domingo, 30 de agosto de 2009

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PERUANO NOS DIO LA RAZON, asi lo informo el abogado CARLOS ALFREDO CARDENAS BORJA.


EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PERUANO NOS DIO LA RAZON, asi lo informo el abogado CARLOS ALFREDO CARDENAS BORJA.


Todo esto en relacion la demanda de amparo presentada por los trabajadores civiles administrativos de la fuerza aérea del Perú contra el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Economia, respecto a la reinvidicacion de sus derechos y lograr la tan ansiada nivelacion por concepto de Cafae (sub cafae fap) (expediente N°00183-2009PA/TC)

"...NO EXISTE FUNDAMENTO LEGAL ALGUNO QUE EXPLIQUE POR QUE LOS TRABAJADORES CIVILES ADMINISTRATIVOS DE LAS FUERZAS ARMADAS, QUE DEPENDEN DEL MISMO PRESUPUESTO, TRABAJAN PARA EL MISMO SECTOR Y EFECTUAN LAS MISMAS ACTIVIDADES, POR CONCEPTOS DE INCENTIVOS DE CAFAE, LOS QUE LABORAN EN CUALQUIER OFICINA A NIVEL NACIONAL RECIBAN POR ESTE CONCEPTO LA IRRISORIA SUMA DE CIEN NUEVOS SOLES, Y AQUELLOS QUE TIENEN EL PRIVILEGIO DE LABORAR EN EL INTERIOR DEL MINISTERIO DE DEFENSA PERCIBEN POR EL MISMO TEMA ENTRE MIL A MIL SEISCIENTOS NUEVOS SOLES.." PRECISO EL ABOGADO CARDENAS BORJA



La batalla legal fue librada por los abogados (CARLOS ALFREDO CARDENAS BORJA y HERIBERTO BENITEZ RIVAS) y los trabajadores civiles que siempre confiaron en los esfuerzos para reinvindicar sus derechos y lograr la anhelada homologación de los incentivos laborales por concepto de cafae





HERIBERTO BENITEZ RIVAS: "...EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESTIMA QUE LA VIA DE AMPARO SI ES LA IDONEA, DEBIDO A LA PRESUNTA VULNERACION DEL DERECHO Y A LAS ESPECIALES CIRCUNSTANCIAS DEL CONFLICTO QUE SE AFIRMA, COMO ES LA NO DISCRIMINACION EN MATERIA LABORAL, Y CONSTATAR SI SE HA PRODUCIDO O NO VULNERACION A LOS DERECHOS ALEGADOS POR PARTE DE LOS RECURRENTES..."



"El TC (Tribunal Constitucional) ampara nuestra solicitud dandonos la razon ordenando al poder judicial peruano que resuelva la accion de amparo presentada en favor de los trabajadores civiles administrativos de la fuerza aérea del Perú" informo Cardenas Borja


"...es urgente y necesario que el Ministro de Defensa y Ministro de Economia, dispongan con caracter urgente las medidas necesarias, dicten las resoluciones correspondientes y cumplan con efectuar una inmediata nivelacion de los incentivos laborales que por ley les corresponden a los trabajadores civiles de las fuerzas armadas (por concepto de CAFAE - Sub CAFAE) en relacion al monto mensual que perciben los trabajadores civiles del propio Ministerio de Defensa, pues al no tomarse dichas medidas se vulneran los derechos fundamentales de los trabajadores que solicitan dichos incentivos, porque son victimas de una clara exclusion de dichos incentivos.


"...no existen justificación ni razon alguna para que los trabajadores civiles administrativos de las fuerzas armadas, que dependen del mismo presupuesto, trabajan para el mismo sector y efectuan las mismas labores y actividades, por concepto de incentivos de cafae, los que laboran en cualquier oficina o dependencia a nivel nacional reciban por este concepto la irrisoria suma de cien nuevos soles y, aquellos que tienen el privilegio de laborar en el edificio del Ministerio de Defensa, perciban por el mismo tema entre mil a mil seiscientos nuevos soles..."


Ademas agrego, el abogado Carlos Cardenas Borja, que la violacion al derecho a la igualdad es permanente y latente, los abusos continuan y todos los años las autoridades del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Economía del Perú, asi como los altos mandos castrenses ofrecen terminar con dicha desigualdad de manera escalonada, pero todo sigue igual; los debates parlamentarios terminan, se aprueban las leyes del presupuesto y sin embargo la desigualdad continua.


"...Todo sigue igual; la diferencia abismal sigue dandose en el sector defensa, los abusos se mantienen; todos los meses se repiten los atropellos contra sus derechos fundamentales, es evidente la discriminacion y la desigualdad economica, en consecuencia la arbitraria exclusion de dichos incentivos..."


Incluso, la Defensoria del Pueblo, en carta fechada once de diciembre del año dos mil siete pregunta al Ministro de Defensa y al Secretario General de dicho Ministerio: ¿cuales son los fundamentos legales que permiten que exista una diferencia en la percepcion del CAFAE entre los trabajadores civiles administrativos de los Institutos armados y los demas servidores del Ministerio de Defensa? remarco el letrado.

En valiente decision, los Magistrados del Tribunal Constitucional peruano Mesia Ramirez, Beaumont Gallirgos, y Eto Cruz, revocaron la decisión timorata asumida por los vocales de la Sexta Sala Civil de Lima: Rivera Quispe, Martinez Asurza y Espinoza Cordova, asi como la resolucion emitida por el entonces titular del trigesimo segundo juzgado civil de Lima, quienes al parecer se mostraban sumisos a la autoridad castrense y temor a las botas de los militares, ordenando al poder judicial resuelva sobre la accion de garantia constitucional solicitada, siendo este el primer paso para lograr la tan ansiada homologacion de incentivos, decision que favorecera a mas de cuatro mil quinientas familias a nivel nacional.


