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jueves, 25 de mayo de 2017

Indulto a Fujimori: ¿exigencia o perdón?, por César Nakazaki. “La sala reconoció que el principio de legalidad le impedía tipificar los hechos como delito de lesa humanidad”.

Indulto a Fujimori: ¿exigencia o perdón?, por César Nakazaki.
“La sala reconoció que el principio de legalidad le impedía tipificar los hechos como delito de lesa humanidad”.
"Si había condena por lesa humanidad sería nula. Así, el Tribunal Constitucional (TC), ¡salva la sentencia señalando que no hubo condena sino una “declaración” que no producía efectos legales! (Ilustración: Víctor Sanjinez)
La condena por lesa humanidad al ex presidente Alberto Fujimori fue un invento político y mediático que no existió en la sentencia. La acusación fue por delito de homicidio calificado y en el juicio no se debatió el tema de lesa humanidad. La falta de acusación por lesa humanidad hacía imposible una condena por este delito internacional.
En el fundamento 711 de la parte considerativa de la sentencia, la sala reconoció que el principio de legalidad le impedía tipificar los hechos como delito de lesa humanidad. La sala agregó al fallo un acto único en la jurisprudencia: la declaración de que para efecto del derecho internacional los hechos eran delito de lesa humanidad. Lo más grave de ello fue que para hacerlo tuvo que incorporar varios hechos –supuestos delitos del grupo Colina– que no fueron objeto de autorización por la Corte Suprema de Chile, ni de la acusación y menos del debate en juicio.
Si había condena por lesa humanidad sería nula. Así, el Tribunal Constitucional (TC), en la sentencia del 3 de mayo del 2016, Fundamento 50, ¡salva la sentencia señalando que no hubo condena sino una “declaración” que no producía efectos legales!
Lo que omitió el TC es que sí produjo estos efectos. Basta si no recordar que el presidente Ollanta Humala, en el 2013, dio como una razón para negar el indulto humanitario, la supuesta condena por lesa humanidad. Este extremo de la sentencia debió ser anulado vía hábeas corpus, a fin de que la ministra de Justicia no lo use para aconsejar erradamente al presidente Pedro Pablo Kuczynski.
Los delitos de lesa humanidad recién se incorporan a la legislación peruana en 1998. Nadie ha sido condenado por tales delitos con base en los hechos derivados de la defensa del Perú contra Sendero Luminoso y el MRTA.
Hay dos tipos de indulto: ordinario y humanitario. El indulto ordinario es una potestad del presidente de perdonar la pena. Al ser una gracia, puede ser condicionada a cumplir requisitos, por ejemplo, a no estar condenado por delito de secuestro. El indulto humanitario no es un perdón, es una exigencia para el Estado. Se trata de un mecanismo del derecho de los derechos humanos para terminar con penas inhumanas o crueles. Su prohibición forma parte de la Constitución en resguardo de normas internacionales sobre derechos humanos que regulan la ejecución de la pena privativa de la libertad.
La cárcel se vuelve inconstitucional cuando por enfermedad o ancianidad ya no solo quita la libertad ambulatoria, sino la salud y la vida. No existe la pena de muerte progresiva, ni la de pérdida de la salud.
La persecución de los delitos de lesa humanidad y la prohibición de la pena inhumana o cruel tienen el mismo fundamento de humanidad: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de 1955, la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1987, el Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas sometidas a cualquier Forma de Detención o Prisión de 1988 y los Principios Básicos para el Tratamiento de los Reclusos de 1990.

El indulto humanitario procede ante todo tipo de delito, incluyendo los de guerra y lesa humanidad. Su único presupuesto es una pena inhumana o cruel, cuyo significado no está aún desarrollado en la ley nacional pero sí ampliamente en el derecho de los derechos humanos, al cual se puede acudir para comprobar cómo la vejez, la psicosis, el Alzheimer, el Parkinson, etc., exigen aplicar el indulto humanitario.
No es correcto que solo a los enfermos terminales se les deba dar indulto humanitario. Tal criterio responde a una equivocada comprensión del decreto supremo que crea la Comisión de Indultos y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de Penas.
Los casos de indulto previstos en la norma administrativa son solo ilustrativos. No puede un decreto supremo, por jerarquía normativa, limitar la potestad constitucional de indulto, menos siendo el indulto humanitario un mecanismo para que el Estado Peruano cumpla con la prohibición de penas inhumanas o crueles.
El presidente de la República no tiene razón jurídica para no otorgar el indulto humanitario a Alberto Fujimori. Pero sí una exigencia constitucional de hacerlo.

