jueves, 15 de agosto de 2013

Transexuales en colegios de EE.UU. entrarán a cualquier baño según un "identidad sexual"

Transexuales en colegios de EE.UU. entrarán a cualquier baño según un "identidad sexual"
California dicta polémica norma que hará que transexuales ingresen a baños según su orientación y no el sexo con que nacieron


California se convirtió en el primer estado de EE.UU. en reconocer los derechos de los escolares transexuales a ser tratados de acuerdo con su identidad sexual, más allá del género con el que el niño o la niña fuera registrado en el colegio al ser matriculado.

La ley AB1266 fue firmada esta semana por el gobernador Jerry Brown y permitirá que los alumnos transexuales participen en programas y actividades educativas, incluidas competiciones atléticas, que correspondan al género que sienten como propio. 

Esta norma autoriza también a estos niños y adolescentes a usar las instalaciones de los centros educativos de acuerdo con su identidad sexual, condición que le valió a esta regulación el sobrenombre de 'ley de los baños', ya que los menores transexuales podrán decidir si utilizar el servicio de niños o el de las niñas. 

La noticia fue recogida hoy por la prensa en EE.UU., país donde otros estados tienen leyes que van en esa misma dirección, como Massachusetts, Colorado y Maine, aunque no son tan específicas. 


La organización californiana Equality California, que aboga por los derechos de homosexuales, lesbianas y transexuales, aplaudió a los políticos del estado por su 'liderazgo inspirador' al dar luz verde a esta iniciativa legal que para grupos conservadores, como Family Research Council, es muy extrema al imponer criterios personales sobre la biología.

FUENTE: http://ojo.pe/ojo/nota.php?/minuto-a-minuto/transexuales-en-colegios-de-ee.uu.-entraran-a-cualquier-bano-segun-un-identidad-sexual/&txtSecci_id=51&txtNota_id=783609


miércoles, 14 de agosto de 2013

A PROPÓSITO DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL (Por Lourdes Chávez Dueñas [1] )

A PROPÓSITO DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL
Por Lourdes Chávez Dueñas [1]