Aqui la resolucion emitida por el Tribunal Constitucional Peruano:


EXP. N.° 00183-2009-PA/TC
LIMA
ISAAC DOZA
ARISTIZABAL
Y OTROS


RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Lima, 6 de julio de 2009

VISTO

El recurso de agravio constitucional interpuesto Isaac Doza Aristizabal, Nazareno Celso Vargas Vallejo y Saúl Ángel Alejos Santos, en representación del sub Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Empleados Públicos de la Fuerza Aérea del Perú-SUBCAFAE-FAP, contra la sentencia expedida por la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 58, su fecha 23 de julio del 2008, que declaró improcedente la demanda de autos; y,

ATENDIENDO A

1. Que la parte demandante solicita que los Ministros de Defensa y de Economía y Finanzas dispongan la inmediata nivelación de los incentivos laborales que por concepto de CAFAE perciben los trabajadores civiles administrativos de la Fuerza Aérea del Perú-FAP, en relación al monto mensual que por dicho concepto perciben los trabajadores civiles del Ministerio de Defensa. Los demandantes denuncian que los trabajadores civiles administrativos de la FAP son víctimas de discriminación, debido a que los trabajadores civiles del Ministerio de Defensa, que pertenecen al mismo sector y al mismo pliego presupuestal y que realizan las mismas labores, perciben entre S/. 400 y S/. 1,400 más.

2. Que las instancias inferiores han rechazado liminarmente la demanda; el Juez de la causa aduciendo que existe una vía igualmente satisfactoria para la protección de los derechos invocados, esto es, la vía contencioso-administrativa; y la recurrida por considerar que el petitorio no está referido en forma directa al contenido esencial del derecho fundamental a la pensión.

3. Que las instancias inferiores han incurrido en error, toda vez que es evidente que en la demanda no se denuncia la vulneración del derecho a la pensión; y, por otro lado, no se ha tenido en cuenta que en el fundamento 6 de la STC N.º 0206-2005-PA/TC se habilita acudir al amparo “(...) en situaciones especiales que han de ser analizadas, caso por caso, por los jueces, será posible acudir a la vía extraordinaria del amparo, correspondiendo al demandante la carga de la prueba para demostrar que el proceso de amparo es la vía idónea y eficaz para restablecer el ejercicio de su derecho constitucional vulnerado, y no el proceso judicial ordinario de que se trate”.

4. Que en el presente caso se invoca la vulneración del derecho a la igualdad y al principio de no discriminación en materia laboral; por consiguiente, de conformidad con el fundamento 1 de la mencionada sentencia, que se refiere a los criterios jurisprudenciales seguidos en la STC N.º 0008-2005-PI/TC, relativos a los principios laborales constitucionales tales como: “indubio pro-operario, la igualdad de oportunidades, la no discriminación en matera laboral (...)”, este Tribunal estima que la vía del amparo sí es idónea debido a la presunta vulneración del derecho a la remuneración y a las especiales circunstancias del conflicto que se afirma, como es la no discriminación en materia laboral, y constatar si se ha producido o no vulneración a los derechos alegados por parte de los recurrentes.

5. Que, por consiguiente, corresponde que el Juez de la causa admita a trámite la demanda.

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

RESUELVE

Declarar NULO todo lo actuado; ordenándose que el Juez de la causa admita a trámite la demanda.

Publíquese y notifíquese.


SS.

MESÍA RAMÍREZ
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ



El honor de la Policía en los tiempos de la coima

El honor de la Policía en los tiempos de la coima
FUENTE: www.elcomercio.com.pe 9:33/ 30 de agosto 2009


Cuando casi se ha perdido la confianza en los agentes del orden, ellos encarnan los ideales de la PNP. Hallaron en total más de US$6.500 dólares y los devolvieron a sus dueños (Por: Luis Silva Nole)


Una pequeña bolsa de color azul tirada en la vereda, a escasos dos metros de la puerta que los policías custodiaban, llamó su atención durante breves minutos. El viento del mediodía no la movía. No se necesitaba ser detective para advertir que algo había en el interior del plástico que algunos despistados sin querer hacían a un lado al caminar.

El brigadier de la Policía Nacional Esteban Temístocles Rabanal Marín y su colega, el técnico de segunda Yoni Felipe Obregón López, dos Águilas Negras entrenados en la protección de bancos, pensaron primero que ese era un anzuelo del cuento de la cascada. Mediante esta modalidad delictiva, los malhechores ponen como cebo fajos de papel periódico como si fueran billetes, envueltos con papel moneda real de baja denominación, para hacer creer a incautos que todo es dinero y que si entregan unos soles (más que los billetes tapa, claro), les dejan todo el paquete.
Los Águilas Negra tenían que salir de la duda. Se acercaron a la bolsa y se encontraron cara a cara con varios fajos de verídicos billetes verdes.
Rápidamente pusieron el pequeño tesoro a buen recaudo. En el calendario de pared del Scotiabank que cuidaban se podía leer 11MAY09. Contaron el dinero y había US$5.000 en billetes de US$100 y US$400 en billetes de US$20. La gente entraba y salía del local, indiferente. Para los dos policías, como nunca antes, se había roto la tediosa rutina del banco ubicado en el lote 6 manzana C de la urbanización Santo Domingo, en Puente Piedra. Un día de franco trabajado que jamás olvidarán.

