Mostrando las entradas con la etiqueta sunat. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta sunat. Mostrar todas las entradas

martes, 5 de enero de 2021

Peruanos tendrán que demostrar el origen de sus depósitos ante fiscalización de la Sunat. Palmer de la Cruz, de la Sunat, explicó que si el contribuyente tiene sustento del origen de sus depósitos, se dará por atendida los requerimiento de la administración tributaria. Palmer de la Cruz, intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, explicó que a partir del 1 de enero del 2021 las entidades del sistema financiero tendrán la obligación de reportar a la Sunat sobre las cuentas de depósitos de sus clientes (ya sea personas naturales o jurídicas) cuyos saldos sean iguales o mayores a S/ 10,000 (o su equivalente en dólares). “La información que van a reportar los bancos corresponde solo al 7% de los ciudadanos y empresas que tienen algún deposito en el sistema financiero de S/ 10,000 o más. Este 7% -si se acumula- es el 95% del monto total de los saldos existentes en el sistema financiero. Esta información se va a acumular a la información que ya posee la Sunat para poder reducir los niveles de elusión y evasión tributaria”, explicó en diálogo con RPP Noticias.

Peruanos tendrán que demostrar el origen de sus depósitos ante fiscalización de la Sunat.

Palmer de la Cruz, de la Sunat, explicó que si el contribuyente tiene sustento del origen de sus depósitos, se dará por atendida los requerimiento de la administración tributaria.

Soles. (Foto: GEC)

Palmer de la Cruz,
 intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, explicó que a partir del 1 de enero del 2021 las entidades del sistema financiero tendrán la obligación de reportar a la Sunat sobre las cuentas de depósitos de sus clientes (ya sea personas naturales o jurídicas) cuyos saldos sean iguales o mayores a S/ 10,000 (o su equivalente en dólares).

“La información que van a reportar los bancos corresponde solo al 7% de los ciudadanos y empresas que tienen algún deposito en el sistema financiero de S/ 10,000 o más. Este 7% -si se acumula- es el 95% del monto total de los saldos existentes en el sistema financiero. Esta información se va a acumular a la información que ya posee la Sunat para poder reducir los niveles de elusión y evasión tributaria”, explicó en diálogo con RPP Noticias.

A reglón seguido, dijo que este 7% equivale a 250,000 personas jurídicas (empresas) y 1.7 millones de personas, es decir, este es el universo que se verá afectada por esta disposición.

El funcionario -igualmente- aclaró que la información de los depósitos que llegue de los bancos, no implica necesariamente que exista evasión o elusión al fisco.

“Esta (información) simplemente va ser usada como fuente para un cruce de información con las declaraciones. Por ejemplo, si tengo una cuenta de S/ 50,000 por un periodo permanente de tiempo y no tengo ninguna declaración ante la administración tributaria, lo que va hacer la Sunat primero es preguntarle al contribuyente ¿Cuál es la fuente de origen de los S/ 50,000? Si el contribuyente tiene el sustento para acreditar ese fondo se dará por atendida la Sunat”, especificó.

“Pero si no es así, se lo invitará (al dueño de la empresa o de la cuenta) que participe en los procesos de inducción y de orientación para regularizar esa omisión (el no pago de impuestos). Y solo en el caso que se incumpla con el reconocimiento voluntario (para el pago de impuestos) se iniciará un proceso de auditoría”, subrayó de La Cruz.

En esa línea, dijo que los procesos de auditoria solo abarcan al 2% de los contribuyentes que son llamados a regularizar su situación.

“He allí la importancia de que la Sunat tenga un gran volumen de datos (y de información) para prevenir el incumplimiento y alertar al contribuyente, ya que ponerse al día en una fecha posterior puede generar sanciones y multas”.

Igualmente, precisó que los bancos tendrán la obligación de reportar saldos, montos acumulados, promedios, montos más altos y rendimientos.

“Estamos por definir a través de una resolución cuál de los conceptos va a proporcionar los bancos para tener el dato más cercano para orientar a los contribuyentes y en los casos de incumplimiento reiterativos, iniciar proceso de fiscalización”.

