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lunes, 15 de noviembre de 2021

Perú: abogado Carlos Mesía es admitido en concurso para Tribunal Constitucional con un documento desfasado. Fujimorista presentó una constancia de habilitación ya vencida desde el 31 de marzo del año 2017. A pesar de esta omisión fue declarado apto.

Perú: abogado Carlos Mesía es admitido en concurso para Tribunal Constitucional con un documento desfasado.

Fujimorista presentó una constancia de habilitación ya vencida desde el 31 de marzo del año 2017. A pesar de esta omisión fue declarado apto.

Carlos Mesía presentó documento desfasado en concurso para el TC.

El excongresista de Fuerza Popular Carlos Mesía Ramírez se presentó al concurso para la elección de miembros del Tribunal Constitucional (TC) sin tener un certificado de habilitación del Colegio de Abogados de Lima (CAL) actualizado. A pesar de esta omisión, la comisión especial del Congreso lo declaró apto.

Según el expediente presentado por el fujimorista Mesía, el certificado de estar activo que le entregó el Colegio de Abogados de Lima tiene fecha del 20 de agosto del 2016. Y el documento consigna textualmente que solo tenía validez hasta el 31 de marzo del 2017. Es decir, el documento ya estaba muy vencido.

Documento vencido en marzo del 2017 que presentó el fujimorista Mesía.
El tema fue observado públicamente por los congresistas Luis Aragón (Acción Popular) y Ruth Luque (Juntos por el Perú), en la sesión de la comisión especial del Congreso de esta mañana.

Algo similar ocurrió con el postulante Valentino Aquino Arango, quien también presentó un certificado de habilitación que ya venció el 30 de noviembre del 2017 y aún así fue declarado apto.

El tema de la habilitación profesional era un requisito formal que estaba contemplado en el formato 2 de la presente convocatoria, donde además se pedía precisar la condición a la fecha del presente concurso.

Sin embargo, el presidente de este grupo de trabajo, José Balcázar (Perú Libre), optó pasar por alto este incumplimiento. “Eso se verá en el fondo cuando pasamos a la segunda etapa”, dijo. Jorge Montoya (Renovación Popular) también sostuvo que temas de este tipo se verán en la etapa de tachas.

Ruth Luque replicó señalando que el reglamento del concurso establece que en esta primera etapa se tenía que cumplir con la revisión y comprobación de los requisitos formales, lo cual no ocurrió para el caso de Mesía Ramírez y Aquino Arango. La legisladora dio cuenta de otros casos de candidatos con investigación fiscal u otros que presentaron un formulario del concurso anterior, razón por la cual también debieron ser excluidos.

A pesar de estas serias observaciones, la mayoría de los legisladores decidieron declarar apta la lista de 76 postulantes, incluyendo a Mesía Ramírez y Aquino Arango.

Votaron a favor José Balcázar (PL), Jorge Montoya (RP), Adriana Tudela (Avanza País), Hernando Guerra (Fuerza Popular), Wilmar Elera (Somos Perú), Enrique Wong (PP) y Luis Aragón (AP). Solo votó en contra Ruth Luque (JP), mientras que Eduardo Salhuana (APP) volvió a estar ausente.

 

FUENTE: https://larepublica.pe/politica/2021/11/15/fujimorista-carlos-mesia-es-admitido-en-concurso-para-el-tribunal-constitucional-con-un-documento-desfasado/

 

domingo, 24 de mayo de 2015

Perú: Una saludable corrección al Tribunal Constitucional. SOBRE LA ARBITRARIA CALIFICACIÓN DE TRABAJADOR DE CONFIANZA

