lunes, 29 de agosto de 2016

¿Después de cuánto tiempo una deuda impaga prescribe y ya no se puede exigir judicialmente?

¿Después de cuánto tiempo una deuda impaga prescribe y ya no se puede exigir judicialmente?
El plazo de prescripción para las deudas entre privados (hacia empresas o personas) es distinto al plazo de exigencia de las deudas tributarias ante la Sunat, explicó el estudio Lazo, De Romaña & Gagliuffi Abogados.
Toda deuda entre privados (hacia una empresa o hacia una persona) tiene un plazo máximo para ser cobrada, tras lo cual ya no puede ser exigida ni siquiera judicialmente, señaló César Medina, asociado del estudio Lazo, De Romaña & Gagliuffi Abogados.
Este plazo máximo de cobro vence a los 10 años, subrayó el abogado.
“La prescripción sanciona al acreedor que no fue diligente para cobrar a tiempo una deuda”, indicó Medina aGestión.pe.
Agregó que el plazo rige para todas las deudas entre privados, incluyendo las deudas con tarjetas de créditos.
En el caso de las deudas tributarias con la Sunat, la prescripción de la deuda se da a los 4 años, agregó Medina.
Asimismo, indicó que la prescripción de la deuda tiene que ser alegada por la parte demandada, pues no es declarada de oficio por un juez.
“Si transcurridos diez años una persona o empresa solicita que se afecten los bienes del deudor, este debe poner la excepción de prescripción. Es un medio de defensa que tiene que ser invocado por el deudor”, anotó Medina.

José Carlos Reyes
jose.reyes@diariogestion.com.pe
FUENTE: http://gestion.pe/tu-dinero/despues-cuanto-tiempo-deuda-impaga-prescribe-y-ya-no-se-puede-exigir-judicialmente-2167514

Perú: Reniec rectifica partidas sin necesidad de acudir a notarías o al Poder Judicial

Perú: Reniec rectifica partidas sin necesidad de acudir a notarías o al Poder Judicial.
Un proyecto que permite simplificar y desjudicializar los procesos de rectificación de partidas de nacimiento, matrimonio y defunción, sin necesidad de que el ciudadano afectado realice el trámite o desembolse dinero, ejecuta el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se informó hoy.
La gerenta de Procesos del Registro Civil del Reniec, Celia Saravia, informó a la Agencia Andina que este proyecto es una de las varias iniciativas de la entidad para mejorar los servicios a la ciudadanía, evitándole un trámite que antes se hacía a nivel judicial, notarial o en municipios. 
Explicó que las rectificaciones se hacen ahora de manera automática y en sólo siete minutos, de tal forma que el ciudadano cuya partida tiene algún dato equivocado no necesite ir a una notaría, gastar alrededor de 600 nuevos soles y esperar más de un mes, o al Poder Judicial a gastar entre 30 y 40 soles y aguardar de tres a seis meses de proceso.
En el caso de la rectificación a nivel de las municipalidades que aún tienen a su cargo los registros civiles, la rectificación cuesta 20 soles, pero tarda varios meses y el ciudadano debe llevar documentos sustentatorios.  
“Muchos ciudadanos desconocen incluso que sus partidas están erradas, enmendadas o con omisiones, pero nosotros (el Reniec) actuamos de oficio, porque, al ser parte del sistema de Registros Civiles, chequeamos que todas las actas tengan la información correcta. De no ser así, rectificamos automáticamente porque muchos datos se pueden deducir del mismo contenido de la partida, o si no vamos en busca de información de sustento”, detalló.
La funcionaria indicó que obviamente ese trabajo se puede hacer con los registros que las municipalidades han transferido al Reniec y cuya información está siendo digitalizada y ordenada en una base de datos, de tal forma que es posible observar los errores registrales.
Errores de registradores municipales
Según dijo, hay muchos errores de fondo y de forma cometidos por los registradores de las municipalidades, que antes eran cargados a los ciudadanos, quienes tenían que llevar adelante un proceso.
“Antes estos procesos no eran administrativos, sino notariales o judiciales, y demandaban mucho tiempo y dinero, pero además implicaban una limitación del derecho a la identidad, porque habían diferencias en los datos de nombres o fechas que afectaban a las personas”, comentó.
Para hacer más fácil aún el trámite, Saravia señaló que se ha anulado la emisión de resoluciones jefaturales o directorales que autorizaban esos procedimientos.
Saravia informó que del 2007 a la fecha se han efectuado de oficio un millón 47,076 rectificaciones administrativas.
De acuerdo con la experiencia dejada por este nuevo proyecto, Saravia dijo que el error más común es la omisión de la firma o el sello del registrador civil, lo que invalida un acta. “El 60 por ciento de los errores hallados obedece a esta razón”, indicó la funcionaria.
Otro problema frecuente, dijo, es la omisión de salvedad, que ocurría cuando el registrador se equivocaba en un dato y lo tachaba y colocaba el dato correcto entre paréntesis, pero olvidaba hacer la salvedad de que esa corrección era suya en el campo de observaciones del acta. 