La reciente dación de la Ley del Servicio Civil – LSC y los efectos que en tan corto plazo ha conllevado, ameritan realizar una evaluación objetiva respecto de su conveniencia u oportunidad, más aún tratándose de un problema socio laboral complejo.
En principio, debemos reparar en el surgimiento y coexistencia a través de los años de diversos regímenes en la Administración Pública. Comenzando por el de la denominada constitucionalmente Carrera Administrativa, bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento. Pasando por el del régimen laboral de la actividad privada bajo los alcances del Texto único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 y su reglamento. Hasta por el del régimen de los Contratos Administrativos de Servicios o CAS, precedidos por los contratos de Servicios no personales o SNP, ambos conteniendo reales contratos de trabajo, y cuya utilización masiva por parte de todas las Gestiones, desbordó en número los otros dos regímenes señalados. Y otros más de menor uso, pero no por ello de menor presupuesto, como los contratos a través del PNUD, FAO, Contratos a través de terceros, Intermediación Laboral (Services y Cooperativas, en vigilancia y servicios de limpieza), entre otros.
Debemos recordar asimismo que el contexto de surgimiento de la tendencia “privatizadora”, también en los regímenes laborales de la Administración Pública, data de los años 90’s, en que se dio inicio a una denominada también internacionalmente: “flexibilización laboral salvaje”, por la magnitud en la afectación de derechos laborales y sindicales, sin precedentes e inigualable en América y el mundo. Lo cual sólo resultó beneficiando a los empleadores, empresas o grupos económicos.
En tal contexto, al Estado como empleador también se le concedieron mayores facultades, en términos laborales, de la mano con la tendencia a extinguir el régimen de la Carrera Administrativa, que llevaba implícita la estabilidad laboral. En el entendido, entre otros aspectos, que bajo los alcances del T.U.O. del Decreto Legislativo N° 728 entre otros ya no existiría la estabilidad laboral, sino que se contaría también con mecanismos de ingreso y salida del personal o trabajadores, más flexible o controlable. Y que con la utilización de los Contratos por SNP se estaría exonerado de todo beneficio social a dichos “locadores”, con el sólo pago de “honorarios profesionales”, siendo la mayoría de ellos estudiantes.
Lo que no se contempló con anticipación, es que también por las características propias de cada uno de los regímenes acotados en los párrafos precedentes, en la práctica  ello ha devenido en un manejo desordenado o descontrolado de los trabajadores de la Administración Pública, cuya hipotética solución ameritaba un estudio técnico concienzudo a fin de darle una salida tanto jurídica como práctica, y que mida asimismo, tanto su factibilidad legal como también  los costos sociales que acarrearía, lo cual o no se hizo, o se decidió llevarla a cabo a pesar de.
Es menester reseñar asimismo, que durante la década de los 90’s se efectuaron también subjetivas Evaluaciones Semestrales, que no sólo implicó el cese masivo de trabajadores nombrados de carrera, sindicalizados, etc., declarándolos como Excedentes, sino también la desaparición de sus plazas. De lo cual se desprende, que las contrataciones masivas posteriores evidenciaron que los trabajadores cesados, no eran necesariamente excedentes.
Ahora bien, buscar la eficiencia y profesionalización de los servidores públicos (porque en gestiones anteriores se advirtió ciertos abusos en la calificación de servidores auxiliares o técnicos como Funcionarios de alto nivel, posiblemente por los efectos remunerativos que ello significase), no debería pasar por afectar sus derechos fundamentales, sino por capacitarlos realmente, y gerenciar adecuadamente la prestación de servicios públicos, para repotenciarlos, supervisarlos y satisfacer legalmente, a los usuarios o ciudadanos contribuyentes, con los servicios prestados, que en resumidas cuentas es lo que realmente le interesa al ciudadano de a pie, cansado de pasar horas y días haciendo colas o esperando muchas veces inútilmente la solución de sus problemas. Máxime si la Legislación Laboral vigente aplicable a cada régimen acotado, ya contempla las causales tanto de Cese como de Despidos por faltas graves; y en lo que se refiere a los servidores públicos de Carrera, es un régimen minoritario que de por sí ya está en extinción, por cuanto desde el año 1,996 se prohibió los nombramientos por razones presupuestales.
Por lo que reiteramos que cuando se trata de la Reforma del Estado, en lo que atañe a eficiencia y transparencia, si bien existe unanimidad en el deseo de contar con una Administración Pública cuyos servicios en su totalidad sean eficientes, rápidos, transparentes y menos onerosos.  Empero la gran interrogante es si con la dación de la LSC se conseguirá dicho objetivo?. O sólo será más de lo mismo?. Reformas a medias sin resultados tangibles, evaluaciones y reducción subjetiva de personal, protestas sociales (cuya utilización sólo política por un sector minoritario y culpable del problema, también resulta reprobable) y reclamos sindicales, y denuncias con reincorporaciones posteriores.
Si en resumidas cuentas, la LSC se resume a la evaluación del personal y al control ético o de anticorrupción, como repetimos la Ley ya contempla las causales de Cese, debiendo en todo caso mejorarse la Supervisión del Personal; toda vez que en la práctica durante toda la década de los 90´s se evidenció la subjetividad y carencia de imparcialidad de las evaluaciones; las mismas que no ofrecerían garantías. Si lo que se quiere unificar en un solo régimen los existentes, siendo el régimen de carrera de carácter constitucional y facultativo en su pase voluntario al único régimen de la LSC, tampoco tendría sentido práctico; máxime si al parecer no existiría estudio serio y técnico al respecto, sino sólo razones económicas o de orden presupuestal.
Es innegable que todo ciudadano aspira a obtener servicios públicos óptimos, transparentes y también desea el desarrollo de su país, no pudiendo estar en contra de la inversión y protección del empresariado nacional responsable o ético, empero ello no puede contemplar la afectación de derechos humanos fundamentales, constitucionales, supranacionales y laborales irrenunciables, cuya naturaleza es alimentaria, y está protegida constitucional y supranacionalmente; y cuya observancia acarrea también como resultado la paz social o convivencia pacífica.
Por lo que es necesario analizar muy objetiva y técnicamente, la legalidad, objetivos, efectos y resultados de la LSC, para que no resulte también en un esfuerzo vano e inútil de recursos, como otros tantos intentos en nuestra Historia.


[1]  Cargos desempeñados: Magistrada, Directora de Trabajo de 2da. Instancia, de Inspección Higiene y Seguridad ocupacional, Consultora, Defensora Social, entre otros.


