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sábado, 18 de enero de 2020

Alberto Fujimori recibiría condena por otros 25 años más de cárcel Por la masacre de Pativilca, cometida en enero de 1992, el dictador y otros presuntos responsables del crimen de lesa humanidad serán llevados a juicio oral en las próximas semanas.


Alberto Fujimori recibiría condena por otros 25 años más de cárcel
Por la masacre de Pativilca, cometida en enero de 1992, el dictador y otros presuntos responsables del crimen de lesa humanidad serán llevados a juicio oral en las próximas semanas.
El abogado de los familiares de las víctimas del caso Pativilca y abogado de Aprodeh, Cristian Huaylinos, señaló que días antes de conocerse la resolución de la Corte Suprema que dispuso la nulidad del derecho de gracia a favor de Alberto Fujimori, la Sala Penal Nacional programó una audiencia para el 24 de enero, en la cual además de discutir unas excepciones presentadas por los procesados del caso Pativilca también se podría definir el inicio del juicio oral. “Esperamos que no hayan mayores dilaciones y se inicie el proceso luego de dos años de espera”, señaló.
La matanza de Pativilca fue cometida el 29 de enero de 1992, cuando el grupo Colina secuestró y asesinó a seis personas: John Calderón Ríos, Toribio Ortiz Aponte, Felandro Castillo Manrique, César Rodríguez Esquivel, Pedro Agüero y Pedro Arias Velásquez. En este caso, Alberto Fujimori es procesado como presunto autor mediato de homicidio calificado y asociación ilícita para delinquir.
Huaylinos remarcó que “las seis personas asesinadas eran campesinos de la comunidad Caraqueño, víctimas circunstanciales que nada tuvieron que ver actividades subversivas”, y que las imputaciones a Alberto Fujimori en este caso están basadas en que por su condición de “líder del aparato organizado de poder y ser jefe supremo de FF.AA.” tuvo pleno conocimiento de todas las acciones realizadas por el grupo Colina.
“Él incluso daba luz verde a varios operativos, incluyendo el de Barrios Altos en el ‘91. Fujimori tenía conocimiento del operativo enPativilca, ha tenido una participación mediata como jefe supremo de las FF.AA.”, agregó.
25 AÑOS DE CÁRCEL
El jurista señaló que por el caso Pativilca, al ser un delito de lesa humanidad cometido por el aparato organizado del Estado contra la población civil, la pena que podría recaer contra Alberto Fujimori sería de 25 años de pena privativa de la libertad.
En cuanto a los tiempos que demandaría el proceso judicial, Huaylinos indicó que debido a la alta carga procesal que tiene el colegiado responsable de resolver el caso, sumado a la complejidad del mismo, el plazo hasta su resolución podría extenderse considerablemente. Sin embargo, expresó sus expectativas de que este plazo no sea mayor a tres años.
Finalmente, remarcó que el caso Pativilca se trata básicamente de una reivindicación de las víctimas y los familiares, que tras 29 años siguen esperando por justicia. “Estamos hablando de un delito cometido en los ‘90, ya estamos iniciando la segunda década del siglo 21 y recién se va a iniciar el juicio oral. Después de tantos años y trabas, este es un ejercicio de memoria para reivindicar a las víctimas y demostrar que son inocentes de toda imputación delictiva, y para demostrar que el actuar del Estado en aquel entonces ha tenido consecuencias nefastas para la población civil”, sentenció.
DERECHO DE GRACIA IRREGULAR
Por su parte, el abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Carlos Rivera, destacó días atrás la decisión de la Corte Suprema al dar cuenta “de algo que se ha venido consolidando en la justicia peruana y es que no hay poderes omnímodos, aún cuando este sea el presidente de la República”, en referencia a la anulación de la gracia presidencial otorgada por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski al dictador Alberto Fujimori. “Sobre esa base, la Corte Suprema analiza la constitucionalidad y convencionalidad del indulto”, añadió.
Acerca del derecho de gracia otorgado a Fujimori, Rivera recordó que “la comisión de gracias del Ministerio de Justicia, sin que nadie se lo pida, consideró – tras el indulto concedido por Kuczynski – que también correspondía otorgar el derecho de gracia, el cual corresponde a las personas que están procesadas”, lo que calificó de arbitrario.
Además, Rivera advirtió que inclusive se cometió una irregularidad porque en ese momento no se indicó cuáles eran los procesos por los cuales se le otorgaba el derecho de gracia. “Es bastante abierto y arbitrario, pero sobre ese derecho de gracia, absolutamente genérico, se pretendió librarlo del caso Pativilca”, indicó.

JOSÉ ALFREDO MADUEÑO
FUENTE: https://diariouno.pe/alberto-fujimori-recibiria-condena-por-otros-25-anos-mas-de-carcel/



jueves, 25 de mayo de 2017

Indulto a Fujimori: ¿exigencia o perdón?, por César Nakazaki. “La sala reconoció que el principio de legalidad le impedía tipificar los hechos como delito de lesa humanidad”.

Indulto a Fujimori: ¿exigencia o perdón?, por César Nakazaki.
“La sala reconoció que el principio de legalidad le impedía tipificar los hechos como delito de lesa humanidad”.
"Si había condena por lesa humanidad sería nula. Así, el Tribunal Constitucional (TC), ¡salva la sentencia señalando que no hubo condena sino una “declaración” que no producía efectos legales! (Ilustración: Víctor Sanjinez)
La condena por lesa humanidad al ex presidente Alberto Fujimori fue un invento político y mediático que no existió en la sentencia. La acusación fue por delito de homicidio calificado y en el juicio no se debatió el tema de lesa humanidad. La falta de acusación por lesa humanidad hacía imposible una condena por este delito internacional.
En el fundamento 711 de la parte considerativa de la sentencia, la sala reconoció que el principio de legalidad le impedía tipificar los hechos como delito de lesa humanidad. La sala agregó al fallo un acto único en la jurisprudencia: la declaración de que para efecto del derecho internacional los hechos eran delito de lesa humanidad. Lo más grave de ello fue que para hacerlo tuvo que incorporar varios hechos –supuestos delitos del grupo Colina– que no fueron objeto de autorización por la Corte Suprema de Chile, ni de la acusación y menos del debate en juicio.
Si había condena por lesa humanidad sería nula. Así, el Tribunal Constitucional (TC), en la sentencia del 3 de mayo del 2016, Fundamento 50, ¡salva la sentencia señalando que no hubo condena sino una “declaración” que no producía efectos legales!
Lo que omitió el TC es que sí produjo estos efectos. Basta si no recordar que el presidente Ollanta Humala, en el 2013, dio como una razón para negar el indulto humanitario, la supuesta condena por lesa humanidad. Este extremo de la sentencia debió ser anulado vía hábeas corpus, a fin de que la ministra de Justicia no lo use para aconsejar erradamente al presidente Pedro Pablo Kuczynski.
Los delitos de lesa humanidad recién se incorporan a la legislación peruana en 1998. Nadie ha sido condenado por tales delitos con base en los hechos derivados de la defensa del Perú contra Sendero Luminoso y el MRTA.
Hay dos tipos de indulto: ordinario y humanitario. El indulto ordinario es una potestad del presidente de perdonar la pena. Al ser una gracia, puede ser condicionada a cumplir requisitos, por ejemplo, a no estar condenado por delito de secuestro. El indulto humanitario no es un perdón, es una exigencia para el Estado. Se trata de un mecanismo del derecho de los derechos humanos para terminar con penas inhumanas o crueles. Su prohibición forma parte de la Constitución en resguardo de normas internacionales sobre derechos humanos que regulan la ejecución de la pena privativa de la libertad.
La cárcel se vuelve inconstitucional cuando por enfermedad o ancianidad ya no solo quita la libertad ambulatoria, sino la salud y la vida. No existe la pena de muerte progresiva, ni la de pérdida de la salud.
La persecución de los delitos de lesa humanidad y la prohibición de la pena inhumana o cruel tienen el mismo fundamento de humanidad: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de 1955, la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1987, el Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas sometidas a cualquier Forma de Detención o Prisión de 1988 y los Principios Básicos para el Tratamiento de los Reclusos de 1990.