A la fecha, el Reniec tiene incorporados en su jurisdicción los registros civiles de 71 distritos del país, incluida la gran mayoría de Lima Metropolitana.
Según la funcionaria, se ha dado prioridad a regiones como Huancavelica, donde por el accionar del terrorismo hubo mucha documentación quemada, y a distritos como Puente Piedra y Comas, donde hay muchos migrantes.
Saravia anotó que el avance de este proceso de incorporación depende mucho del presupuesto que el Gobierno Central asigne para este propósito, porque el Reniec trabaja a costo cero.
El objetivo de la entidad es tener incorporadas a inicios del 2015 a todas las municipalidades provinciales, lo que representa 60 millones de actas registrales. Este año se culminará el proceso con Lima Metropolitana.
Actualmente, el Reniec ha logrado la incorporación de 15 millones de actas de todo el país.
De igual forma, se han revocado las funciones de registro civil de 29 municipalidades distritales a nivel nacional; es decir, esas comunas han dejado de inscribir partidas, de matrimonios y defunciones, para dejar esa labor en manos del Reniec.

(FIN) ART/RRCGRM
FUENTE: http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-reniec-rectifica-partidas-sin-necesidad-acudir-a-notarias-o-al-poder-judicial-420767.aspx


domingo, 28 de agosto de 2016

Muere el cantante y compositor mexicano Juan Gabriel. El deceso del cantante originario de Parácuaro, Michoacán, sucedió a las 11:30 am, hora local, en su casa de Santa Mónica, California.

Muere el cantante y compositor mexicano Juan Gabriel.
El deceso del cantante originario de Parácuaro, Michoacán, sucedió a las 11:30 am, hora local, en su casa de Santa Mónica, California.
El cantante y compositor Alberto Aguilera Valadez, conocido como Juan Gabriel, falleció este domingo en Santa Mónica, California a los 66 años de edad.
El deceso del cantante originario de Parácuaro, Michoacán, sucedió a las 11:30 am, a causa de un infarto, según confirmaron familiares del artista.
El cantautor se presentó la noche del sábado en Los Ángeles, California como parte de la gira "MeXXIco es todo", en el que mostró toda su vitalidad y entrega, y en el que recalcó de principio a fin su orgullo por México.
Uno de los cantautores más prolífico en la historia mexicana, con alrededor de mil 800 canciones, se presentó ante 17 mil 500 asistentes en el Forum de Inglewood, de California, donde se le veía vital y entero a sus 66 años.
Uno de sus últimos trabajos musicales fue el lanzamiento de un álbum tributo al grupo de rock Creedence, con "Gracias al sol", su versón al tema "Have You Ever Seen The Rain?" de Creedence Clearwater Revival.
Alberto Aguilera era hijo de Gabriel Aguilera Rodríguez y de Victoria Valadés Rojas, ambos campesinos. Fue el menor de un total de diez hermanos.
El cantante y compositor, quien también fue conocido como 'El Divo de Juárez', logró fama en México y diversas partes del mundo con temas como 'Se me olvidó otra vez', 'Amor eterno' y 'Noa noa', además de recibir numerosos premios y reconocimientos por su exitosa carrera.
Con más de 35 discos y 40 años de trayectoria artística, sus composiciones fueron la banda sonora de millones de mexicanos de diversas generaciones
En sus inicios, Juan Gabriel se presentó en antros de bajo perfil, palenques, hasta escenarios como elMadison Square Garden, en Nueva York, o el Palacio de Bellas Artes.

La vastedad de su acervo es desconocida incluso para él, pero se cuentan más de mil piezas grabadas por más de 800 artistas en idiomas como japonés, portugués, alemán, italiano, turco, inglés y francés.

