PERÚ: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA IMPROCEDENTE PEDIDO DEL CONGRESO PARA INTERPRETAR EL ARTÍCULO 117 DE LA CONSTITUCIÓN.
Los magistrados indicaron al Poder Legislativo que el Tribunal Constitucional "no tiene competencias consultivas".
Tribunal Constitucional del Perú |
Como se recuerda, tras la denuncia constitucional que la
Fiscalía presentó contra el presidente de la República, se originó todo un
debate jurídico al respecto, por lo cual, el Parlamento solicitó al TC un
pronunciamiento sobre los límites y alcances del artículo 117 de la Carta Magna, los
cuales estipulan los motivos por los que un presidente de la República puede
ser denunciado.
Al respecto, el pleno del TC afirmó que
"cada órgano debe desarrollar
sus funciones “de acuerdo con el marco constitucional e interpretará
autónomamente” los artículos de la carta magna. Asimismo,
indicaron que “Solo
cuando se alegue que en tal tarea se ha afectado o menoscabado las atribuciones
de otro poder y órgano constitucional podrá plantearse la demanda competencial
ante este Tribunal y es, en dicho contexto, que resultará procedente someter a
control la interpretación realizada”
Fuente: https://panamericana.pe/politica/363162-tc-declara-improcedente-pedido-congreso-interpretar-articulo-117-constitucion
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