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jueves, 25 de junio de 2020

Perú: Se exige a ENEL (Edelnor) respeto al consumidor. Emite exageradas y abusivas facturas por consumo eléctrico. Vecinos de los diversos distritos del cono norte de Lima (Comas, Independencia, Puente Piedra, etc., manifestaron sus quejas y alzaron su voz de protesta contra la empresa, en relación a la última facturación por consumo la energía eléctrica que esta ha realizado, facturación que linda en incorrecta, escandalosa y abusiva, pues se aprecian en algunos casos alzas de 100, 200, 300, 400 y hasta 500% de incremento. Entre las explicaciones y justificaciones por el alza de la facturación por parte de la empresa están que: “…Se ha utilizado más el uso de los electrodomésticos…” ”…el teletrabajo…” ”…la educación a distancia…”

Perú: Se exige a ENEL (Edelnor) respeto al consumidor.
Emite exageradas y abusivas facturas por consumo eléctrico.
Vecinos de los diversos distritos del cono norte de Lima (Comas, Los Olivos, Independencia, Puente Piedra, etc.) manifestaron sus quejas y alzaron su voz de protesta contra la empresa, en relación a la última facturación por consumo la energía eléctrica que esta ha realizado, facturación que linda en incorrecta, escandalosa y abusiva, pues se aprecia en algunos casos alzas de 100, 200, 300, 400 y hasta 500% de incremento. 
Foto Internet
Entre las explicaciones y justificaciones por el alza de la facturación por parte de la empresa están que: “…Se ha utilizado más el uso de los electrodomésticos…” ”…el teletrabajo…” ”…la educación a distancia…”

“…Mi facturación promedio (la misma que ya consideraba exagerada) era entre 50 a 60 soles en forma mensual, y además me encuentro al día en mis pagos, sin embargo al entrar a la página de ENEL, veo que mi último recibo factura 360 soles, lo que indica un incremento del 500%...” Señalo una muy indignada una vecina del distrito de Comas.

Debemos entender que el acceso a la energía eléctrica, tal como lo señala la legislación internacional, es un derecho fundamental y, en ese sentido debe respetarse a la población como consumidor que es. 
Foto Internet
La empresa cuestionada pretende obtener grandes beneficios bajo el pretexto que durante estos meses de cuarentena obligatoria por la pandemia del COVID 19 “…no se haya efectuado una lectura de los medidores y que solo se facturaba un promedio del consumo de los últimos meses…”. 

El exceso que se cobra es lo no facturado, señala como absurda excusa la empresa.

Se exige al gobierno central y a las autoridades competentes tomen cartas en el asunto, pues las familias afectadas por la abusiva facturación señalan “…Que incluso, de habérsenos otorgado algún bono, este ni siquiera alcanzaría para cancelar lo que pretende cobrar la empresa eléctrica…” 



martes, 3 de julio de 2012

Aumentar suspensión de congresistas a 180 días requerirá reforma constitucional, afirman.

Aumentar suspensión de congresistas a 180 días requerirá reforma constitucional, afirman.                                        
Lima, jul. 02 (ANDINA). El congresista Heriberto Benítez se pronunció hoy en contra de la propuesta para aumentar a 180 días el periodo de suspensión aplicable a un congresista, pues señaló que no solo sería inconstitucional, sino además desproporcionado, tratándose de un tema ético.
Explicó que según el artículo 95 de la Constitución, la máxima sanción por un tema disciplinario es 120 días, lo cual implica la necesidad de realizar una reforma constitucional para aprobar el cambio propuesto por el presidente de la Comisión de Ética, Humberto Lay.
Pero además consideró que 120 días de suspensión es más que suficiente, tratándose de un tema ético o moral, diferente a una denuncia penal, que sí puede llevar al desafuero definitivo del parlamentario.
“Se debe entender la diferencia de una falta ética de un delito, no se puede confundir los dos planos; por más grave que sea una falta ética, no se le puede tratar como un delito penal”, afirmó.
Además, Benítez propuso desactivar la Comisión de Ética Parlamentaria y que las faltas éticas o disciplinarias sean vistas directamente por el pleno, como ha sido la tradición en el Congreso.
En su opinión, las denuncias éticas son muy subjetivas y la citada comisión puede prestarse para hacer diferencias respecto a un caso de otro, o inmiscuirse en la vida privada de un legislador.
Asimismo, opinó que la propuesta para que los procesos judiciales y las sentencias ejecutoriadas figuren en la hoja de vida, atenta contra el principio de presunción de inocencia.
Sostuvo que un candidato puede tener varios procesos, pero mientras no tenga sentencia firme, tiene derecho a considerarse inocente, y así consignarlo en su hoja de vida.