El indulto humanitario procede ante todo tipo de delito, incluyendo los de guerra y lesa humanidad. Su único presupuesto es una pena inhumana o cruel, cuyo significado no está aún desarrollado en la ley nacional pero sí ampliamente en el derecho de los derechos humanos, al cual se puede acudir para comprobar cómo la vejez, la psicosis, el Alzheimer, el Parkinson, etc., exigen aplicar el indulto humanitario.
No es correcto que solo a los enfermos terminales se les deba dar indulto humanitario. Tal criterio responde a una equivocada comprensión del decreto supremo que crea la Comisión de Indultos y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de Penas.
Los casos de indulto previstos en la norma administrativa son solo ilustrativos. No puede un decreto supremo, por jerarquía normativa, limitar la potestad constitucional de indulto, menos siendo el indulto humanitario un mecanismo para que el Estado Peruano cumpla con la prohibición de penas inhumanas o crueles.
El presidente de la República no tiene razón jurídica para no otorgar el indulto humanitario a Alberto Fujimori. Pero sí una exigencia constitucional de hacerlo.

*El autor estuvo a cargo de la defensa del ex presidente Fujimori hasta el 2013. 


FUENTE:
CÉSAR NAKAZAKI,  ABOGADO PENALISTA
http://elcomercio.pe/opinion/colaboradores/exigencia-perdon-cesar-nakazaki-425872


Fujimori cometió crímenes de lesa humanidad, (por Carlos Rivera). “Lo que hizo el tribunal fue calificar los hechos de Barrios Altos y La Cantuta como crímenes de lesa humanidad”.

Fujimori cometió crímenes de lesa humanidad, (por Carlos Rivera).
“Lo que hizo el tribunal fue calificar los hechos de Barrios Altos y La Cantuta como crímenes de lesa humanidad”.
Nuestro Director Ejecutivo, Carlos Alfredo Cardenas Borja y Carlos Rivera, Director del Instituto de Defensa Legal
Los casos de Barrios Altos y La Cantuta constituyen crímenes de lesa humanidad, pero algunos alegan que tal condición fue “mañosamente” incluida por el juez César San Martín en el momento de emitir la sentencia. Otros dicen que tal calificación constituye una violación al principio de legalidad, ya que se habría aplicado una ley promulgada varios años después de los hechos.
El fallo de la sentencia dictada por la Sala Penal Especial, presidida por el juez San Martín, en el parágrafo 823 condena a Alberto Fujimori como autor mediato de los delitos de asesinato, lesiones graves (Barrios Altos y La Cantuta) y secuestro agravado (Gorriti y Dyer), estableciendo que “los mencionados delitos de homicidio calificado y lesiones graves constituyen crímenes contra la humanidad según el Derecho Internacional Penal”.
El asesinato, las lesiones graves y el secuestro agravado están tipificados en el Código Penal de 1991 y, consecuentemente, no existe ninguna violación del principio de legalidad penal. Lo que hizo el tribunal fue calificar los hechos de Barrios Altos y La Cantuta como crímenes de lesa humanidad. No los retipificó sino los calificó, utilizando el derecho internacional consuetudinario. Esta es una calificación complementaria que no tiene efectos incriminatorios ni punitivos, aunque sí tiene efectos de carácter secundario. En los fundamentos jurídico-penales, la sentencia presenta el desarrollo histórico de los delitos de lesa humanidad desde los convenios de La Haya relativos a las leyes y costumbres de la guerra terrestre de 1899 y 1907, así como de la noción de crímenes de lesa humanidad que por primera vez fue consagrada de manera explícita en el artículo 6 del Estatuto del Tribunal Internacional de Nuremberg (1945). Así, hacia 1991 toda la comunidad internacional no tenía ninguna duda de que crímenes como Barrios Altos y La Cantuta constituían un ataque no solo contra las víctimas directas, sino contra el conjunto de la humanidad.
En el juicio se logró acreditar que Barrios Altos y La Cantuta fueron dos de una docena de operaciones ejecutadas por el destacamento Colina entre 1991 y 1992 en las cuales siempre se ejecutaron personas, acreditando así el ataque sistemático. Se probó que esos hechos eran parte de una política de Estado, y que los ejecutores materiales y el autor mediato eran funcionarios y que las víctimas eran parte de la población civil, demostrándose los cuatro requisitos que el derecho penal internacional exige para calificar un hecho como crimen de lesa humanidad.

El Caso Barrios Altos fue reabierto en abril del 2001, luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró sin efectos jurídicos las leyes de amnistía. Algunos meses después, el 13 de setiembre del 2001, la Vocalía de Instrucción abrió el proceso penal contra Alberto Fujimori por este caso al haberse establecido que había desarrollado “[…] mecanismos de violación sistemática de los derechos humanos con el pretexto de acabar con los últimos rezagos de los movimientos subversivos que operaban en el país […]”. En el 2002 el fiscal Richard Saavedra y en el 2003 el fiscal Eduardo Mundaca se pronunciaron señalando expresamente que –al amparo del derecho internacional consuetudinario– Barrios Altos constituía un crimen de lesa humanidad.
Durante el juicio oral el intenso debate probatorio sobre la existencia de un contexto de violación de los derechos humanos durante los años 90 ayudó a la parte civil, desde la primera sesión, a desarrollar los fundamentos del crimen de lesa humanidad. En este debate participó la defensa del condenado. Así, la calificación no fue una sorpresa, sino una conclusión.
Por lo tanto, tal calificación no se sustenta en la Ley 26926 que tipificó los “delitos contra la humanidad” y los incorporó al Código Penal en febrero de 1998. Consecuentemente, no hay una aplicación retroactiva de la ley penal.
La calificación no es declarativa ya que sí tiene efectos de carácter secundario, porque, cuando un hecho es calificado como un crimen de lesa humanidad automáticamente se transforma en imprescriptible, habilita la jurisdicción universal y quedan prohibidos el otorgamiento de amnistías e indultos. Esta prohibición la encontramos en la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Así, en la sentencia Gutiérrez Soler vs. Colombia, la corte declara “[…] el Estado deberá abstenerse de recurrir a figuras como la amnistía, el indulto, la prescripción […]”.
Entonces, no queda duda de que Alberto Fujimori fue condenado por los delitos de asesinato y lesiones graves tipificados en nuestra ley penal nacional, los que de acuerdo con el derecho penal internacional constituyen crímenes de lesa humanidad.
* El autor representó a las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta en el juicio a Alberto Fujimori.