"MODESTO JULCA ESTA DESCALIFICADO PARA SER VICEPRESIDENTE DE FISCALIZACION"‏

"MODESTO JULCA ESTA DESCALIFICADO PARA SER VICEPRESIDENTE DE FISCALIZACION"‏
El legislador Heriberto Benitez Rivas (SN) lamento la eleccion de Modesto Julca (PP) como vicepresidente de la Comision de Fiscalizacion y Contraloria, ya que dicho congresista cometio una grave falta etica cuando, anteriormente, desempeño el mismo cargo; dicha situacion la comprobo la propia Comision de Etica e incluso acordo proponer al pleno del Congreso una suspension de 120 dias, que debe ser aprobada en los proximos dias.

"En lugar de aplicar una sancion ejemplar, da la impresion que lo han premiado y vuelto a elegir para un cargo que no supo desempeñar y que incluso lo utilizo para cometer faltas graves contra la etica parlamentaria; eso lo descalifica totalmente para ser miembro de la Comision de Fiscalizacion y Contraloria, menos aun volver a ser su vicepresidente. Esto es una falta de respeto a la poblacion, principalmente a la Region Ancash" expreso Benitez Rivas (SN)

"Dicha eleccion resulta un precedente negativo y funesto en la lucha contra la corrupcion y la impunidad y atenta contra la salud moral de la democracia; se le esta causando un daño moral al pais" comento Benitez Rivas (SN).

Finalmente, Benitez Rivas (SN) pidio a los congresistas de Peru Posible (PP) que cambien de representante para la Comision de Fiscalizacion y Contraloria, para evitar cuestionamientos y mejorar las tares de dicho grupo de trabajo parlamentario.


Lima, 14 de agosto del 2013.


SOBRE EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL MYPE, SU VIGENCIA Y ALCANCES (Por Lourdes Chávez Dueñas)

SOBRE EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL MYPE, SU VIGENCIA Y ALCANCES
Por Lourdes Chávez Dueñas [1]                                                                         

Abordar el tema referido al Régimen Laboral Especial – Flexible – MYPE, involucra visualizarlo con una óptica dual, por un lado el de los empleadores – en este caso muchos de ellos emprendedores, autogeneradores de empleo, muchas veces familiar - y por otro lado el de los actores socio laborales más débiles, los trabajadores – los mismos que no tienen ”culpa” de laborar para una MYPE – quienes ven recortados sus derechos laborales, en comparación con aquellos trabajadores de otras empresas del régimen laboral común de la actividad privada.
En tal sentido, como acotamos en el párrafo precedente y desde una óptica de justicia los trabajadores de las MYPEs ven disminuidos sus derechos laborales, en virtud a un régimen laboral especial, flexible y excepcional que los rige. Si bien existe un marco legal que lo permite, y que en estricto no estaría violando Convenios Internacionales de la OIT, no obstante ello no resulta siendo muy justo, en tanto aquellos realizan una labor en jornada laboral igual o similar a la de los trabajadores del régimen laboral común de la actividad privada.
Por otro lado, a su vez también es  menester tener en cuenta que los empleadores en el caso de las MYPEs son predominantemente emprendedores, que no compiten en condiciones de igualdad con las Medianas y Grandes empresas, cuyo poder predominantemente económico entre otros factores, es superior. Con la atingencia y excepción de aquellas Pequeñas empresas (antes Medianas o tal vez Grandes también) que en virtud a la Modificatoria de la Ley del año 2008, se hubieren beneficiado del Régimen Laboral, al haberse ampliado sus parámetros relativos al número de trabajadores y ventas anuales.  Lo cual constituye un exceso, en perjuicio de los derechos laborales de miles de trabajadores de las así transformadas en Pequeñas empresas;
máxime si se permite que muchas Medianas o Grandes empresas puedan subdividirse y así calificar ilegalmente como tales. Por lo que  consideramos pertinente contemplar  la modificación de los parámetros de clasificación para calificar como Pequeña empresa, reduciéndolos a como fue considerado en la norma primigenia de inicios de siglo, es decir más reducida.
A la fecha, cuando se está venciendo el plazo de vigencia de la Ley MYPE y su Reglamento, aprobados mediante T.U.O. de Decreto Supremo N° 007 y D.S. N° 008-2008-TR, respectivamente. Siendo necesaria su evaluación y prórroga, sin embargo debe realizarse un estudio serio y técnico porque su dación respondió al propósito de contribuir a la formalización de las MYPEs; empero en la práctica el mismo no se habría cumplido, o al menos no en la medida – cuantitativa - esperada, pese al tiempo transcurrido, más de una década.
Consideramos así pertinente, realizar un estudio técnico cuantitativo y cualitativo del tema, por cuanto si bien por un lado todo País debe proteger a su empresariado nacional, de cuyo desarrollo depende a su vez el del País, no obstante dicha protección no debería ir en detrimento de los legítimos intereses de la parte más débil de la relación laboral, es decir de los trabajadores, cuyos derechos no deberían verse afectados. Siendo un reto planteado para el Estado, estudiar y aplicar otros mecanismos o estímulos que logren dichos propósitos, como incentivos tributarios – y no laborales - y un tratamiento especial al respecto, entre otros.

