Tribunal Constitucional del Perú (TC) rechazó
pedido de cambio de sexo en Documento Nacional de Identidad (DNI) y partida de
nacimiento
Foto: archivo La RepúblicaEn sus argumentos señala que una de las probables consecuencias sería admitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, sin participación del legislador. |
El Tribunal Constitucional (TC) declaró
infundada la demanda de amparo interpuesta por un ciudadano identificado con
las iniciales P.E.M.M. contra el Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil (RENIEC),
en el que pedía cambio su sexo de masculino a femenino en su Documento Nacional
de Identidad (DNI) y en su partida de nacimiento.
La parte demandante señaló en su pedido que mediante un
proceso judicial de cambio de nombre, obtuvo el cambio de uno masculino a uno
femenino y sostenía la “teoría del sexo psicosocial”, es decir que si el sexo
morfológico no coincide con el psicológico, debe prevalecer el sexo
psicológico.
Como respuesta, el TC precisó que no se trataba de un caso
de intersexualidad o hermafroditismo que, al momento de registrar su sexo, haya
ocasionado un error que deba ser rectificado. “Se trata de una persona
transexual, es decir, de alguien que muestra una incongruencia entre lo
psíquico y lo orgánico en relación a su sexo, que la Organización Mundial de la
Salud (OMS)
clasifica dentro de los trastornos de la personalidad y del comportamiento”,
señaló el colegiado.
Según el Tribunal, pedido puede identificarse “con aquellas
tendencias que intentan romper con el modelo que afirma que el Derecho
debe proteger jurídicamente lo que viene dado por la naturaleza humana, para ir
hacia un modelo conforme al cual el género es siempre construido culturalmente
y no debe respetar necesariamente la naturaleza”.
Para el TC, el tema es parte de una discusión
filosófica-jurídica sobre los modelos del ordenamiento jurídico en las
relaciones entre naturaleza y cultura, biología y Derecho, que no está cerrada.
Añade que mientras no haya una certeza científica de que la cirugía es el
tratamiento más eficaz para el transexualismo y que por esto debe prevalecer el
sexo psicológico, “el Derecho no puede abandonar la realidad científica de que
el sexo de la persona es su sexo biológico”.
No obstante, el Tribunal advirtió que declarar fundado el
pedido acarrearía, entre otras importantes consecuencias, admitir el matrimonio
de personas del mismo sexo, pues la parte demandante podría reclamar cuanto sea
inherente a la condición legal de mujer, “y un transexual operado, a pesar del
cambio externo, sigue teniendo el mismo sexo cromosómico”.
Con el rechazo del pedido, el TC evita introducir en el
ordenamiento jurídico el matrimonio entre personas del mismo sexo, un tema que
viene siendo debatido en diferentes ámbitos de la sociedad.
La resolución fue aprobada con los votos de Óscar Urviola,
Alberto Vergara, Fernando Calle y Ernesto Álvarez, mientras que los magistrados
Gerardo Eto Cruz y Carlos Mesía, votaron a favor de aprobar el pedido.
FUENTE:
http://canaln.pe/actualidad/tc-rechazo-pedido-cambio-sexo-dni-y-partida-nacimiento-n134650
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