Rabanal (47). Policía desde hace 25 años. Cajamarquino. Casado. Dos hijos varones. Uno de 21 años y el otro de 18. El mayor en la universidad y el otro preparándose para ella. Esposa aquejada de artrosis interna en la pesadilla que es la sanidad policial. Domiciliado en Comas. Sueldo de alrededor de 800 soles mensuales en la planilla policial y entrada de otros 800 por servicio individualizado, pasa largas horas de pie encarnando la seguridad en una agencia bancaria.

Obregón (37). Ancashino. Dieciséis años en la PNP. Una hija de 16 años y un niño de 4. Vecino de Los Olivos. Descuentos al margen, ingreso neto de casi 600 soles mensuales.
Sin disyuntivas existenciales de por medio, Rabanal y Obregón informaron del hallazgo al administrador responsable de la agencia. “Nos dijo que de la puerta para afuera el banco no se hacía responsable de ese dinero. Entonces, dimos cuenta a nuestro superior directo y este nos dijo que esperáramos a que alguien reclamase el dinero”, recuerda Rabanal, cuyo padre también fue policía.

“A la media hora se apareció un señor con su esposa y su hijo. Desesperado. Dijo que del bolsillo se le había caído. Sabía exactamente cuántos billetes de 100 dólares había y cuántos de 20. La hora de la pérdida. En suma, todo coincidía. Así que levantamos un acta y fuimos a la comisaría de Puente Piedra, donde le entregamos todo el dinero”, agrega Obregón.

Al poco tiempo, Julio Rojas Ramos, propietario del dinero envió una carta a la entonces ministra del Interior, Mercedes Cabanillas —rememora Rabanal—, para destacar el bien que se le había hecho.
“La carta terminó en nuestra unidad, a donde nos llamaron solo para firmar el acuso de recibo. Nada más”.
El brigadier, que sirvió en la zona de emergencia de la sierra en la época del terrorismo, no se hace problemas. “Aunque suene a frase cliché, lo tengo bien claro: soy policía para servir a la sociedad”, remarca.
La institución policial aún no felicita formalmente a estos dos agentes.
A lo mucho, la Municipalidad de Puente Piedra les otorgó sendas medallas de bronce por su honestidad en estos tiempos de coimas.
“Integramos ese gran sector de policías que trabajan más de 130 horas a la semana. Que laboran en sus días de franco. Todo por amor a nuestras familias, para sacarlas adelante. Por más que haya necesidades económicas, nunca olvidas lo que te enseñaron de chico: no agarrar lo que no es tuyo”, dice Obregón, sin variar ni un segundo su rostro marcial.

“ALGÚN DÍA DESCANSARÉ”
Pedro Simón Bonifacio López (44) y José Iván Sulca Ramos (49), brigadier y suboficial superior, 23 y 28 años en la policía, respectivamente. Su historia es parecida. Trabajo en día de franco, dinero sorpresa contante y sonante, dos hijos cada uno.
Ochenta y tres días antes de lo sucedido en Puente Piedra, estos dos policías ingresaron a pagar la cuenta de sus celulares a la agencia Interbank de Mesa Redonda, en el Cercado de Lima. Mientras Sulca estaba en la ventanilla, Bonifacio llenaba un formulario, cuando de pronto, sobre la barra-escritorio, vio un sobre. Tras pocos minutos y al ver que nadie lo reclamaba, lo abrió: 30 billetes de S/.100 le guiñaron el ojo.
Bonifacio sufre de migraña porque durante 18 años no solo no descansó sino que trabajó también de madrugada. Le avisó del hallazgo a Sulca y sin pensarlo dos veces le entregaron el dinero a la administradora de la agencia. Al poco tiempo, Roque Paredes Samora apareció en escena. Reclamó su dinero. El banco verificó el retiro y puso en sus manos la plata. “Ni las gracias dio —evoca Sulca—.No importa. Igual sigo trabajando. Algún día descansaré, vivo o muerto, pero descansaré”.

Otro caso:
Gerardo Rojas Balladares (48), suboficial técnico de primera de la ÚDEX, también con dos hijos, encontró el pasado 21 de mayo otro sobre con S/.1.000 en el hall de una agencia del BCP en Breña. Igual devolvió la plata.

Una pregunta dejaron en el aire los cinco policías:
¿Así como se sanciona a los malos policías, por qué no estimulan a los buenos?

"HUMOR TODOPODEROSO"

HUMOR TODOPODEROSO
LA CARLINCATURA DEL DIA
(FUENTE DIARIO LA REPUBLICA)
(SABADO 29-AGOSTO 2009)




MECHITA Y SUS CONDECORACIONES

sábado, 29 de agosto de 2009

TC NOS DIO LA RAZON

TC NOS DIO LA RAZON:

El TC (Tribunal Constitucional) nos dio la razón y ordeno al poder judicial peruano que resuelva la accion de amparo presentada en favor de los trabajadores civiles administrativos de la fuerza aérea del Perú.

Dicha batalla fue librada por los abogados (CARLOS ALFREDO CARDENAS BORJA y HERIBERTO BENITEZ RIVAS) y los trabajadores civiles que siempre confiaron en los esfuerzos para reinvindicar sus derechos y lograr la anhelada homologación de los incentivos laborales por concepto de cafae.





Con esta demanda se buscara lograr la tan ansiada nivelacion de los incentivos por concepto de cafae que perciben los trabajadores civiles del ministerio de defensa sector Fuerza Aerea del Perú


Los Magistrados del Tribunal Constitucional peruano Mesia Ramirez, Beaumont Gallirgos, y Eto Cruz revocaron la decisión timorata asumida por los vocales de la Sexta Sala Civil de Lima: Rivera Quispe, Martinez Asurza y Espinoza Cordova, asi como la resolucion emitida por el entonces titular del trigesimo segundo juzgado civil de Lima, quienes al parecer se mostraban sumisos a la autoridad castrense y temor a las botas de los militares.