FUENTE:
CARLOS RIVERA, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL*
http://elcomercio.pe/opinion/colaboradores/alberto-fujimori-cometio-crimenes-lesa-humanidad-c-rivera-425876


viernes, 5 de mayo de 2017

Baltasar Garzón: “Las leyes de amnistía no son aplicables al crimen de lesa humanidad”. La justicia necesitó dos décadas para tumbar la protección del dictador

Baltasar Garzón: “Las leyes de amnistía no son aplicables al crimen de lesa humanidad”.
La justicia necesitó dos décadas para tumbar la protección del dictador
Videla (en primer plano) y Pinochet, en Chile en 1978.  (AFP)
La primera cadena perpetua de Jorge Rafael Videla, el dictador responsable de la desaparición de 30.000 argentinos y el robo de medio millar de niños, duró cinco años. Condenado en 1985, fue indultado en 1990 por el entonces presidente argentino, Carlos Menem. La segunda cadena a perpetuidad, de 2010, le ha durado hasta la muerte, este viernes, a los 87 años. Entre una y otra hay un largo camino judicial y político que ahora recuerdan algunos de sus protagonistas para EL PAÍS.

Baltasar Garzón, impulsó desde la Audiencia Nacional los juicios en Argentina

Tras el indulto de Menem llegó el turno de España. En 1996, el juez Baltasar Garzón imputó a Videla, Leopoldo Galtieri y otros 99 militares, policías y médicos argentinos, en aplicación del principio de jurisdicción universal. Hoy sigue alegrándose de que aquellas investigaciones en España sirvieran para impulsar los juicios en Argentina.“Las leyes de amnistía, olvido o punto final no son aplicables a los crímenes de lesa humanidad. España hizo un gran esfuerzo en la aplicación del principio de jurisdicción universal y conseguimos coadyuvar a que la acción de la justicia se llevara a Argentina”, recuerda.

“Videla jamás pidió perdón, jamás mostró arrepentimiento y ha muerto en la cárcel, que es lo que correspondía. Se opuso a reparar a las víctimas. Si en Argentina se ha cumplido el derecho a la verdad no ha sido por la colaboración de los victimarios, sino por el esfuerzo de las víctimas y de un país que decidió en 2003, desde las instituciones políticas y judiciales, que tenía que repararlas. Uno no se alegra del fallecimiento de nadie, pero cuando me he enterado de la muerte de Videla me he acordado de las víctimas argentinas, que se llevan la reparación de saber que la justicia se aplicó con todas las garantías; que no ocurrió como con Pinochet, al que la muerte le llegó sin haber sido sometido a un juicio. Y también he pensado en las víctimas de aquí, las del franquismo, porque allí realmente se hizo justicia, pero en España la justicia ha fracasado estrepitosamente”.

En Argentina el dictador ha muerto en la cárcel, y en España, lamenta, “se estaba haciendo un homenaje a la División Azul que luchó con Hitler”. "En España hubo un pacto de silencio y nunca ha habido voluntad de reparar a las víctimas, ni siquiera con la ley de memoria histórica porque el esfuerzo no era compartido y hubo partidos, especialmente el PP, que no estuvieron a la altura".

Eugenio Raúl Zaffaroni, uno de los siete juristas que anuló las leyes de amnistía argentinas

El camino para meter al dictador Videla en la cárcel “fue muy largo y accidentado”, resume Eugenio Raúl Zaffaroni, de 73 años, uno de los siete miembros de la Corte Suprema de Justicia de Argentina que redactó la sentencia que acabó con las dos leyes —de Obediencia Debida y Punto Final— que amnistiaban los crímenes cometidos durante la dictadura. “El país salió de la dictadura pero estaban vigentes todas las estructuras. No juzgo en lo personal la decisión de Raul Alfonsin en su momento [bajo su Gobierno se aprobaron ambas leyes]. No quisiera estar nunca en la disyuntiva entre hacer algo contra mis principios o salvar los principios y correr el riesgo de provocar cientos o miles de muertes. La critica de las leyes de amnistía no es una critica personal a Alfonsin, del que conservo una imagen intachable. Siguieron años en los que paulatinamente las estructuras dictatoriales se debilitaron y, por fin, hubo una clara decisión política de [Néstor] Kirchner que permitió llegar a este resultado".
Preguntado por los argumentos jurídicos que utilizaron para tumbar las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, Zaffaroni se va a la Audiencia Nacional. "Cuando España pidió la extradición de ciudadanos argentinos por delitos cometidos en nuestro territorio en función del principio universal, los jueces nos encontramos en la disyuntiva entre enviarlos a que los juzgase una jurisdicción extranjera o juzgarlos nosotros. En el primer caso, estaríamos dejando al país en la situación de una tribu y a todos sus ciudadanos en el riesgo al menos de ser procesados o investigados por cualquier país. No podíamos interpretar la Constitución en este sentido, porque nunca una Constitución puede ordenar que cedamos la jurisdicción territorial que es un atributo de la soberanía. La única solución era asumir la jurisdicción propia y juzgarlos conforme a nuestras leyes y por nuestros tribunales".
Al conocer la noticia de la muerte de Videla, Zaffaroni pensó en el personaje, y en "lo difícil que deber ser llegar al final de la vida y tener la duda, que no pudo dejar de alimentar, acerca de la falsedad de las racionalizaciones con que preservaba su integridad mental, como tampoco el efecto de ver cómo lo habían usado quienes cuando no les fue más útil le soltaron la mano. En el fondo, creo que el mayor castigo [para Videla] no debe haber sido la cárcel, que me gusta poco a decir verdad, sino haber abrigado la fundada sospecha de que fuerzas e intereses mucho más poderosos lo habían usado y abandonado".
Zaffaroni insiste, como Garzón, en que "en ningún caso son amnistiables delitos contra la humanidad" y asegura que no entiende por qué no se juzgaron los crímenes del franquismo. "No me explico mucho lo que sucede en España, porque han pasado muchos más años, en casi la totalidad de los casos lo único que interesa es un derecho a la verdad y las estructuras no mantienen la fuerza de los años de la Transicion. España ha cambiado, veo muchos libros discutiendo la llamada guerra civil en sus librerías... no entiendo la resistencia a investigar la verdad. Es algo así como la actitud de los turcos respecto de los armenios, pero acaso mas inexplicable, porque esto, por más que hayan intervenido los nazis y los fascistas, en definitiva fue entre españoles y es tiempo de cerrar la herida en serio, lo que solo se consigue con la verdad. En cuanto a la no admisión de la amnistía para delitos contra la humanidad, creo que esta vigente desde antes de los tratados, por efecto del derecho internacional consuetudinario, el llamado jus cogens, por lo cual tampoco creo que se trate de una aplicación retroactiva del derecho".

