Mostrando las entradas con la etiqueta constitucion. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta constitucion. Mostrar todas las entradas

lunes, 15 de noviembre de 2021

Perú: abogado Carlos Mesía es admitido en concurso para Tribunal Constitucional con un documento desfasado. Fujimorista presentó una constancia de habilitación ya vencida desde el 31 de marzo del año 2017. A pesar de esta omisión fue declarado apto.

Perú: abogado Carlos Mesía es admitido en concurso para Tribunal Constitucional con un documento desfasado.

Fujimorista presentó una constancia de habilitación ya vencida desde el 31 de marzo del año 2017. A pesar de esta omisión fue declarado apto.

Carlos Mesía presentó documento desfasado en concurso para el TC.

El excongresista de Fuerza Popular Carlos Mesía Ramírez se presentó al concurso para la elección de miembros del Tribunal Constitucional (TC) sin tener un certificado de habilitación del Colegio de Abogados de Lima (CAL) actualizado. A pesar de esta omisión, la comisión especial del Congreso lo declaró apto.

Según el expediente presentado por el fujimorista Mesía, el certificado de estar activo que le entregó el Colegio de Abogados de Lima tiene fecha del 20 de agosto del 2016. Y el documento consigna textualmente que solo tenía validez hasta el 31 de marzo del 2017. Es decir, el documento ya estaba muy vencido.

Documento vencido en marzo del 2017 que presentó el fujimorista Mesía.
El tema fue observado públicamente por los congresistas Luis Aragón (Acción Popular) y Ruth Luque (Juntos por el Perú), en la sesión de la comisión especial del Congreso de esta mañana.

Algo similar ocurrió con el postulante Valentino Aquino Arango, quien también presentó un certificado de habilitación que ya venció el 30 de noviembre del 2017 y aún así fue declarado apto.

El tema de la habilitación profesional era un requisito formal que estaba contemplado en el formato 2 de la presente convocatoria, donde además se pedía precisar la condición a la fecha del presente concurso.

Sin embargo, el presidente de este grupo de trabajo, José Balcázar (Perú Libre), optó pasar por alto este incumplimiento. “Eso se verá en el fondo cuando pasamos a la segunda etapa”, dijo. Jorge Montoya (Renovación Popular) también sostuvo que temas de este tipo se verán en la etapa de tachas.

Ruth Luque replicó señalando que el reglamento del concurso establece que en esta primera etapa se tenía que cumplir con la revisión y comprobación de los requisitos formales, lo cual no ocurrió para el caso de Mesía Ramírez y Aquino Arango. La legisladora dio cuenta de otros casos de candidatos con investigación fiscal u otros que presentaron un formulario del concurso anterior, razón por la cual también debieron ser excluidos.

A pesar de estas serias observaciones, la mayoría de los legisladores decidieron declarar apta la lista de 76 postulantes, incluyendo a Mesía Ramírez y Aquino Arango.

Votaron a favor José Balcázar (PL), Jorge Montoya (RP), Adriana Tudela (Avanza País), Hernando Guerra (Fuerza Popular), Wilmar Elera (Somos Perú), Enrique Wong (PP) y Luis Aragón (AP). Solo votó en contra Ruth Luque (JP), mientras que Eduardo Salhuana (APP) volvió a estar ausente.

 

FUENTE: https://larepublica.pe/politica/2021/11/15/fujimorista-carlos-mesia-es-admitido-en-concurso-para-el-tribunal-constitucional-con-un-documento-desfasado/

 

domingo, 3 de noviembre de 2013

LEY DE "MUERTE CIVIL" NO FUE APROBADA POR EL CONGRESO DEL PERÚ

LEY DE "MUERTE CIVIL" NO FUE APROBADA POR EL CONGRESO DEL PERÚ.
El vicepresidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Heriberto Benítez Rivas (SN) sostuvo que la llamada Ley de "muerte civil" técnicamente no fue aprobada por el Congreso, porque al incluirse nuevos impedimentos o causales de inhabilitación para postular a cargos públicos, se está modificando la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) y eso necesitaba una mayoría legal de votos (66), lo cual no se alcanzó; y, además, advirtió que conforme al Reglamento del Congreso, la iniciativa podría ir al archivo, salvo que algún parlamentario presente una reconsideración y el tema continúe debatiéndose, ya que, adicionalmente, es necesario efectuar algunas precisiones legales y no ocasionar confusiones al momento de su aplicación.