*El autor estuvo a cargo de la defensa del ex presidente Fujimori hasta el 2013. 


FUENTE:
CÉSAR NAKAZAKI,  ABOGADO PENALISTA
http://elcomercio.pe/opinion/colaboradores/exigencia-perdon-cesar-nakazaki-425872


Advierten sobre problemas para lograr detención de Alejandro Toledo en EE.UU. Desde el Poder Judicial y el Ministerio Público señalan que hay la posibilidad de que se rechace pedido para arrestar al ex presidente.

Advierten sobre problemas para lograr detención de Alejandro Toledo en EE.UU.
Desde el Poder Judicial y el Ministerio Público señalan que hay la posibilidad de que se rechace pedido para arrestar al ex presidente.
El ex presidente Alejandro Toledo durante una de sus presentaciones en la ciudad de Nueva York. (Foto: EFE)
Han pasado tres meses y medio desde que el Gobierno Peruano solicitó a la justicia de Estados Unidos el arresto provisorio con fines de extradición del ex presidente Alejandro Toledo. Sin embargo, el requerimiento no ha pasado ni siquiera la primera etapa administrativa ante las autoridades estadounidenses.
Ninguna autoridad peruana ha sabido explicar de manera clara por qué la demora. Lo único cierto es que Alejandro Toledo, a quien se acusa de haber recibido US$20 millones en coimas de la empresa Odebrecht, se pasea por EE.UU. sin ninguna restricción.
Pero la lentitud del trámite para la detención sería el menor de los problemas para el Perú. Y es que, según advirtieron fuentes judiciales y fiscales, una vez que la segunda solicitud provisional de detención con fines de extradición –por el Caso Ecoteva– sea enviada a EE.UU., se podría generar un conflicto jurídico y las autoridades estadounidenses podrían rechazar de plano ambos pedidos. ¿La razón? Según las mismas fuentes, la justicia de EE.UU. podría interpretar que Alejandro Toledo viene siendo juzgado en dos instancias penales por el mismo hecho delictivo: recibir y ocultar las coimas de la empresa Odebrecht.
Como se recordará, el primer requerimiento fue enviado a EE.UU. el pasado 10 de febrero, tras un dictamen del juez Richard Concepción. El pedido fue hecho por el fiscal Hamilton Castro, quien fundamentó los presuntos delitos de lavado de activos y tráfico de influencias en las coimas que habría recibido Toledo de la constructora brasileña.
La segunda solicitud que el juez Abel Concha, del Juzgado Penal de Lima 16, debe enviar en los próximos días también es por el presunto delito de lavado de activos. En este caso, la fundamentación fue realizada por la fiscal Manuela Villar, quien ha relegado su teoría de las ocho fuentes de dinero ilícito para respaldarse en las coimas que Alejandro Toledo habría recibido de Odebrecht.

Las fuentes del Poder Judicial y del Ministerio Público cercanas al proceso consideraron que la presentación de dos requerimientos terminaría siendo contraproducente para el Perú.

—Coincidencias—
Al respecto, el abogado César Nakazaki, quien participó en el caso de extradición de Manuel Burga hacia Estados Unidos, consideró un “peligro” que se presente la segunda solicitud.
“Es un peligro porque a la justicia de EE.UU. habrá que explicarle muy bien la diferencia. Acá se llama identidad de hecho y hechos conexos. La parte de la relación de Alejandro Toledo con los empresarios brasileños, eso no es tema Ecoteva”, opinó.

Para la ex procuradora supranacional Delia Muñoz, la preocupación radica en que EE.UU. no acepte la diferenciación porque sus cánones jurídicos son muy “especiales”.
“Si no unifican los casos, se va a caer en un punto que los norteamericanos no te aceptan, que es el ne bis in ídem; es decir que Alejandro Toledo no puede ser procesado por lo mismo dos veces”, dijo.

