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sábado, 30 de marzo de 2024

Presentan Habeas Corpus a favor de la presidenta del Perú Dina Ercilia Boluarte Zegarra. ¡Último Minuto!

Presentan Habeas Corpus a favor de la presidenta del Perú Dina Ercilia Boluarte Zegarra.

¡Último Minuto!

Presentan Habeas Corpus a favor de la presidenta del Perú Dina Ercilia Boluarte Zegarra.

¡Último Minuto!, el mismo que será gestionado por el PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CONSTITUCIONAL a cargo del Juez Juan Carlos Nuñez Matos.

Se debe de precisar que dicha acción de garantía constitucional fue solicitada por el abogado MARCO RIVEROS RAMOS a favor de DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA - PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ contra JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA - FISCAL DE LA NACIÓN DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ.

El Habeas Corpus es presentado POR LA PRESUNTA VULNERACION DEL DERECHO A CONTAR CON UN FISCAL COMPETENTE BAJO UN DEBIDO PROCESO GARANTIZADO EN EL ARTÍCULO 139 INC. 3 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, QUE A LA LETRA DICE: “NINGUNA PERSONA PUEDE SER DESVIADA DE LA JURISDICCIÓN PREDETERMINADA POR LA LEY, NI SOMETIDA A PROCEDIMIENTO DISTINTO DE LOS PREVIAMENTE ESTABLECIDOS”. Todo esto en relación al allanamiento por la investigación de presunción de enriquecimiento ilícito por parte de la mandataria por el tema de los relojes “Rolex"

El Habeas corpus ha sido admitido a trámite y se solicita en el auto admisorio que se corra  TRASLADO de la demanda a la PROCURADURÍA PUBLICA del MINISTERIO PUBLICO, con la resolución respectiva, demanda y anexos, a efectos de que en el término de tres días de notificada la presente resolución absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de resolver la presente con los recaudos obrantes en el expediente, notificándose con copia de la demanda, anexos, y auto admisorio .


AQUI EL AUTO ADMISORIO:






viernes, 20 de septiembre de 2013

Poder Judicial anula investigación de 'megacomisión' contra Alan García. Justicia declara fundada acción de amparo de líder aprista

Poder Judicial anula investigación de 'megacomisión' contra Alan García
Justicia declara fundada acción de amparo de líder aprista
Alan García logró que se anule la investigación en su contra. (USI)
Expresidente denunció que el grupo que presidente el oficialista Sergio Tejada no respetó el debido proceso en investigación en su contra.
El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por el exmandatario Alan García contra la ‘megacomisión’, ya que “se ha acreditado la violación de su derecho al debido proceso”.


Por ello, declara nula toda la investigación realizada por este grupo congresal sobre los presuntos actos de corrupción cometidos en el segundo gobierno aprista. Es decir los casos BTR, ‘narcoindultos’, colegios emblemáticos, Agua para todos vuelven a fojas cero.
Además, dispone “reponer las cosas al estado anterior a la violación de los derechos constitucionales” del líder del Partido Aprista. En ese sentido, ordena que “se proceda a citarlo con el mayor detalle posible” sobre los hechos por los cuales es investigado.
La sala también señala que el grupo de trabajo que preside Sergio Tejada debe permitir a García Pérez “tener acceso a la documentación obrante en la investigación y se le ponga en conocimiento de los medios probatorios que respalden las imputaciones”.
El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional exhorta a los integrantes de la ‘megacomisión’ a respetar la reserva de la indagación y evitar dar declaraciones que puedan ser tomadas como adelanto de opinión. Asimismo, pide que se sancionen a los responsables de la filtración de documentos.
No obstante, el tribunal declara infundado el pedido del exgobernante para ser excluido de la investigación.

RESPUESTA
Sin hacer un mea culpa por lo errores que pudiera haber cometido, Tejada se pronunció, a través de su cuenta de Twitter, sobre el revés con un breve comentario “Bienvenidos al reino de la impunidad.