[1]  Cargos desempeñados: Magistrada, Directora de Trabajo de 2da. Instancia, de Inspección Higiene y Seguridad ocupacional, Consultora, Defensora Social, entre otros.




Médicos del Minsa suspendieron su huelga nacional luego de 30 días de protestas

Médicos del Minsa suspendieron su huelga nacional luego de 30 días de protestas
Federación Médica Peruana anunció su decisión poco antes de las 2 a.m. A continuación, conoce a qué acuerdos llegaron


Los médicos del Ministerio de Salud decidieron esta madrugada levantar la huelga que acataron durante 30 días en reclamo de mejoras salariales. Tras el anuncio del fin del paro, los médicos se comprometieron a regresar a los consultorios lo antes posible.

Faltando diez minutos para 11 p.m. del martes, el presidente de la Federación Médica Peruana, César Palomino, ingresó junto a otros dirigentes a la sede de la federación, en Lince. Un grupo de médicos que había llegado de provincias esperaban en el salón central que Palomino les enseñara el acta con el acuerdo final suscrito entre el Ministerio de Salud.
Entre vítores y una enorme presencia de medios que pese a lo avanzada de la madrugada cubrían la noticia, Palomino salió de la sede de la FMP poco antes de las 2 a.m. “La asamblea ha tomado una decisión que vamos a trasmitir de manera directa a la ministra de salud, dando una suspensión, una tregua, a esta huelga médica nacional”.

Luego de este anuncio Palomino y compañía emprendió la marcha hasta la sede del Ministerio de Salud, en el distrito de Jesús María, donde lo esperaba la ministra Midori de Habich. Hasta el cierre de este informe, se esperaba la firma final del acta entre los representantes de los médicos y el gobierno.

ACUERDOS

De acuerdo a fuentes de El Comercio, los médicos decidieron aceptar la contrapropuesta del Ejecutivo que incluye un aumento de S/.1.298 a los médicos de Lima y de más de S/.1.300 a los médicos de provincias.

Además se ha considerado completar los nombramientos de otros dos mil médicos durante el 2014. Hasta la fecha son más de 19.000 en todo el país. Los doctores también lograron que el ministerio se comprometa a dar dos bonos de S/.3.500 a los médicos residentes y serumistas.

Sobre la reforma de Salud, el acuerdo consigna que la Federación Médica Peruana debe tener voz y voto en los proyectos que se emprendan para reformar el sector Salud.

SE DESCONTARÁ A LOS MÉDICOS

Pese a que los médicos se ven beneficiados con esta acta, el Ministerio de Salud ha dispuesto que se hagan efectivos los descuentos a los galenos por cada hora que no laboraron durante la huelga. El acuerdo especifica que estos recortes se harán desde agosto hasta diciembre, en cinco partes, una cada mes.


FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1617252/noticia-medicos-minsa-levantaron-huelga-nacional-luego-30-dias-protestas?ft=grid

martes, 13 de agosto de 2013

Luis Castañeda fue excluido del caso Comunicore. El anunció lo dio a conocer su abogado Mateo Castañeda, de esta manera el ex alcalde del Municipio de Lima quedó fuera de este proceso de manera definitiva.

Luis Castañeda fue excluido del caso Comunicore 
El anunció lo dio a conocer su abogado Mateo Castañeda, de esta manera el ex alcalde del Municipio de Lima quedó fuera de este proceso de manera definitiva.