"... El tribunal constitucional peruano estima que la via del amparo si es idonea debido a la presunta vulneracion del derecho..."

Esta decision favorece a las familias de 4,500 (cuatro mil quinentos) ciudadanos que laboran como trabajadores civiles administrativos,en dicha entidad estatal

(Se adjunta resolucion de Tribunal Constitucional, expediente N°00183-2009-PA/TC, y los videos del uso de la palabra en dicha institución):



jueves, 27 de agosto de 2009

HERIBERTO BENITEZ PIDE A OCMA SANCIONAR A JUEZ VIZCARRA PACHECO"

www tvnetperu com:
HERIBERTO BENITEZ PIDE A OCMA SANCIONAR A JUEZ VIZCARRA PACHECO"



YouTube

GRAVE DENUNCIA !!!

EL EX-PARLAMENTARIO HERIBERTO BENITEZ PIDIÓ SEPARAR DEL CARGO A JUEZ EDGAR VIZCARRA PACHECO INVESTIGADO POR LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA POR PRESUNTO DESBALANCE PATRIMONIAL.


Este Blog, cree pertinente difundir este video, por lo grave de la denuncia sobre un juez peruano acusado de corrupto, y acualmente investigado por el Organo de Control de La Magistratura (OCMA).


Un valiente reportaje efectuado por la periodista de panamericana television Rosa Vallejo, difundido por dicha televisora en el programa periodistico "24 Horas" el dia 26 de agosto y en "Buenos Dias Perú" el 27 de agosto del presente año.


Atte: Abog. Carlos Alfredo Cardenas Borja (Lima, 27 de agosto 2009
)

miércoles, 26 de agosto de 2009

Procuradores de institutos armados niegan tres veces a Ministro de Defensa peruano (como Pedro a Jesucristo) y...


Procuradores de institutos armados niegan tres veces a Ministro de Defensa peruano (como Pedro a Jesucristo)… y procurador del Ministerio de Defensa "exige se declare fundada Accion de habeas data"




"y lo negaron tres veces... antes que cantara el juez"

En la diligencia de informe oral realizada en el Despacho del decimo juzgado especializado constitucional de la Corte Superior de Lima (miercoles 26 agosto 10.00 a.m.) los procuradores del ejercito, fuerza aerea y la marina, señalaron en forma unanime que "...el Ministro de Defensa y el Secretario General de dicha institucion no tiene la facultad para suministrar informacion alguna...""...ya que cada institucion militar es independiente..""...que no dependen de ninguna manera del Ministerio de Defensa..." ¿? "...que todo pedido se efectua al jefe de archivo de cada institucion..."¿?.


Ademas el procurador del Ministerio de Defensa al culminar su "replica " dijo "...pido se declare fundada el habeas data..." a lo que el juez constitucional le pregunta: ¿usted desea que se declare fundada la demanda? a lo que contesto: "...si, señor juez fundada en todos sus extremos..."




HERIBERTO BENITEZ: Renzo Chiri Marquez, es el funcionario publico responsable de garantizar el acceso a la informacion publica y de brindar informacion al publico en concordancia con lo dispuesto en la ley N°27806(transparencia y acceso a la informacion)


Todo esto en relacion a la accion de garantia constitucional – Habeas Data presentada por Heriberto Benitez Rivas contra Renzo Chiri VasquezSecretario General del Ministerio de Defensa peruano, a efectos el mencionado funcionario entregue la información referida básicamente al tema de los incentivos laborales que perciben los trabajadores civiles de los institutos armados y ligada al CAFAE Defensa y a los SUB CAFAE de los institutos armados, asi como toda la información y/o documentación adicional que exista en el Ministerio de Defensa y en los propios institutos armados relacionadas con este delicado asunto.

Abogado CARLOS ALFREDO CARDENAS BORJA, solicita en su informe oral se le imponga al señor Secretario General del Ministerio de Defensa, la pena accesoria de destitución por su conducta renuente a entregar la informacion solicitada asi como se remitan los actuados al Ministerio Publico para que actue conforme a sus atribuciones

Es importante considerar y tener en cuenta los antecedentes y/o precedentes favorables sobre este tema en gestiones anteriores y que apuntan a terminar con el atropello que vienen sufriendo los trabajadores civiles de los institutos armados respecto al insignificante monto economico que reciben por concepto de incentivos laborales ligados al CAFAE y que son abismalmente inferiores en comparación a lo que perciben los servidores del propio Ministerio de Defensa






Juez Vizcarra tiene otras dos denuncias en OCMA

Juez Vizcarra tiene otras dos denuncias en OCMA
Su esposa es traductora y, aunque también es abogada, está inhabilitada por el CAL.
Política Mié. 26 ago '09, FUENTE DIARIOPERU 21

El panorama parece complicado para el juez civil del Cono Este, Édgar Vizcarra Pacheco.
Fuentes consultadas por Perú.21 informaron que, además de la investigación que la semana pasada inició la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) por el desbalance patrimonial detectado en las declaraciones juradas del magistrado, este enfrenta otros dos procesos en esa oficina por presuntas irregularidades en el desempeño de sus funciones.





De acuerdo con lo informado, Vizcarra ha sido denunciado ante la OCMA por haber demorado, al parecer de forma indebida y sin excusa aparente, la resolución de varios procesos civiles que se tramitaban en su despacho.

Sobre este tema, la entidad dirigida por la vocal suprema Elcira Vásquez ha tomado ya cartas en el asunto y se espera que en los próximos días se conozca el resultado de estas dos investigaciones paralelas.