FUENTE: http://peru21.pe/politica/justicia-declara-fundado-recurso-alan-garcia-contra-megacomision-2150033?href=nota_bre

jueves, 11 de abril de 2013

Heriberto Benítez propone eliminar Comisión de Ética

Heriberto Benítez propone eliminar Comisión de Ética

Además, el congresista de Solidaridad Nacional cuestionó el accionar del aprista Mauricio Mulder, a la sazón integrante de este grupo de trabajo.
El congresista Heriberto Benítez (Solidaridad Nacional) reafirmó su propuesta de eliminar la Comisión de Ética, ya que, en su opinión, no está respetando los derechos fundamentales de varios congresistas.


"Si la Comisión de Ética no va a respetar los derechos fundamentales, va a violentar el debido proceso legal y va a dejarnos con una mala imagen ante el país, mejor la desaparecemos, la clausuramos y ya no tiene por qué funcionar", dijo a RPP Noticias.

"En los últimos casos que se han visto, hemos podido observar que hay innumerables hechos en los que la Comisión de Ética no solo se ha excedido, sino que se ha tomado atribuciones sobre las cuales no tiene competencia, y los resultados son que con posterioridad van a aparecer acciones de garantía del Poder Judicial que van a dejar sin efecto sus informes, como ha sucedido ahora con el caso Diez Canseco", añadió.

Como se recuerda, Benítez Rivas planteó eliminar este grupo de trabajo durante la última sesión de la Comisión de Justicia del Congreso de la República.

En otro momento, el congresista de Solidaridad Nacional cuestionó el accionar del aprista Mauricio Mulder, a la sazón integrante de la Comisión de Ética.

"A pesar que el Código de Ética dice que los congresistas se merecen respeto y tolerancia, hay un miembro de la Comisión de Ética que en la última semana, primero, agredió verbalmente a Sergio Tejada en una sesión de comisión. Segundo, en pleno debate, acusó de jauría al partido de Gobierno, y no quiso retirar la frase. Y, tercero, acusó al ex presidente del Congreso de tener problemas mentales", refirió.

"Mire usted el trato que da un mimbro de la Comisión de Ética a sus colegas, y no pasa nada. Entonces yo digo, ¿en esas condiciones camina una Comisión de Ética? Entonces hay que reevaluarlo", sentenció.

(Escuchar audio)
Fuente: 
http://www.rpp.com.pe/2013-04-10-heriberto-benitez-propone-eliminar-comision-de-etica-noticia_584020.html


lunes, 8 de abril de 2013

Poder Judicial declaró nula suspensión contra legislador Javier Diez Canseco

Poder Judicial declaró nula suspensión contra legislador Javier Diez Canseco 
Fallo ordena a la Comisión de Ética del Congreso emitir nuevo informe final 

Lima, abr. 08 (ANDINA). El Quinto Juzgado Constitucional de Lima declaró nula la suspensión de 90 días impuesta por el pleno del Congreso al legislador Javier Diez Canseco, por presentar un proyecto de ley que supuestamente beneficiaba a sus familiares.
El juzgado declaró fundada la acción de amparo presentada en ese sentido por Diez Canseco, quien consideró que el proceso sancionador violentó su derecho al debido proceso y al honor.
En ese sentido, la sentencia ordena a la Comisión de Ética del Parlamento emitir un nuevo informe final, teniendo en cuenta lo establecido en la presente sentencia, bajo responsabilidad.
La sentencia señala que el Congreso sancionó indebidamente a Diez Canseco, pues la conducta que se le atribuye no está tipificada taxativamente como infracción en el Código de Ética Parlamentaria.
Como se recuerda, una vez sancionado, el parlamentario de Acción Popular Frente Amplio presentó una demanda de amparo en contra de la medida adoptada.
La resolución del Quinto Juzgado Constitucional se da en momentos en que el legislador de izquierda se encuentra recibiendo tratamiento médico por un complicado proceso canceroso.