FUENTE:

http://elcomercio.pe/politica/advierten-problemas-lograr-detencion-alejandro-toledo-ee-uu-425921


jueves, 28 de marzo de 2013

Ministerio Público: Sacando el Cuerpo. Narcotráfico: El fiscal de la Nación, José Peláez, debe explicar por qué el Ministerio Público se encuentra a punto de hundir el caso Sánchez Paredes.

Ministerio Público: Sacando el Cuerpo
Narcotráfico: El fiscal de la Nación, José Peláez, debe explicar por qué el Ministerio Público se encuentra a punto de hundir el caso Sánchez Paredes. 
Ningún representante del Ministerio Público acudió a la audiencia judicial más importante del proceso. Y lo que es peor: la Fiscalía hizo llegar al tribunal el informe que solicita archivar todo el caso
El pasado jueves 21 deben haber sonado las alarmas en las unidades que combaten al narcotráfico en Perú y Estados Unidos.
Y quizá también en Colombia y México.

Aquel día, en vísperas de Semana Santa, el Ministerio Público volvió a clavar la lanza en el costado de la lucha contra el lavado de dinero y el tráfico de drogas. 
Orlando Sánchez Paredes es uno de los procesados en el más grande caso de lavado de dinero del país
Después de un año cargado de reveses, denuncias que empañaban el debido proceso y sucesivos cambios de magistrados, el Colegiado “D” de la Sala Penal Nacional convocó a audiencia pública para definir el destino del caso Sánchez Paredes.

Tratándose del más grande caso de lavado de dinero de la historia peruana, la expectativa era singular.

La audiencia tenía como propósito escuchar los alegatos de la defensa de los procesados: los hermanos Orlando, Manuel y Wilmer Sánchez Paredes; Fidel y Miguel Sánchez Alayo; Blanca Sánchez Príncipe y el exministro aprista Jesús Esteves Ostolaza. 
El Colegiado “D” emitirá dictamen en un mes. La Fiscalía complicó las cosas.
El plato de fondo lo constituían los informes de la procuradora antidrogas Sonia Medina y, especialmente, del representante del Ministerio Público.

En una nota de prensa difundida la semana pasada por el Colegiado “D” se destacaba que la opinión del fiscal encargado del caso tendría una especial relevancia.

Luego de ello, el tribunal tomaría una decisión.

Pero he aquí que ocurrió lo inesperado: ningún representante del Ministerio Público acudió a la audiencia clave.

Y lo que es peor, la Fiscalía hizo llegar al tribunal el informe que recomienda refundir el emblemático caso en el archivo definitivo.

GÓLGOTA JUDICIAL

El calvario empezó a las 9 de la mañana, cuando ingresaron a la Sala los jueces del Colegiado “D”: Luis Alberto Cevallos, Jackeline Yalán y Liliana Placencia. 
Jueves 21. La procuradora antidrogas Sonia Medina Calvo se batió sola contra los abogados de los procesados en cinco largas horas de audiencia.
Sentados de espaldas al ventanal, jocosos y distendidos, se ubicaban los abogados César Nakazaki, Luis Roy Freyre, Luis Reyna y Jorge Paredes.

En la otra orilla, la procuradora Sonia Medina ordenaba sus papeles con aprehensión.

Estaba más sola que nunca.

El tribunal empezó leyendo el único documento que le había hecho llegar el Ministerio Público: el informe de la fiscal María Maguiña, quien en abril del año pasado recomendó archivar el caso, aduciendo que la fortuna de los hermanos Sánchez Paredes “está debidamente fundamentada” (CARETAS 2226 - Abogados en Acción
En la investigación fiscal del caso de la matanza de Ica también ocurrieron cosas extrañas.
El informe Maguiña provocó tal escándalo que el fiscal de la Nación, José Peláez Bardales, ordenó separarla del cargo y someterla a una investigación interna.

“Estamos convencidos plenamente que este caso debe llegar a un juicio oral de todas maneras y hacemos votos para que la Sala que va a resolver se pronuncie”, declaró Peláez Bardales al programa ‘No Hay Derecho’ de Ideeleradio hace un año.

Sucedió lo contrario.

El mes pasado, el fiscal supremo de Control Interno, Carlos Ramos Heredia, absolvió a Maguiña y así el informe que ordenaba enviar el gigantesco caso al archivo fue remitido sin atenuantes por la propia Fiscalía de la Nación a la Sala Penal Nacional.

