jueves, 7 de enero de 2010

Corte Suprema de Justicia Peruana fija fecha para la vista de la causa: caso de sentenciado Jorge Alfredo Mendoza Perez

Corte Suprema de Justicia fija fecha para la vista de la causa: caso de sentenciado Jorge Alfredo Mendoza Perez
(nota de prensa)


Notificacion expedida por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Jusiticia, del expediente Nº2801-2009, que señala fecha para la vista de la causa

Para el dia jueves catorce de enero del presente año, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, ha señalado fecha para la vista de la causa, a efectos el vocal ponente Jorge Solis Espinoza escuche los alegatos de los abogados de la Municpalidad provincial de Ilo, como los del desaforado alcalde de la comuna Ileña.

Es preciso señalar que los cinco vocales que integran dicha sala (donde obra el expediente signado con el numero 2801-2009, sobre nulidad planteada por mendoza perez) se han manifestado de la siguiente manera:

Los vocales Julio Biaggi Gomez, Roberto Barandiaran Dempwolf y Socrates Zevallos Soto, opinan (votan) que los delitos han prescrito, conclusion que es errada, pues el cargo de usrpacion de funciones es sancionado con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de siete años.
Los Vocales Elvia Barrios Alvarado y Jose Neyra Flores, señalan no ha lugar lo solicitado por el recurrente mendoza, debiendo de confirmarse las resoluciones venidas de grado.

La ley organica del poder judicial, establece que en las salas de la corte suprema cuatro votos hacen resolucion.

Por dicho motivo en este caso se llama al vocal dirimente Jorge Solis Espinoza.

Abogado Carlos Alfredo Cardenas Borja: En las salas Supremas cuatro votos conformes hacen resolucion, asi lo establece la ley organica del poder judicial

La poblacion de Ilo esta a la espectativa de la vista de la causa que se vera el catorce de enero a las 10 de la mañana en la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de justiticia a de la Republica, y espera que la misma resuelva NO HA LUGAR LA NULIDAD requerida por el sentenciado Jorge Alfredo Mendoza Pérez, confirmándose las resoluciones venidas de grado.
Los graves ilicitos, la corrupcion no deben quedar impunes .

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