Fuente: http://www.univision.com/musica/muere-el-cantante-y-compositor-mexicano-juan-gabriel


viernes, 26 de agosto de 2016

Perú: Indecopi sanciona a tres bancos por emitir tarjetas de crédito que no fueron solicitadas

Perú: Indecopi sanciona a tres bancos por emitir tarjetas de crédito que no fueron solicitadas
Ademas de imponer una multa de 11 UIT, Indecopi ordenó la anulación de las tarjetas emitidas por estas entidades financieras, así como toda deuda generada a consecuencia de dicha emisión indebida.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha sancionado a diversas entidades financieras que entregaron tarjetas de crédito sin contar con la debida documentación que sustentara su emisión.
Así, generaron perjuicio económico a los consumidores y desconfianza en el sistema financiero.
Mediante Resoluciones N° 1447-2015/CC1, N° 495-2016/CC1, N° 895-2016/CC1, la Comisión de Protección al Consumidor N° 1 sancionó a BBVA Banco Continental,Interbank, y Scotiabank Perú, con un total de 11 UIT(S/ 43,450).
Además, para revertir la conducta infractora, ordenó como medida correctiva la anulación de las tarjetas emitidas por estas entidades, así como toda deuda generada a consecuencia de dicha emisión indebida.
El Indecopi precisó que las entidades financieras tienen la obligación de mantener los documentos suscritos por el cliente que acrediten la contratación de las tarjetas de crédito, tales como la solicitud, el contrato, así como el documento que certifique la entrega del ‘plástico’ al consumidor.
Cuando la contratación se realice vía telefónica, las entidades financieras deberán contar con el audio correspondiente en el que se identifique al consumidor contratante y se demuestre que acepta las condiciones del contrato. También, deben contar con el documento que certifique la entrega de la tarjeta y la suscripción del contrato escrito al momento de recibir la tarjeta.
El Indecopi, en el marco de protección de los derechos de los consumidores de los servicios financieros y bancarios, pone en conocimiento de la ciudadanía que aquellos consumidores que se hayan visto afectados por conductas similares y cuyos reclamos no hayan sido atendidos por las entidades financieras, pueden acercarse a las oficinas de la institución a interponer la denuncia administrativa correspondiente.
El Indecopi da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual precisa que “los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público.
En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente en atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales”.


FUENTE: http://gestion.pe/empresas/indecopi-sanciona-tres-bancos-emitir-tarjetas-credito-que-no-fueron-solicitadas-2168801

Nueva York prohibe a los delincuentes sexuales jugar a Pokemon Go. La medida impedira que los 3.000 criminales de este tipo que se encuentran en libertad condicional usen el juego para atraer a los menores.

Nueva York prohibe a los delincuentes sexuales jugar a Pokemon Go.
La medida impedira que los 3.000 criminales de este tipo que se encuentran en libertad condicional usen el juego para atraer a los menores.
En la lista de prohibiciones que los delincuentes sexuales de Nueva York tienen que aceptar para lograr su libertad condicional, ha surgido una nueva cláusula: la de no «descargar o acceder [...] a cualquier juego online», incluyendo Pokémon Go. La medida, establecida este mes por el gobernador de la ciudad, Andrew Cuomo, está destinada a evitar que los exconvictos aprovechen esta clase de aplicaciones para reincidir en sus delitos, captando a los niños neoyorquinos a través del anonimato y las posibilidades que las apps ofrecen. Entre ellas, una de las que más preocupación suscita es el mencionado juego de Nintendo, que permite a sus usuarios cazar las populares criaturas en el mundo real con sus smartphones. Algunas de sus funciones, como las pokeparadas o los cebos, ya han sido usadas en anteriores ocasiones para cometer atracos, por lo que el Departamento de Correccionales y Supervisión de la Comunidad de Nueva York ha decidido convertirlo en una aplicación vetada para los delincuentes sexuales.
Para ello, la entidad ha pedido a la empresa desarrolladora del juego, Niantic, que cruce la base de datos de estos criminales con la de sus jugadores. También ha solicitado que se solucione el problema que suponen las pokeparadas, unos enclaves a los que suelen aproximarse los usuarios para adquirir objetos como pokéballs o pociones. Cuando se estudió la localización de estos puntos en una investigación previa, se descubrió que al menos 57 de ellos se encontraban cerca del hogar de un criminal sexual, por lo que Cuomo ha demandado que se supriman en los sitios que resulten peligrosos. «Estas medidas proporcionarán protección», ha señalado el gobernador en un comunicado. «ayudarán a quitarles una herramienta a quienes quieren hacerle daño a nuestros hijos». En el escrito, dirigido a la desarrolladora de la app, Cuomo se ha mostrado especialmente preocupado por los cebos, una opción de Pokémon Go que permite atraer pokémons a una zona determinada y que podría ser usada de forma fraudulenta por los abusadores sexuales. «Proteger a los menores [...] y garantizar su seguridad es nuestra prioridad número uno, y el Estado de Nueva York se está moviendo con rapidez para [...] (que) el peligro no se convierta en una futura tragedia», ha declarado. Sin embargo, no todos se han mostrado conformes con esta nueva norma. Tal y como relata el diario The New York Times, algunos, como la presidenta de Fortune Society Joanne Page, opinan que la prohibición es «la solución a un problema que no es un problema», ya que más del 90 % de las agresiones sexuales a niños vienen de la mano de conocidos de las víctimas, no de los extraños a los que se dirige Cuome. Otros, en cambio, concuerdan con el gobernador, aunque aseguran que la mejor medida no son las prohibiciones, sino que los padres controlen el uso que sus hijos le dan a este tipo de plataformas.  

