Perú: ACTOS DE CRUELDAD CONTRA ANIMALES TAMBIÉN SON SANCIONADOS EN UNIDADES DE FLAGRANCIA.
Procesos en estos casos concluyen en un plazo máximo de 72 horas.
Unidad de Flagrancia de la Corte de Lima Sur ya
sancionó penalmente a un sujeto que agredió cruelmente a un perro.
Las unidades de flagrancia que actúan de manera
eficaz, efectiva y de manera rauda ante hechos delincuenciales, de agresión,
entre otros, también contemplan la rápida sanción contra todo aquel que
maltrate, lastime o mate a un animal doméstico o silvestre en flagrancia.
En ese sentido, el presidente de la Corte de Lima Sur, Marco Angulo Morales, aseguró también que los actos de crueldad como el abandono a animales son sancionados de manera más célere e inmediata.
El magistrado aseveró que este tipo de procesos en
la unidad de flagrancia concluyen en un plazo máximo de 72 horas, el cual
podría reducirse de 10 a 12 horas en caso el imputado se acoja a la terminación
anticipada (acuerdo previo con el Ministerio Público al reconocer la
culpabilidad del hecho denunciado).
Al respecto, explicó que para que la denuncia sea
remitida a una unidad de flagrancia el imputado debe ser detenido en el momento
que está cometiendo el acto de crueldad o abandono contra el animal, por lo
cual pidió la participación de la ciudadanía para denunciar este tipo de
delitos en el acto.
“Si se produce mediante la flagrancia delictiva
existe aprehensión inmediata. La denuncia puede hacerse de manera inmediata,
apenas se produjo el hecho delictivo (…) y puede presentarse ante la autoridad
policial o ante el representante del Ministerio Público”, detalló.
Señaló que una vez la unidad de flagrancia recibe
este tipo de denuncia, la fiscal verifica los presupuestos para la tramitación
de un proceso inmediato, seguidamente el juez recibe el requerimiento de
incoación y tramita inmediatamente el proceso inmediato en una audiencia de
juicio oral.
PRIMERA SENTENCIA EN UNIDAD DE FLAGRANCIA DE LIMA
SUR
En ese sentido, el presidente de la Corte de Lima
Sur reveló que la unidad de flagrancia de su jurisdicción ya viene dictando
sentencias por maltrato animal.
“En nuestro caso, ya se ha impuesto una pena
privativa de la libertad de 11 meses con carácter suspendida contra Ángel
Rivera Cárdenas por el delito contra el patrimonio- daños, abandono y actos de
crueldad contra animales domésticos y silvestres.
Asimismo, se le dictó la inhabilitación de
manera definitiva para animales domésticos”, dijo.
En ese sentido, el magistrado Angulo Morales señaló
que quien maltrata o abandona a un animal puede ser condenado a una pena máxima
de tres años de prisión y la inhabilitación. Sin embargo, esta pena se
incrementa a cinco años si el animal fallece.
Lima, 27 de abril del 2024
FUENTE: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuprema/s_cortes_suprema_home/as_inicio/as_enlaces_destacados/as_imagen_prensa/as_notas_noticias/2024/cs_n-actos-crueldad-contra-animales-sancionados-unidades-flagrancia
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