"La propuesta legal sobre la "muerte civil" determina impedimentos legales para postular a cargos de elección popular, mientras no se cancele la reparación civil, lo cual implicaría una nueva inhabilitación sumada a la que pudo haberse impuesto en la propia sentencia condenatoria; esos temas deben quedar claros para una correcta aplicación y ser definidos en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE)" enfatizó Benítez Rivas (SN).
"Hay algunos académicos del derecho constitucional que consideran, incluso, que debería evaluarse si las modificaciones propuestas en la llamada ley de "muerte civil" implican alguna reforma de la Constitución, ya que no se podrían crean impedimentos distintos, ni diferentes, ni ajenos a los detallados en la propia Carta Política" expresó Benítez Rivas (SN).

"La norma legal tiene un fondo positivo para luchar contra la corrupción y la impunidad; el registro de deudores de reparaciones civiles debe crearse y difundirse plenamente, sólo habría que efectuar algunas precisiones técnicas para un mejor cumplimiento y aprobarse inmediatamente" finalizó Benítez Rivas (SN).


Lima, 02 de noviembre del 2013.

sábado, 21 de septiembre de 2013

"Congreso debe desactivar megacomisión y denunciar de una vez a García", afirmó Benitez

"Congreso debe desactivar megacomisión y denunciar de una vez a Alan García", afirmó Heriberto Benitez
(Fotos archivo El Comercio)
Vicepresidente de Comisión de Justicia opina que se debe hacer en base a indicios y testimonios recogidos por este grupo y ante la Sub Comisión de Acusaciones Constitucionales.
El congresista de Solidaridad Nacional Heriberto Benitez, quien en agosto del 2011 planteó que el Congreso investigue al ex presidente Alan García por presunta corrupción, planteó hoy -tras el fallo del Poder Judicial a favor de García- que la megacomisión “sea desactivada” y se denuncie de una vez a García ante la Sub Comisión de Acusaciones Constitucionales.
“Me parece estéril que el Congreso se ponga a discutir si hará una nueva investigación, si rebatirá el fallo del Poder Judicial o a elegir un nuevo presidente de la megacomisión. Todo ello sería inútil y solo favorecería a Alan García y la impunidad. Yo creo que ayer oficialmente se lanzó su candidatura al 2016”, señaló a elcomercio.pe.
En ese sentido, Benitez plantea que, en base a los indicios, testimonios y documentos recabados por la megacomisión, se presenten las denuncias constitucionales que correspondan.
“De acuerdo a las normas vigentes ya de una vez se deben presentar las denuncias por presuntas infracciones a la Constitución. Por ejemplo en el caso de las conmutaciones de pena a los traficantes de droga y por robo agravado, el Caso BTR, los colegios emblemáticos”, indicó el actual vicepresidente de la Comisión de Justicia.
Agregó que de esta manera se cumple con el fallo del Poder Judicial, “se evitan enfrentamientos y no más desgaste”.

En su sentencia, el Poder Judicial señala que se anula lo actuado con posterioridad a la citación efectuada a García el 8 de marzo pasado. En ese sentido, deja sin efecto parte de las pesquisas en casos como el de Business Track y los narcoindultos.

FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1634204/noticia-congreso-desactivar-megacomision-denunciar-vez-garcia-afirmo-benitez


jueves, 1 de agosto de 2013

¿Cuál es el Tribunal Constitucional que el país desea?. Martín Belaunde Moreyra

¿Cuál es el Tribunal Constitucional que el país desea?
Martín Belaunde Moreyra 


Evidentemente uno que no obstante ser elegido por el Congreso, esté por encima de las lealtades políticas partidarias y sepa interpretar el sentido de la Constitución no solo conforme a los precedentes anteriores, algunos de los cuales pueden ser modificados si el caso lo requiere, sino de acuerdo a las necesidades del presente. La Constitución tiene un significado histórico reflejado en el texto y en el espíritu de nuestras sucesivas cartas políticas desde 1823 hasta la vigente, pero también debe ser entendida con un sentido dinámico para dar solución a los variados problemas que estamos enfrentando. No se trata de ser política o ideológicamente correcto conforme a determinadas perspectivas, sino de dar soluciones específicas a los conflictos que deben ser resueltos en las sentencias del Tribunal, recurriendo a la doctrina así como a las normas jurídicas pertinentes dentro de un criterio adecuado a las posibilidades del Estado y de la sociedad. Las sentencias del Tribunal las estaremos pagando todos cuando se refieran a reparaciones económicas, por justas que puedan ser, y eso implica también un ejercicio jurídico acorde con la realidad fiscal.

¿Entonces a qué tendencias deben responder los futuros magistrados del Tribunal Constitucional en la coyuntura presente? Ante todo deben ser juristas en el más amplio sentido de la palabra, que tengan una larga experiencia profesional y como reza la Constitución, estén comprometidos con la vigencia de los valores democráticos y el pleno respeto a los derechos humanos, entendidos tanto en la defensa de las víctimas como en la observancia del debido proceso. Los magistrados deben ser éticamente irreprochables en su pasada conducta hasta donde sea posible en una trayectoria personal. No necesariamente tienen por qué ser especialistas en la problemática procesal constitucional, que por cierto constituye el plato fuerte de su diario quehacer, pero no es su única tarea. El trabajo principal del Tribunal reside en ser el órgano de control de la Constitución y dentro de ese límite deviene en su intérprete supremo, pero no puede ir más allá del texto constitucional ni lo puede reformar o alterar. La interpretación quizás implique una recreación de la norma para aplicarla al caso concreto, pero de ninguna forma resulta aceptable que se la derogue o desnaturalice. Los magistrados del Tribunal Constitucional deben entender claramente que a pesar de ser elegidos con un criterio político, no son una instancia política ni tampoco reemplazan a los otros poderes del Estado. No vivimos en un régimen de gobierno de los jueces ya que ello implicaría una usurpación del sistema democrático.

El derecho debe entenderse como un universo de vasos comunicantes entre sus propias ramas y también con las demás ciencias. El derecho no puede pretender imposibles físicos y dentro de la extraordinaria amplitud de su materia, está referido fundamentalmente a regular las relaciones humanas con plena afirmación de la libertad. Es una tarea modesta y magnífica que debe sacar de un magistrado lo mejor de sí, quien en su cotidiano discurrir deberá tener además una idea muy clara de la Teoría del Estado así como de su proyección soberana en el ámbito nacional e internacional. ¿Estará el Congreso a la altura de esa valla al designar a los nuevos magistrados?nComo actual congresista espero que ahora sí.


FUENTE: http://www.expreso.com.pe/blog/tribunalibre#.Ufp48XpSkMs.twitter

miércoles, 21 de noviembre de 2012

Francisco Távara: "Constitución no prohíbe que Nadine Heredia postule"

 
Francisco Távara: 'Constitución no prohíbe que Nadine Heredia postule' 

El flamante presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Francisco Távara, aseguró hoy que la Constitución Política del Perú no prohíbe la eventual postulación de la primera dama Nadine Heredia en el 2016, sino que las limitaciones provienen de una norma de menor rango.

