Morote y Liendo: ¿por
qué cumplirán arresto domiciliario?
El procurador
antiterrorismo critica la lentitud del Poder Judicial para procesar casos
contra los terroristas de la cúpula de Sendero Luminoso
los terroristas Margot Liendo Gil ‘Noemí’ (con blusa blanca) y Osmán Morote 'Remigio' (con polo a rayas) cumplirán arresto domiciliario. (Foto: Rolly Reyna/ El Comercio) |
La
excarcelación de los miembros de la cúpula de Sendero Luminoso (SL) Osmán Morote y Margot
Liendo Gil ha sido criticada desde diversos sectores.
Los
magistrados del Colegiado A de la Sala Penal Nacional señalaron en la audiencia
en la que tomaron la decisión que en el caso de Morote y Liendo debía
anteponerse el derecho a la libertad.
El
abogado penalista Luis Lamas Puccio criticó la decisión de la sala.
Señaló que en este caso no se trata de reos comunes, sino de cabecillas
terroristas. Por ejemplo, en el caso de Morote, lideraba el brazo militar
de Sendero Luminoso.
“Anteponer
un tema legal a un tema de seguridad me parece un desliz de parte de la sala
porque se estaría afectando la seguridad que viven cerca de ese domicilio”,
comentó.
Por
su parte, el procurador antiterrorismo Milko Ruiz cuestionó
que el Poder Judicial no destine juzgados y salas exclusivas para acelerar los
procesos judiciales contra los terroristas.
“Hemos
pedido que se designen juzgados y salas para que los juicios se aceleren. Hay
procesos que ya llevan cinco años y hasta el momento no hay sentencia. Por eso
es que los terroristas salen. Si ya tuvieran sentencia, no hubieron salido”,
indicó.
Esa
demora señalada por el procurador Ruiz se ha dado en los casos contra Morote y
Liendo, ya que el vencimiento de plazos ha influido en su excarcelación, como
detallamos a continuación.
1)
Las condenas a la cúpula de Sendero
Los cabecillas terroristas Osmán Morote y Margot Liendo Gil ya habían cumplido sus condenas de 25 años de prisión por ser miembros de la cúpula de Sendero Luminoso. Ambos recibieron esa sentencia porque cuando fueron capturados –en 1988– no estaba vigente la cadena perpetua por el delito de terrorismo.
Los cabecillas terroristas Osmán Morote y Margot Liendo Gil ya habían cumplido sus condenas de 25 años de prisión por ser miembros de la cúpula de Sendero Luminoso. Ambos recibieron esa sentencia porque cuando fueron capturados –en 1988– no estaba vigente la cadena perpetua por el delito de terrorismo.
2)
La prisión preventiva por el Caso Soras
Osmán Morote y Margot Liendo Gil, junto con otros terroristas, son procesados por la matanza de 108 campesinos en el poblado ayacuchano de Soras.
Osmán Morote y Margot Liendo Gil, junto con otros terroristas, son procesados por la matanza de 108 campesinos en el poblado ayacuchano de Soras.
El
proceso fue abierto en marzo del 2013. El Segundo Juzgado Penal Nacional dictó prisión
preventiva para Morote y Liendo. Inicialmente por 9 meses, luego por 18 y
finalmente por 36 meses.
La
medida se extendió hasta fines del 2016; sin embargo, no se volvió a renovar
debido al exceso del plazo de 36 meses de prisión preventiva que se prevé en el
Código de Procedimientos Penales.
3)
La comparecencia por el Caso Perseo
Osmán Morote, Margot Liendo Gil y los otros miembros de la cúpula de SL son procesados por el Caso Perseo, que implica a los miembros del Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef).
Osmán Morote, Margot Liendo Gil y los otros miembros de la cúpula de SL son procesados por el Caso Perseo, que implica a los miembros del Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef).
El
caso se inició en el 2014 con medida de prisión preventiva para Morote y
Liendo; no obstante, también se cumplieron los 36 meses de carcelería.
4)
La medida por el Caso Tarata
En enero del 2014, el Segundo Juzgado Penal de Lima inició el proceso por el atentado de Sendero Luminoso en la calle Tarata. Ósman Morote y Margot Liendo Gil también fueron incluidos en el proceso y se les dictó prisión preventiva.
En enero del 2014, el Segundo Juzgado Penal de Lima inició el proceso por el atentado de Sendero Luminoso en la calle Tarata. Ósman Morote y Margot Liendo Gil también fueron incluidos en el proceso y se les dictó prisión preventiva.
Este
fue el último caso que los sujetaba a una prisión preventiva; sin embargo, el
Colegiado E de la Sala Penal Nacional ordenó en marzo de este año su arresto
domiciliario. El colegiado argumentó que se había vencido el plazo para que
permanezcan en prisión.
FUENTE:
https://elcomercio.pe/politica/osman-morote-margot-liendo-cumpliran-arresto-domiciliario-noticia-513102
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