domingo, 6 de junio de 2010

HERIBERTO BENITEZ RIVAS: Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) requiere modificaciones

HERIBERTO BENITEZ RIVAS:
Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) requiere modificaciones



El artículo 155° de la Constitución Política determina quiénes son miembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), institución encargada de nombrar, extender el título oficial de juez o fiscal, ratificar cada siete años y destituir magistrados de todas las instancias; asimismo, precisa de qué manera se eligen los consejeros e indica que el número de integrantes puede ampliarse con personas elegidas entre sendas listas propuestas por las instituciones representativas del sector laboral y del empresarial.

Actualmente, el Poder judicial (PJ) elige a su representante, en votación secreta, por medio de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia.

Esta situación requiere una inmediata reforma constitucional para que todos los jueces titulares tengan el derecho a elegir y de esa manera exista una verdadera representatividad de los integrantes de dicho Poder del Estado.

La Comisión Ejecutiva elaboraría el padrón de jueces titulares, a nivel nacional, remitiéndolo a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para la realización del proceso electoral; pero, el derecho de sufragar lo deben tener los propios magistrados de todas las instancias.


La fórmula más democrática sería un juez un voto, para escoger al representante del Poder judicial (PJ).Hoy en día, el ministerio Público elige a su representante a través de una sesión secreta de la Junta de Fiscales Supremos, lo cual, también limita la representatividad que debería tener el escogido para que cumpla una importante labor en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Este tema, debería ser objeto de una modificación constitucional, para que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) se encargue del proceso de elección con características similares a las del Poder judicial (PJ), debiendo la Junta de Fiscales Supremos remitir el padrón actualizado de fiscales titulares para que intervengan en el proceso de elección, a nivel nacional.
La fórmula necesaria debería ser un fiscal un voto y de esa manera el elegido tendría una mayor representatividad para el ejercicio de sus funciones.

Igualmente, hay dos representantes de las Universidades, elegidos en votación secreta, uno por las nacionales y otro por las privadas, por los rectores de las mismas y de manera separada. En este punto, debería modificarse a los electores y el mecanismo debería estar a cargo de los decanos de las facultades de derecho de las Universidades particulares y públicas.

Por otro lado, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) tiene la facultad constitucional de destituir directamente a magistrados supremos; pero, lamentablemente, no existe una voluntad institucional para aplicar este tipo de sanciones ejemplares y separar definitivamente del Poder judicial (PJ) o ministerio Público a los malos elementos que tanto daño le hacen a la población.

En ese sentido, esperamos que con la renovación de tres consejeros, se consolide la necesidad de luchar frontalmente contra la corrupción y para ello se requiere de una reforma constitucional para tener la posibilidad de destituir a jueces y/o fiscales de todos los niveles.

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