lunes, 11 de marzo de 2024

PERÚ: PODER JUDICIAL ALERTA QUE AGRESORES QUE ATENTAN CONTRA INTEGRIDAD DE LAS MUJERES PUEDEN SER SANCIONADOS HASTA CON CADENA PERPETUA. Cuando concurren dos o más circunstancias agravantes

 

PERÚ: PODER JUDICIAL ALERTA QUE AGRESORES QUE ATENTAN CONTRA INTEGRIDAD DE LAS MUJERES PUEDEN SER SANCIONADOS HASTA CON CADENA PERPETUA.
 Cuando concurren dos o más circunstancias agravantes

Jueza Yavari Villanueva recordó cuales son las medidas de protección que se otorgan para garantizar el libre desenvolvimiento de las mujeres.

Yavari Villanueva Portella, Jueza peruana.

En el marco del Día Internacional de la Mujer, la jueza de la Corte de Lima Sur, Yavari Villanueva Portella, recordó que los actos de violencia física y psicológica, así como de acoso sexual ejercidos contra las mujeres tienen penas severas.


Señaló que el Código Penal cuenta con normas que previenen y sancionan la comisión de delitos y faltas contra las mujeres, cuyas penas se agravan cuando la víctima se encuentra en una situación de mayor vulnerabilidad.


Expresó que las acciones que atentan contra la vida de la mujer y le causan muerte, son calificadas como feminicidio, entonces la pena mínima es de 20 años, si el hecho fue cometido en un contexto de violencia familiar, acoso sexual, abuso de poder o cualquier forma de discriminación.


Las penas se agravan y superan los 30 años de cárcel cuando la víctima es menor de edad, adulta mayor, tiene cualquier tipo de discapacidad, entre otros; y, se sancionará con cadena perpetua cuando concurren dos o más circunstancias agravantes.


“Hablamos de cadena perpetua, por ejemplo, cuando es una menor de edad y, además, se actuó con alevosía o se empleó un medio que pusiera en peligro a la víctima, como las armas de fuego”, precisó.


En el caso del acoso sexual, previsto en el artículo 176-B, se sanciona conductas de vigilancia, persecución, hostigamiento o asedio a una persona para llevar a cabo actos de connotación sexual sin el consentimiento de esta, por lo que se sancionará en su modalidad básica hasta con cinco años.


MEDIDAS DE PROTECCIÓN


La jueza Yavari Villanueva precisó que frente acciones que atentan contra la integridad física, psicológica o sexual, una mujer está en su derecho a solicitar medidas de protección con el fin de que la violencia cese y garantizar su libre desenvolvimiento en la sociedad.


“Entre las medidas de protección a otorgar se encuentran el retiro del agresor a del domicilio en el que se encuentra la víctima y la prohibición de regresar al mismo; así como el impedimento de acercamiento a la víctima sea a su centro de labores, estudios o donde realice sus actividades cotidianas. También está la prohibición de la comunicación con la víctima”, detalló. 


La magistrada informó que las medidas que son otorgadas deben ejecutarse inmediatamente, y son el mecanismo que el Estado prevé para proteger a las mujeres víctimas y estas puedan continuar con sus actividades, libre de violencia. 


Finalmente, puntualizó que el incumplimiento de las medidas de protección, por parte del agresor da como resultado que este sea denunciado y sancionado por la comisión del delito de desobediencia y resistencia a la autoridad, conforme al artículo 368 del Código Penal.



Lima, 10 de marzo de 2024


FUENTE: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/cortesuprema/s_cortes_suprema_home/as_inicio/as_enlaces_destacados/as_imagen_prensa/as_notas_noticias/2024/cs_n-poder-judicial-alerta-agresores-atenta-contra-integridad-mujeres-sancionados-cadena-perpetua





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