(FIN) EGZ/CCR
GRM
FUENTE: http://www.andina.com.pe/Espanol/noticia-poder-judicial-declaro-nula-suspension-contra-legislador-javier-diez-canseco-454214.aspx

(aqui la sentencia)

jueves, 28 de marzo de 2013

Heriberto Benítez Rivas, comenta sobre la sentencia del Tribunal Constitucional del caso Cesar Humberto Tineo Cabrera (Expediente N°00156-2012-PHC/TC)

Heriberto Benítez Rivas, comenta sobre la sentencia del Tribunal Constitucional del caso Cesar Humberto Tineo Cabrera (Expediente N°00156-2012-PHC/TC)
(En su intervención ante la comisión de justicia y derechos humanos del Congreso de la República del Perú) 
Heriberto Benítez Rivas, comenta sobre la sentencia del Tribunal Constitucional del Cesar Humberto Tineo Cabrera (Expediente N°00156-2012-PHC/TC)
Yo he escuchado con atención la exposición de nuestro colega Marco Falconí, pero  quiero darle una lectura positiva la sentencia. Yo me resisto a creer que el Tribunal Constitucional haya actuado dolosamente, que el Tribunal Constitucional haya pretendido cometer una infracción a la constitución. Yo lo que creo es que en una acción de hábeas corpus aún cuando se declare infundada o improcedente en los considerandos si se puede desarrollar mecánica constitucional si se observa que se produce una violación al debido proceso legal. Personalmente creo que sí se puede hacer las recomendaciones o exhortaciones  necesarias para que esto se respete. En segundo lugar señora presidenta el debido proceso legal como bien lo ha dicho el doctor Marco Falconí, tiene que ser respetado en todo tipo instancia o sede administrativa, constitucional, jurisdiccional y el debido proceso legal tiene ciertas reglas, tiene ciertos requisitos qué evidentemente tienen que ser cumplidos. Quienes al menos hemos podido estar en  algún período parlamentario anterior hemos visto que en la práctica hay comisiones investigadoras que concluye sus informes pasan tres o cuatro años y el pleno no los aprueba y eso también puede afectar derechos fundamentales de la persona investigada porque no se le puede tener sine die pendiente de una investigación sin resultado definido.
Es cierto que el congreso cuando forma una comisión investigadora pone un plazo determinado y se puede solicitar una prórroga es cierto pero eso tampoco puede ir más allá de lo que constituye un plazo razonable que ya ha sido definido por la corte interamericana de derechos humanos y por propia sentencia del tribunal constitucional cuanto es lo que se considera un plazo razonable, hasta cuando una persona puede ser sometido a una investigación o cuánto tiempo puede esperar para que se tome una decisión respecto a una investigación.
Yo personalmente veo que o creo  que el tribunal constitucional si puede hacer la labor de legislador positivo, yo creo que sí y creo que sea saludable en una democracia, más aún, teniendo un congreso unicameral si la tendencia es a buscar un congreso bicameral ahí el parlamento puede revisar sus propias normas, su propio reglamento su propio procedimiento, pero yo personalmente creo que sí puede cumplir una función y creo que es bueno porque eso permite un balance entre los poderes del estado y ayuda que si en el congreso se cometieron excesos, pues por la vía del hábeas corpus pueda protegerse derechos fundamentales.
Lo que sí Presidenta veo con preocupación y no se ha analizado el día de hoy, creo que habría que evaluarlo es hay una parte de la sentencia qué se refiere a la posibilidad que la prerrogativa del antejuicio pueda ser objeto renuncia en la que es el funcionario que los durante los cinco años siguientes a su mandato puede ser sometido un antejuicio dice podría renunciar y acudir directamente al ministerio público para que lo investigue.
Esa parte sí creo presidenta que habría que analizarla porque yo no sé si esa prerrogativa o privilegio del antejuicio, le corresponde al funcionario o le corresponde al poder del estado eso es una prerrogativa del congreso a la cual el funcionario o alto funcionario no puede renunciar.  Hay cinco años después de su mandato para que sea presidente de la república, sea ministro de estado sea magistrado del poder judicial supremo o sea congresista tiene esa prerrogativa de cinco años para ser sometido a un antejuicio. La pregunta es ¿pueden por ser altos funcionarios renunciar a esa prerrogativa?
Personalmente yo creo que no creo que tiene que esperar que pasen los cinco años y luego de ello si el congreso no se pronuncia o no hay denuncias y alguien lo quiere investigar ya va directo al ministerio público.
Pero la sentencia habla de la posibilidad de renunciar, decirle al congreso no yo no quiero que tú me investigues, yo quiero ir directamente al ministerio público para que investigue.