En ese sentido, el magistrado dijo que en su momento tendrá que evaluarse cuál de las dos normas debe prevalecer, pues el Tribunal Constitucional podría impugnar la ley que establece el impedimento.

Távara coincidió, de esta manera, con las declaraciones del saliente extitular del JNE, Hugo Sivina, quien dijo que la Constitución está por encima de cualquier norma que pretenda prohibir la participación electoral de los familiares de los mandatarios.

"Pienso que los problemas no hay que adelantarlos, algunas cuestiones podrían ser muy discutibles, es prematuro todavía pensar en ese problema. Comparto la opinión del doctor Sivina: la Constitución no lo prohíbe, hay una norma de menor rango, pero esto se vería en su momento", dijo a Ideeleradio.

http://peru21.pe/politica/francisco-tavara-constitucion-no-prohibe-que-nadine-heredia-postule-2104527


miércoles, 11 de abril de 2012

Constitución no impide a Nadine postular a Presidencia, afirman

Constitución no impide a Nadine postular a Presidencia, afirman
Especialista en derecho constitucional dijo que norma que prohíbe a cónyuges postular a la Presidencia es inconstitucional.

El especialista en derecho constitucional Carlos Chipoco Caceda sostuvo que, de acuerdo a la Constitución Política, Nadine Heredia no está impedida para postular a la Presidencia de la República, al término del mandato de su esposo Ollanta Humala.

En diálogo con RPP Noticias, explicó que la Carta Magna solo exige tres requisitos para ser candidato presidencial: ser peruano de nacimiento, tener más de 35 años de edad y gozar del derecho de sufragio.

“No se puede crear por vía de ley, requisitos que no están establecidos en la Constitución. Solo se puede hacer lo que expresamente dice la ley y la Constitución, y si la Constitución dice que son solo tres requisitos, no se puede crear un cuarto, que es el no ser esposa del presidente; por lo tanto la señora Nadine está perfectamente habilitada para ser candidata”, señaló.

Recordó que la norma que prohíbe a los cónyuges de mandatarios postular a Presidencia, tras el término del mandato, fue dada durante el gobierno de Alberto Fujimori para evitar que su entonces esposa Susana Higuchi sea candidata.

Chipoco, magister en leyes de Harvard (EEUU), manifestó que esta norma es inconstitucional; sin embargo, se aprobó en el Congreso del 1995-2000.

“Ese es el origen. Esa norma es inaplicable, porque la Constitución prima sobre normas inferiores. La señora Nadine tiene el derecho constitucional de ser candidata”, reiteró.


FUENTE: http://www.justomedio.com/64830/constitucion-no-impide-a-nadine-postular-a-presidencia-afirman/


domingo, 18 de marzo de 2012

Negacionismo: Un proyecto extravagante

Negacionismo:
Un proyecto extravagante


La introducción en nuestro ordenamiento jurídico de una figura delictiva bajo la denominación de “negacionismo”, la misma que consistiría en reprimir a quienes no reconozcan los crímenes cometidos por las organizaciones terroristas como Sendero Luminoso y el MRTA, me parece que vendría a constituir una descomunal extravagancia. En buen romance, configuraría el castigo a un delito de opinión, expresamente excluido de nuestro sistema en el inciso 3 del artículo 2º de la Constitución del Estado.  

Que el señor ministro de Justicia invoque la existencia de normas de ese tipo en países como Alemania y España –versión respecto de la cual es posible abrigar un razonable margen de duda– en ningún caso podría servir de sustento a una ley que se dictara en nuestro país. Según declaraciones formuladas por el ministro ante la Comisión de Justicia del Congreso de la República, el proyecto de ley que prepara el Ejecutivo persigue la aplicación de penas “a aquéllas personas que nieguen la masacre efectuada por los movimientos terroristas”, conforme a la transcripción literal inserta en las páginas de un importante diario.