FISCAL DE VACACIONES

Como era de esperarse, la ausencia del representante del Ministerio Público fue aplaudida por la defensa de los procesados.

“Solicitamos que de conformidad con la vapuleada fiscal Maguiña y su dictamen (sic), la Sala disponga no haber mérito para pasar a juicio oral y el archivamiento del proceso”, exigió Luis Roy Freyre, abogado de Manuel Sánchez Paredes y padre de Eduardo Roy Gates, consejero legal del presidente Ollanta Humala.
De Ripley. Abogado César Nakazaki exige ahora que se respete el fallo de la Fiscalía.
La procuradora se batió sola contra los abogados y, tras 5 largas horas de audiencia, se marchó exhausta e indignada.

“La inercia del Ministerio Público es insólita”, se lamentó Medina. “En un caso de gran connotación para el país, esperaba que un fiscal ilustrara a la Sala sobre su posición. Me dejaron sola”.

CARETAS supo que quien debía acudir a la audiencia del jueves 21 era el titular de la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Criminalidad Organizada, Fidel Castro Chirinos, pero este solicitó vacaciones antes de que se programara la vista de causa.

Su adjunta, Rosa Flores Chávez, evitó declarar a esta revista.

Quien sí lo hizo fue el coordinador de las Fiscalías Especializadas en Criminalidad Organizada, Jorge Chávez.

“Yo planteé la acusación del caso Sánchez Paredes, en 2010. Después de eso ya no tuve nada más que ver en el caso”, sostuvo.
Fuentes cercanas al Fiscal de la Nación dijeron que este “desconocía” lo que había ocurrido y que “tomaría cartas en el asunto”.

Medina retrucó: “No es lógico ni coherente que la máxima autoridad del Ministerio Público desconozca lo que hacen sus propios fiscales en el más grande caso de lavado de activos”.

No lo es, sin duda, porque a este último y grave incidente se suman otros sucesos extraños:

l En el caso de la matanza protagonizada por guardaespaldas de Manuel Sánchez Paredes y de sus hijos frente al Poder Judicial de Ica, en febrero del 2011, un fiscal, José Luis Herrera, se pasó casi 2 años sin emitir dictamen y después fue “promovido” de puesto. A su reemplazante, el fiscal César Pecho Peche, le tomó un mes excluir al clan trujillano a pesar de que los muertos trabajaban para ellos.

l Del mismo modo, la investigación a Orlando Sánchez Paredes y a la minera Comarsa por desvío de insumos químicos al narcotráfico estuvo un año en manos del fiscal Tony García. Cuando se disponía a emitir dictamen fue removido del cargo, en octubre pasado. Su sucesor, Fidel Castro, archivó el caso en 2 meses.

LO QUE IMPORTA

La notoria lavada de manos preocupa más porque el narcotráfico está alcanzando niveles alarmantes y colándose por todos los estamentos del Estado.

La semana pasada, la propia Fiscalía Antidrogas del Callao desarticuló en el aeropuerto Jorge Chávez una red de corrupción que involucra a 10 agentes antidrogas con cárteles mexicanos.

Y hasta el congresista Kenji Fujimori, hijo del encarcelado expresidente, enfrenta la posibilidad de una investigación tras el hallazgo de 100 kilos de cocaína en un depósito aduanero del que es socio fundador.

El Colegiado “D” de la Sala Penal Nacional emitirá dictamen en un mes, pero la posición de la Fiscalía ha complicado las cosas.

Echar tierra sobre una investigación que ha durado cinco años y negar los esclarecimientos finales de un juicio oral es imperdonable.

Y absurdo porque, mientras esto ocurre en el Perú, en EE.UU., la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York congeló 13 cuentas bancarias de Manuel Sánchez Paredes y de sus seis hijos por tráfico internacional de drogas y lavado de dinero ( CARETAS 2253 – Sánchez Paredes: Entre la Corte y la Pared

Y todo indica que llevará el caso ante un Gran Jurado de Nueva York.
¿Le importa esto al doctor Peláez Bardales? ¿O es que seguirá haciendo la de Pilatos? 