Carlos Slepoy, abogado personado en la primera causa desde España y en el 'caso Pinochet'

Carlos Slepoy, abogado argentino en aquella causa contra Videla que impulsó Baltasar Garzón desde España, personado también en el caso Pinochet y actual defensor de las víctimas españolas que se han querellado contra los crímenes del franquismo desde Argentina, está convencido de que lo que ha permitido que el dictador Videla muera en la cárcel ha sido la sociedad argentina. “Hubo un sector que nunca se resignó a la impunidad. En España, habiendo muchas más víctimas, 150.000 frente a las 30.000 de la dictadura argentina, también se pactó la impunidad, pero la sociedad empezó a moverse 30 años después de la muerte de Franco. Y de la misma manera que las víctimas argentinas vinieron una vez a España, ahora son las españolas las que van a Argentina a buscar justicia”.
En Argentina, recuerda, pese a las leyes de Obediencia Debida y Punto final, "nunca se dejaron de investigar los robos de niños". "En España ni siquiera se ha planteado investigar los cerca de 30.000 que les arrebataron a madres republicanas", lamenta.

José Miguel Vivanco, director de Human Rights Watch para Latinoamérica

Vivanco cree que el momento más importante de esta larga lucha judicial fue, “sin ninguna duda, el juicio durante la presidencia de Raúl Alfonsín”, en 1985. “Fue devastador. Se hizo en audiencia pública, delante del mundo entero”. “No hay un precedente igual de dictadores sentados en un banquillo con todas las garantías. Ese fue el golpe de gracia. El punto de quiebre que dejó en su sitio a Videla y compañía que actuaron con una crueldad pocas veces vista”. Ese precedente no pudo ejercer toda su potencia, sin embargo, por “el paso de los militares en la sociedad argentina” que llevó al indulto del presidente Menem. Aquel indulto “fue un error histórico, pero la vocación no era reivindicar a la Junta Militar, sino desactivar los temores de los líderes políticos sobre la estabilidad del modelo democrático”. Cuando la Corte Suprema derogó las leyes de amnistía, se pudo “retomar la tarea que se asumió en los ochenta”.

Gastón Chillier, director ejecutivo del Centro de Estudios Legales y Sociales de Argentina

Gaston Chillier es director del Centro de Estudios Legales y Sociales de Argentina, uno de los organismos impulsores de las causas por las que fue condenado el dictador y quienes plantearon “la inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final” a raíz de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que anuló en 2001 la autoamnistía de Alberto Fujimori en Perú. Pero no solo esa. Ese caso se sumó a partir de mediados de los 90, destaca Chillier, al “desarrollo del derecho penal internacional y la constitución de los tribunales especiales de Yugoslavia y Ruanda, que avanzaron en los principios de que en los casos de lesa humanidad los Estados tienen obligación de castigar a los responsables”. La condena que más le enorgullece de las que cayeron sobre Videla fue la última, en 2012, por “el plan sistemático del robo de niños”. La condena “acredita la responsabilidad de Videla como presidente en una de las prácticas más atroces de la dictadura”.
Ricardo Gil Lavedra, diputado y miembro del tribunal que condenó a Videla en 1985
Este diputado cree que aquella condena es la base de todo lo que vino después. En la historia judicial de Videla, “el momento más importante es el fundacional, no solamente porque lo viví”. Lo que cambió Argentina “fue la decisión histórica del presidente Alfonsín de someterlos a juicio”. “Esa condena siempre fue válida”, recuerda Gil Lavedra. “Lo que ocurre es que Menem le indultó el cumplimiento de la pena”. La descripción del terror sistemático estaba en aquella sentencia. “Establecía que había un plan criminal para secuestrar personas, torturarlas y matarlas. Esos son los desaparecidos".

Diego García-Sayán, presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Cuando la Corte Suprema argentina anuló las leyes de punto final y obediencia debida citó como precedente la sentencia de 2001 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que anuló la amnistía de Fujimori y dijo que los delitos de lesa humanidad no prescribían. Gracias a aquella sentencia “hoy día hay una jurisprudencia sobre amnistías y autoamnistías que ha echado profundas raíces en America Latina”, dice el actual presidente de la CIDH, Diego García-Sayán. “No puedo criticar lo que pasó en España, pero la realidad ha cambiado”, decía en una entrevista reciente con EL PAÍS. “Es muy difícil pensar en situaciones en las que se pueda repetir un abandono de investigaciones en base a amnistías de graves afectaciones a derechos de las personas”. García-Sayán destaca, además, que aquella decisión de la Corte sobre las amnistías “no dio curso a procesos que expresaran la venganza de una sociedad, sino a una justicia con todas las garantías a la defensa y a la pluralidad de instancias. Eso manda una señal de que las sociedades tienen memoria y, a la vez, la señal civilizada y democrática de que frente a esos hechos no se responde con la misma medicina”.

FUENTE:
NATALIA JUNQUERA
PABLO XIMÉNEZ DE SANDOVAL
http://internacional.elpais.com/internacional/2013/05/17/actualidad/1368821287_517823.html


martes, 4 de octubre de 2016

Denuncian a Humala por delito de lesa humanidad. PRESENTAN ANTE FISCALÍA NUEVO TESTIGO QUE LO INVOLUCRA. Ya se oficializó en Fiscalía denuncia contra Humala por presuntos delitos de lesa humanidad cuando estaba en Madre Mía.

Denuncian a Humala por delito de lesa humanidad.
PRESENTAN ANTE FISCALÍA NUEVO TESTIGO QUE LO INVOLUCRA.
Ya se oficializó en Fiscalía denuncia contra Humala por presuntos delitos de lesa humanidad cuando estaba en Madre Mía.
El expresidente Ollanta Humala tendrá que afrontar una nueva denuncia, esta vez por el presunto delito de lesa humanidad, ante la Fiscalía Superior Penal Nacional que dirige Luz Ibáñez Carranza, a quien se le entregó un audio en el que un nuevo testigo lo sindica como responsable de varios asesinatos.
El pasado 21 de septiembre llegó ante esa Fiscalía la denuncia hecha por el exmilitante del Partido Nacionalista Jorge Paredes Terry, quien entregó información recibida en enero de 2016 por exmilitares que sirvieron en el Alto Huallaga al lado del “Capitán Carlos”, al que ellos reconocen como Ollanta Humala Tasso.
“A fines de noviembre y principios de diciembre de 2015, en uno de mis viajes por el interior del país [Tingo María], me reuní con algunos exmilitares que habían visto mis declaraciones en la televisión denunciando a Ollanta Humala, por lo que decidieron darme pistas de la posibilidad que existiera nueva información sobre desapariciones extrajudiciales en el Alto Huallaga”, indica la acusación fiscal.

