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lunes, 8 de abril de 2024

PLENO DEL COLEGIADO EMITE SENTENCIA EN AMPARO. ¿La junta de propietarios puede prohibir la tenencia de mascotas en condominios? Lee en qué casos según el Tribunal Constitucional del Perú. Siempre que el reglamento interno así lo establezca, señala el Tribunal Constitucional.

¿La junta de propietarios puede prohibir la tenencia de mascotas en condominios? 

Lee en qué casos según el Tribunal Constitucional del Perú.

PLENO DEL COLEGIADO EMITE SENTENCIA EN AMPARO.

Siempre que el reglamento interno así lo establezca, señala el Tribunal Constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de amparo interpuesta por un ciudadano contra la Junta de Propietarios de la Habilitación Vacacional Playa del Golf —Primera Etapa— ya que la prohibición de tenencia de mascotas, establecida en el Reglamento de Normas Básicas de Convivencia del condominio, no vulneraba sus derechos constitucionales en tanto este adquirió la propiedad del inmueble estando vigente dicha prohibición; por lo que el TC ha preservado la autonomía de la voluntad de los propietarios.

Según los antecedentes de este proceso de amparo, Expediente 00949-2022-PA/TC, durante la pandemia de la Covid-19 y hasta julio de 2020, la Junta de Propietarios permitió al demandante mantener a sus mascotas en el condominio ante la imposibilidad de estar movilizándose entre la ciudad y la casa de playa para alimentarlas, pero tras esos meses la Junta recordó la prohibición.

Para el Tribunal Constitucional, el derecho a la autonomía de la voluntad se manifiesta en el deber de proteger los intereses del colectivo de personas que, en un inicio, decidieron pertenecer a este condominio de playa bajo el cumplimiento de ciertas condiciones y mandatos, entre los que se encuentra la prohibición de introducir o mantener animales, establecido en el reglamento.

El Tribunal recuerda que la tenencia de animales domésticos puede ser permitida, siempre y cuando esté acordada con la junta de propietarios respectiva, que debe regular las medidas indispensables para prevenir y reparar la vulneración de los derechos de terceros que puedan verse perjudicados respecto de posibles agresiones. 

Finalmente, es importante señalar que, a diferencia de lo resuelto en el expediente 01413-2017-PA, en esta oportunidad el Tribunal identificó que, al momento en que el recurrente adquirió su propiedad, las normas internas del condominio ya prohibían la tenencia de mascotas, por lo que consideró que el acuerdo, fundamentado en el derecho a la autonomía de la voluntad de los propietarios, debía ser respetado, salvo que la propia junta dispusiera alguna regla en sentido contrario.

Esta sentencia lleva las firmas de los magistrados Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga y Manuel Monteagudo Valdez (ponente), Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro y César Ochoa Cardich, los tres últimos emitieron votos singulares.

 

FUENTE: https://www.elperuano.pe/noticia/222393-la-junta-de-propietarios-puede-prohibir-la-tenencia-de-mascotas-en-condominios-lee-en-que-casos-segun-el-tc

 


viernes, 4 de mayo de 2018

PERÚ: ASEGURARÁN EJECUCIÓN DE SOLICITARSE LA REPOSICIÓN. Amparo laboral será posible contingencia. Entidades estatales deberán prever situación dentro del presupuesto. Cuando se interponga y admita una demanda de amparo contra una entidad estatal cuya finalidad sea la reposición de un extrabajador demandante, dicha circunstancia deberá registrarse como una posible contingencia económica que ha de preverse en el presupuesto de la respectiva institución.


PERÚ: ASEGURARÁN EJECUCIÓN DE SOLICITARSE LA REPOSICIÓN.
Amparo laboral será posible contingencia.
Entidades estatales deberán prever situación dentro del presupuesto.
Cuando se interponga y admita una demanda de amparo contra una entidad estatal cuya finalidad sea la reposición de un extrabajador demandante, dicha circunstancia deberá registrarse como una posible contingencia económica que ha de preverse en el presupuesto de la respectiva institución.