Esa parte sí tengo alguna duda y creo que había que evaluarlo académicamente o jurídicamente a ver si es viable o no. O de repente buscar un poco más información pero en lo demás que respetar yo felicito al colega Marco Falconí por haber hecho el estudio por haber tomado una posición pero personalmente yo creo que el tribunal constitucional si puede entrar a pronunciarse y a exhortar al congreso o a otro poder del estado, aún cuando una acción de garantía se declare improcedente o infundada sí creo que el debido proceso legal tiene que ser respetada sí creo que tiene que haber plazos para realizar las investigaciones del congreso me parece saludable que se diga que el levantamiento del secreto bancario goce de ciertos requisitos, me parece bueno también que sería que sólo los investigados por el congreso pueden ser objeto del levantamiento de secreto bancario y además hay una cosa presidenta no olvidemos que cuando se trata de comisión investigadora existe la potestad hasta de poder ordenar la detención de personas de traerlos a la fuerza de incautar libros de ingresar a locales para tomar documentos a través del juez por cierto pero se puede hacer entonces si la comisión investigadora puede pedir al juez arresto,  incautar libros, puede pedir al juez ingresar a establecimientos o locales o puede pedir ciertos apremios o apercibimientos, es evidente que hay que darle la balanza al otro lado y decir debemos respetar el debido proceso citarle los cargos, escucharlo para que después no se vaya a cometer un abuso y de repente un investigado por el congreso no viene y la comisión decide ordenar su detención y que lo traigan a la fuerza.
Entonces esa persona necesita garantías necesita que le digan señor a usted lo vamos a investigar por tal cosa, el plazo de investigación es tal, tiene usted tanto plazo para su descargo, puede usted venir con su abogado.
Y la otra pregunta que siempre se ha discutido en el congreso es si los congresistas puede ser o no objeto de tacha o recusación. Algunos teóricos definen de que el congreso como es una cámara política no se puede tachar ni recusar a sus miembros porque tomado una decisión política, el debido proceso legal evidentemente dice que si se puede tachar cuando hay un enemigo político porque si la composición del congreso cambia y hay un  congreso que antes era minoría y se convierte mayoría es evidente que la acusación ya esta definida y el investigado que se someta al ver al frente a todos sus enemigos políticos es evidente que van a probar la acusación van a tramitar de repente la los apercibimientos que se cree entonces ese ciudadano que tiene el derecho a defenderse podría tachar podría recusar y eso tendría que ser resuelto en segunda instancia por eso es que yo digo en una primera lectura en un primer debate el debido proceso legal si tiene que ser respetado y creo que el tribunal constitucional al exhortarnos nos está diciendo una alerta: tengan cuidado con eso ustedes no han sido demandados no les he notificado a ustedes no se han podido defender pero les advierto aca hay algunas situaciones que ustedes deberían enmendarlas, corregirlas, arreglarlas para evitar que en el futuro se puedan cometer abusos, y por último señora presidenta es cierto que el congreso tiene dos caminos el del antejuicio, cuando se trata de delitos y esto termina luego en el ministerio público y el poder judicial porque ahí  no hay sanción es cierto lo máximo que hace el congreso es investigar pero eso es investigar aprobar aquí y derivar todo al ministerio público y el otro que es el juicio político que es cuando hay infracción a la constitución y donde el congreso si puede inhabilitar funcionarios hasta por 10 años y lo ha hecho en numerosas oportunidades entonces para inhabilitar hay que garantizar un debido proceso, yo estoy de acuerdo con eso me he dedicado durante años señora presidenta a defender los derechos humanos, creo, soy un creyente del hábeas corpus y el amparo aún cuando muchos lo critican pero yo sí creo que el hábeas corpus es un instrumento legal que permite proteger los derechos fundamentales y creo y comparto la sentencia el tribunal constitucional, me parece que es bueno hay que de la lectura positiva lo único si habría insisto y con eso terminó analizar la parte de si se puede o no renunciar a esa prerrogativa del antejuicio o si eso tiene que mantenerse esa sería mi primera intervención en este debate que se ha empezado respecto al fallo porque creo que es importante que analicemos bien y evitar que se puedan cometer abusos o atropellos contra diversos ciudadanos aún cuando fueran enemigos políticos de uno o aun cuando puedan pertenecer a otro partido.
Muchas gracias señora presidente.