LA ESPOSA.

En la entrevista realizada por este diario al juez, este indicó que el incremento en sus bienes se debía al ingreso “abultado y en dólares” de su esposa.

Sin embargo, pudimos corroborar que, en su declaración jurada, Hilda Guillén Arteta –cónyuge del juez Vizcarra– dijo que es traductora oficial.

Aunque también es abogada, está inhabilitada para ejercer esa profesión, de acuerdo con información consignada en el Colegio de Abogados de Lima.

Así las cosas, el juez deberá aclarar a la OCMA tanto su situación financiera como la de su cónyuge.

martes, 25 de agosto de 2009

“Cabanillas debe asumir responsabilidad tras el informe de los sucesos de Bagua”




“Cabanillas debe asumir responsabilidad tras el informe de los sucesos de Bagua”
FUENTE: DIARIO PERU 21 / 10:33 Política


Deudos de los policías caídos en el ‘Baguazo’ consideran que ex titular del Interior debe responder por este lamentable suceso.
Inspectoría de la PNP acusa a los generales Elías Muguruza y Javier Uribe de no haber preservado la vida de los efectivos y recomienda severas sanciones.

Los deudos de los policías caídos en el ‘Baguazo’, el pasado 5 de junio, consideran que la ex ministra del Interior Mercedes Cabanillas debe asumir su responsabilidad política y moral por este caso, tras conocerse el informe final de la Dirección de Investigación y Decisión de la Inspectoría General de la PNP que acusa a los generales Elías Muruguza y Javier Uribe de los lamentables sucesos.

MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE - EX MINISTRA DEL INTERIOR PERUANA

Según el diario La República, el reporte de 229 páginas, suscrito por el jefe de la División de Investigaciones, general PNP Mauro Medina Guimaraes, indica que Muguruza y Uribe vulneraron las normas elementales para preservar la vida e integridad de los efectivos que participaron en el operativo que concluyó con la muerte de 24 policías y 10 civiles.

Ello implica una violación grave a Ley del Régimen Disiciplinario y, en ese sentido, el documento recomienda severas sanciones para ambos, que incluyen el arresto y el pase al retiro.
La viuda del comandante PNP Miguel Montenegro, Flor de María Vásquez, manifestó en Ideeleradio, a nombre de los deudos, que quieren “que todas las personas asuman su responsabilidad, desde el más alto nivel, y creo que Mercedes Cabanillas no puede escapar a ello porque ella fue ministra en ese tiempo”.
Vásquez aseguró, además, que el informe servirá para sustentar la denuncia penal que interpondrán contra Muguruza Delgado, Uribe Altamirano y otros altos funcionarios del Estado por este hecho.
“Nosotros de todas maneras vamos a interponer una demanda penal por negligencia con todo lo que dice Inspectoría, eso va a contribuir muchísimo y se nos va a facilitar nuestra demanda porque tenemos que elaborarla en base a hechos concretos”, explicó.

OCMA investiga a juez por enriquecimiento, Édgar Vizcarra dice que propiedades son heredadas y que ingresos pertenecen a su esposa


OCMA investiga a juez por enriquecimiento
Édgar Vizcarra dice que propiedades son heredadas y que ingresos pertenecen a su esposa.
Política Mar. 25 ago '09
Autor: Zarella Sierra Peralta
FUENTE: DIARIO PERU 21



El sospechoso incremento patrimonial que en los últimos años ha registrado el juez civil del Cono Este, Édgar Vizcarra Pacheco, ha originado que la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) inicie una investigación para determinar la procedencia de los bienes declarados por el magistrado, que en la actualidad ascienden a más de un millón de soles.





Fuentes consultadas por Perú.21 informaron que la investigación se encuentra a cargo de la jueza contralora de primera instancia, Karinna Holgado Noa, quien solicitará información oficial sobre los bienes que, en los últimos años, habría adquirido el juez Vizcarra. La investigación, según se explicó, culminaría antes de la quincena de setiembre.


DECLARACIONES.

Las últimas declaraciones juradas del citado magistrado demuestran que, mientras en 1997 declaró S/.13,315 en bienes, este rubro se incrementó a S/.520,341 en 2002.
En el presente año consignó S/.1’132,107. La denuncia sobre la cual la OCMA ha sustentado su investigación refiere además que, para su desplazamiento, el juez utiliza una moderna camioneta 4x4 y es custodiado por cuatro guardaespaldas.

Si el magistrado, quien tiene un ingreso mensual de S/.7 mil, no logra justificar el incremento de sus bienes, la OCMA podría determinar su destitución y, de darse el caso, denunciarlo por presunto enriquecimiento ilícito.




DESCARGO.

Consultado, Vizcarra dijo que desde su ingreso al Poder Judicial, en 1994, no ha adquirido ningún bien, y refirió que el incremento de sus bienes se debe a que en su declaración jurada ha consignado los ahorros bancarios de su esposa. “Compré una camioneta en 2002 y tengo otro automóvil que utilizan mis hijos, además de dos propiedades, una en Miraflores y otra en Magdalena.
Esta última es una herencia. Mi esposa tiene una propiedad en San Borja, que es donde vivimos y que heredó en 1984. No he adquirido ningún otro bien desde que soy juez. Es solo que yo, en un exceso de transparencia, declaré los ahorros de mi esposa”, señaló el magistrado a este diario.

sábado, 22 de agosto de 2009

Fuerzas armadas peruanas se preparan para una batalla legal

Fuerzas Armadas del Perú se arman para enfrentamiento legal...

...y envian batallon de 35 (treinta y cinco) abogados para defenderse, todo en relacion a la acción de garantia constitucional - Habeas Data, presentada por el abogado Heriberto Benitez Rivas, a favor de los trabajadores civiles administrativos del Ministerio de Defensa.

