miércoles, 18 de febrero de 2009

Isaac Doza A. y el Abogado Carlos Alfredo Cardenas Borja, sustentan demanda de Accion de Amparo a favor de 4,500 empledos civiles de la Fap (CAFAE)

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ISAAC DOZA ARISTIZABAL Y EL ABOGADO CARLOS ALFREDO CARDENAS BORJA, SUSTENTAN EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL LA DEMANDA DE ACCION DE AMPARO
Isaac Doza Aristizabal y el abogado Carlos Alfredo Cardenas Borja, sustentan Accion de Amparo ante el Tribunal Constitucional

El abogado CARLOS ALFREDO CARDENAS BORJA, dijo que es urgente y necesario que el señor Ministro de Defensa del Peru, don ANTERO FLORES ARAOZ y el señor Ministro de Economia, dispongan con caracter urgente las medidas necesarias, dicten las resoluciones correspndientes y cumplan con efectuar una inmediata nivelacion de los incentivos laborales que por ley les corresponden a los trabajadores civiles de las tres fuerzas armadas (por concepto de CAFAE) en relacion al monto mensual que perciben los trabajadores civiles del propio Ministerio de Defensa, pues al no tomarse dichas medidas se vulneran los derechos fundamentales de los trabajadores que solicitan dichos incentivos, porque son victimas de una clara exclusion de dichos incentivos.

Ademas agrego, el abogado Carlos Cardenas, que la violacion al derecho a la igualdad es permanente y latente, los abusos continuan y todos los años las autoridades del Ministerio de defensa y del Ministerio de economia del Peru, asi como los altos mandos castrenses ofrecen terminar con dicha desigualdad de manera escalonada, pero todo sigue igual; los debates parlamentarios terminan, se aprueban las leyes del presupuesto y sin embargo la desigualdad continua.

"...Todo sigue igual; la diferencia abismal sigue dandose en el sector defensa, los abusos se mantienen; todos los meses se repiten los atropellos contra sus derechos fundamentales , es evidente la discriminacion y la desigualdad economica, en consecuencia la arbitraria exclusion de dichos incentivos..."

La Defensoria del Pueblo en carta fechada once de diciembre del año dos mil siete pregunta al Ministro de Defensa y al Secretario General de dicho Ministerio: ¿cuales son los fundamentos legales que permiten que exista una diferencia en la percepcion del CAFAE entre los trabajadores civiles administrativos de los Institutos armados y los demas servidores del Ministerio de Defensa?

Comentario: Isaac Doza Aristizabal

Estimados Amigos y Colegas todos: Lo saluda, muy cordialmente su humilde servidor y a la vez para hacer de su conocimiento que el suscrito junto a los Colegas Saul Alejos, Nazareno Vargas y Carlos Tomasto, el dia 05-02-209 fuimos citados al Tribunal Constitucional, para efectos de sustentar la Demanda de Acción de Amparo contra el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Economía y Finanzas.

Como se recordará en el periodo de nuestra gestión 2007, presentamos la Demanda de Acción de Amparo a través del Estudio Benitez y Asociados que lamentablemente la actual dirigencia del Sub-Cafae FAP, no lo tomó en cuenta y mucho menos hizo el seguimiento del caso, de manera que dicha acción judicial fue abandonado a su suerte.

Sin embargo cabe mencionar que nosotros como Demandantes, continuamos con el caso, sabemos que un litigio judicial toma su tiempo y demanda gastos, afrontamos de acuerdo a nuestro alcance y con la ayuda de buenas amistades, como son los Abogados del Estudio Benitez que constantemente nos viene asesorando, seguimos avanzando, me refiero al Dr. CARLOS CARDENAS BORJA, quien nos acompañó al Tribunal Constitucional, para hacer uso de la palabra en defensa de los 4500 trabajadores civiles de la FAP, a nivel nacional.

Esta demostrado que a este gobierno hay que tratarle via judicial para obtener justicia, Ejem.: Las sentencias judiales dictadas a favor de la Asociación Macro Regional Sur de Arequipa que agrupa a trabajadores civiles activos y cesantes de los tres institutos armados y la Asociación de los Empleados Civiles de la Marina, quienes han ganado al estado con referencia a la equivalencia remunerativa, actualmente se encuentra con notificación para que el MINDEF cumpla con el mandato judicial.

Es por eso estimados colegas, que deberiamos continuar con el Proceso Judicial de la Acción de Amparo hasta su veridicto final si es posible llegaremos hasta la Corte Internacional de San José de Costa Rica.

Todo depende de cada uno de Ustedes.

Los invito que vean parte de la presentación del suscrito en el Tribunal Constitucional en YOUTUBE: http://www.youtube.com/watch?v=BJsCo-Y_rYQ (Buscar en YouTube como Cafae FAP En el Tribunal)

Saquen sus propias conclusiones y envien sus comentarios.

Atentamente,

ISAAC DOZA ARISTIZABAL

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