Una masacre es un hecho de pública notoriedad. Se trata de la eliminación violenta de un grupo de personas a cargo de otro grupo de personas. En el Perú se han dado y se siguen dando cuadros como ése. Y, según lo entendemos la gran mayoría de peruanos, tales hechos son perpetrados por elementos terroristas que pertenecen a conocidos movimientos. Sin embargo, hay otras personas que tienen óptica distinta respecto de los mismos. Tal es el caso de los gravísimos sucesos que se produjeron hace algunos años en Bagua, en que de un lado se describen como la masacre de policías a manos de terroristas, y de otro lado, se califican como la masacre de ciudadanos pacíficos a manos de la policía.

Esas son las posiciones discrepantes, derivadas de puntos de vista distintos y hasta opuestos, en cuya materia juegan rol principal las posiciones políticas. Y aunque filosóficamente la verdad es una sola, en tales eventualidades cada sector sostiene su propia verdad. Son, pues, en definitiva, opiniones y pareceres, que forman parte de la libertad de pensar y de expresarse que poseemos todos, por mandato de la ley natural y por imperio de la Constitución.

Nuestra legislación penal ya está excesivamente recargada de añadidos y modificaciones y cada vez que se produce algún episodio que genera preocupación colectiva, viene la obsesión legiferante para expedir nuevas leyes y crear, al mismo tiempo, nuevos delitos. No será con normas de esa calaña que el Estado y, específicamente, el Poder Ejecutivo como responsable del orden público, cumpla con su primordial función de mantener la paz y sancionar debidamente a quienes atenten contra ella. Lo que es indispensable al respecto es cumplir con las disposiciones existentes, como aquélla que reprime la ocupación de carreteras y la interrupción de las comunicaciones. Un día sí y otro también somos testigos de tales hechos, sin que se observe una respuesta adecuada de parte de la fuerza pública y los tribunales. He aquí, pues, lo que debe hacerse, en lugar de pensar en normas legales estrambóticas


(Articulo escrito por Francisco Chirinos Soto, Diario La Razon, Lima - Peru, sabado 17 de marzo 2012)
FUENTE: http://www.larazon.com.pe/online/indice.asp?tfi=LROpinion01&td=17&tm=03&ta=2012




viernes, 11 de noviembre de 2011

Los procedimientos parlamentarios en la investigación ética y el juicio político

Los procedimientos parlamentarios en la investigación ética y el juicio político

José Cevasco Piedra (*)
Durante estos días, los medios de comunicación vienen informando sobre el caso del congresista y segundo vicepresidente de la República, Omar Chehade, y los aspectos procesales de la investigación que el Congreso está realizado. Sin embargo, el ciudadano de a pie es probable que tenga cierta confusión sobre el particular.
Empecemos por definir que el congresista y segundo vicepresidente está siendo procesado por dos órganos congresales; el primero es la Comisión de Ética, que tiene a su cargo la investigación y sanción a los legisladores que contravengan la ética parlamentaria y se valgan de su cargo para enriquecerse o cometer actos de corrupción, y el segundo la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, que se denomina así porque nace de entre los miembros de la Comisión Permanente.
La Comisión de Ética evaluará la conducta del congresista sobre la base de lo que establece el Artículo IV del Código de Ética que dice entre otras cosas: son deberes de conducta del congresista lo siguiente: El respeto a la investidura parlamentaria, abstenerse de efectuar gestiones ajenas a su labor parlamentaria ante entidades del Estado en el ejercicio de sus funciones, declinar atenciones que puedan ser medio para interferir en el desempeño de sus funciones y no pretender trato preferencial alguno al realizar trámites personales o familiares ante entidades públicas o privadas.
Según la gravedad de la falta, la Comisión de Ética podrá proponer ante el Pleno del Congreso las siguientes sanciones: Recomendación pública, amonestación escrita pública, amonestación escrita pública con multa o la suspensión en el ejercicio del cargo y descuento de sus haberes desde tres hasta 120 días de legislatura.
En cuanto a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, tiene a su cargo la realización del antejuicio político de los altos funcionarios del Estado comprendidos en el artículo 99° de la Constitución Política, (Presidente de la República, congresistas, ministros, miembros del Tribunal Constitucional, entre otros altos funcionarios), por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones.
La Subcomisión, calificará si la denuncia se refiere a hechos que constituyan infracción de la Constitución y/o delitos de función previstos en la legislación penal, y luego de las investigaciones pertinentes, propondrá primero ante la Comisión Permanente, y luego ésta ante el Pleno del Congreso, de ser el caso, un informe final que puede concluir en la suspensión, inhabilitación o destitución por infracción constitucional del congresista, remitiéndose todo lo actuado al Fiscal de la Nación, quien procederá conforme a sus atribuciones y a lo que dispone la Constitución.
Afortunadamente y con buen criterio, la Comisión de Fiscalización y Contraloría, no investigará el caso del congresista y segundo vicepresidente, para evitar la duplicidad de funciones, y además porque no tiene facultades sancionadoras.
Queda solo esperar, que los plazos previstos en el reglamento se cumplan parar terminar con este episodio parlamentario.
(*)Ex oficial mayor del Congreso
--
José Fco. Cevasco Piedra