(Escribe: Américo Zambrano)
FUENTE: http://www.caretas.com.pe/Main.asp?T=3082&S=&id=12&idE=1094&idSTo=0&idA=63167#.UVUChxdLN1B


martes, 19 de abril de 2011

Carlos Mesía, presidente del Tribunal Constitucional peruano, precisa que este organismo no tiene competencia para liberar a ex mandatario

Carlos Mesía, presidente del Tribunal Constitucional peruano, precisa que este organismo no tiene competencia para liberar a ex mandatario


El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Carlos Mesía, afirmó hoy que desde su instancia jurisdiccional es imposible liberar al ex presidente Alberto Fujimori porque esa no es su competencia, al corresponderle al Poder Judicial.

“Cocinar la liberación de Fujimori desde el Tribunal Constitucional no puede ser posible porque la libertad, inocencia o culpabilidad de Fujimori no es competencia nuestra, solo la puede ver el Poder Judicial”, remarcó.

Recalcó que TC solo evaluará la “forma y no el fondo” del proceso judicial contra el ex mandatario.

“Nosotros no podemos liberar a Fujimori, lo que sí podemos hacer es pronunciarnos sobre si en el proceso penal se ha garantizado el debido proceso y nada más. Es decir vamos a ver la forma, pero no el fondo”, precisó.


Explicó que los magistrados del TC se encuentran evaluando el habeas corpus planteado por César Nakazaki, abogado de Alberto Fujimori, que pide la nulidad de la resolución que ratifica la sentencia de 25 años contra el ex mandatario por delitos de lesa humanidad.

Dijo que en caso el recurso constitucional fuera favorable al ex mandatario, se eliminaría la sentencia en la segunda instancia más no en la primera instancia.

“Lo que pide el abogado de Fujimori es que los jueces de segunda instancia se aparten del proceso, argumentando que adelantaron opinión o porque son incompetentes. Eso pide, no que se declare inocente o culpable porque eso no compete al Tribunal Constitucional”, agregó en declaraciones a RPP.

Indicó que la consecuencia de una resolución favorable implicaría recomponer a los integrantes de la segunda instancia para volver a examinar la primera resolución del juez César San Martín.

En otro momento, sostuvo que la actual Constitución contiene diversos artículos que ofrecen garantías al modelo económico vigente.

Refirió que no hay forma de expropiar fondos privados porque “según la Constitución son intangibles”.

“La Constitución tiene un artículo que garantiza la libre tenencia de la moneda extranjera y de los ahorros. Establece también la igualdad de la inversión privada y nacional, y una serie de garantías al modelo económico que actualmente impera en el país”, acotó.

FUENTE: http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?id=3BVjEDNz9SA=



jueves, 27 de enero de 2011

Cesar Nakazaki sustenta Habeas Corpus a favor de Alberto Fujimori ante el Tribunal Constitucional

Cesar Nakazaki sustenta Habeas Corpus a favor de Alberto Fujimori ante el Tribunal Constitucional



http://www.youtube.com/watch?v=AhBUVFgu5uQ

Abogado, Cesar Nakazaki, sustenta Habeas Corpus a favor de Alberto Fujimori Fujimori, ante el pleno del Tribunal Constitucional del Perú, fecha de audiencia 26 de enero del 2011, Expediente Nº 04235-2010, contra Jorge Alfredo Solis Espinoza y otros (Vocales de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema Peruana). (Fuente: telesurtv)

YouTube


Abogado, Cesar Nakazaki, sustenta Habeas Corpus a favor de Alberto Fujimori Fujimori, ante el pleno del Tribunal Constitucional del Perú, fecha de audiencia 26 de enero del 2011, Expediente Nº 04235-2010, contra Jorge Alfredo Solis Espinoza y otros (Vocales de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema Peruana). (Fuente: telesurtv)

miércoles, 26 de enero de 2011

Plantean que fallo del Tribunal Constitucional sobre Caso Fujimori (habeas corpus), se resuelva después de las elecciones

Plantean que fallo del TC sobre Caso Fujimori (habeas corpus), se resuelva después de las elecciones
Su titular, Carlos Mesía, señaló que el tribunal no quiere ser utilizado o manoseado en el proceso electoral

La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el hábeas corpus presentado por la defensa del ex presidente Alberto Fujimori contra la sala suprema que confirmó su sentencia de 25 años de prisión podría resolverse después de las elecciones generales, según opinó Carlos Mesía, titular del colegiado.