HERIBERTO BENITEZ RIVAS
Solicitud que tiene como finalidad que el señor Secretario General del Ministerio de Defensa, tenga a bien entregar un informe detallado respecto a las gestiones efectuadas por el Ministro de Defensa a fin de lograr, con caracter urgente, la inmediata y justa homologacion y/o nivelacion de los incentivos laborales que le corresponde a los trabajadores civiles de los institutos armados en relacion con los demas servidores del propio ministerio de defensa, ya que es de publico conocimiento que existe una diferencia abismal respecto del monto que ellos perciben por concepto del CAFAE, a pesar de pertenecer todos al mismo sector Defensa; asi lo dio a conocer el letrado Carlos Alfredo Cardenas Borja.

Ademas informo, el abogado Cardenas Borja, que para el dia miercoles 26 de agosto del año en curso, a las 10 de la mañana, se ha programado el respectivo informe oral ante el decimo juzgado constitucional de Lima, sito en el piso 21 del edificio ex ministerio de Educacion - Avenida Abancay (expediente N°28748-2007-0-1801-JR-CI-35).
En la documentacion que se adjunta se aprecia la relacion de letrados que han solicitado el respectivo uso de la palabra: treinta y cinco abogados a nombre de las fuerzas armadas:























































miércoles, 19 de agosto de 2009

BENITEZ: "HAY 15 VOCALES SUPREMOS INHABILES PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL.



BENITEZ: "HAY 15 VOCALES SUPREMOS INHABILES PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL".
(NOTA DE PRENSA)


Ley 29277 , articulo 4°: requisitos generales para acceder y permanecer en la carrera judicial:
inciso 3) tener titulo de abogado expedido o revalidado conforme a ley, así como encontrarse hábil en el ejercicio profesional








































JAVIER VILLA STEIN, HUGO HERCULANO PRINCIPE TRUJILLO, ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMIREZ, JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA, JORGE BAYARDO CALDERON CASTILLO, JOSE ANTONIO NEYRA FLORES y SOCRATES MAURO ZEVALLOS SOTO, son algunos de los vocales supremos peruanos que se encuentran inactivos, conforme se aprecia en la web del Ilustre Colegio de Abogados de Lima.

El ex congresista Heriberto Benitez Rivas denuncio que hay 15 vocales de la Corte Suprema de Justicia, que actualmente estan en pleno ejercicio de sus funciones y no se encuentran habilitados para el ejercico profesional de abogado, conforme consta de los archivos oficiales del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL) y por consiguiente estan violando el inciso tercero del articulo 4° de la Ley N° 29277 (Ley de la Carrera Judicial) que los obliga legalmente a estar habilitados para permanecer y despachar como jueces supremos.

HERIBERTO BENITEZ RIVAS


"Entre los 15 vocales supremos se encuentra Javier Villa Stein, actual presidente del Poder Judicial (PJ), quien a pesar de estar inhabil para el ejercicio profesional de abogado, acaba de informar oralmente ante el Tribunal Constitucional (TC) junto con la Fiscal de la Nacion; y, ademas, Villa Stein, curiosamente, esta viajando a todas las cortes superiores de justicia del pais para exigir a los jueces a que cumplan la Ley. Sin embargo, el no cumple la Ley de la Carrera Judicial, ni sus obligaciones, ni deberes legales para permanecer como magistrado y titular de un Poder del Estado" sostuvo Benitez Rivas.

"En la pagina WEB oficial del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL) observamos que tambien figuran los vocales supremos Hugo Principe Trujillo, Socrates Zevallos Soto, Enrique Mendoza Ramirez, Jose Neyra Flores, Sergio Salas Villalobos, Raul Valdez Roca, Cesar Castaneda, Jorge Solis, Roger Ferreira, Ricardo Vinatea, Pastor Barrientos, Eliana Araujo, Jorge Calderon y Jose Palomino" informo Benitez Rivas.

"El articulo 6° del Estatuto del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL) establece que cuando un abogado debe sus cuotas ordinarias por mas tres meses, se le considera inhabil para el ejercicio profesional y, por esa razon los nombres de 15 vocales supremos figuan en la pagina WEB oficial y actualizada de nuestra Institucion" afirmo Benitez Rivas.

Finalmente, Benitez Rivas, dijo que tambien hay numerosos magistrados de otras instancias que estan administrando justicia a pesar de estar inhabiles para el ejercicio profesional de Abogado, como el caso del juez anticorrupcion Jorge Barreto y del juez civil del cono este Edgar Vizcarra Pacheco recientemente denunciado ante la OCMA por desbalance patrimonial, lavado de activos, enriquecimiento ilicito y corrupcion.

Lima, 19 de agosto del 2009.

martes, 18 de agosto de 2009

"Proyecto que regula el derecho de rectificación es una ley mordaza"


"Proyecto que regula el derecho de rectificación es una ley mordaza"
(FUENTE: http://www.elcomercio.com.pe/ 18 de agosto 2009)


20:03 Congresista García Belaunde aseguró que el oficialismo busca presionar a los dueños de los medios para no contratar a determinados periodistas.

CONGRESISTA GARCIA BELAUNDE


El proyecto de Ley que regula el Derecho de Rectificación de Personas Afectadas por Informaciones Inexactas o Agraviantes en medios de Comunicación es un intento de amordazar a los medios de comunicación, sobre todo a los “chicos o independientes”, opinó el congresista Víctor Andrés García Belaúnde.


