Mostrando las entradas con la etiqueta Jurado Nacional de Elecciones. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Jurado Nacional de Elecciones. Mostrar todas las entradas

jueves, 21 de junio de 2012

Elegirán a representante del Colegio de Colegio de Abogados de LIma (CAL) para el Jurado Nacional de Elecciones (JNE)

Elegirán a representante del
Colegio de Abogados de Lima (CAL) para el
Jurado Nacional de Elecciones (JNE)

Carlos Cárdenas Borja, honesto, integro, independiente y demócrata. Abogado que postula para ocupar un sillón en el Jurado Nacional de Elecciones del Perú
Este sábado 23 de junio se realizarán las elecciones para el representante del Colegio de Abogados de Lima (CAL) ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). La jornada electoral se llevará a cabo en el colegio Elvira García García (Av. Del Río 155 Pueblo Libre).

En esta oportunidad, son once letrados, quienes buscan obtener la mayoría simple de votos de los aproximadamente 50 mil abogados colegiados.

Esta será la lista de quienes participarán en esta justa electoral: Raúl Samamé Morante (Nro. 11); Jorge Rodríguez Vélez (Nro. 2); Gregorio Oré Guerrero (Nro. 8); Carlos Cárdenas Borja (Nro. 5); Gustavo Ayllón Vallejo (Nro. 3); Carlos Torres Caro (Nro.4), ex congresista nacionalista; Greta Minaya Calle (Nro. 1) quien busca reelegirse en el cargo; Baldomero Ayvar Carrasco (Nro. 7); Ibeth Rosas Díaz (Nro 10); Marlene Holguín Castro (Nro. 9) y Simeón Huancahuari Flores (Nro. 6).

Los abogados que no asistan a votar pagarán una multa de 300 soles y para los miembros de mesa, la suma de 400.


FUENTE: http://www.larepublica.pe/17-06-2012/elegiran-representante-del-cal-para-el-jne


lunes, 18 de junio de 2012

Carlos Alfredo Cárdenas Borja al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) 2012 - 2016 - Vota asi: Marca el N°5 Vota con tus 5 sentidos... Marca el número 5

Carlos Cárdenas
 al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
2012 - 2016
Vota asi: Marca el N°5
Vota con tus 5 sentidos...
Marca el número 5


(*) Nuevo lugar de votación: Colegio Elvira Garcia y Garcia, Av. Del Rio N° 155, Pueblo Libre (altura cuadra 10 Av. Brasil)

(**) Elecciones conforme a lo establecido en el artículo 179° inciso 3) de la Constitución Política del Perú

El Comite Electoral del Ilustre Colegio de Abogados de Lima dispuso nuevo local para estas justas electorales







domingo, 17 de junio de 2012

Increíble: Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima, no sabe informar ni precisar cual es el local en donde se votara para fines de elegir al nuevo representante del CAL ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).


Increíble: Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima, no sabe informar ni precisar cual es el local en donde se votara para fines de elegir al nuevo representante del CAL ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

En la revista “EL FORO” (Boletín Oficial del Ilustre Colegio de Abogados de Lima) edición Año 1, Número 8, Junio 2012, en forma clara indican que el acto electoral se realizara el día 23 de junio, en el local sito en Avenida Pedro Ruiz Gallo N°251, Pueblo Libre (Universidad Alas Peruanas) (anexo 4)

Dicho comunicado es corroborado mediante comunicado emitido por el comité electoral y que figura en web del Ilustre Colegio (Anexo 3).

Este local estaba confirmado para el acto electoral según lo manifestado por el cuestionado Comité Electoral y por las publicaciones referidas, hasta las cinco de la tarde del día viernes 15 de junio.

Sin embargo, inexplicablemente en horas de la noche del día viernes 15 y, según afirmación de quienes tenían a la mano dicho documento (anexo 1) el respectivo Comité Electoral, hizo circular que “un comunicado” que señalaba que las elecciones se realizaran en Av. Del Rio 155, Pueblo Libre (local de colegio Elvira García García).

El comité electoral no ha comunicado de forma alguna este irregular y sospechoso cambio de sede, sobre todo cuando faltan pocos días para la elección del respectivo representante, causando solo confusión entre los votantes e incluso entre los candidatos quienes hasta el momento no han sido notificados ni siquiera por vía de correo electrónico.

Esperemos que el Colegio y sobretodo el Comité Electoral aclaren esta imprecisión.