Lo dijo al comentar la audiencia pública que se desarrolló esta mañana en la sede del TC, donde los magistrados escucharon los alegatos a favor y en contra del abogado de Fujimori, César Nakazaki, así como de la Procuraduría del Poder Judicial.

“Yo pienso que este tema debería ser resuelto por el Tribunal Constitucional en mayo, incluso después de la segunda vuelta, sin embargo, tiene sus pros y sus contras, en fin es una decisión que hoy vamos a discutir, no es el único caso”, sostuvo en entrevista a Radio San Borja.

Agregó que el TC “no quiere aparecer como utilizado o manoseado en el proceso electoral”. Sin embargo, recordó que debe tomarse en cuenta que se trata de una acción de hábeas corpus, que debe tramitarse rápida y preferentemente.

UN ANTECEDENTE
Mesía señaló que existe un antecedente en el TC sobre una medida similar. Fue en el caso del ex candidato a la Municipalidad de Lima, Álex Kouri, quien solicitó que el proceso que se le sigue por las presuntas irregularidades en la construcción de la Vía Expresa del Callao se resolvieran luego de los comicios.

El pedido de la defensa de Fujimori quedó al voto.

FUENTE: http://elcomercio.pe/politica/704301/noticia-plantean-que-fallo-tc-sobre-caso-fujimori-se-resuelva-despues-elecciones

Habeas Corpus a favor de Alberto Fujimori Fujimori

Habeas Corpus a favor de Alberto Fujimori Fujimori

Carlos Mesia, Presidente del Tribunal Constitucional Peruano

Hoy el Tribunal Constitucional desarrolló una audiencia pública, el habeas Corpus a favor del ex presidente del Perú Alberto Fujimori Fujimori, causa signada con el numero 23, expediente Nº 04235-2010, contra Jorge Alfredo Solis Espinoza y otros (Vocales de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema Peruana).

Se escucharon los alegatos del abogado de Fujimori, César Nakazaki, y del representante de la Procuraduría del Poder Judicial.

El colegiado dejó al voto la decisión final. Después de la audiencia, los magistrados se reunieron para analizar los documentos presentados por ambas partes.

martes, 25 de enero de 2011

Alberto Fujimori: Habeas Corpus a su favor se vera el miercoles 26 de enero en el Tribunal Constitucional peruano

Alberto Fujimori: Habeas Corpus a su favor se vera el miercoles 26 de enero, en el Tribunal Constitucional peruano

Para el dia Miercoles 26 de enero a las 9.30 de la mañana, el Tribunal Constitucional del Perú fija fecha para Vista de la Causa, en relación a Habeas Corpus a favor de ex presidente Alberto Fujimori Fujimori.

Cesar Nakazaki y Alberto Fujimori
(imagen fuente internet)

La Secretaría - Relatoria, del Tribunal Constitucional del Perú, programo la vista de la causa en audiencia publica, que se llevara a cabo en su local sito en Jr. Azangaro Nº112, la causa signada con el numero 23, expediente 04235-2010-HC, Cesar Augusto Nakazaki Servigon a favor de ex presidente Alberto Fujimori Fujimori.

Dicha acción constitucional es dirigida contra Jorge Alfredo Solis Espinoza y otros (Vocales de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema Peruana)

viernes, 14 de enero de 2011

Tribunal Constitucional del Perú fija fecha para Vista de la Causa, en relación a Habeas Corpus a favor de ex presidente Alberto Fujimori Fujimori.

Tribunal Constitucional del Perú fija fecha para Vista de la Causa, en relación a Habeas Corpus a favor de ex presidente Alberto Fujimori Fujimori.

La Secretaría - Relatoria del Tribunal Constitucional del Perú, ha programado este viernes 14, fecha para la vista de la causa en audiencia publica, la misma que se llevara a cabo en su local sito en Jr. Azangaro Nº112, la causa signada con el numero 23, expediente 04235-2010-HC, Cesar Augusto Nakazaki Servigon a favor de ex presidente Alberto Fujimori Fujimori.
La audiencia programada se llevara a cabo el dia miercoles 26 de enero a las 09.30 de la mañana.

Dicha acción constitucional es dirigida contra Jorge Alfredo Solis Espinoza y otros (Vocales Supremos de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema Peruana)