sábado, 6 de agosto de 2011

Cesar San Martín, Presidente del Poder Judicial: Si hay consenso contribuiremos con ideas para Carta Magna

Cesar San Martín,
Presidente del
Poder Judicial:
Si hay consenso
contribuiremos
con ideas
para Carta Magna
Presidente del Poder Judicial, César San Martín, se reunió por la tarde con el mandatario Ollanta Humala en Palacio de Gobierno donde dialogaron sobre la problemática de ese sector.


San Martín:
Si hay consenso,
contribuiremos con ideas
para Carta Magna
El presidente del Poder Judicial, César San Martín, se reunió con el presidente de la República, Ollanta Humala en el marco de el Día del Juez.
 
En la cita, San Martín dijo que la reforma constitucional depende del consenso con las fuerzas políticas.

"El tema constitucional debe ser planteado al nivel de los sectores políticos representados en el Parlamento. Lo que hemos dicho desde un primer momento, incluso cuando tuvimos en la Corte Suprema el honor de recibir a todos los candidatos presidenciales, era que el PJ no iba a plantear como agenda inmediata una reforma de la Constitución y que en todo caso esperaba que los sectores políticos, como corresponde, sean quienes definan si hay o no un ambiente para esa reforma", señaló.

Dijo que si así lo acordaran las fuerzas políticas, ellos, como corresponde, estarán en condiciones de presentar alternativas en el ámbito estrictamente de justicia.

"Las reformas las debe de discutir el Congreso a partir de las exigencias normativas que plantea la Constitución vigente; sobre esa base es que se puede abrir la posibilidad de un cambio constitucional", señaló.

San Martín informó que la reunión con el mandatario se llevó de la mejor manera, fue franca y cordial, en la que se pasó revista a los temas pendientes del Poder Judicial y tienen que ser atendidos por el Ejecutivo.

FUENTE: http://noticias.latam.msn.com/pe/especiales/ollanta-humala-presidente/articulo.aspx?cp-documentid=29869611

Javier Valle Riestra: Es necesario restaurar la Carta Magna de 1979

Javier Valle Riestra:
Es necesario restaurar
la Carta Magna de 1979

Valle Riestra: Es necesario restaurar
la Carta Magna de 1979

Abogado asegura que una de las fórmulas viables sería una Asamblea Constituyente, pero también dicha constitución podría ser restituida mediante un plebiscito.

El abogado constitucionalista Javier Valle Riestra opinó que es necesario buscar una fórmula para restaurar la Carta Magna de 1979, ya que consideró, tiene más legitimidad porque fue aprobada por más del 80 por ciento de la población, a diferencia de la Constitución de 1993 que logró un resultado ajustado.