El objetivo será que la plaza exigida se mantenga presupuestada para ejecutar en forma inmediata, de ser el caso, la sentencia estimatoria.

Así lo estableció el Tribunal Constitucional (TC) mediante la STC N° 08517-2013-PA/TC, que se propone atender la situación de los reiterados casos en que se estima la demanda de amparo por haberse comprobado un despido arbitrario.

Lineamientos


En los casos de índole laboral que se inicien contra entidades públicas, estas deberán reservar o prever en sus presupuestos las posibles contingencias económicas que las demandas laborales puedan producir, comentó la laboralista Paola Vasallo, socia de Gotelli & Yataco Arias Abogados, al dar cuenta de la mencionada sentencia.

El TC considera que para justificar el mantenimiento de la plaza presupuestada, la administración pública deberá atender el artículo 7 del Código Procesal Constitucional.

Dicha disposición establece que el procurador público, antes de que el proceso sea resuelto en primer grado, está facultado para poner en conocimiento del titular de la entidad su opinión profesional motivada cuando considere que se afecta el derecho constitucional invocado.

De ahí que, con la opinión del procurador, pueda evitarse y preverse gastos fiscales, ya que la administración pública podrá allanarse a la demanda (si la pretensión buscada es estimable según la jurisprudencia y los precedentes del TC) o proseguir con el proceso, refiere el colegiado.

El tribunal ordenó la reposición de la parte demandante como trabajador a plazo indeterminado en el cargo que venía desempeñando o en otro de similar categoría o nivel.

Apuntes

A juicio del magistrado del TC Ernesto Blume, el amparo es el medio idóneo para la tutela del derecho al trabajo frente al despido arbitrario de los trabajadores del sector público.

Esto en aplicación del principio de primacía de la realidad, precisó.

FUENTE: http://www.elperuano.pe/noticia-amparo-laboral-sera-posible-contingencia-66071.aspx

martes, 10 de enero de 2017

México: Interponen 2 mil amparos contra el gasolinazo

México: Interponen 2 mil amparos contra el gasolinazo
Universitarios protestan contra el gasolinazo en Oaxaca. Foto: Jesús Cruz
OAXACA, Oax. (apro).- Por lo menos 2 mil amparos fueron entregados hoy ante los juzgados federales contra actos del gobierno de Enrique Peña Nieto y el Congreso de la Unión por el gasolinazo, confirmó el equipo jurídico de ciudadanos encabezado por el abogado Gelacio Morga Cruz.
Los inconformes piden suspender definitivamente las decisiones lesivas, atentatorias y arbitrarias para la generalidad de la población, de ahí que urgieron “al Poder Judicial de la Federación a que como autoridad garante de los derechos humanos y garantías constitucionales, ordene que se suspendan definitivamente los actos emitidos por las autoridades responsables”.
Además consideran que esos aumentos son actos inconstitucionales que afectan en extremo el patrimonio de los quejosos y de la ciudadanía en general.
Y señalaron al Congreso de la Unión, integrado por sus cámaras de Senadores y de Diputados, como las autoridades ordenadoras de la liberación y zonificación del precio de la gasolina, mientras que a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Comisión Federal de Competencia Económica y Comisión Reguladora de Energía como las ejecutoras de estos actos inconstitucionales.
El diputado local del PT, Jesús Romero López, manifestó que los amparos fueron promovidos por ciudadanos de las colonias Itandehui, Moctezuma, Eliseo Jiménez Ruiz y San Martín Mexicapam.
Con estos recursos legales se busca detener el deterioro en la economía de las familias, que el gobierno federal no sea omiso ante el descontento general y considere dar marcha atrás en el gasolinazo.
Lo que buscan es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraiga estos casos y resuelva a favor de la población, pues “en México estamos viviendo las consecuencias de la mal llamada reforma energética, a pesar de que Enrique Peña Nieto durante su campaña prometió que no incrementaría el precio de la gasolina, la luz y el gas, y hoy por hoy somos testigos de que mintió”.
El sentir en la sociedad es de molestia y rechazo a esta alza en los combustibles, que no es equiparable al aumento en el salario mínimo, mismo que representa la capacidad adquisitiva más baja, igual a la registrada en 1994.
Al tiempo que en la capital se encuentran tomadas por lo menos siete gasolineras, integrantes del Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (STEUABJO) bloquearon el bulevar Eduardo Vasconcelos en rechazo al aumento de la gasolina y para exigir el incremento de 20% a su salario.
A su vez, transportistas del distrito de Tlacolula paralizaron las actividades en seis gasolineras para manifestarse contra el alza en los combustibles, confirmó Tobías Rojas, quien agregó que en el paro participan unas 400 unidades, entre taxis, mototaxis y autobuses.
Las gasolineras que se encuentran cerradas son las ubicadas en Lachigoló, Tlacochahuaya, Mitla, Tlacolula, Tule y Cruz de Piedra.
Y en la región de la Costa se realizó una marcha del Comité por la Defensa de los Derechos Indígenas (Codedi) contra el gasolinazo. Los inconformes realizaron una caminata de la Bahía Santa Cruz hasta la plaza Madero.
Ante el temor de vandalismo, la gasolinera Oswaldo Manzano Montero, ubicada en el bulevar Chahué, fue cerrada y sus operadores anunciaron que se reanudaría el servicio hasta que concluyera la manifestación.
Por otra parte, integrantes de Comuna Oaxaca se manifestaron en Santa Lucía Ocotlán, en Nochixtlán, en Juquila, la Mixteca y San Pablo Huixtepec, donde se colocó una manta monumental con la leyenda: “País petrolero y el pueblo sin dinero”, “¡Fuera Peña!”.
En la caseta de Huitzo también se realizaron manifestaciones, sin embargo, los inconformes en lugar de dejar el paso libre procedieron a cobrar 50 pesos por vehículo.


