HERIBERTO BENITEZ RIVAS: HOJA DE VIDA -
TRAYECTORIA DEMOCRATICA
HERIBERTO MANUEL BENÍTEZ RIVAS
(BREVE SUMILLA DE LA HOJA DE VIDA)
I) ESTUDIOS SUPERIORES.
- Universidad “San Martín de Porres”.
Programa Académico de Sociología (1978)
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas (1979-1983)
Bachiller en Derecho (1987)
Abogado (1991).
II) EXPERIENCIA LABORAL.
- 1985-1992 Asesor Legislativo del Senador Javier Valle-Riestra
- 1985-1986 Asesor de la Comisión de Derechos Humanos del Senado.
- 1985 Asesor de la Comisión Investigadora de Derechos Humanos del Senado.
- 1987 Asesor de la Comisión Calificadora de candidatos del Poder Legislativo al Tribunal de Garantías Constitucionales (TGC).
- 1989 Asesor de la Comisión Investigadora de Violaciones a los Derechos Humanos ocurridos en el departamento de Huancavelica, del Senado.
- 2007 Asesor de los trabajadores civiles del Ejército (EP) y Fuerza Aérea del Perú (FAP) integrantes de los SUBCAFAE, presentando acciones constitucionales de habeas data y de Amparo para defender sus derechos fundamentales.
- 2009 Asesor de la Municipalidad de Ilo, específicamente, para intervenir en la tramitación de un recurso de nulidad ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, referido a un proceso de corrupción seguido contra un Alcalde Provincial separado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
III) EDICIÓN DE LIBROS y OBRAS DE DERECHO.
- 1985 Editor del texto “Democracia y Terrorismo” en el que se desarrolla un conversatorio sobre derechos humanos en el Perú.(Lima-Perú).
- 1986 Editor de la obra “El Tribunal de Garantías Constitucionales. El caso de los votos nulos y blancos” cuyo autor es JavierValle-Riestra (Lima-Perú).
- 1987 Editor-Recopilador de la obra “Diplomacia Democrática y Derechos Humanos” cuyo autor es Javier Valle-Riestra (Lima-Perú).
- 1988 Editor de la obra “La Responsabilidad Constitucional de Jefe de Estado” (primera y segunda edición) cuyo autor es Javier Valle-Riestra (Lima-Perú).
- 1989 Editor de al obra “La Extradición. Principios, Legislación, Jurisprudencia” cuyo autor es Javier Valle-Riestra (Lima-Perú).
- 1990 Editor-Recopilador de la obra “La Incompatibilidad Constitucional. Una victoria polémica de Valle-Riestra”. (Lima-Perú).
IV) TRAYECTORIA DEMOCRÁTICA y PROBADA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS.
- 1992 ABOGADO en el caso del General EP Jaime Salinas Sedó; se defendió a seis oficiales EP injustamente procesados por defender el orden constitucional e intentar restaurar el sistema democrático debido al golpe de Estado que dio Alberto Fujimori (Lima-Perú).
- 1993 ABOGADO en el caso del secuestro, tortura, asesinato, descuartizamiento, incineración de restos humanos y entierro en lugares clandestinos de un profesor y nueve estudiantes de la Universidad Nacional “Enrique Guzmán y Valle” de La Cantuta (Lima-Perú).
- 1994 ABOGADO del General EP Rodolfo Robles Espinoza quien denunció la existencia del grupo Colina, siendo secuestrado por agentes del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) y recluido injusta y arbitrariamente en el Cuartel “Real Felipe” del Callao.
Se presentó una acción constitucional de habeas corpus en su favor que fue declarada fundada por el Poder judicial (PJ); sin embargo el Consejo Supremo de Justicia Militar (CSJM) se resistió a cumplirla declarando su inaplicabilidad.
En este caso el fuero castrense, abusivamente, me suspendió en el ejercicio profesional por cuatro meses impidiendo el ingreso a toda instalación militar.
El Ilustre Colegio de Abogados deLima (CAL) no aceptó la sanción y la rechazó.
- 1994 ABOGADO del Coronel EP José Montero Méndez quien fue impedido de salir del territorio nacional debido a una extraña decisión del Consejo Supremo de Justicia Militar (CSJM); se presentó una acción constitucional de habeas corpus que fue declarada fundada.