El Poder Judicial determinó el archivo definitivo del ex alcalde Luis Castañeda Lossio en el proceso penal del caso Comunicore, informó esta tarde su abogado Mateo Castañeda. 
Según informó el letrado, los jueces de la Sexta Sala Penal ratificaron, por unanimidad, la decisión del 12 juzgado de Lima, que declaró fundada “la excepción de naturaleza favorable a Luis Casteñeda”. 
“Los jueces decidieron que el ex burgomaestre no tuvo ninguna participación en los acuerdos realizados con las empresas Relima o Comunicore”, afirmó a elcomercio.pe “Con esta decisión judicial adoptada en dos instancias se pone punto final a la investigación judicial que se inició contra Luis Castañeda por el caso Comunicore en plena campaña electoral”, agregó. 
“Han sido dos fiscales y cuatro magistrados del Poder Judicial los que coinciden en la inocencia de mi patrocinado”, añadió. 
Por su parte, Castañeda, a través de su cuenta de Facebook, indicó que “se puso fin a una patraña política”. 
“No me deja rencor, sino perdono a todos aquellos que por la ambición de poder no dudaron en echar sombras sobre una trayectoria limpia, es el costo que uno tiene que pagar por entregarse a un ideal de tener un país mejor”, agregó.

FUENTE:   http://www.justomedio.com/104340/luis-castaneda-fue-excluido-del-caso-comunicore/

sábado, 10 de agosto de 2013

Romulo León Alegria "...Alan Garcia me hizo mas daño que Fernando 'Popy' Olivera..." "...Fue la puñalada bíblica..."

Romulo León Alegria
"...Alan Garcia me hizo mas daño que Fernando 'Popy' Olivera..."
"...Fue la puñalada bíblica..."


Romulo León Alegria
"...Alan Garcia me hizo mas daño que Fernando 'Popy' Olivera..."
"...Fue la puñalada bíblica..."

Fuente "El Valor de la verdad"- Frecuencia Latina- Sábado,10 de agosto 2013

jueves, 8 de agosto de 2013

¿Colesterol alto? Conoce los cinco alimentos que te ayudarán a combatirlo

¿Colesterol alto?
Conoce los cinco alimentos que te ayudarán a combatirlo
El ajo y las manzanas, entre otros, son capaces de mantener a raya este indicador que, de dispararse, puede desencadenar peligrosos problemas cardiovasculares


No le dicen el enemigo silencioso por gusto. Presentar altos niveles de colesterol LDL (lipoproteína de baja densidad o colesterol malo) puede desencadenar múltiples enfermedades, como problemas cardiovasculares y arterioesclerosis al acumularse en las paredes de las arterias, formando una placa que dificulta la circulación de la sangre. Existen alimentos que disparan este indicador, pero también hay algunos capaces de mantenerlo a raya. Aquí te contamos cuáles son.

MANZANAS

Gracias a los polifenoles (un tipo de antioxidante) que contienen, consumir una de estas frutas diariamente por 4 semanas provoca una reducción en un 40% del colesterol malo de los adultos. Así lo comprobó una investigación desarrollada por la Universidad de Ohio, según reporta el portal Daily Mail. Cabe mencionar que, en general, las frutas son capaces de reducir este indicador. Se recomienda comerlas enteras y no en jugos.

AVENA

Los cereales ricos en fibra soluble, como la avena, reducen la absorción de colesterol malo en el torrente sanguíneo, afirma en su portal web la clínica estadounidense Mayo, especializada en el tema. Se recomienda ingerir una taza y media de avena al día y acompañarla con frutas.

AJO FRESCO

Los estudios demuestran que el ajo puede prevenir la acumulación de la placa que obstruye las arterias, evitando que las partículas individuales de colesterol se peguen en sus paredes, explica el portal de noticias Huffington Post.

AJONJOLÍ

Al tener un alto contenido de ácidos grasos esenciales, el ajonjolí puede reducir el colesterol malo y aumentar el colesterol HDL (colesterol bueno). Se recomienda consumirlo crudo. Para ellos remoja sus semillas por unas 8 horas, luego licúalas junto a tu jugo de frutas favorito.

NUECES

Las nueces y las almendras reducen el colesterol en sangre debido a que contienen ácidos grasos poliinsaturados, sustancias benéficas capaces de mantener los vasos sanguíneos saludables, indica también la clínica Mayo.


FUENTE: http://elcomercio.pe/gastronomia/1614850/noticia-colesterol-alto-conoce-cinco-alimentos-que-te-ayudaran-combatirlo?ft=grid


miércoles, 7 de agosto de 2013

Heriberto Benítez: “Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) debe destituir inmediatamente a Juez Supremo Cesar San Martín Castro”

Heriberto Benítez:
“Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) debe destituir inmediatamente a Juez Supremo Cesar San Martín Castro”


El congresista de Solidaridad Nacional Heriberto Benítez demandó la inmediata destitución del magistrado César San Martín por parte del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), luego que se descubriera que participó y diseñó la estrategia legal a la jueza Carmen Rojjasi para el caso Chavín de Huántar.