FUENTE: http://www.proceso.com.mx/469332/interponen-2-mil-amparos-contra-gasolinazo


miércoles, 28 de septiembre de 2016

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERÚ DECLARA FUNDADA DEMANDA DE AMPARO DE CONTRIBUYENTE CONTRA SUNAT. Por vulneración de los derechos a la razonabilidad de las sanciones administrativas y al acceso a los recursos en sede administrativa.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERÚ DECLARA FUNDADA DEMANDA DE AMPARO DE CONTRIBUYENTE CONTRA SUNAT.
Por vulneración de los derechos a la razonabilidad de las sanciones administrativas y al acceso a los recursos en sede administrativa.
El Tribunal Constitucional resolvió por mayoría declarar fundada la demanda de amparo contenida en el expediente 04082-2012-PA/TC, por haberse acreditado la vulneración de los derechos a la razonabilidad de las sanciones administrativas y al acceso a los recursos en sede administrativa, en el proceso seguido por Emilia Medina de Baca contra la Sunat.
Por consiguiente, declaró nula la resolución de ejecución coactiva que ordenó el pago de intereses moratorios capitalizados calculados durante el trámite del procedimiento contencioso tributario iniciado por la demandante para cuestionar la deuda tributaria y la multa impuesta por la administración.
En su recurso de agravio constitucional, Medina de Baca solicitó que la Sunat deje sin efecto dicha resolución que le requiere el pago de intereses moratorios por las deudas originadas en dos resoluciones de determinación de deuda y una de multa, e inaplicar el artículo 33 del Código Tributario en su versión vigente hasta el 2006.
Señaló que, pese a haber impugnado dichas resoluciones en sede administrativa, se capitalizaron intereses durante el trámite de su apelación ante el Tribunal Fiscal. Como ese recurso tardó en resolverse aproximadamente cuatro años, la deuda se incrementó en 510%.
El Tribunal Constitucional afirma que no puede presumirse la mala fe del contribuyente y reprimirse con una sanción tan drástica el ejercicio legítimo de los derechos constitucionales, máxime cuando el procedimiento se extendió más allá del plazo legal por causas imputables a la administración.
Asimismo, dispone que la Sunat efectúe el cálculo de los intereses moratorios de las deudas sin aplicar la regla de capitalización de intereses contenida en el artículo 7 de la Ley 27038, y sin aplicar la regla de cobro de intereses durante el exceso de tiempo incurrido por el Tribunal Fiscal en la resolución del proceso contencioso tributario, más los costos del proceso.