El funcionario dijo que la obligación de los bancos antes la Sunat no es nueva ya que en agosto del 2020, las entidades del sistema financiero presentado similar información sobre los ciudadano no domiciliados en el país para intercambiar esta información con otros países, y en esa línea ha recibido información de otros países con el mismo nivel de detalle de cuentas de peruanos en el exterior.

-ITF tiene alcance limitado-

Al ser consultado respecto a si el ITF no era una herramienta para la identificación de evasores de impuestos, De la Cruz dijo que está tiene un alcance limitado. “De hecho tiene una lista extensa de exoneraciones en las que no se aplica ITF, por ejemplo, las remuneraciones no están afectas al ITF por eso la Sunat no sabe los montos de depósitos”.

“El ITF no nos muestra el saldo de la cuenta, más bien trasladamos esa carga -cuando hay un proceso de fiscalización- al contribuyente para que sustente el saldo. Con la información que vamos a poseer ahora, vamos a reducir el número de contribuyentes a llamar para sustento sobre el saldo”, acotó.

El funcionario añadió que el ITF colaboró y de hecho es una herramienta complementaria. “Uno me da el movimiento (ITF y el otro el saldo (información de cuentas) lo cual nos permite descubrir con mayor certeza la evasión y elusión tributaria”.

Por último, subrayó que la Sunat cuenta con altos estándares de seguridad que evitará una fuga de información sobre los depósitos bancarios, dado que durante un año y siguiendo los requisitos de los países de la OCDE, ha logrado obtener estándares de seguridad para evitar cualquier fuga o mal uso de la información.

“La información que viene de los bancos, viene a una sola, con altos estándares de seguridad”. Además dijo que esta obligación de los bancos no encarecerá los servicios financieros que estos prestan y que tampoco desincentivará la bancarización.

 

FUENTE: https://gestion.pe/tu-dinero/peruanos-tendran-que-demostrar-el-origen-de-sus-depositos-ante-fiscalizacion-de-la-sunat-noticia/



miércoles, 28 de septiembre de 2016

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERÚ DECLARA FUNDADA DEMANDA DE AMPARO DE CONTRIBUYENTE CONTRA SUNAT. Por vulneración de los derechos a la razonabilidad de las sanciones administrativas y al acceso a los recursos en sede administrativa.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERÚ DECLARA FUNDADA DEMANDA DE AMPARO DE CONTRIBUYENTE CONTRA SUNAT.
Por vulneración de los derechos a la razonabilidad de las sanciones administrativas y al acceso a los recursos en sede administrativa.
El Tribunal Constitucional resolvió por mayoría declarar fundada la demanda de amparo contenida en el expediente 04082-2012-PA/TC, por haberse acreditado la vulneración de los derechos a la razonabilidad de las sanciones administrativas y al acceso a los recursos en sede administrativa, en el proceso seguido por Emilia Medina de Baca contra la Sunat.
Por consiguiente, declaró nula la resolución de ejecución coactiva que ordenó el pago de intereses moratorios capitalizados calculados durante el trámite del procedimiento contencioso tributario iniciado por la demandante para cuestionar la deuda tributaria y la multa impuesta por la administración.
En su recurso de agravio constitucional, Medina de Baca solicitó que la Sunat deje sin efecto dicha resolución que le requiere el pago de intereses moratorios por las deudas originadas en dos resoluciones de determinación de deuda y una de multa, e inaplicar el artículo 33 del Código Tributario en su versión vigente hasta el 2006.
Señaló que, pese a haber impugnado dichas resoluciones en sede administrativa, se capitalizaron intereses durante el trámite de su apelación ante el Tribunal Fiscal. Como ese recurso tardó en resolverse aproximadamente cuatro años, la deuda se incrementó en 510%.
El Tribunal Constitucional afirma que no puede presumirse la mala fe del contribuyente y reprimirse con una sanción tan drástica el ejercicio legítimo de los derechos constitucionales, máxime cuando el procedimiento se extendió más allá del plazo legal por causas imputables a la administración.
Asimismo, dispone que la Sunat efectúe el cálculo de los intereses moratorios de las deudas sin aplicar la regla de capitalización de intereses contenida en el artículo 7 de la Ley 27038, y sin aplicar la regla de cobro de intereses durante el exceso de tiempo incurrido por el Tribunal Fiscal en la resolución del proceso contencioso tributario, más los costos del proceso.