- 1994 ABOGADO del Mayor EP Evaristo Castillo Aste quien estuvo asilado en España e injustamente procesado por el Consejo Supremo de Justicia Militar (CSJM) por denunciar graves irregularidades en el Comando Político-Militar del Frente Huallaga.
- 1995 Miembro de la Comisión Especial “C” de Defensa de los Derechos Humanos del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL).
- 1995 ABOGADO de Susana Higuchi Miyagawa y de la Agrupación Política“Armonía-Frempol” ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos(OEA) lográndose una medida cautelar para la inscripción de su movimiento político en las elecciones generales de 1995; sin embargo, el gobierno de Alberto Fujimori se negó a cumplir y posteriormente se obtuvo el informe final favorable comprobándose serias y graves violaciones a los derechos políticos.
- 1996 ABOGADO del General EP Jaime Ríos Araico, ex jefe Político-Militar del Frente Huallaga, arbitrariamente recluido en el Cuartel “Real Felipe” del Callao e injustamente procesado en la base naval del Callao junto con Demetrio Chávez Peñaherrera (a) Vaticano.
- 1996 Aparición del plan operativo de inteligencia militar “El Pino” destinado a eliminarme por ser el abogado del general EP Rodolfo Robles y de los familiares de las víctimas de la Universidad Nacional “Enrique Guzmán y Valle” de La Cantuta (Lima).
- 1997 ABOGADO de la ex agente del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE) Leonor La Rosa quien fuera brutal y salvajemente torturada y quemada en el sótano del Cuartel General del Ejército.
En su favor se interpusieron dos acciones constitucionales de habeas corpus las cuales fueron declaradas fundadas por el Poder Judicial (PJ).
En este caso, también, el fuero castrense me suspendió por seis meses en el ejercicio profesional y denunciaron el hecho ante el Ministerio Público.
El Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL) no acató la sanción y la rechazó.
- 1997-1999 Presidente de la Comisión Ejecutiva de Derechos Humanos del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL).
Desde esta Comisión Ejecutiva se defendió y presentó una acción constitucional de habeas corpus a favor de seis abogados miembros de la Orden que fueron arbitrariamente detenidos por la DINCOTE y procesados injustamente por un inexistente delito de traición a la Patria sólo por ejercer la profesión de abogado a favor de ciudadanos procesados por delitos deterrorismo.
También se elaboraron informes legales a favor de Rodolfo Robles, Gustavo Cesti (presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos) y Alan García relacionados a violaciones a susderechos fundamentales.
- 1999 Fui testigo ofrecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso de Gustavo Cesti Hurtado presentándonos en la audiencia pública llevada a cabo en la sala de audiencias, ubicada en San José (Costa Rica).
- 1999 Se interpuso acción constitucional de habeas corpus en favor de José Luís Aybar Cancho recluido en el Cuartel “Real Felipe” (Callao), quien denunció haber sido torturado en instalaciones militares por agentes ligados a Vladimiro Montesinos.
- 2000 Integrante de la Junta Directiva del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL) completando el mandato en la Dirección de Comisiones y Consultas, ya que el miembro titular fue elegido integrante de Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en representación de la Orden.
En esta época se respaldo legalmente a quienes participaron de la marcha de los cuatro suyos.
- 2000 ABOGADO del Alcalde de Lima, Alberto Andrade, a raíz de una serie de ataques, insultos, ofensas, difamaciones, injurias y calumnias dispuestas por el gobierno de Alberto Fujimori.
- 2000 Candidato al Congreso de la República por el partido político “Somos Perú”, siendo despojado de una curul parlamentaria debido al fraude electoral cometido por el gobierno de Alberto Fujimori; el caso fue denunciado ante al Comisión Interamericana de Derechos Humanos y mencionado en el informe final elaborado para la Organización de Estados Americanos (OEA).
- 2001 Integrante de la Junta Directiva del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL) como Director de Derechos Humanos.
Entre las tareas más destacadas, se respaldo a cerca de 60,000 maestros contratados que efectuaban una huelga de hambre en la puerta del Museo de la Santa Inquisición (Lima).
- 2001-2006 Congresista de la República.
Presidente de la Comisión de Derechos Humanos, miembro de las comisiones de Constitución y Reglamento, de Justicia y Derechos Humanos, de Fiscalización y Contraloría, de la Comisión Investigadora de los Casos de Corrupción de la Década 1990-2000 y de otros grupos de trabajo legislativo o control político.