Anexo 1


Anexo 2


Anexo 3
Anexo 4
 FUENTE: http://www.cal.org.pe/pdf/comunicaciones/junio2012/foro_8.pdf 



viernes, 15 de junio de 2012

Carlos Alfredo Cárdenas Borja al Jurado Nacional de Elecciones 2012 - 2016, por la honestidad, por la independencia, por la integridad, por la solidaridad... Vota por Carlos Cárdenas

Carlos Cárdenas
al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)(*)
2012 – 2016
Vota por la honestidad,
Vota por la independencia,
Vota por la integridad,
Vota por la solidaridad…

Vota por  Carlos Cárdenas,

Este Sábado 23 de Junio (**)

VOTA ASI



Vota con tus 5 sentidos...
marca el número 5

(*)    Lugar de votación: Universidad Alas Peruanas, Av. Del Rio N°155, Pueblo Libre (altura cuadra 10 Av. Brasil)

(**) Elecciones conforme a lo establecido en el artículo 179° inciso 3) de la Constitución Política del Perú





miércoles, 13 de junio de 2012

Carlos Alfredo Cárdenas Borja al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) 2012 - 2016

Carlos Cárdenas
al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)(*)
2012 – 2016
Vota por la honestidad,
Vota por Carlos Cárdenas,
Este Sábado 23 de Junio (**)

VOTA ASI
Vota con tus 5 sentidos...
marca el número 5

(*)    Lugar de votación: Universidad Alas Peruanas, Av. Pedro Ruiz Gallo N°251, Pueblo Libre (altura cuadra 10 Av. Brasil)
(**) Elecciones conforme a lo establecido en el artículo 179° inciso 3) de la Constitución Política del Perú
Fuente: Web Colegio de Abogados de Lima


Carlos Cárdenas al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) 2012 – 2016. Vota por la honestidad, vota por Carlos Cárdenas

Carlos Cárdenas
al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
2012 – 2016 (**)
Vota por la honestidad, vota por  Carlos Cárdenas

VOTA ASI
Vota con tus 5 sentidos...
marca el número 5


(**) Elecciones conforme a lo establecido en el artículo 179° inciso 3) de la Constitución Política del Perú

domingo, 10 de junio de 2012

Carlos Cárdenas al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) 2012 - 2016. Este sábado 23 de junio, vota por Carlos Cárdenas, para que sea tu representante, como miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Lima que eres, ante el Jurado Nacional de Elecciones (**)


Carlos Cárdenas
al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
      2012 – 2016 (**)

Este sábado 23 de junio, vota por Carlos Cárdenas,
para que sea tu representante, como miembro del
Ilustre Colegio de Abogados de Lima que eres, ante el
Jurado Nacional de Elecciones

VOTA ASI



Vota con tus 5 sentidos... marca el número 5




(**) Elecciones conforme a lo establecido en el artículo 179° inciso 3) de la Constitución Política del Perú





Carlos Cárdenas al Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Este sábado 23 de junio vota por Carlos Cárdenas como representante al Jurado Nacional de Elecciones por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Marca el N° 5

Carlos Cárdenas
al Jurado Nacional de Elecciones
(JNE)
Este sábado 23 de junio vota por
Carlos Cárdenas 
como representante al
Jurado Nacional de Elecciones
por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima.


Marca el N°5:  VOTA ASI





Carlos Cárdenas 
Tu representante al JNE








viernes, 8 de junio de 2012

Carlos Alfredo Cárdenas Borja, rumbo al Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Ilustre Colegio de Abogados de Lima, oficializo candidatura de Jurista.

Carlos Alfredo Cárdenas Borja, rumbo al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
Ilustre Colegio de Abogados de Lima, oficializo candidatura de Jurista.
Carlos Cárdenas, abogado, candidato
favorito en esta justa electoral 

El Ilustre Colegio de Abogados de Lima, mediante comunicado de su Comite Electoral, oficializo la candidatura del destacado abogado, habilitándolo para participar en estas justas electorales.
Recordemos que este 23 de junio los abogados elegirán a su representante ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), siendo el abogado Carlos Alfredo Cardenas Borja, favorito para suceder en este cargo a la doctora Greta Minaya, ya próxima a culminar su mandato.
En breve comunicacion telefónica, Cárdenas nos informo que “…el número "5" es el que lo identificara en estas elecciones y, ese es el número que se deberá marcar el dia sábado 23 de junio, señalo además que agradece a los abogados y a todos aquellos que lo apoyaron para lograr su inscripción para participar en estas justas electorales…”
Agrego además “…que espera  contar con el apoyo de los abogados creyentes y defensores de la democracia, además que con la sugerencia y aporte de los mismos se lograra impartir una verdadera justicia electoral…”