HABLA ‘SEBASTIÁN’
Paredes Terry agrega que a mediados de enero de 2016, recibe la visita de una persona identificada como ‘Sebastián’, quien semanas antes le había comentado que conocía de algunas desapariciones de boca de exsoldados, y que estaba acompañado de Leonardo Soria, exsargento segundo del Ejército peruano.
Con el fin de tener una prueba, Paredes le pide grabar la conversación que sostiene con Soria, quien se identifica como exsargento segundo del EP. Este indica haber servido en el batallón 313-Tingo María y luego en la base Madre Mía, en el tiempo en que Ollanta sirvió.
“Soria narra, en el audio, que les enviaron a un sospechoso en un helicóptero, en la zona de Alto Pendencia [Huánuco]; este sospechoso tenía que identificar lugares y delatar a personas que estarían vinculadas a la subversión. Caminaron durante tres días, sin resultados; al final los llevó a su chacra y según narra Soria recibe la orden del ‘capitán Carlos’ de asesinarlo, hecho que habría ocurrido. Esta víctima sería familiar de uno de los soldados de la patrulla, la familia lo tiene como desaparecido. Esta sería una de las tumbas que los exsoldados podrían identificar y por supuesto a los familiares”, indica en la denuncia.
Durante la conversación, el exsoldado también da cuenta del asesinato del hijo de un ganadero. “Soria narra cómo se llevó a cabo el operativo de captura de esta persona y las circunstancias de su muerte. Todo con la participación directa del ‘capitán Carlos’”.
Además, el exsargento se refiere a la desaparición de dos personas en el Valle del Monzón (Huánuco), pero no da detalles al respecto.
En el caso de la base contrasubersiva de Madre Mía, Soria hace referencia a una serie de torturas y desapariciones cuando Ollanta Humala sirvió allí. “Soria menciona que puede declarar y pide garantías y tranquilidad para su familia”, se indica en el documento.

INTERVENCIÓN POLÍTICA
En otra parte de la denuncia, que llegó a nuestro poder, Paredes Terry relata que a fin de verificar la veracidad de la información, se reunió con el congresista Daniel Abugattás, en ese momento alto dirigente del Partido Nacionalista, a quien le mencionó este caso.
“Nos reunimos y mencionó que el presidente [Ollanta Humala] estaba muy preocupado, ‘desesperado porque esto no salga’, esas fueron sus palabras textuales, con esto prácticamente corroboraría la autenticidad de los hechos. Luego Abugattás me llama y me dice que el Presidente ha encargado al general José Lavalle, jefe en ese entonces de la Dirincri, para que vea el caso y me manifiesta que esta gente serían extorsionadores, inmediatamente mostré mi preocupación con la intención de que se sepa la verdad del caso”, señala.
Paredes Terry agrega: “Abugattás me indicó que sería bueno ir a una reunión con Lavalle, yo acepté. Nos citamos cerca al local del Pacto Andino y me recogió en un vehículo, mi intención era conocer hechos de los actores y la veracidad de esta grave situación. Abugattás llama al presidente de la República [Humala] desde el vehículo y este le contesta, le dice que estamos llevando el material a Lavalle, ‘pero sería bueno conversar contigo’, el presidente le responde ‘ok, déjame hacer una consulta y te llamo, ya no vayan a Lavalle’, fue la respuesta de Humala… cambiamos de rumbo y se abortó lo de Lavalle”.
En el documento, el exnacionalista asegura que Ollanta Humala envió a Eduardo Roy Gates y Luis Aliaga Trigoso (exteniente PNP) con el fin de indagar qué tanto conocía del tema y qué pruebas existían. “Con estos detalles todo indicaba que la información dada por los señores Soria y Sebastián eran veraces”, añade.
“Pude comprobar que la cosa era cierta y manifesté a Soria y Sebastián que deberían denunciar inmediatamente, ellos muy preocupados y temerosos me dijeron que Humala tenía mucho poder a su alrededor y algo podría ocurrirles por las constantes amenazas que ya habían recibido, decidiendo estas personas salvaguardar su integridad y las de sus familias, acordando que todo esto sería presentado luego que culminase el mandato de Humala. Situación que hoy se está denunciando y que yo por haber tomado conocimiento por parte de ellos estoy poniendo de su conocimiento”, le indica Paredes Terry a la fiscal.

“ME OFRECIERON US$ 380 MIL POR TESTIMONIO”
En el audio, cuya versión completa está en el portal web de EXPRESO, el exsargento de segunda Leonardo Soria relata que en 2011, cuando Ollanta Humala era candidato presidencial, una persona se le acercó para que dé su testimonio en contra de Humala a cambio de 380 mil dólares, dinero que no aceptó porque pensó que ganaría más cuando Humala fuera presidente.
“Me ofrecieron US$ 380 mil. Una persona me buscó y me dijo que no quería que Ollanta Humala fuera presidente y no le acepté [el dinero] porque le dije que cuando ‘gane el hombre’ voy a ganar el doble. Me dijo que cuando [Humala] llegue a la Presidencia no me va a conocer. Al poco tiempo de haber ganado Humala [las elecciones presidenciales] me llamó [la misma persona] y me dijo ‘¿ya estás ganando el doble?’ A lo que le contesté: ‘Nada, no me da ni para el té ese…’ y me respondió ‘ya ves, qué te dije’”, indica.
Otro episodio que cuenta Soria es el que dice haber vivido cuando Humala viaja para apoyar la candidatura de Luis Picón a la presidencia de la región Huánuco.
“Ese día me encuentro con él [Humala] y me dice ‘no vayas a hablar nada que para el 2011 ya gané, de allí arreglamos’”, afirma tras asegurar que lo buscaría, situación que nunca ocurrió.

Por: María Teresa García
FUENTE: http://www.expreso.com.pe/politica/denuncian-a-humala-por-delito-de-lesa-humanidad/


jueves, 11 de octubre de 2012

Nocaut al indulto: Ronald Gamarra versus Rafael Rey

Nocaut al indulto
Ronald Gamarra versus Rafael Rey

Diez para la una de la tarde del miércoles diez de octubre del 2012. El nublado día no impidió que un buen número de espectadores se congreguen en el escenario del debate-combate entre el exprocurador Ronald ‘derechos humanos’ Gamarra y su contendiente, el fujimorista Rafael ‘Opus’ Rey. Se había anunciado que el tema de la disputa sería el indulto al expresidente Alberto Fujimori, y los comentarios de los presentes apuntaban a que no sería una pelea cualquiera.