MIKE COPPOLA 

FUENTE: http://www.radiomiami.us/noticia.php?idn=20853

jueves, 25 de agosto de 2016

Defensas Paralelas. Abimael Guzmán y cúpula senderista plantean estrategia sobre masacre de Soras con los mismos argumentos de Fujimori. Guzmán: “Que aquí se aplique la Constitución. Las leyes internacionales se aplican después de ser sancionadas por el parlamento”.

Defensas Paralelas
Abimael Guzmán y cúpula senderista plantean estrategia sobre masacre de Soras con los mismos argumentos de Fujimori. Guzmán: “Que aquí se aplique la Constitución. Las leyes internacionales se aplican después de ser sancionadas por el parlamento”.
Viernes 19 de agosto, Base Naval del Callao. Fue la audiencia donde declaró Abimael Guzmán.
A sus 81 años, Abimael Guzmán compareció el pasado viernes 19 en la Base Naval del Callao ante el primer juzgado de la Sala Penal Nacional. Se trataba de la audiencia del proceso de investigación por la masacre de Soras, un macabro episodio en el que Sendero Luminoso cobró la vida de 104 personas en julio de 1984.
Senderistas, como el expresidente, rechazan criterios de autoría mediata y lesa humanidad
Su postura encorvada no se debe solo a la edad. La psoriasis artropática afecta su piel y articulaciones. Por eso la semana pasada su esposa Elena Iparraguirre presentó un hábeas corpus y demanda al jefe del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao por no permitirle realizarse un chequeo médico a fin de recibir medicación para su enfermedad.
Pero allí no queda la estrategia legal del líder senderista.
Villa Stein le acaba de dar la razón a Fujimori. E inspira a ‘Feliciano’.
La masacre de Soras no fue incluida en el megaproceso que siguió el Comité Central de SL. El proceso del caso recién se inició en el año 2013 y actualmente se encuentra en la etapa de investigación judicial. La acusación está a cargo de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial presidida por Marcelita Gutiérrez Vallejos.
Víctima. A Julio Condori le reventaron el ojo derecho con una gran piedra.
El caso comenzó a gestarse al menos en el 2009(CARETAS 2099), cuando desde el programa de reparaciones colectivas se demandó la judicialización de crímenes casi desconocidos. En el 2013, la actual ministra de justicia Marisol Pérez Tello, quien por entonces presidia la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, precisó que “la denuncia se acaba de presentar. Los que tienen más de 20 años y están a punto de salir, como Osmán Morote, pueden volver a ser procesados”.
Ramírez Durand declaró en la audiencia.
En la audiencia del pasado viernes estuvieron presentes los demás miembros del Comité Central de SL. Asistieron Iparraguirre Revoredo, Margot Liendo Gil, Laura Zambrano Padilla, Osmán Morote Barrionuevo y Óscar Ramírez Durand. Son acusados por tentativa de homicidio y secuestro en la modalidad de autores mediatos de la masacre. Siendo un crimen de lesa humanidad, no prescribe.
Margie Clavo Peralta también era parte del proceso pero falleció en febrero del 2015 a causa de un cáncer. Además Víctor Quispe Palomino, quien se encuentra no habido, está acusado como autor inmediato de la masacre. Fue el debut asesino de quien ahora controla las huestes narcoterroristas del VRAEM que siguen cobrándose la vida de policías (ver nota aparte).
Durante su intervención (ver video), Guzmán reclama que “hay que tener en cuenta la flexibilidad que tiene la guerra de guerrillas. No puede concentrarse todo en el Comité Central, sería imposible. El Comité Central solamente ve comienzo de guerra, término de guerra o grandes planes. Nunca casos concretos. Ni Tarata ni cualquier caso específico, eso no ve. No es problema del Comité Central. Eso no tiene sentido, señor”.
Añade que “la cuestión de Soras fue criticada duramente en el Comité Central. ¿Por qué? Porque al Comité Central sí le compete hacer balance de los planes aplicados y Soras, reitero, fue duramente criticado por quien habla y varios de los aquí presentes. Nunca hemos acordado eso”.
Guzmán elude su responsabilidad como autor mediato y no es la primera vez que eso ocurre. Sin embargo, en documentos como la llamada “Entrevista del Siglo” que le ofreció al pasquín senderista El Diario en 1988 reconoció que en masacres como la de Lucanamarca “fue la propia Dirección Central la que planificó la acción y dispuso las cosas”.