Abogados saludan candidatura

Numerosos abogados celebraron la confirmación como candidato del abogado Cárdenas Borja, coincidiendo que “…con Carlos Cárdenas esta garantizada los derechos democráticos de los peruanos…” y  “..que la justicia electoral esta garantizada con Cárdenas por su amplia trayectoria democrática, por eso este sábado 23 de junio en forma indiscutible marcaremos sin temor alguno el N° 5..." 

Comunicado del Comite Electoral del Ilustre Colegio de Abogados de Lima,
emitido el Viernes 08 de Junio 2012.

lunes, 4 de junio de 2012

Carlos Alfredo Cárdenas Borja, rumbo al Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Ilustre Colegio de Abogados de Lima acepta inscripción provisional de destacado Jurista.


Carlos Cárdenas, rumbo al JNE
Carlos Alfredo Cárdenas Borja, rumbo al Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Ilustre Colegio de Abogados de Lima acepta inscripción provisional de destacado jurista.
La plena vigencia de la democracia y la transparencia de la justicia electoral esta garantizada, si el abogado Carlos Cárdenas resulta electo. Asi lo manifestaron numerosos abogados ante el anuncio efectuado por el Colegio de Abogados.
Cardenas Borja, manifestó que esta a la espera de la proclamación oficial de la Institución, a traves del respectivo comite electoral y, señalo ademas, que aun nadie es candidato, pues la lista oficial recien será publicada este ocho de junio. 




jueves, 18 de noviembre de 2010

Heriberto Benitez Rivas expone ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) / 27 de octubre 2010

Heriberto Benitez Rivas expone ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) / 27 de octubre 2010

Heriberto Benitez Rivas expone ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en audiencia publica defendiendo los intereses de los pobladores del Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia Del Santa, Región de Ancash, Perú

YouTube

Heriberto Benitez Rivas expone ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en audiencia publica defendiendo los intereses de los pobladores del Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia Del Santa, Región de Ancash, Perú

martes, 5 de octubre de 2010

PERÚ: En el 2011 tendremos 130 congresistas, diez más que en la actualidad (*)

PERÚ: En el 2011 tendremos 130 congresistas, diez más que en la actualidad (*)
Así lo oficializó hoy el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Esto debido a que el Congreso modificó el artículo 90 de la Constitución

El próximo Parlamento que elegiremos los peruanos el 10 de abril del 2011 ya no estará integrado por 120 congresistas, como hasta ahora, sino por 130. Así lo oficializó hoy el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) luego de que el Congreso modificara el artículo 90 de la Constitución.

El número de escaños corresponde a cada uno de los 26 distritos electorales, conformados por los 24 departamentos, la Provincia Constitucional del Callao y el recientemente creado Distrito Electoral de Lima Provincia.

Según la Resolución 2529-2010, publicada hoy en “El Peruano”, al Distrito Electoral Lima Provincias le corresponderá cuatro escaños sin afectar la distribución nacional existente, mientras que los seis nuevos restantes serán distribuidos de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones.

El dispositivo señala también que los electores residentes en el extranjero serán considerados dentro del Distrito Electoral de Lima.

Así, el distrito electoral de Lima tendrá 36 escaños, La Libertad y Piura 7, Arequipa y Cajamarca 6; mientras que Cusco, Áncash, Lambayeque, Junín y Puno, 5 escaños.

En el caso de Ica, Loreto y San Martín tendrán 4 escaños, respectivamente; mientras que, Moquegua, Pasco, Tacna, Tumbes, Amazonas, Huancavelica y Ucayali contarán con dos escaños cada uno.






jueves, 22 de abril de 2010

Alex Kouri Bumachar: En duda su postulación

Alex Kouri Bumachar: En duda su postulación
FUENTE: http://www.diariolaprimeraperu.com/online/noticia.php?IDnoticia=61046


Greta Minaya, Titular del Jurado Nacional de Elecciones del Perú

La miembro titular del Jurado Nacional de Elecciones, Greta Minaya, dijo que el ex presidente de la región Callao, Alex Kouri, no puede postular a la Alcaldía de Lima porque tiene un proceso penal abierto por el caso de la Vía Expresa del Callao.