VER AQUI LA RESOLUCIÓN COMPLETA EXPEDIENTE N°04082-2012-PA/TC.



FUENTE: http://www.tc.gob.pe/tc/notaprensa/not-a9686b6af317baab95d5f6d7b868b2ee

viernes, 9 de septiembre de 2016

Los bolivianos transgénero ya tienen identidad. Decenas de peticiones de hombres y mujeres para cambiar oficialmente su nombre

Los bolivianos transgénero ya tienen identidad.
Decenas de peticiones de hombres y mujeres para cambiar oficialmente su nombre
Pamela Valenzuela, con su nueva tarjeta de identidad. /  (REUTERS)
Se llamaba Víctor
 Valenzuela. El 1 de agosto se convirtió en Pamela Geraldine Valenzuela Rengel, la primera transexual cuya nueva identidad reconociera el Estado boliviano. Detrás de ella, varias otros hombres que se sienten mujeres, o viceversa, están presentando sus solicitudes para obtener la identidad legal que mejor les acomoda.
Deben darse prisa, pues el Tribunal Constitucional está considerando un “amparo” solicitado por las iglesias, el cual puede detener la ley que permite estos cambios, aprobada a fines de mayo pasado, pero que no había estado operativa hasta ahora.
La ley fue aprobada por parlamentarios de la mayoría oficialista y de la minoría opositora --de izquierda y derecha, respectivamente--, para “corregir la injusticia” que ponía a alrededor de 5.000 personas en la marginalidad y como objeto de abusos de las autoridades y los particulares. Autoriza a los transexuales a registrarse de nuevo con otro sexo, siempre y cuando haya una opinión psicológica favorable para ello.
Una alianza de la Iglesia Católica con los protestantes presentó un recurso de amparo contra la ley porque “no coincide con la Constitución”, la cual define el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer. Al mismo tiempo, esta norma podría allanar el camino a una boda legal entre varones o mujeres homosexuales y sus parejas transexuales, posibilidad que los defensores de la misma consideran remota.
Los religiosos también argumentan que el Estado no puede proteger simultáneamente la transexualidad, que según ellos es “contra natura”, y la familia, como la ley lo obliga a hacer. En consonancia, en una ocasión miles de personas, sobre todo jóvenes conducidos por sacerdotes, han salido a las calles a defender la “familia natural”, algo que ha preocupado a los sectores “más prácticos” del gobierno. Sin embargo, el presidente Evo Morales, quien había dicho una vez que “no entiende” a los gais y las lesbianas, respaldó el avance jurídico.
                                               
FERNANDO MOLINA
La Paz 9 SEP 2016 
FUENTE: http://internacional.elpais.com/internacional/2016/09/09/america/1473390497_250419.html

viernes, 20 de septiembre de 2013

Poder Judicial anula investigación de 'megacomisión' contra Alan García. Justicia declara fundada acción de amparo de líder aprista

Poder Judicial anula investigación de 'megacomisión' contra Alan García
Justicia declara fundada acción de amparo de líder aprista
Alan García logró que se anule la investigación en su contra. (USI)
Expresidente denunció que el grupo que presidente el oficialista Sergio Tejada no respetó el debido proceso en investigación en su contra.
El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por el exmandatario Alan García contra la ‘megacomisión’, ya que “se ha acreditado la violación de su derecho al debido proceso”.


Por ello, declara nula toda la investigación realizada por este grupo congresal sobre los presuntos actos de corrupción cometidos en el segundo gobierno aprista. Es decir los casos BTR, ‘narcoindultos’, colegios emblemáticos, Agua para todos vuelven a fojas cero.
Además, dispone “reponer las cosas al estado anterior a la violación de los derechos constitucionales” del líder del Partido Aprista. En ese sentido, ordena que “se proceda a citarlo con el mayor detalle posible” sobre los hechos por los cuales es investigado.
La sala también señala que el grupo de trabajo que preside Sergio Tejada debe permitir a García Pérez “tener acceso a la documentación obrante en la investigación y se le ponga en conocimiento de los medios probatorios que respalden las imputaciones”.
El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional exhorta a los integrantes de la ‘megacomisión’ a respetar la reserva de la indagación y evitar dar declaraciones que puedan ser tomadas como adelanto de opinión. Asimismo, pide que se sancionen a los responsables de la filtración de documentos.
No obstante, el tribunal declara infundado el pedido del exgobernante para ser excluido de la investigación.