El legislador indicó que San Martín habría cometido inconducta funcional e infracción a la Constitución, pues incluso ha intervenido habiendo adelantado opinión.

“Lo grave de San Martín es que este caso llega a la Corte Suprema, va a la Sala que San Martín la presidía, resuelve el caso y encima como ponente. Ahí hay una inconducta funcional y encima una infracción a la Constitución, por lo que puede ser destituido por la CNM. Él debió inhibirse, porque ha intervenido en segunda instancia habiendo adelantado opinión”, sostuvo.
Benítez asevera que San Martín le da cinco pautas a Rojjasi, le dice "hay que tener cuidado con esto, no hay que permitir esto, y cuando llega el expediente a San Martín debió inhibirse porque ya armé la estrategia legal meses antes”.

FUENTE: http://www.expreso.com.pe/noticia/2013/08/07/benitez-cnm-debe-destituir-inmediatamente-san-martin

Pretenden anular condena y pena de muerte de Jesucristo. Un abogado keniano llevó a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una demanda, ya que según él han pasado más de 2.000 años sin reivindicar una gran injusticia.

Pretenden anular condena y pena de muerte de Jesucristo
La muerte de Jesús ha sido retratada en cientos de películas que muestran los terribles castigos a los que fue sometido antes de morir.

Un abogado keniano llevó a la CIJ una demanda, ya que según él han pasado más de 2.000 años sin reivindicar una gran injusticia.

Un abogado keniano le pidió a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) anular el juicio y la condena a muerte de Jesucristo, ya que según él desde el interrogatorio hasta la sentencia no se falló en derecho.

Dola Indidis un ex miembro de la rama judicial de Kenia está tratando de demandar a Italia y a Israel por la ejecución del Mesías 
cristiano. Indidis acudió a la sede de la CIJ en Holanda, quienes usualmente atienden los casos de justicia internacional, luego de que su demanda no prosperara en Nairobi (capital de Kenia) en 2007.

El abogado espera reivindicar a Jesús en la historia y que quede establecido que el “rey de los judíos” era completamente inocente. Le parece increíble que hayan pasado más de 2.000 años sin que se aclare lo que él considera el juicio más injusto de toda la historia.

“La selectiva y perversa persecución a Jesús violó todos los 
derechos humanos, hubo abuso de poder y miles de prejuicios” asegura el abogado.

Según 
el Nuevo Testamento en la Biblia, el Mesías estuvo en problemas luego de realizar innumerables milagros y proclamar que era el hijo de Dios, lo que hizo que las autoridades judías lo detuvieran, acusándole de blasfemia. Lo llevaron a Poncio Pilato (gobernador romano de Judea), quien quejándose de que el caso no estaba en su jurisdicción, lo envió al rey Herodes, quien finalmente lo devolvió a Pilato.

El gobernador no halló culpable a Jesús, pero lo condenó a la crucifixión por miedo a una rebelión de los judíos que clamaban por la muerte del nazareno.

Dola Indidis cuestiona el interrogatorio al que fue sometido Jesucristo y los castigos que le fueron impuestos mientras su juicio todavía no dictaba una decisión 
definitiva. El keniano busca establecer exactamente (en términos actuales) el delito por el cual fue sentenciado “ el salvador”. “Los juicios de esa época, antes de que existieran las cortes romanas, deberían ser anulados ya que no se ajustan a las leyes de ese entonces ni a las de hoy”, señala el abogado.

El hombre espera que sea tenido en cuenta el precedente de 
Juana de Arco, la campesina que se proclamó “guerrero” enviado por Dios para liberar a Francia del yugo inglés. El juicio y condena de la francesa luego fueron declarados defectuosos, eso mismo espera Indidis que ocurra con el caso de Jesús.

Sin embargo, algunos expertos internacionales creen que la labor del africano no será fructífera ya que la corte no tiene jurisdicción legal. Anthea Roberts, profesora de leyes en la Universidad de Columbia dijo en su 
blog en la revista Time: “La Corte Internacional de Justicia sólo es competente en las demandas de un Estado a otro”.


FUENTE: http://www.radiomiami.us/noticia.php?idn=13542