El nuevo auditorio de la facultad de Estudios Generales de Letras (EEGGLL) de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) estaba lleno de cabo a rabo por un público en su mayor parte de la casa de estudios. Jóvenes, sobre todo, pero también algunos miembros del cuerpo académico y de la prensa. El recinto fue un solo de murmullos mientras ingresaban los últimos espectadores, hasta que una frase, pronunciada en voz alta, acalló al resto de voces.

“Ahí viene Rey”, se escuchó claramente. Rápidamente, desde la puerta de ingreso y por la esquina izquierda, apareció el defensor del indulto vestido de saco gris y camisa blanca sin corbata. Aparentaba estar tranquilo y seguro, ni una gota de sudor recorría su frente. Casi al mismo tiempo, desde el extremo derecho del escenario, el retador, Ronald Gamarra, aparecía vestido de saco azul y corbata roja. Sin un ‘careo’ previo al encuentro, los dos tomaron posiciones entre sonrisas forzadas, intercambiando miradas, midiéndose uno al otro.

El árbitro o moderador se situó entre ambos. Hizo un breve recuento de sus carreras en el ‘deporte’ de la política y explicó las reglas que habrían de seguir. Fue evidente que le faltó empezar por la frase “En esta esquina…”, pero ya era tarde para formalismos. Sin campanazo de por medio, el combate había comenzado.
 
EL ‘ROUND’ DE GAMARRA

Gamarra tuvo la iniciativa exclusiva en el primer round, el cual inició con un ‘baile’ de argumentos para marear al oponente. Primero, una finta hacia la derecha: “Si bien he tenido un breve paso por la política”, afirmó, “prefiero que me vean como a un defensor de los Derechos Humanos”, dijo, dando un sorpresivo paso a la izquierda. Hasta ese momento, Rey no se movía. Apenas lo seguía con los ojos, apuntaba sus movimientos.

Exactamente en el minuto cinco, y con la velocidad de un rayo, el exprocurador dio un golpe al frente. “El abogado de Fujimori, César Nakasaki, tras oír el veredicto para su defendido, tuvo que reconocer que fue un ‘juicio impecable’”, ensayó. Ante el evidente gesto de sorpresa de Rey por sus palabras, Gamarra aprovechó para rematar: “Y Fujimori reconoció, con su silencio en el juicio, sus delitos de corrupción”. Si bien los golpes no dieron en el blanco -por poco- Gamarra obligó a Rey a retirarse a su esquina para tomar dos largos sorbos de agua.

El exprocurador aprovechó su round para recordarle al público y a su oponente la historia de la década fujimorista, la huída al Japón del expresidente, su extradición desde Chile. Ese fue su primer golpe cruzado a la quijada de Rey. Continuó el castigo en el pómulo cuando habló de un gobierno dictatorial “que se propuso destruir la democracia” y cerró con un certero gancho al hígado: “Viendo agotados todos los recursos legales, Alberto Fujimori intenta ahora otra vía de escape, tal vez la penúltima que le queda: El indulto”.

Rey no terminaba de reponerse de esa embestida cuando Gamarra lo puso contra las cuerdas: “No creo en los fujimoristas, no creo en sus líderes ni en su juego mediático. No creo en sus mentiras sistemáticas ni en su cinismo”, dijo antes de detenerse para bailar un poco más a su rival. “Ollanta Humala es el presidente, no el emperador que le quieren hacer creer que es”.

El primer episodio terminaría con Gamarra enviando a Rey a la lona gracias a un gancho a la mandíbula: “Este no es el mismo caso de las leyes de amnistía (al grupo Colina) que el gobierno de Fujimori firmó con el aplauso de Rafael Rey”, le dijo. Se ganó el aplauso del respetable.



EL ‘ROUND’ DE REY



Rafael Rey, como buen peso pesado de la política, supo restablecerse para el segundo episodio, el que le correspondía según las reglas. Dijo que no era fujimorista, y enumeró casos en los que –a su juicio- se había opuesto al régimen de Fujimori. Apeló a ‘abrazar al contrincante tocando el tema Fujimori había cometido crímenes de lesa humanidad o no, cosa que negó. Con eso ganó algo de tiempo, pero era evidente que debía atacar de un momento a otro. Y así fue.

“La ‘prueba ácida’ –dijo que- Fujimori no cometió crímenes de lesa humanidad es que el propio juez del caso, César San Martín, solo se atreve a decir que la Corte IDH ha establecido ese término para Fujimori, no el Judicial peruano”. Buen golpe de Rey aunque con él solo tocó el hombro de Gamarra. “¿Por qué será que San Martin no contesta claramente?” arremetió enseguida, y esta vez –una de las pocas durante la pelea- sí dio en el blanco.

Sin embargo, Rafael Rey no supo aprovechar su efímero momento. Comenzó a trastabillar, dijo que Ollanta Humala solo cumpliría con la Constitución si indulta a Fujimori”, afirmó que el presidente “no tiene restricciones” para otorgar el indulto. Cuando parecía que perdería definitivamente el asalto, lanzó un sorprendente gancho de derecha a Gamarra: “Pero parece que algunos se han quedado en la Constitución pasada (de 1979)”.

Ése sería uno de los pocos argumentos estrictamente legales que esgrimió Rey. Luego, se enfrascó en innecesarios ‘golpes bajos’, tildando a Gamarra de “defensor de terroristas” exponiendo casos que el exprocurador había llevado como parte del indulto decretado por Fujimori para todas aquellas personas encarceladas injustamente en su gobierno, indulto que se continuó en las gestiones de Paniagua y Toledo. “Un caso significativo”, dijo, “es el de Nancy Ruiz Nano, cuya pena disminuyó inexplicablemente de cadena perpetua a 25 años, luego a 17 y finalmente a 6 años de cárcel, siendo liberada finalmente”. Parecía, por fin, haber dado en el blanco. El auditorio se mantenía expectante, en silencio.

ROUND TRES

Gamarra contraatacó rápidamente. “Nancy Ruiz fue indultada por recomendación expresa del alcaide el penal de Yanamayo. ¿Sabe por qué? Tenía la edad mental de una niña de 12 años”. Rey comenzó a sudar por primera vez, se puso rojo, revisó nerviosamente sus apuntes. “Yo también traje mis resoluciones”, continuó Gamarra. Otra vez, el defensor del indulto estaba contra las cuerdas.

“No interesa lo que diga Rafael”, volvió a golpear Gamarra, “no interesa lo que diga yo. Que no exista ninguna restricción a la facultad del indulto, según la Constitución del 93… Oye, Rafael, ¿entonces por qué aprobaste la ley que limitó esa facultad presidencial en el 95? Sinceramente, no entiendo”. Y los aplausos por la golpiza que acababan de presenciar no se hicieron esperar.

El resto del debate Rey lo desperdició enumerando más casos de acusados por terrorismo defendidos por el exprocurador, con el fin de desacreditarlo. Divagó. Se alejó del tema principal, descuidó su defensa preguntando “¿por qué ninguna ONG ha protestado para que a los terroristas también se les acuse de crímenes de lesa humanidad?”