"Cuando me incorporé al Congreso en el 2006 juré por la Carta legítima de 1979 firmada por (Víctor) Haya de la Torre, cuya existencia ultra activa no puede bloquearla una medida en contra como (el) resultado de la Carta de 1993", recordó el exparlamentario aprista.

Destacó que la estructura de esta constitución es superior al actual y calificó de sobresaliente su declaración de derechos consagrados. "Es una Carta de fisonomía democrática", subrayó a RPP Noticias.

Valle Riestra indicó que existen varias fórmulas para restituir el referido texto jurídico, señalando en primer orden el artículo 307° de Carta Magna de 1979, el cual establece que cualquier ciudadano investido o no como autoridad tiene facultad para restaurar la constitución.

Dijo que el mandatario Ollanta Humala ha reivindicado esta Carta en su juramento, pero no ha precisado cómo la va a restaurar.

Por lo que indicó hay otras fórmulas viables, como su reforma en dos legislaturas ordinarias, un plebiscito o una Asamblea Constituyente.

Aunque la actual constitución no indique esta última fórmula, el abogado manifestó que técnicamente "siempre se puede convocar a una Asamblea Constituyente".

FUENTE: http://noticias.latam.msn.com/pe/especiales/ollanta-humala-presidente/articulo.aspx?cp-documentid=29804270

La historia de la Constitución de 1979 contada por Francisco Morales Bermúdez

La historia de la Constitución
de 1979 contada por
Francisco Morales Bermúdez
El hombre que gobernó el Perú entre 1975 y 1980 habló en exclusiva para RPP Noticias sobre la Constitución de 1979 que restableció la democracia, y que tras la juramentación del presidente Humala es nuevamente materia de debate.
La historia de la Constitución de 1979 contada por Francisco Morales Bermúdez
El expresidente de la República Francisco Morales Bermúdez (1975-1980) recordó cómo se gestó la Constitución de 1979 que restableció la democracia en el país, y que en la actualidad es nuevamente materia de debate.

En diálogo con RPP Noticias, manifestó que tras haberse derrocado al gobierno de facto del general Juan Velasco Alvarado (196 - 1975), se decidió entrar a una transición política, en la que se convocó una Asamblea Constituyente.

Indicó que la preocupación era que el gobierno militar buscaba mantenerse en el poder hasta que las "reformas" planteadas por ellos sean "irreversibles", algo que finalmente rechazaron.

El general Francisco Morales Bermúdez manifestó que tampoco podía permitirse que el gobierno de facto participara en el proceso democrático ni en la elaboración de la nueva Constitución, ya que no sería pura ni limpia.

Dijo que contó con el apoyo de destacadas personalidades como fueron León Barandiarán, Raúl Ferrero Rebagliati, José Pareja Paz Soldán, Francisco Miró Quesada Cantuarias, con quienes se decidió una salida democrática ante el pedido de las fuerzas armadas.

Refirió que en primer lugar se planteó convocar un congreso constituyente, algo que quedó descartado porque no era viable con un gobierno de facto.

En cambio, agregó, una asamblea constituyente, libremente elegida por el pueblo, fue más democrática y bien recibida por todos los sectores.

Así, se eligieron a cien representantes de todas las tiendas políticas, a excepción de Acción Popular que no participó, dándose lugar a la nueva Carta Magna, y posteriormente la convocatoria de las elecciones generales, en la que se restituyó a Fernando Belaunde Terry (1980-1985).

El expresidente sostuvo que pese a los problemas, el Perú ha experimentado en los últimos 30 años una transformación estructural y social grande, que se profundizaría más si el gobierno de Ollanta Humala cumple sus programas sociales.