VER AQUI LA RESOLUCIÓN COMPLETA EXPEDIENTE N°04082-2012-PA/TC.



FUENTE: http://www.tc.gob.pe/tc/notaprensa/not-a9686b6af317baab95d5f6d7b868b2ee

miércoles, 23 de octubre de 2013

Perú: Próximo mes Estado no depositará S/. 2 mil millones por CTS de servidores. Veinte entidades del sector público serán las primeras que se incorporarán en la implementación de la Ley del Servicio Civil en los próximos meses, informó el presidente de Servir. Tratará de incluir a Sunat, Congreso y el BCR.

Perú: Próximo mes Estado no depositará S/. 2 mil millones por CTS de servidores
Veinte entidades del sector público serán las primeras que se incorporarán en la implementación de la Ley del Servicio Civil en los próximos meses, informó el presidente de Servir. Tratará de incluir a Sunat, Congreso y el BCR.
Palacio de Gobierno del Perú
El Estado optó por un modelo por el cual se acumulará el pago de la compensación por tiempo de servicios (CTS) y se pagará al final de la relación laboral con el trabajador, explicó el presidente del Servir, Juan Carlos Cortés, en el Foro organizado por la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y Seguridad Social.
Si el Gobierno pagase a todos sus trabajadores contratados en el régimen del D.L. N° 728 (régimen laboral privado) porCTS, ello representaría el 10% de la planilla anual; es decir, S/. 2 mil millones, detalló Cortés. Este monto ya no se depositará en las entidades financieras a partir de noviembre.
Sin embargo, Cortés precisó que la gran mayoría de entidades públicas que tienen personal contratado bajo el régimen privado no depositan la CTS en los bancos. Así, precisó, de cerca de 100 mil personas, únicamente se deposita a casi 80 mil empleados, aseguró.

Implementación
De otro lado, Cortés reveló que cerca de veinte entidades públicas serán las primeras que se incorporarán en la implementación de la Ley del Servicio Civil en los próximos meses (algunos ministerios, el Poder Judicial, la Superintendencia de Fiscalización Laboral, entre otras).
Sin embargo, hay ciertas instituciones en las que resulta muy difícil aplicar la ley en esta etapa de implementación, como es el caso de las municipalidades más pequeñas y recónditas; o las instituciones muy grandes, como Essalud, entre otras. Por ello, se estimó un periodo de ejecución de la ley de seis años.
Cortés admite que la Ley del Servicio Civil puede tener problemas, como cualquier otra norma; “sin embargo, lo que no se quiere es que ocurra lo mismo que con la Ley General del Trabajo, que lleva 20 años discutiéndose y aún no se ha aprobado; y no se va a aprobar”, opinó el presidente del Servir.

EN CORTO
He perdido una batalla, no la guerra
Único. La ley del Servicio Civil no incluye a los trabajadores de la Sunat, el Congreso, el Banco Central de Reserva y otros organismos del Estado. Sin embargo, Juan Carlos Cortés Carcelén, presidente del Servir, discrepó de esta exclusión y hará lo posible para su inclusión. “He perdido la batalla en este momento, pero no la guerra”, aseguró.

Doble prueba en el ingreso
El ingreso en la carrera pública del D.L. N° 276 se realizaba solo por concurso público y no se regulaba un periodo de prueba, como ocurre en las contrataciones de régimen privado (D.L. N° 728).
No obstante, de acuerdo a la Ley del Servicio Civil, el empleado público que se incorpore mediante concurso público (evaluación del mérito) se sujetará además a un periodo de prueba de tres (3) meses (evaluación de la idoneidad en el puesto), ya que no toda persona que aprueba la selección necesariamente tendrá una “performance” idónea en la institución, explicó Juan Carlos Cortés.

FUENTE: http://gestion.pe/economia/proximo-mes-estado-no-depositara-s-2-mil-millones-cts-servidores-2079265?utm_source=gestion&utm_medium=mailing&utm_campaign=newsletter_2013_10_23
Miguel Juape P.
miguel.juape@diariogestion.com.pe