El segundo argumento de Guzmán es que “aquí hay una Constitución. O rige o no rige, señor. Si se me va a juzgar como a los demás, algo tenemos que ajustarnos y si no comenzamos por la Constitución, ¿qué nos va a guiar? Nada, señor juez. Yo pido en concreto que aquí se aplique lo que dice la Constitución. Y que las leyes extranjeras o internacionales, o como se quiere, rigen después que acá son sancionadas por el parlamento del país. ¿A dónde va lo que estoy diciendo? Simplemente a que este juicio no tiene sentido. No tiene sentido contra los miembros del Comité Central, porque no hemos acordado nunca tal acción. No podíamos hacerlo”.
Es una evidente alusión a la calificación de crimen de lesa humanidad, a la que el Perú está comprometido por el derecho internacional, y que lo convierte en imprescriptible.
Consultado, Carlos Rivera, abogado de IDL, se muestra sorprendido con las dos cartas de Guzmán y no duda de su inspiración legal.
“Han hecho un calco de la defensa de Alberto Fujimori”, dice. “Negar conocimiento, negar su autoridad material y negar la orden”.
Efectivamente, la estrategia reciente del expresidente se basa en desmontar la tipificación de crimen de lesa humanidad a partir de la interpretación que hace el abogado William Paco Castillo del fallo del hábeas corpus que el Tribunal Constitucional emitió en junio (CARETAS 2446).
Igualmente, Fujimori niega su condición de autor mediato de los crímenes del grupo Colina –plenamente ratificada por el TC–, como también negó su responsabilidad en la apelación del caso de los diarios chicha –donde la sala de la Corte Suprema presidida por Javier Villa Stein le acaba de dar la razón (ver nota aparte)–.
Morote también estuvo en audiencia.
Rivera sostiene que “la comparación es mucho más evidente con el tema de la autoría mediata e incluso con Guzmán es todavía más claro, pues estamos ante un aparato de poder donde él era el jefe de toda la estructura, donde nada sucedía sin su aval”.
Los paralelos abundan con la declaración, en la misma audiencia del viernes 19, de Óscar Ramírez Durand (a) ‘Feliciano’:
“Para hablar de teoría de autor mediato, ¿dónde están las desapariciones? Porque en la ampliación se dice que se han hecho desapariciones. En otro sitio se dice que hemos hecho fosas comunes, no era práctica del partido. Se hacían juicios populares y las ejecuciones eran abiertas, incluso se han reivindicado”.
Tras el escalofriante pasaje también dice estar “en contra, incluso, de la lesa humanidad… ¿Por qué el señor (Pablo) Talavera no juzgó Lucanamarca como crimen de lesa humanidad? ¿Quiere decir que estaba equivocado? ¿Y en el megajuicio por qué no? Me parece bien raro. Escuché un día a la señora (Marisol Pérez Tello), que ahora está de autoridad, me quedé frio, y dijo: con el señor (Juan) Jiménez hicimos la cuestión de Soras para que no salga Morote y no debe salir. Ahí hay una intencionalidad política y no es justo”.
Remata al decir que “acabo de enterarme de la sentencia del Tribunal Constitucional y dice que no se puede aplicar lesa humanidad para el señor Fujimori, en el caso Barrios Altos y La Cantuta”.
Julio de 1984. Foto proporcionada por los hermanos Diómedes y Olimpio Jáuregui, sobrevivientes de la masacre de Soras.
Y cita a un conocido jurista: “Aquí se está haciendo un abuso ¿Qué se quiere? Que sigamos muriendo en la cárcel. Como decía el señor (Javier) Villa Stein, lo que pasa en el Perú con la cadena perpetua es una pena de muerte encubierta y eso no puede ser. Para finalizar diría que este juicio ha prescrito y, por otro lado, que se declare no ha lugar porque se ha sobrexcedido”.
En la audiencia también estuvieron presentes los abogados de Guzmán, Manuel Fajardo y Alfredo Crespo. El primero precisó que “en el caso de Osmán, él ya cumplió su pena de 25 años en junio del 2013. Con el artilugio del juicio de Soras lo han mantenido en prisión”.
Crespo arguyó que “la convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y lesa humanidad está vigente desde noviembre del 2003. No puede ser aplicado retroactivamente”.
Por su parte, la fiscal Gutiérrez leyó en la audiencia un fragmento de un supuesto documento del PCP-SL donde se precisa que “hemos tenido también otros hechos como el de Soras, en el de Soras son también como ochenta y tantos. Otro golpe demoledor. Hemos dado una serie de golpes. Por el conjunto de acciones para frenar a las mesnadas, si no se hubiera hecho esto, no hubiéramos podido frenar”.
Si se apertura juicio, se prevé que comience el próximo año.