FUENTE: http://noticias.latam.msn.com/pe/especiales/ollanta-humala-presidente/articulo.aspx?cp-documentid=29793531

lunes, 16 de mayo de 2011

RAUL FERRERO COSTA considero viable reforma de constitución

JURISTA RAÚL FERRERO CONSIDERÓ VIABLE UNA REFORMA PARCIAL Y PUNTUAL DE LA CONSTITUCIÓN
http://youtu.be/6cv50fJmgmI









YouTube centro de asistencia opciones de correo electrónico notificar envío de spam

cardenasborja ha compartido un vídeo contigo en YouTube:





JURISTA RAÚL FERRERO CONSIDERÓ VIABLE UNA REFORMA PARCIAL Y PUNTUAL DE LA CONSTITUCIÓN
El jurista Raúl Ferrero Costa señaló que en las actuales circunstancias que vive el país, lo más aconsejable, es sólo una reforma parcial y puntual de la Constitución. Estas precisiones las dio durante la entrevista que le hicieron en el programa "Tus Derechos" del Tribunal Constitucional.
A su criterio las constituciones más sólidas son las que se reforman parcialmente y eso se ha visto en países con tradición democrática como Estados Unidos, Francia e Inglaterra. Ferrero Costa sostuvo que la población debe entender que las constituciones pétreas no existen y por lo tanto la Carta Magna puede ser revisada permanentemente.
En ese sentido, explicó que en el caso peruano se debe hacer reformas puntuales, como por ejemplo dejar de lado el voto obligatorio para sustituirlo por el voto voluntario; el retorno de la bicameralidad, porque el sistema unicameral no tiene los balances n...
más

JURISTA, RAÚL FERRERO COSTA, CONSIDERÓ VIABLE UNA REFORMA PARCIAL Y PUNTUAL DE LA CONSTITUCIÓN

JURISTA, RAÚL FERRERO COSTA, CONSIDERÓ VIABLE UNA REFORMA PARCIAL Y PUNTUAL DE LA CONSTITUCIÓN


El jurista Raúl Ferrero Costa señaló que en las actuales circunstancias que vive el país, lo más aconsejable, es sólo una reforma parcial y puntual de la Constitución. Estas precisiones las dio durante la entrevista que le hicieron en el programa "Tus Derechos" del Tribunal Constitucional.

A su criterio las constituciones más sólidas son las que se reforman parcialmente y eso se ha visto en países con tradición democrática como Estados Unidos, Francia e Inglaterra. Ferrero Costa sostuvo que la población debe entender que las constituciones pétreas no existen y por lo tanto la Carta Magna puede ser revisada permanentemente.

En ese sentido, explicó que en el caso peruano se debe hacer reformas puntuales, como por ejemplo dejar de lado el voto obligatorio para sustituirlo por el voto voluntario; el retorno de la bicameralidad, porque el sistema unicameral no tiene los balances necesarios que son usuales en cualquier Parlamento moderno.

Además el jurista consideró importante fortalecer los partidos políticos, porque según dijo nunca hemos tenido partidos tan débiles. Por ello, indicó que la primera reforma es eliminar el voto preferencial y para ello no se necesita reformar la Constitución. "Es un voto que no ayuda a fortalecer los partidos políticos, inclusive nos lleva al transfuguismo y está claro que no existe sistema democrático sólido, si no existe partido político sólido", remarcó.

Ferrero Costa destacó el trabajo realizado por la Comisión Pease en el periodo 2001-2006 sobre la reforma de la Constitución y señaló que ese avance, podría servir como base para trabajar de manera consensuada una reforma de la Carta Magna, la misma que requiere para su aprobación de dos legislaturas ordinarias consecutivas con más de dos tercios de los votos o en su defecto por mayoría simple más un referéndum.


Se mostró contrario a la convocatoria de una Asamblea Constituyente, porque con todos los poderes que tendría, puede rehacer por completo la Constitución, incluso en teoría podría ser constituyente y a la vez constituirse en Congreso y disolver al Congreso, por lo que el panorama es arriesgado.

Lima, 16 de mayo de 2011
FUENTE: http://www.tc.gob.pe/notas_prensa/nota_11_152.html