestren renuentes a informar adecuadamente a las pacientes, y a proceder de acuerdo con la Guía en cuestión, ocasionándoles daños irreparables. Por ello, se hace necesaria la capacitación periódica a los profesionales de la salud, a fin de que guíen sus prácticas sin estereotipos de género ni temores infundados sobre eventuales responsabilidades administrativas o judiciales por practicar un aborto terapéutico, sino más bien en total claridad de sus deberes de acuerdo al marco legal y constitucional vigente que ampara el derecho a la vida y salud de las mujeres. [NOTA PATROCINADA]

FUENTE: http://larepublica.pe/sociedad/1076970-aborto-terapEutico-en-el-perU


martes, 20 de octubre de 2009

CIPRIANI SE EXCEDIO

Cipriani se excedió
Le llueven críticas por usar el púlpito para su campaña política contra el aborto.
(FUENTE DIARIO LA PRIMERA - PERU)



El cardenal no escucha posiciones diferentes a su pensamiento.



El calificativo de “Herodes” lanzado por el cardenal Juan Luis Cipriani a quienes respaldan la despenalización limitada del aborto, fue calificado ayer como un exceso del principal miembro del Opus Dei y una clara negativa de la Iglesia a permitir que esta ley se debata en el Parlamento tras su aprobación por la Comisión Revisora del Código Penal.

El vicepresidente de la Comisión de Constitución del Congreso, Edgard Reymundo, dijo que Cipriani se excedió en tildar a quienes respaldan la despenalización como “Herodes”, que buscan niños para matarlos.

“En este tema (Cipriani) no está actuando con la ponderación debida y eso lo pinta de cuerpo entero como el más radical de los activistas del Opus Dei.

El aborto eugenésico y para casos de violación es una necesidad y tiene un sentido positivo porque no se da en el concepto frío del asesinato y por eso la Comisión Revisora ha propuesto despenalizar el aborto”, subrayó.

Dijo que la analogía del primado de la Iglesia Peruana sobre Herodes se encuentra totalmente fuera de contexto.

“Cipriani es el que menos apego tiene al tema de derecho a la vida porque en Ayacucho actuó como facilitador de la represión, pese al asesinato de muchas personas. Él tiene que responder por esos hechos oscuros. Él fue quien dijo que ‘los derechos humanos son una cojudez’; mejor que se calle la boca porque tiene rabo de paja”, señaló Reymundo.

Pilar Arce, del Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, aclaró que esta entidad no está a favor del aborto pero, partiendo de la realidad que vive el país, “la despenalización del aborto es un tema de salud pública y ayudaría a disminuir el riesgo de muerte en mujeres y el número de embarazos no deseados”.
“En nuestro país, alrededor de 371 mil mujeres abortan cada año en condiciones de clandestinidad, originándose un grave problema de salud pública y vulneración de derechos, que pone en riesgo su vida”, añadió.
En realidad, dijo, Cipriani no respeta el derecho sexual y reproductivo de las mujeres, en ningún momento habla sobre el derecho de la mujer a elegir una vida digna. Al respecto, el presidente del Congreso, Luis Alva Castro, aclaró que la Comisión Revisora del Código Penal, que aprobó la despenalización del aborto eugenésico, tiene sólo “fines de estudio” y no es “dictaminadora”.

Señaló que el Ministerio de Justicia ha planteado una reconsideración de la propuesta de despenalización del aborto eugenésico y en casos de violación sexual y ha hecho bien en salir al frente y fijar una posición.

El congresista Carlos Torres Caro acudió a una reunión con el cardenal Juan Luis Cipriani para hablar sobre el aborto, pero sufrió un desaire, pues Cipriani no lo recibió ni fue atendido por nadie, a pesar que 20 minutos antes la cita había sido confirmada.


Marco CáceresRedacción