El adiós
de un Todopoderoso...
“Grande
Diego”
Estarás
siempre en nuestros recuerdos...
El adiós de un Todopoderoso...
“Grande Diego”
Estarás siempre en nuestros recuerdos...
Carlos Alfredo Cardenas Borja, abogado, defensor de procesos constitucionales y derechos humanos, Propuesto para recibir la medalla "Defensor del Pueblo del Perú"(2008)(2010)Propuesto para recibir la medalla "Madre Teresa de Calcúta"(2010)Consultor de la Comisión de DDHH del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (2010) Asesor Parlamentario del Congreso de la República del Perú (2011-2016) Teléfono:(51) 999-259375/e-mail: carloscardenasborja@hotmail.com/twitter @eltodopodero/skype: eltodopodero
El adiós
de un Todopoderoso...
“Grande
Diego”
Estarás
siempre en nuestros recuerdos...
El adiós de un Todopoderoso...
“Grande Diego”
Estarás siempre en nuestros recuerdos...
Francisco Sagasti, es el nuevo Presidente Constitucional del Perú, desde hoy 17 de noviembre hasta el 28 de julio del 2021 ó hasta que el pueblo lo decida.
Foto Captura Canal N |
Francisco Sagasti
Juramentara como Presidente Constitucional del Perú
Francisco
Rafael Sagasti Hochhausler, a las 4 pm hora peruana, prestara juramento para asumir la
presidencia de la República del Perú.
Francisco Rafael Sagasti Hochhausler
Francisco Rafael Sagasti Hochhausler, a las 4 pm hora peruana, prestara juramento para asumir la presidencia de la República del Perú.
El Congreso del Perú
le dijo no a
Rocio Silva Santisteban
Rocio Silva Santisteban:
Todo indica que será la próxima y primera presidenta del Perú, (de asumir el cargo de presidente del Congreso) al haber aceptado el poder legislativo la renuncia de Manuel Merino de Lama como presidente de la república.
(Ampliaremos)
Rocío Yolanda Angélica Silva-Santisteban Manrique,
actual congresista, posible futura presidenta del Perú
Rocio Silva Santisteban:
Todo indica que será la próxima y primera presidenta del Perú, (de asumir el cargo de presidente del Congreso) al haber aceptado el poder legislativo la renuncia de Manuel Merino de Lama como presidente de la república.
En varios programas periodísticos ante la noticia de la vacancia presidencial indican que Manuel Arturo Merino de Lama asumirá interinamente la presidencia de la República.
Incluso
algunos abogados “especialistas” lo denominan presidente interino.
Manuel Merino de Lama,
Presidente Constitucional del Perú
(Foto: Fuente Internet)
No
detallare los recientes antecedentes sobre la vacancia. Solo analizaremos los artículos
pertinentes de la Constitución Política de 1993 y la ley pertinente que define
tal situación ¿Interino o Constitucional?.
“…Artículo
115.- Impedimento temporal o permanente del ejercicio de la Presidencia
Por impedimento temporal o permanente del Presidente de la
República, asume sus funciones el Primer Vicepresidente. En defecto de éste, el
Segundo Vicepresidente. Por impedimento de ambos, el Presidente del Congreso.
Si el impedimento es permanente, el Presidente del Congreso convoca de
inmediato a elecciones.
Cuando el Presidente de la República sale del territorio
nacional, el Primer Vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo
hace el Segundo Vicepresidente…”
Es necesario efectuar la siguiente aclaración, el primer párrafo del acotado señala “asume”, mientras tanto el segundo párrafo “encarga”. De este último párrafo se recoge la denominación “interino”
Debemos, en ese sentido, analizar la ley de interpretación del artículo 115 de nuestra Constitución Política de 1993, Ley N.º 27375 de fecha de publicación 05 de diciembre del año 2000:
“Artículo Único.- Interpretación
del Artículo 115 de la Constitución
Interprétase que el mandato conferido por el Artículo 115 de la Constitución
Política del Perú al Presidente del Congreso de la República para que asuma las
funciones de Presidente de la República por impedimento permanente de este
último y de los vicepresidentes no implica la vacancia de su cargo de
Presidente del Congreso ni de su condición de Congresista de la República.”
Es más que claro este artículo. El Presidente del Congreso de la República asume las funciones de Presidente de la República, no le encargan la misma.
Item mas, para que pueda asumir debe ser Presidente del Congreso y (reiterando) al asumir el cargo de Presidente de la República no vaca en su condición de presidente del poder legislativo ni pierde su condición de congresista.
De la forma que fuera electo, Manuel Arturo Merino de Lama,
desde hoy 10 de noviembre del año 2020 hasta el 27 julio del 2021, es el Presidente Constitucional de la
República del Perú. Aclarado el tema bajo ninguna forma puede denominarsele presidente interino.
Carlos Alfredo Cárdenas Borja
al Jurado Nacional de Elecciones
(JNE).
Solicitan al abogado Carlos
Alfredo Cárdenas Borja se postule como candidato, representando al Ilustre
Colegio de Abogados de Lima (CAL), para ser
su representante ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).Carlos Cárdenas Borja,
gran aceptación tiene su
postulación como candidato
Reconocido jurista acepta el reto como aspirante a
representar a los abogados.
Recordó además que la honestidad, la
integridad y la independencia son los valores que destacaran a su persona
en la campaña electoral.
Asociaciones de abogados jóvenes y numerosos
representantes de diversos consorcios jurídicos respaldan al abogado Carlos
Cárdenas, así como gran número de abogados independientes y de los diferentes
conos de Lima, al tenerse en cuenta que está pendiente la elección del
representante de dicho gremio profesional ante el máximo ente electoral del
Perú.
Por dicha razón, solicitan al letrado Carlos
Alfredo Cárdenas Borja, se postule como candidato para estas justas
electorales, en vista de su vasta experiencia como defensor de derechos humanos
y constitucionales que es, así como de su honestidad, integridad e
independencia.
Sorprendente e innumerable acogida ha tenido dicha
propuesta. (Ampliaremos).