En declaraciones para la Coordinadora Nacional de Radio (CNR), García Belaúnde consideró que el proyecto “es una forma de amordazar, una forma de decir a los dueños: no contrastes a fulano porque lo que digan podrá hacerte civilmente responsable”.


El congresista por Alianza Parlamentaria se sumó a un grupo de especialistas en temas de comunicación que consideran que este proyecto, presentado por la bancada aprista, no es necesario ya que es suficiente con la actual legislación.

“AFECTARÍA MÁS A LOS MEDIOS INDEPENDIENTES”

El nuevo texto recorta de 7 a 3 días el plazo que tienen los medios para publicar una rectificación y modifica el artículo 132 del Código Penal incorporando como posibles agentes de difamación a las páginas web y los blogs.

La referida iniciativa fue presentada por el congresista oficialista José Vargas, según él, “para dar cumplimiento al derecho de rectificación que le asiste a quien haya sido afectado por afirmaciones falsas, injuriosas, inexactas a través de medios de comunicación”.

CONGRESISTA OFICIALISTA JOSE VARGAS


“Si la rectificación no resulta satisfactoria, la persona afectada podrá hacer uso de los medios de defensa previstos en la ley”, consiga en el documento.

García Belaúnde consideró que la propuesta legislativa entraña “un mensaje subliminal de mordaza” que si bien afecta a todos los medios, podría afectar más a los medios chicos e independientes.

NO DEJAR DE ADMINISTRAR JUSTICIA


No dejar de administrar justicia
Fuente : diario La Primera -Peru
El dedo en la LLaga - Heriberto Benitez Rivas / Columnista




El inciso octavo del artículo 139º de la Constitución Política desarrolla el principio de no dejar de administrar justicia por vacío o deficiencia de la Ley y precisa que en tal caso deben aplicarse los principios generales del derecho y el derecho consuetudinario.



Palacio de Justicia - Peru


El artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 28237 estipula que en caso de vacío o defecto serán de aplicación supletoria los códigos procesales afines a la materia discutida, siempre que no contradigan los fines de los procesos constitucionales y los ayuden a su mejor desarrollo; en defecto de las normas supletorias citadas, el magistrado podrá recurrir a la jurisprudencia, a los principios generales del derecho procesal y a la doctrina.


Ítem más, el inciso segundo del artículo 34º de la Ley Nº 29277 señala que el juez no puede dejar de impartir justicia por vacío o deficiencia de la Ley.

Abogado Heriberto Benitez Rivas

Por otro lado, los artículos 422º y 426º del Código Penal vigente establecen que cuando un juez se niega a administrar justicia o elude juzgar bajo pretexto de defecto o deficiencia de la Ley, puede ser sancionado hasta con cuatro años de pena privativa de libertad e inhabilitado hasta por tres años, con lo cual sería privado de la función jurisdiccional que ejerce e incapacitado para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público.
Esta situación esta definida como denegación y retardo de justicia, comprendiendo, también, a los notarios o secretarios de juzgado o fiscalía o cualquier otro auxiliar de justicia que se niega a cumplir las obligaciones que legalmente le corresponde y alcanzando al representante del Ministerio Público que omite ejercitar la acción penal pública, permitiendo el triunfo de la impunidad.
Ahora bien, esta situación demuestra que los jueces deben resolver todas las causas, pero no significa la aplicación de cualquier norma legal, ni la utilización de alguna doctrina equivocada, ni la mención de jurisprudencias ajenas al objeto de la lítis; los magistrados están obligados a estudiar todos los expedientes, respetando el debido proceso y aplicando los dispositivos correctos.
Incluso, ellos saben que si utilizan alguna Ley derogada o inexistente estarían incursos en un delito contra la administración de justicia, en la modalidad de prevaricato.
No existe ningún pretexto para dejar de resolver las demandas; el juez debe encontrar la argumentación jurídica y utilizarla conforme a Ley, dentro de un plazo razonable, para no perjudicar a las partes.Por último, es necesario que el presidente del Poder Judicial (PJ) y la Fiscal de la Nación informen a la población, cuántas denuncias penales han sido formalizadas por el Ministerio Público, cuántos procesos judiciales están tramitándose y cuántas sentencias condenatorias se han dictado contra magistrados que se han negado a administrar justicia por deficiencia o defecto de la Ley; asimismo, sería importante conocer cuántos jueces se encuentran privados de su libertad por haber cometido éste ilícito penal, ya sea en calidad de inculpados o condenados.

Barreto deja en casa a don Bieto


Barreto deja en casa a don Bieto
Tremendo juez determina que el hombre del “faenón” continúe bajo arresto domiciliario.
Ministerio Público y Procuraduría apelarán polémica decisión.
(FUENTE: diario La Primera - Peru / Cesar Ascues Uribe - Redaccion
Lima 18 de agosto 2009)




El cuestionado titular del Tercer Juzgado Anticorrupción, Jorge Barreto, dispuso ayer que el ex director de Perupetro, Alberto Químper, uno de los principales procesados en el caso de corrupción de los “petroaudios”, permanezca bajo arresto domiciliario.Barreto rechazó la solicitud de la fiscal anticorrupción Juana Meza Peña y del procurador Pedro Gamarra, que solicitaron el retorno a la cárcel de Químper luego que LA PRIMERA revelara que “El hombre del faenón” violaba sistemáticamente el arresto domiciliario, visitando el Hipódromo de Monterrico y el Hotel Sheraton.
Según Barreto, su decisión la basó en consultas al Hipódromo de Monterrico y al Hotel Sheraton, en las que, dijo, no pudo acreditar la presencia de Alberto Químper sin custodia policial; sin embargo, existen fotos que muestran a Químper fuera de su casa.
El juez sólo demandó a Químper que siga las reglas de conducta que está obligado cumplir un reo, como no salir de la casa, norma que precisamente violó Químper.
Asimismo, invocó a la Policía a extremar las medidas de seguridad en torno al domicilio del reo de corrupción y socio del ex ministro aprista Rómulo León. Aunque la notificación del juez Barreto no ha llegado aún a las oficinas de la fiscal Juana Meza Peña y el procurador Pedro Gamarra, fuentes confiables sostuvieron que el Ministerio Público y la Procuraduría apelarán a la decisión de Barreto.
El caso se elevará entonces a la Tercera Sala Superior Anticorrupción, que preside el vocal Iván Sequeiros Vargas.
La apelación sustentará que Químper debe retornar al penal “San Jorge”, porque hay pruebas suficientes que abandonó en varias ocasiones su casa.