Perú: Una saludable corrección al Tribunal Constitucional.
SOBRE LA ARBITRARIA CALIFICACIÓN DE TRABAJADOR DE CONFIANZA
(Foto: Andina)
A mediados de agosto del año pasado los seis nuevos Magistrados del TC y su Presidente despidieron sin causa justa, aparentemente mal asesorados, a doce servidores públicos con régimen laboral de la actividad privada y con amplia experiencia en los asuntos jurisdiccionales que, en su mayoría, tenían más de una década de servicios de labores. Todos ellos habían obtenido sus plazas previo concurso público, con lo cual tenían derecho a la protección contra el despido arbitrario, conforme la Constitución y los múltiples pronunciamientos que precisamente el TC había expedido previamente.
Para tal propósito, el Presidente del TC y los seis nuevos Magistrados - de un día para otro - el 25 de julio de 2014, declararon que todos los asesores jurisdiccionales del Gabinete de Asesores (alrededor de 58 en sus distintos niveles) eran trabajadores de confianza, ello sin observar el concepto de trabajador de confianza en el sector público y los límites porcentuales establecidos en la Ley Marco del Empleo Público.
Adicionalmente, no se observó que todos los afectados ingresaron por concurso público y tenían contratos laborales a plazo indeterminado. Lo curioso del caso es que nunca se comunicó formalmente la variación de la calificación del puesto de trabajo a los beneficiarios, por así decirlo; es decir, sin permitir que los mismos puedan interponer las acciones legales para impugnar su designación.
Pero si esto no bastara para calificar a este hecho de abusivo, el mismo Presidente del TC pocos días antes de los despidos, 14 de julio de 2014, había publicado en su portal institucional la Resolución Administrativa N.° 088-2014-P/TC, en la que se calificaban todos los 58 cargos de asesores jurisdiccionales como de plazo indeterminado.
Según el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del TC, el Tribunal cuenta con 160 trabajadores y de esos sólo el 5% puede ser personal de confianza como lo dispone el artículo 4 de la Ley N.° 28175, Ley Marco del Empleo Público, es decir, sólo 8 servidores pueden ser de confianza. Por lo demás, estos trabajadores ya estaban previamente reconocidos en el PAP y son: el Secretario General, el Secretario Relator, el Director General de Administración y cinco más con funciones distintas a las de Asesores jurisdiccionales. Por tanto, es un imposible jurídico que todos los 58 Asesores jurisdiccionales sean trabajadores de confianza.     
La arbitrariedad se consumó la primera quincena de agosto de 2014, cuando el mismo día que comunicaron a los trabajadores que sus puestos habían sido calificados como de confianza eran despedidos, precisamente porque se les había retirado la confianza, ello ocurrió con un grupo inicial de 12 trabajadores, Asesores jurisdiccionales todos ellos. Para que quede claro, el mismo día que les comunicaban a los trabajadores que los habían calificado como de confianza los despedían. 
Pero lo que ya resulta en extremo sorprendente es que el día 8 de agosto de 2014, días antes de los despidos, el Secretario General del Tribunal Constitucional, solicitó una opinión a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) sobre la condición de los Asesores jurisdiccionales, y esta entidad le contestó que eran trabajadores estables de plazo indeterminado. A pesar de la opinión de la máxima entidad sobre las cuestiones laborales de los servidores públicos, evidentemente contraria al despido arbitrario, los Magistrados del Tribunal prosiguieron con los despidos, evidenciando de este modo la mala fe laboral. 
Definitivamente, este comportamiento es contrario a la finalidad del Tribunal Constitucional, que debe garantizar la protección de los derechos constitucionales en general y los derechos de los trabajadores en especial. Los Nuevos magistrados del TC y su Presidente han cometido, entendemos mal asesorados, una violación de derechos constitucionales pasible de denuncia constitucional por infracción de la Constitución. Si los Nuevos Magistrados del TC cometen esta arbitrariedad contra los propios trabajadores del Tribunal que les puede esperar a los ciudadanos.
Ahora bien, los Juzgados Laborales de Lima ya están, en su mayoría, amparando las demandas y reponiendo a los trabajadores afectados que han optado por dicha pretensión (otros han optado por las reparaciones económicas), ello a fin de reparar la violación de los derechos constitucionales vulnerados. Así, debe tenerse presente que dentro de un estado social y democrático de derecho nadie puede ir en contra de la Constitución, las leyes o los precedentes del Tribunal Constitucional, ni siquiera el propio Tribunal Constitucional.

FUENTE: Jorge Fernández Campos
http://laley.pe/not/2493/una-saludable-correccion-al-tribunal-constitucional

domingo, 16 de enero de 2011

Mujer sometió a su hija de 5 años a depilación con cera caliente

Mujer sometió a su hija de 5 años a depilación con cera caliente
La menor, que participa en un concurso de belleza infantil, gritaba de dolor. La primera vez que fue depilada sufrió un desgarro de piel





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Mujer sometió a su hija de 5 años a depilación con cera caliente
La menor, que participa en un concurso de belleza infantil, gritaba de dolor. La primera vez que fue depilada sufrió un desgarro de piel
Maquillaje, pestañas postizas, vestidos, bronceado y pelucas son parte del día a día de las niñas que compiten en el reality estadounidense “Toddlers & Tiaras”, que juzga a las pequeñas por su aspecto físico.
Durante los programas no solo se muestra a las niñas, sino también a sus madres que presionan a sus hijas para que obtengan los mejores puntajes, pues los premios van desde las deseadas tiaras hasta dinero en efectivo.
El video que acompaña a este artículo es una prueba de la obsesión por el primer lugar. En este se muestra a una de las madres obligando a su hija de solo cinco años a ser depilada con cera caliente, a pesar de su negativa.
Según las declaraciones de la madre, a la niña le arrancaron un pedazo de piel la primera vez que la niña fue depilada.
A pesar de la experiencia traumática, la madre no se compadece de su hija y la obliga a sentarse para que procedan con el tratamiento “estético”.
El video, que ya circula por las redes sociales, es considerado como un acto de maltrato infantil.