Durante el trabajo parlamentario se denunció a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia por graves hechos de corrupción y la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT) se unió; el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) destituyó a los cinco magistrados supremos, siendo la primera vez en la historia democrática del país que sucede esta sanción ejemplar.
Igualmente, se presentaron otras denuncias contra jueces supremos por inconducta funcional (Robinson Gonzáles, Cesar Vega, entre otros) e incluso a la propia Fiscal de la Nación por adulterar su fecha de nacimiento para permanecer más tiempo en el cargo, pidiéndose la destitución; sin embargo, la Institución competente (CNM) no cumplió con sus obligaciones permitiendo la impunidad; en el caso singular de juez supremo Robinson Gonzales, el CNM abdicó de su obligación de destitución y remitió los actuados al propio Poder Judicial (PJ) para que le apliquen una sancion menor y la Sala Plena de la Corte Suprema, en una decisión vergonzosa, lo absolvió de los cargos (negarse a cumplir una sentencia del Tribunal Constitucional y permitir la excarcelación de los hermanos Alex y Moises Wolfenson condenados por delitos contra la administración pública).
- 2009 ABOGADO interpuso acción constitucional de habeas corpus en favor de Alberto Moreno (MNI) por amenaza de la libertad individual y graves violaciones al debido proceso legal cometidos por el Ministerio Público durante una extraña y sospechosa pesquisa preliminar.
- 2010 ABOGADO se presentó una denuncia ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por inconducta funcional pidiendo la destitución de cinco vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, integrantes de la Sala Penal presidida por el juez José Lecaros Cornejo y por aprobar la extradición de un ciudadano chino a su país donde le aplicarían la pena de muerte.
V) OTRAS TAREAS DEMOCRÁTICAS y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN.
- 2008-2010 Columnista del diario “La Primera” con el título EL DEDO EN LA LLAGA …
VI) DISTINCIONES Y/O CONDECORACIONES u OTROS.
- 2001 Declarado miembro honorario del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque.
- 2005 Condecorado con la Medalla “Madre Teresa de Calcuta” otorgada por la Sociedad Civil Sembrando Valores y declarado miembro honorario de dicha Institución (Lima).
- 2007 Condecorado con la Medalla de Oro Premio “San Francisco de Asís por la Paz del Perú” otorgada por el Instituto Nacional Manos Pobres del Perú. (Lima).
- PS: Se ha participado e intervenido como asistente o expositor en una serie de simposiums, seminarios, talleres, fórums y coloquios relacionados a la defensa de la profesión de Abogado y de los derechos humanos, así como referidos a la lucha frontal contra la corrupción; y, se han escrito una serie de artículos en diversos medios de comunicación social sobre temas legales, jurídicos y políticos.
Asimismo, se recibieron medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en defensa de la integridad física y libertad individual, así como de la familia; igualmente, hubieron comunicaciones de la Relatoría Especial para la Independencia de Jueces y Abogados.
Por último, cabe recordar la existencia de una corona de flores para difuntos, dejada en la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), donde aparecía el nombre de Heriberto Benítez, así como de diversas personalidades políticas.
Lima, 17 de mayo del 2010.
BREVE PLAN DE ACCIÓN URGENTE
(Sumilla) ACCIONES OBLIGATORIAS:
1. Defensa irrestricta de la profesión de Abogado y pleno respeto a los derechos humanos.
2. Lucha frontal contra la corrupción que existe dentro del PoderJudicial (PJ) y Ministerio Público para lo cual deberá destituirse inmediatamente a los jueces o fiscales responsables de graves infracciones, formalizarse la denuncia penal correspondiente y librarla batalla legal para que se vayan a la cárcel, evitándose la impunidad.
3. Respaldo total a los magistrados (jueces o fiscales) honestos, honrados y probos que cumplen con sus obligaciones judiciales, respetando la Constitución, tratados internacionales sobre derechos humanos y demás normas legales vigentes, así como la jurisprudencia existente y aplicable a los casos concretos.
4. Comunicación permanente con los miembros de los colegios de abogados del país para recoger inquietudes, quejas o denuncias, demanera directa, para darles el trámite correspondiente e informar las gestiones que se efectúen en el Consejo Nacional de la Magistratura(CNM).