Giampietri y Mantilla dirigieron la matanza



Giampietri y Mantilla dirigieron la matanza
Relato de un sobreviviente de El Frontón
(FUENTE DIARIO LA PRIMERA / 18 DE AGOST O 2009)
Marilú Gambini - Colaboradora



La masacre de El Frontón sigue impune, 23 años después. Agustín Mantilla, uno de los responsables estará frente al juez.
“Pudimos ver a Mantilla parado en el tanque de agua, protegido con un chaleco antibalas de color mostaza, cafarena color ocre y su casco del color del chaleco"



Mucho se habla sobre la matanza de El Frontón y de un tiempo a esta parte el caso se ha politizado al extremo de que casi todas las gestiones gubernamentales creen tener el derecho de juzgar de tal manera, sin tener pleno conocimiento de los hechos o de haber escuchado los testimonios de quienes fueron agentes partícipes en estos, sea de los victimarios o de las víctimas.

Se dan sentimientos encontrados sobre la comparación de matanzas calificadas como acciones denigrantes, unas cometidas por miembros de la nuestra gloriosa Marina de Guerra apoyados por la Guardia Republicana, dando muerte a mansalva a presos hacinados en un rincón del penal; y otras cometidas por terroristas con indefensos ciudadanos y hasta niños como víctimas.

Es acaso noble la política que en nombre de la democracia pretende convenientemente acusar y sentenciar por un lado, y defender y absolver por otro, a quienes no conlleven a conseguir fines y objetivos acordes con nuestros intereses particulares.
LUIS GIAMPIETRI ROJAS - VICEPRESIDENTE DEL PERU


Una muestra de ello son los casos de Luis Giampietri Rojas, quien dirigió la masacre ejecutada por miembros de la Marina y el hombre fuerte del PAP, Agustín Mantilla Campos, que presenció la matanza desde su mirador particular, el tanque de agua del penal; actores de la matanza de El Frontón.


Esta situación de complicidad convenida, nos trae a la memoria parte del discurso presidencial de Alan García del 28 de julio de 1985, cuando asumió la presidencia dando inicio a su primera gestión: “La ley, será aplicada con severidad para quienes violen los derechos humanos mediante la muerte, las ejecuciones extrajudiciales, la tortura y por abuso de su función, pues para luchar contra la barbarie, no es preciso caer en la barbarie”.
Sin embargo cayeron en el mismo salvajismo.
Un poco de historia
Poco después, de ese histórico discurso, el 14 de agosto, ocurría la matanza de Accomarca, con 69 originarios que murieron, por efecto del plan operativo Huanccayoc; el 4 de octubre de 1985, la matanza de Lurigancho, con 35 presos calcinados y 34 heridos; un año después, el 18 de junio de 1986 para ser exactos, sucede la masacre en la isla El Frontón, lugar donde el hoy presidente Alan García, sostenía enfático, “aquí caben dos posibilidades, o se van ellos (autores de la masacre) o me voy yo”, sin que al final ocurriera ni lo uno ni lo otro.
Tres años después, 14 de mayo de 1988, una patrulla de 180 soldados daban muerte a más de 120 campesinos que regresaban de sus sembríos; cinco de ellos fueron acribillados en la Iglesia del pueblo mientras los demás, entre niños y mujeres, torturados y destrozados con sus propias picotas, hachas, machetes y hasta palas.
Hoy los cabecillas de estas masacres gozan no sólo de impunidad, sino también fueron premiados por su aporte y cumplimiento de su deber en la lucha contra la subversión.
Luis Giampietri, responsable de la matanza de El Frontón, es Vicepresidente del Perú; Telmo Hurtado, asesino de campesinos (no terroristas), quien dijo que mató para que los diputados sigan confortablemente sentados en sus sillones, fue agregado militar en Estados Unidos, su cómplice José Williams Zapata fue nombrado por Alan García en este, su segundo gobierno, representante del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, en Estados Unidos, a pesar de tener un impedimento de salida por los hechos acontecidos en 1985.
Con la entrevista en exclusiva que nos concedió desde la clandestinidad Rolando Echarry Pareja, sobreviviente de la masacre, no pretendemos justificar los crímenes perpetrados por Sendero Luminoso, sino poner en el tapete lo que hoy se pretende acallar y ocultar, los asesinatos extrajudiciales.
La falta de lineamientos definidos en la política contrasubversiva y de cuadros especializados en temas de seguridad que propongan alternativas de solución, conllevaron a la debacle expresada en esas matanzas.
A ello agreguémosle las diferencias entre el partido gobernante y las Fuerzas Armadas, inconvenientes que venían de años anteriores y que se acrecentaron con las fuertes críticas de los apristas a la labor militar en las zonas de emergencia, desde 1983, asperezas que García intentó limar cuando llegó al gobierno, lo que consiguió, pero con un costo muy alto.Marilú GambiniColaboradora