Fuente: http://caretas.pe/Main.asp?T=3082&S=&id=12&idE=1274&idSTo=0&idA=76543&NL=1#.V78OavnhCM8




jueves, 11 de agosto de 2016

Río 2016: ¿Pesista norcoreano será ejecutado por no ganar la medalla de oro?

Río 2016: ¿Pesista norcoreano será ejecutado por no ganar la medalla de oro?
Chol Om Yun rompió en llanto y pidió perdón por no conseguir la presea de oro. Dijo que teme regresar a su país gobernado por Kim Jong-Un.
Río 2016: ¿Pesista norcoreano será ejecutado por no ganar la medalla de oro?
El pesista norcoreano Chol Om Yun sorprendió en su participación en los Juegos Olímpicos Río 2016 al romper en llanto y pedir perdón por no conseguir la presea de oro en la categoría de 56 kilos, tal como sucedió en Londres 2012. Señaló que llevar la medalla de plata lo deshonra.
El fin de su participación en la competencia olímpica dejó atrás al atleta que cuatro años atrás cautivó con su actitud sonriente pues acabó este año tremendamente dolido, de tal forma que pidió perdón a Kim Jong II desde el más allá, según Daily Mail.
"Kim Jong II siempre será inspiración y siento no haber sido capaz de recompensarle con una medalla de oro. No creo que pueda ser un héroe para mi pueblo con una medalla de plata”, indicó.
El martes 9 de agosto, Chol Om Yun fue vencido por el chino Long Quingquan. Este último se llevó la medalla de otro e incluso rompió el mundial al levantar 307 kilos. Sucumbió 
TEME SER EJECUTADO
Pero la tristeza no es todo, el pesista reconoció que teme ser ejecutado al regreso a su país. “Sé que no podré volver a competir nunca más, pues he deshonrado a mi pueblo y avergonzado a mi líder, estoy seguro que al regresar a mi país el líder supremo Kim Jong-Un dará la orden a su guardia personal de asesinarme por no haber representado dignamente Corea del Norte”, mencionó.
"No le temo a la muerte, estoy convencido que es la única forma de pagar mi gratitud", dijo en otras declaraciones a Tokio 2020.


FUENTE: http://diariocorreo.pe/deportes/rio-2016-pesista-norcoreano-sera-ejecutado-por-no-ganar-la-medalla-de-oro-690506/