En uno de los últimos cruces de la tarde, tras las arremetidas de Gamarra rebatiendo los argumentos de su oponente, y luego de repetirse innumerables veces el término ‘indulto’, Rafael Rey tomó la palabra y, en su confusión, lo que dijo fue “insulto”, aunque no notó su error hasta que el público se lo hizo saber.

A esas alturas, Gamarra ya había vencido, aunque restaba la ronda de preguntas de los asistentes. Allí Rey terminó mordiendo el polvo, frente a la evidencia de que el indulto a Fujimori viola todas las leyes y códigos humanitarios. Más que un nocaut técnico, fue un nocaut jurídico de Gamarra sobre su oponente. El exprocurador estuvo intratable para el fujimorista, al punto que, ya desde la lona, Rey expuso su último argumento: “El perdón no es un defecto, es una virtud de la moral cristiana (…) supuestamente, esta es una universidad católica, ¿no?” dijo, retando a los espectadores, para quienes la pelea ya estaba decidida.

¡El insulto!


"El indulto no es parte de la democracia, ha dicho Ronald Gamarra. Lo acaba de decir, por suerte está grabado (...) Olvida que en países como España, el INSULTO... (murmullos del público) ¿Cómo? (murmullos nuevamente) ¿Que me he equivocado? ¿qué dije? Ah, sí; ah, sí, es INDULTO".

Lapsus de Rafael Rey que generó risas.

EL DATO

Ambos ponentes se refirieron en varias ocasiones al informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación como “La biblia de los caviares”. Rey lo hizo con seriedad, pero Gamarra arrancó sonrisas del público cada vez que lo pronunciaba con ironía.

FUENTE: http://diario16.pe/noticia/19700-nocaut-al-indulto
MARIANO VÁSQUEZ
mvasquez@diario16.com.pe



miércoles, 3 de octubre de 2012

Ex fiscal del juicio a Fujimori: “Como está planteado el tema, no califica para el indulto”

Ex fiscal del juicio a Fujimori: “Como está planteado el tema, no califica para el indulto”
Avelino Guillén afirmó que el ex presidente puede utilizar la gracia “como un mecanismo” para seguir argumentando que es inocente de los delitos por los que fue sentenciado
El ex fiscal adjunto del juicio contra Alberto Fujimori, Avelino Guillén, afirmó hoy que el caso del ex presidente no califica para el indulto humanitario tal cual está planteado. Explicó que las normas que regulan la gracia presidencial establecen que este beneficio se da cuando un paciente sufre de una enfermedad que lo lleve a la muerte o sus condiciones en cárcel arriesguen su salud.

“Si Fujimori está dentro de los marcos que establece el reglamento, se le debe otorgar el indulto. Pero como está planteado no califica para el indulto humanitario”, manifestó en el noticiero “Buenos días Perú”.

El ex magistrado del Ministerio Público señaló que existen dos contradicciones entre la posición de la familia del ex mandatario y la realidad. Primero, sostuvo, Fujimori “tiene un cáncer de fase 1”, por lo que no califica como “una situación grave”.

Además, su actual condición carcelaria es “privilegiada”, porque “tiene un penal para él solo, cuenta con una enfermera y se le brinda atención médica permanente”.

En otro momento, Guillén consideró que si Fujimori no pide perdón a la sociedad ni a los deudos de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta, matanzas por la que fue condenado a 25 años de cárcel, es porque pretende utilizar el indulto “como un mecanismo” para seguir argumentando que es inocente de homicidio calificado pese a que el Poder Judicial lo sentenció por ello.

“Es por eso que no se arrepiente ni pide perdón. El indulto es un mecanismo para que salga a la calle y significa su regreso a la actividad política”, agregó.

CORTE IDH HARÁ SEGUIMIENTO
Guillén también indicó que lo más probable es que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) realice un seguimiento a la solicitud de indulto de Fujimori. “En la hipótesis de que no certifique dolencia médica grave o cáncer terminal y aún así por voluntad política se le otorga la gracia, la Corte IDH puede intervenir”, acotó.


FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1477857/noticia-ex-fiscal-juicio-fujimori-como-esta-planteado-tema-no-califica-indulto


Ollanta Humala sobre indulto a Fujimori: "No está en la agenda del Gobierno"

Ollanta Humala sobre indulto a Fujimori: "No está en la agenda del Gobierno" Mandatario refirió que hasta el momento no ha recibido la respectiva solicitud por parte de la familia del ex presidente
El presidente Ollanta Humala señaló hoy escuetamente que el indulto al ex presidente Alberto Fujimori no está en la agenda de su gobierno.

“En este tema no hay nada escrito, por lo tanto, no está en la agenda del Gobierno por este momento (...) ya contesté”, afirmó en alusión a que todavía no recibe la respectiva solicitud.

Humala respondió a la inquietud de la prensa luego de participar en la ceremonia de inauguración del programa Operador Económico Autorizado en un hotel de Miraflores.

“EN EL CAMINO CORRECTO”
Allí destacó que el Perú se encuentra en la vía correcta del desarrollo social y económico, proceso que debe contar con el trabajo coordinado del sector empresarial y las instituciones del Estado.

“Estamos avanzando en el camino correcto, y esto implica un trabajo ensamblado entre el sector privado y el sector público”, expresó en declaraciones que cita Andina.

Agregó que su gobierno se encuentra comprometido con mantener e incrementar los niveles de productividad y competitividad, a través del impulso de la ciencia y tecnología para elaborar productos con mayor valor agregado.

Humala acudió acompañado de su esposa Nadine Heredia.


FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1477891/noticia-ollanta-humala-sobre-indulto-fujimori-no-esta-agenda-gobierno


martes, 2 de octubre de 2012

Indulto a Fujimori: Guillén y Nakasaki discrepan sobre procedencia del beneficio

Indulto a Fujimori: Guillén y Nakasaki discrepan sobre procedencia del beneficio
Ex fiscal del caso Fujimori, Avelino Guillén, y abogado César Nakasaki. (Fotos archivo El Comercio)
Ex fiscal dijo que hay jurisprudencia en contra por parte de la Corte IDH. Abogado de Fujimori señaló que indulto humanitario sí procede sin importar el delito

El ex fiscal del Caso Fujimori, Avelino Guillén, señaló hoy que la Corte IDH ya dictaminó la improcedencia de la amnistía o el indulto para los delitos de lesa humanidad.

En ese sentido, expresó su confianza en que el Ejecutivo desestimará conceder dicho beneficio al expresidente Alberto Fujimori, sentenciado a 25 años de cárcel por homicidio calificado y secuestro agravado, considerados delitos contra la humanidad, según estableció la sentencia de 25 años que se le impuso.

Guillén recordó que la Corte IDH anuló la amnistía otorgada a los miembros del grupo Colina en el 2001.

El ex fiscal agregó, en entrevista a TV Perú, que el gobierno de Ollanta Humala ya demostró que sí respeta las decisiones del tribunal internacional, en alusión al polémico fallo de la sala Villa Stein, que retiraba el calificativo de lesa humanidad para los crímenes cometidos por Colina. El Ejecutivo presentó una acción de amparo contra dicho fallo.