Minaya explicó que de acuerdo a la ley vigente y su reglamento (Resolución 247-2010-JNE) el Jurado pondrá mucho énfasis en fiscalizar las hojas de vida de los candidatos en las próximas elecciones regionales y municipales. La misma reglamentación dice que uno de los requisitos para ser candidato es no tener procesos penales pendientes, ni juicios por alimentos.

Un trago amargo para el ex presidente de la región Callao. Un juicio pendiente le impediría postular.

Sin embargo, Kouri indicó que tiene comparecencia restringida pero no sentencia por ese caso. Minaya insistió en que “esas son las reglas de juego que se han planteado. Ahora, si se vulneran esas reglas, ya es responsabilidad de quienes lo permiten”. Indicó también que el JNE publicó el referido reglamento con la finalidad de fiscalizar y neutralizar la postulación de malos candidatos. De acuerdo a ese reglamento, los aspirantes presentarán una declaración jurada detallada y responderán si tienen proceso penal en curso o si han recibido una condena por delito doloso. “En esta oportunidad, el Jurado actuará fiscalizando, verificando que las hojas de vida correspondan a la realidad. Eso será antes de la inscripción del candidato y si por alguna eventualidad (un candidato) pasó este filtro, el Jurado tiene la potestad de tacharlo. El Jurado tiene la potestad de separarlo y para esto se hará un convenio con el Poder Judicial para poder acceder a los antecedentes”, aseveró Minaya en Ideeleradio.

martes, 30 de junio de 2009

Las resoluciones irrevisables del JNE


Las resoluciones irrevisables del JNE
FUENTE: DIARIO LA PRIMERA-PERU / HERIBERTO BENITEZ RIVAS -COLUMNISTA


El Título II de la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) referido a la organización de los gobiernos locales, determina los diez casos en que procede el pedido de vacancia de algún alcalde o regidor, provincial o distrital.
La norma legal establece que la solicitud, debidamente fundamentada, puede ser formulada por cualquier vecino directamente ante la propia Municipalidad o ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el procedimiento debe realizarse en una sesión extraordinaria y el acuerdo se adoptará con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa, lo cual forma parte del debido proceso legal, garantizado en nuestro ordenamiento jurídico vigente; la decisión del ayuntamiento es susceptible de reconsideración y de apelación, en cuyo caso el expediente debe enviarse al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que en un plazo no mayor de 30 días hábiles dicte la resolución final, la cual, por cierto, es definitiva y no revisable en otra vía.
Ítem más, para la suspensión de autoridades municipales, existen cinco causales definidas y una pequeña variación en el tiempo para interponer los recursos de reconsideración y/o apelación, precisándose, también, que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resuelve en instancia definitiva y su fallo es inapelable e irrevisable.
Ahora bien, existe una situación legal muy delicada, desde la óptica jurídica del respeto a los derechos humanos, relacionada a las decisiones finales que adopta el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) las cuales, por cierto, todos sabemos, son inapelables, invariables e inmodificables.
Hay casos en que, en primera instancia, el concejo municipal aprueba la vacancia de algún alcalde o regidor, el afectado impugna la decisión y, en segunda instancia, el máximo organismo electoral la confirma o revoca; sin embargo, existe la probabilidad que el ayuntamiento, en primera instancia, rechace un pedido de vacancia por unanimidad o mayoría, el denunciante apele y, en segunda instancia, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), con un criterio distinto, administrando justicia en materia electoral, decide revocar el acuerdo municipal y declara la vacancia de la autoridad local.
Esta sería una sanción administrativa, impuesta en instancia única.
El funcionario castigado tiene el derecho a la pluralidad de la instancia, la cual, no se encuentra legalmente regulada, ni reglamentada, ni desarrollada.
La interpretación limitada de las facultades del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) nos diría que nada se puede hacer, pero una democrática y amplia diría lo contrario; si se aplica la primera, el afectado tendría que interponer un proceso constitucional, someterse al calvario del Poder Judicial (PJ) y, tal vez, esperar que la causa llegue al Tribunal Constitucional (TC) ya que, el Recurso Extraordinario por afectación a las garantías del debido proceso y a la tutela procesal efectiva no forma parte de la doble instancia a la que tiene derecho toda persona y está supeditado al pago equivalente al 75% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).