miércoles, 10 de agosto de 2016

Luciana León presidirá la Comisión de Defensa y Orden Interno

Luciana León presidirá la Comisión de Defensa y Orden Interno
La congresista del Partido Aprista dijo que su grupo investigará la compra de los patrulleros y los gastos militares
La parlamentaria aprista Luciana Leon y nuestro director ejecutivo Carlos Alfredo Cárdenas Borja. Luciana León también afirmó que su grupo de trabajo investigará la compra de patrulleros por parte del Ministerio del Interior durante el gobierno de Ollanta Humala, así como el aumento del presupuesto en gastos militares en esa administración.
La parlamentaria aprista Luciana León confirmó esta tarde que ella presidirá la Comisión de Defensa y Orden Interno del Congreso de la República. Explicó que su bancada acordó previamente darle la dirección del grupo, debido a que ella declinó hace unas semanas su candidatura a la Mesa Directiva en favor de Elías Rodríguez.
Adelantó que una de sus primeras acciones será citar a los ministros del Interior, Carlos Basombrío, y de Defensa, Mariano González, a su comisión, a fin de que detallen cuáles serán “los principales lineamientos de sus gestiones”.
En diálogo con Canal N, Luciana León también afirmó que su grupo de trabajo investigará la compra de patrulleros por parte del Ministerio del Interior durante el gobierno de Ollanta Humala, así como el aumento del presupuesto en gastos militares en esa administración.
“Los temas que tenemos que investigar son el de los patrulleros, las compras militares, recordemos que en cinco años se ha aumentado el presupuesto militar de 250 millones de soles a 3.000 millones de soles. ¿Cuáles han sido los resultados? Todos estos son los temas que vamos a investigar”, manifestó.
Luciana León dijo que no cree que su designación como presidenta de la Comisión de Defensa y Orden Interno vaya a generar críticas. “Y en todo caso si las hay, las recibiré de la mejor manera, que sean críticas constructivas”, refirió.
La congresista aprista indicó que como abogada tiene la capacidad para dirigir y participar en cualquier comisión, así como el resto de sus compañeros de bancada.
Luciana León saludó la iniciativa del ministro Basombrío de ampliar el sistema de recompensas para capturar a los delincuentes más peligrosos del país. 


FUENTE: http://elcomercio.pe/politica/congreso/luciana-leon-presidira-comision-defensa-y-orden-interno-noticia-1923148


México, el segundo país con los trabajadores más satisfechos en el mundo.

México, el segundo país con los trabajadores más satisfechos en el mundo.
7 de cada 10 empleados están satisfechos con su bienestar en el trabajo a nivel mundial, de acuerdo con el Barómetro Edenred-Ipsos, que mide la satisfacción de los empleados.
El 81% de los trabajadores mexicanos encuestados dijeron que tienen una actitud positiva acerca de su trabajo, en comparación con sólo el 44% de los trabajadores japoneses, señaló el Barómetro Edenred-Ipsos de Endenred.

Sin embargo, los trabajadores más satisfechos son los de la India, debido a que 88% de ellos están contentos con su empleo.

La India y México están seguidos por Estados Unidos, Chile y Brasil en la tercera posición con 77%, de acuerdo con el barómetro.

Los investigadores evaluaron el bienestar pidiendo a los empleados cerca de 10 artículos relacionados con su trabajo, desglosado en tres “pilares”: el medio ambiente, el aprecio y la emoción.

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Siete de cada 10 empleados están satisfechos con su bienestar en el trabajo a nivel mundial, de acuerdo con el Barómetro Edenred-Ipsos, que mide la satisfacción de los empleados.

Además, la gestión de competencia es la política de recursos humanos que tiene el mayor impacto en el bienestar en el trabajo.

Bélgica, Francia y Alemania también tuvieron puntuaciones bastante equilibradas. Sin embargo, los empleados reportaron una falta de apreciación, por ejemplo, en la cantidad de respeto a ellos por la dirección, reveló el estudio.

En Japón se encuentran los empleados con mayor insatisfacción en su trabajo, pero su satisfacción en su entorno laboral es buena debido a que tienen una idea clara de lo que se espera de ellos.

Endenred entrevistó a más de 14,000 empleados en 15 países. Además, más de 100,000 empleados han sido estudiados desde el primer barómetro.


FUENTE:  http://www.forbes.com.mx/mexico-segundo-pais-los-trabajadores-mas-satisfechos/#gs.F_HT3NY


jueves, 4 de agosto de 2016

Jueces laborales califican de arbitrarios los despidos de ex asesores del TC. EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL BAJO LA LUPA POR ABUSO HACIA TRABAJADORES

Jueces laborales califican de arbitrarios los despidos de ex asesores del TC.
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL BAJO LA LUPA POR ABUSO HACIA TRABAJADORES
(Foto: Prensa Tribunal Constitucional)
El autor destaca los recientes fallos judiciales que reconocen el acto arbitrario cometido por el Tribunal Constitucional contra diez asesores jurisdiccionales y dos trabajadores de confianza despedidos hace dos años por dicha institución. Hoy los casos podrían devenir en sentencias firmes que sancionen al propio TC, ordenando reposiciones o indemnizaciones en beneficio de los ex empleados agraviados.

En un anterior artículo, publicado en mayo de 2015 en La Ley[1], dimos cuenta de cómo, en agosto de 2014, el actual Pleno del Tribunal Constitucional (TC), en un único acto, decidió calificar a diez asesores jurisdiccionales y a dos funcionarios de carrera como trabajadores de confianza y extinguirles su relación de trabajo a plazo indeterminado por retiro de la confianza. Señalamos también las razones por la cuales consideramos que tales hechos configuraban actos no acordes a la normatividad laboral.