(Aqui, el video de la intervención del congresista Heriberto Benitez Rivas, ante la comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República del Perú, sobre sus comentarios de la sentencia del Tribunal Constitucional del caso Cesar Humberto Tineo Cabrera, Expediente N°00156-2012-PHC/TC)
http://www.youtube.com/watch?v=ab9tOrUxSjs
http://www.youtube.com/watch?v=ab9tOrUxSjs

Carlos Alfredo Cardenas Borja ha compartido un vídeo contigo en YouTube.


Heriberto Benítez Rivas, congresista de la bancada de la agrupacion politica Solidaridad Nacional comenta sobre la sentencia del Tribunal Constitucional del caso Cesar Humberto Tineo Cabrera, Expediente N°00156-2012-PHC/TC), ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República del Perú)
©2013 YouTube, LLC 901 Cherry Ave, San Bruno, CA 94066

miércoles, 29 de febrero de 2012

"DEBEN REVISAR LOS LEVANTAMIENTOS DE INMUNIDAD".


"DEBEN REVISAR LOS LEVANTAMIENTOS DE INMUNIDAD".

El legislador Heriberto Benitez Rivas (SN) pidio al presidente del Congreso, conforme al inciso segundo del articulo 102º de la Constitucion Politica, que los dos pedidos de levantamiento de inmunidad formulados por la Corte Suprema de Justicia sean devueltos a la Comision de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria (CLIP) para que sean nuevamente evaluados, estudiados y analizados correctamente, evitandose un pronunciamiento o acuerdo ilegal que podria terminar favoreciendo la impunidad; el grupo de trabajo parlamentario efectuo una interpretacion equivocada del articulo 16º del Reglamento del Congreso y solo se pronuncia por aprobar el allanamiento de los congresistas Lopez y Romero, pero no dice nada respecto al tema de fondo, no dice ninguna palabra sobre la procedencia del pedido del Poder Judicial (PJ), lo cual afecta seriamente el debido proceso legal y las garantias judiciales vigentes en nuestro ordenamiento juridico.

"El pleno Congreso no tiene facultades para aprobar o rechazar un allanamiento, ya que la inmunidad no pertenece al parlamentario. No se trata de una decision personal ni singular; la inmunidad pertenece al cuerpo legislativo y sobre ello debemos pronunciarnos, para lo cual, el grupo de trabajo debe analizar la solicitud de la Corte Suprema, evaluarla, ver si cumple los requisitos legales y emitir un informe que se debatira en el pleno del Congreso" sostuvo Benitez Rivas.

"El Congreso debe pronunciarse sobre el pedido o solicitud de la Corte Suprema, para ello debe estudiarlo exhaustivamente; al Parlamento no le corresponde aprobar o rechazar ningun allanamiento con firma legalizada o que haya sido realizado bajo juramento" finalizo Benitez Rivas

Lima, 29 de febrero del 2012.