5. Denunciar públicamente los actos de corrupción o las presiones político-partidarias o de poderes económicos que se cometieran al interior de la Institución, para mantener una total autonomía e independencia, en el desarrollo de las funciones del Consejo Nacionalde la Magistratura (CNM).
6. Los procesos de nombramiento, evaluación o ratificación deberán ser siempre de carácter público, debiendo otorgarse mayor importancia a la búsqueda del verdadero perfil de un juez idóneo con trayectoria democrática, probada defensa de los derechos humanos, férrea vocación por la justicia, formación ética y de valores, con una verdadera dedicación exclusiva, así como su capacidad para la aplicación adecuada de la normatividad vigente, para analizar detenidamente los expedientes o petitorios, para ver sus conocimientos respecto a las jurisprudencias nacionales, constitucionales o supranacionales aplicables y para apreciar la existencia de tratados internacionales suscritos por el Perú que forman parte del derecho nacional, prevalencia de las normas y aplicación del control difuso.
7. Los procesos disciplinarios deben tener un plazo máximo de duración que debe ser respetado, con las garantías procesales y en caso de encontrarse responsabilidad, la Institución de actuar con rapidez, energía y firmeza frente a la corrupción.
8. Fortalecer la Academia de la Magistratura para mejorar la capacitación y/o preparación de jueces o fiscales, a fin de lograr la existencia de magistrados demócratas, evitándose la aparición de algunos magistrados que cometen abusos y atropellos a los derechos fundamentales o que se limitan a aplicar sólo normas internas.
9. Impulsar el desarrollo de la elección popular de los jueces de Paz y de primera instancia, conforme a lo estipulado en el artículo 152° de la Constitución Política para ir democratizando el proceso de elección de los magistrados, dándole una mayor legitimidad popular.
10. Revisar al Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para democratizarla y adecuarla a las diversas modificaciones de nuestro ordenamiento jurídico vigente, contemplándose la plena vigencia de los derechos fundamentales.
REFORMAS NECESARIAS:
1. Modificación del artículo 155° de la Constitución para que los representantes del Poder Judicial (PJ) y del Ministerio Público sean elegidos por el voto de todos los jueces y fiscales titulares, a nivel nacional.
Asimismo, los representantes de las universidades públicas y privadas deben ser elegidos por los decanos de las facultades de Derecho y no por los rectores.
En caso, que la Universidad no tenga Facultad de Derecho, el rector de dicha casa de estudios designará a un abogado de su elección, para que los represente.
Igualmente, debe precisarse con mayor exactitud el mecanismo de elección de los representantes del sector laboral y empresarial, quienes deberían tener una sólida formación en valores y ética, conocimientos legales básicos y en especial ligados a la administración de justicia, así como una trayectoria democrática intachable y una probada defensa de los derechos humanos.
2. Modificación del inciso tercero del artículo 154° de la Constitución Política para que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) tenga la atribución o facultad directa de investigar y sancionara los jueces o fiscales de todos los niveles; las oficinas de control interno del Poder Judicial (PJ) y Ministerio Público deben depender directamente del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
3. Modificación legal para la desaparición de los jueces mixtos, ya que la tendencia moderna es a la especialización de los magistrados en áreas determinadas; y, la existencia de juzgados mixtos desnaturaliza totalmente las garantías de un debido proceso legal y afecta la seguridad jurídica de la Nación.
4. Modificación legal para que se amplíe el plazo de caducidad, a fin de tramitar las denuncias; prohibiéndose la tercerización de actividades, atribuciones o facultades de la Institución.
5. Incorporar, inmediatamente, en nuestro ordenamiento jurídico vigente la figura de la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción y la inhabilitación perpetua para el ejercicio de toda función pública del agente sancionado por dichos ilícitos penales.
6. Impulsar la modificación necesaria para que los integrantes de todas las instancias de la justicia militar-policial o fuero castrense-policial no sean personal en actividad y su nombramiento, evaluación, ratificación y/o destitución se realice por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM); debiendo sus integrantes tener probada trayectoria democrática y demostrada defensa de los derechos humanos, así como seguir obligatoriamente y aprobar los cursos necesarios en la Academia de la Magistratura. Asimismo, deben cesar en sus cargos o funciones a los 70 años de edad.
Lima 17 de mayo del 2010.