Los doce ex trabajadores afectados por la decisión del Pleno del TC habían iniciado su vínculo laboral luego de obtener sus puestos por concurso público, en plazas presupuestadas de carácter permanente y sujetas al régimen laboral de la actividad privada. Así, luego de que el Pleno del TC decidió desconocer sus derechos, los afectados optaron por demandar al Tribunal Constitucional, unos solicitando su reposición (9) y otros una indemnización (3).

A lo largo de estos casi dos años de proceso, los jueces laborales, en su gran mayoría, han sentenciado que el Tribunal Constitucional actuó arbitrariamente, pues los afectados por aplicación del principio de primacía de la realidad no eran trabajadores de confianza, sino trabajadores comunes, por lo que el retiro de la confianza ha violado su derecho al trabajo.

Es así que el Segundo, el Tercer, el Quinto, el Séptimo, el Noveno, el Décimo, el Décimo Primer y el Décimo Segundo Juzgados de Trabajo Permanente de Lima, así como la Tercera y la Cuarta Sala Laboral de Lima han sentenciado a favor de los ex trabajadores señalando que fueron objeto de un despido arbitrario por las siguientes razones:

1. Desde el inicio de sus labores, fueron contratados como trabajadores a plazo indeterminado, no indicándose que el cargo de asesor jurisdiccional sea de confianza.

2. No se evidenció que mantenían contacto directo con el empleador o con su personal de dirección, por cuanto formaban parte de Comisiones Especiales de Trabajo Jurisdiccional. Su trabajo era realizado bajo la dirección, supervisión y control de un sub coordinador y de un coordinador, lo que excluye algún vínculo inmediato y directo con el Pleno del Tribunal Constitucional, con alguno de sus magistrados o con el personal de dirección. Más aun cuando todos los asesores jurisdiccionales, sub coordinadores y coordinadores están sujetos a la dirección y control de un coordinador general del Gabinete de Asesores Jurisdiccionales.

3. No tenían la representatividad de los miembros de las máximas autoridades del Tribunal Constitucional. Tampoco ejercían funciones directivas o administrativas en nombre de los magistrados del Tribunal Constitucional o del personal de dirección, ya que éstas no tenían correlato con el funcionamiento u operatividad del Tribunal Constitucional. Las opiniones y/o los informes que elaboraban no incidían en la adopción de decisiones en el Tribunal Constitucional.

4. En sus boletas de pago no se consignaba que los cargos que desempeñaban eran de confianza. Además, antes del retiro de la confianza el Tribunal Constitucional no les comunicó por escrito que los cargos que desempeñaban habían sido calificados como de confianza, pues la calificación del cargo como de confianza y el retiro de la misma fue simultánea.

5. En el Cuadro de Asignación de Personal, el Manual de Organización y Funciones y el Presupuesto Analítico de Personal del Tribunal Constitucional no se indica que el cargo de asesor jurisdiccional sea de confianza, sino que son cargos de trabajadores comunes. Es más, en la Resolución Administrativa N° 088-2014-P/TC, del 14 de julio de 2014, que aprobó el reordenamiento de Cuadro de Asignación de Personal del Tribunal Constitucional no se consigna que el cargo de asesor jurisdiccional sea de confianza. Esto es un mes antes del despido masivo.  

6. No se ha respetado el porcentaje de trabajadores de confianza que establece la Ley Marco del Empleo Público, pues el porcentaje de los trabajadores despedidos con los calificados como de confianza supera el límite establecido por la Ley Marco del Empleo Público.

Estos han sido los principales argumentos mediante los cuales jueces de trabajo, imparciales e independientes, han corregido los lamentables despidos cometidos por el Tribunal Constitucional. Dichos trabajadores no podían acudir en amparo porque sus casos llegarían al propio TC que los despidió, por ello acudieron a la vía laboral, que salvo alguna excepción, ha cumplido la función principal del derecho laboral: proteger al trabajador frente a un empleador poderoso. Esperamos que las Salas Laborales y la Segunda Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema reparen este evidente abuso del órgano que, paradójicamente, debe defender los derechos constitucionales de los ciudadanos.

Jorge Fernández Campos
Jueves, 4 de agosto de 2016
FUENTE:  http://laley.pe/not/3445/jueces-laborales-califican-de-arbitrarios-los-despidos-de-ex-asesores-del-tc