RESPUESTA
Sin hacer un mea culpa por lo errores que pudiera haber cometido, Tejada se pronunció, a través de su cuenta de Twitter, sobre el revés con un breve comentario “Bienvenidos al reino de la impunidad.




FUENTE: http://peru21.pe/politica/justicia-declara-fundado-recurso-alan-garcia-contra-megacomision-2150033?href=nota_bre

jueves, 27 de junio de 2013

Cuando Alan García dijo que no se defendería “con acciones de amparo o con llantos”

Cuando Alan García dijo que no se defendería “con acciones de amparo o con llantos”
El ex jefe de Estado desafió así a la megacomisión en mayo del 2012, cuando se alistaba el informe de los colegios emblemáticos
 
(Foto Fuente Internet)
Ayer el Poder Judicial admitió a trámite la acción de amparo presentada por el ex presidente Alan García en contra de los integrantes de la megacomisión del Congreso, que investiga las presuntas irregularidades de su segundo Gobierno.

Según afirmó hoy el abogado de García, Erasmo Reyna, el objetivo del amparo es la nulidad de todo lo actuado por el grupo investigador, pero principalmente dejar sin efecto la declaración dada por el líder aprista el 3 de abril, donde respondió por el Caso ‘Narcoindultos’. Además, el mismo mandatario envió esta mañana un comunicado en el que afirma que “no rehúyo ni evito ninguna investigación”, escudándose en qu eno responderá por los presuntos delitos que se les imputen a otros funcionarios

Incluso en aquella ocasión el ex jefe de Estado defendió la labor del ahora encarcelado ex titular de la Comisión de Gracias Presidenciales Miguel Facundo Chinguel. “Debo decirles que no creo en la satanización total.Dentro de la cárcel le decían “este muchacho es bueno, se porta bien”, y recogía papeles y lo que hacía este hombre – y lo volvería a nombrar porque sí actuó bien – era ir al penal”, dijo.

La posición actual de García Pérez dista con la que tenía hace poco más de un año. Recordemos: en mayo del 2012, el ex presidente señaló queyo no me defiendo con acciones de amparo o con llantos.

Por esos días, la megacomisión debatía el informe sobre las presuntas irregularidades en la construcción colegios emblemáticos, que sugirió acusar constitucionalmente al aprista por haber dado un decreto supremo que permitió la contratación a dedo de ciertas empresas.

“Estoy dispuesto a ser investigado y ser acusado de lo que sea, pero si se descubre que eso no es cierto, que los que acusaron renuncien públicamente. Yo los desafío. Ese es mi punto de vista”, dijo el ex mandatario.
Eso no es todo. Hace sólo unos meses, García Pérez comentaba con mucha seguridad su accionar en las conmutaciones de penas. “Trabajé miles de horas, en más de 7 mil expedientes, y solamente concedí 5 mil indultos”, “Cada 2 o 3 noches revisaba los documentos con el secretario general” y “Cada una de estas concesiones las hice pidiendo el consejo de Dios” fueron algunas de sus declaraciones ante la prensa.

“BUSCA LA IMPUNIDAD”
 
¿Qué sucedió? ¿Por qué este cambio de opinión? Según su abogado, García Pérez advirtió en dos ocasiones que su derecho a la defensa estaba siendo violado y como sus quejas no fueron atendidas, presentó como último recurso la acción de amparo.
Desde las filas de la megacomisión, su presidente Sergio Tejada sostuvo que García Pérez “busca ser impune” y no ser sujeto a investigación.  


FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1596127/noticia-cuando-alan-garcia-dijo-que-no-se-defenderia-acciones-amparo-llantos