Además, Guillén consideró que Fujimori no puede acogerse al indulto humanitario porque él mismo ha dicho que no tiene cáncer terminal y que su granuloma ya fue controlado.

“NO IMPORTA EL DELITO”
A su turno, el abogado de Alberto Fujimori, César Nakasaki, señaló que “no hay una sola sentencia de la Corte IDH ni de otro tribunal internacional de derechos humanos que haya dicho que no procede el indulto humanitario”.

También precisó que el indulto puede ser de tres clases: común, humanitario y excepcional. “En el caso de secuestro no se podría solicitar el indulto común, pero sí procede el indulto humanitario sin importar la clase de delito, sea grande o pequeño”, afirmó en entrevista a RPP.

El letrado agregó que en el caso del indulto humanitario procede para enfermedades terminales y no terminales. En el segundo caso, si la enfermedad es grave y el encierro puede poner en peligro la vida y la salud del interno. La familia del ex mandatario considera que este último es su caso.


FUENTE: http://elcomercio.pe/actualidad/1476230/noticia-indulto-fujimori-guillen-nakasaki-discrepan-sobre-procedencia-beneficio


viernes, 20 de julio de 2012

HERIBERTO BENITEZ RIVAS: "DECISION JUDICIAL ES ASQUEROSA Y REPUGNANTE"


HERIBERTO BENITEZ RIVAS: "DECISION JUDICIAL ES ASQUEROSA Y REPUGNANTE"

El vicepresidente de la Comision de Justicia y Derechos Humanos, Heriberto Benitez Rivas (SN) califico de asquerosa y repugnante la sentencia dictada por la Sala Penal de la Corte Suprema que favorece a los integrantes del siniestro grupo Colina y ademas elimina el delito de lesa humanidad, con una clara intencion de favorecer al ex jefe de Estado Alberto Fujimori, quien fue condenado a 25 años de prision por graves violaciones a los derechos humanos.
Los magistrados supremos han efectuado una escandalosa interpretacion autentica, al tipico estilo fujimorista, atropellando las normas elementales en materia de lucha contra la impunidad y esto no lo podemos permitir.

"El Congreso no puede permanecer ajeno a esta asquerosa decision judicial y tiene toda la facultad para investigar la situacion y determinar si los jueces supremos penales cometieron algun delito o infraccion a la Constitucion" expreso Benitez Rivas (SN)

"Este fallo lo difunden justo al cumplirse 20 años del crimen de La Cantuta" comento Benitez Rivas (SN).

 
Lima, 20 de julio del 2012.

sábado, 2 de junio de 2012

Mubarak y Alberto Fujimori en larga lista de ex presidentes condenados

Mubarak y Alberto Fujimori en larga lista de ex presidentes condenados
Un repaso a los mandatarios sentenciados por crímenes de lesa humanidad, corrupción y otros abusos, entre los que resalta el otrora gobernante del Perú
Hosni Mubarak, Sadam Hussein y Alberto Fujimori (AP/El Comercio)
(elcomercio.pe/EFE). La cadena perpetua dictada hoy contra Hosni Mubarak, en Egipto, se suma a las condenas impuestas a otros ex mandatarios, sobre todo de América Latina, por crímenes de lesa humanidad, corrupción o abuso de poder, aunque hasta ahora solo una era contra de un dictador árabe, el iraquí Sadam Hussein.

Sadam Hussein, que ostentó durante 24 años el máximo poder en Irak, fue detenido en diciembre de 2003, tras la invasión que propició la caída de su régimen, y fue ejecutado el 30 de diciembre de 2006 en Bagdad al ser condenado por la matanza de 148 personas en 1982, en la localidad de Duyail, al norte de Bagdad.

EN AMÉRICA LATINA
Alberto Fujimori, el ex presidente peruano que purga una pena de 25 años de prisión por dos matanzas perpetradas por el grupo Colina y los secuestros de un periodista y un empresario.

Salvador Jorge Blanco, ex presidente dominicano condenado a 20 años de prisión, en 1987, por enriquecimiento ilícito, aunque después fue declarado “no culpable” cuando el mandatario Hipólito Mejía, en nombre del Estado, desistiera de las acusaciones en su contra.

Luis García Meza, el ex dictador boliviano (1980-1981), que en 1993 fue condenado en ausencia a más de 200 años de prisión, está en prisión desde 1995 después de ser extraditado desde Brasil.

Augusto Pinochet, que gobernó Chile entre 1973 y 1990, estuvo procesado en varios sumarios, entre ellos el de encubrimiento de la desaparición de opositores, antes de fallecer en 2006, aunque nunca fue condenado.

Rafael Videla, ex mandatario en Argentina (1978-1981) permaneció preso en un cuartel cercano a Buenos Aires para cumplir cadena perpetua en 1985, aunque fue indultado en 1990 gracias que fue anulada posteriormente.

Reynaldo Bignone, tambien ex mandatario argentino fue condenado a la misma pena, en abril de 2011, por crímenes de lesa humanidad cometidos durante el último régimen de facto (1976-1983) en Argentina.

Manuel Antonio Noriega, “hombre fuerte” de Panamá entre 1983 y 1989, cumplió 17 años de prisión en EE.UU. por narcotráfico; en 2010 fue extraditado a Francia y en 2011 a su país donde permanece en la cárcel

EN ÁFRICA
Charles Taylor, el ex presidente de Liberia (1997-2003), fue condenado en mayo de 2012 por el Tribunal Especial de Sierra Leona a 50 años de prisión por crímenes de guerra y lesa humanidad, lo que le convirtió en el primer líder africano en recibir una pena de un tribunal internacional.

Laurent Gbagbo, ex presidente de Costa de Marfil que fue detenido en 2011 y recluido en un centro penitenciario en La Haya, donde será juzgado por crímenes de guerra.

EN EUROPA
Nicolae Ceaaucescu, el dictador comunista rumano fue ejecutado junto a su esposa Elena en 1989, después de leerles la sentencia y ser condenados a muerte en un juicio militar. Ambos fueron declarados culpables del genocidio de más de 60.000 personas, organizar acciones armadas contra el pueblo, y de evadir unos 1.000 millones de dólares.

Slodovan Milosevic, ex presidente de la Federación Yugoslava, acusado por el TPIY de crímenes de guerra cometidos en Kosovo (1999), en Croacia (1991-1992), y de genocidio durante la guerra de Bosnia (1992-1995). Falleció en el 2006, en la prisión de Scheveningen, en La Haya, donde espera su juicio.

EL DATO
Todavía afronta cargos desde que fue detenido en 2008 el ex líder serbobosnio, Radovan Karadzic, por crímenes contra la humanidad.


FUENTE: http://elcomercio.pe/mundo/1422859/noticia-mubarak-alberto-fujimori-larga-lista-ex-presidentes-condenados