Mostrando las entradas con la etiqueta ministro de justicia. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta ministro de justicia. Mostrar todas las entradas

jueves, 9 de julio de 2015

"PIDEN QUE MINISTRO DE JUSTICIA VAYA AL CONGRESO".‏

"PIDEN QUE MINISTRO DE JUSTICIA VAYA AL CONGRESO". ‏
El legislador Heriberto Benítez Rivas presentó un Moción de Orden del Día para que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos acuda al Congreso de la República a fin de informar las causas, razones o motivos por los que pidió explicaciones a la procuradora pública de lavado de activos, por sus declaraciones a un medio de comunicación social, sin autorización del Consejo de Defensa Jurídica del Estado (CDJE), considerando que dicha disposición implicaría una violación de la libertad de expresión y afectaría una seriamente algunas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
"El Ministro de Justicia y DD.HH. debe explicar la legalidad del DS N° 017-2008-JUS, autorizado por el ex jefe de Estado Alan García Pérez, que prohíbe a los procuradores públicos especializados formular declaraciones ante los medios de comunicación e incluso califica dicha actitud como inconducta funcional" sostuvo Benítez Rivas.
"El Ministro de Justicia y DD.HH. debe informar detalladamente si existen investigaciones o sanciones contra procuradores públicos especializados por el incumplimiento de dicha medida, mal llamada inconducta funcional" sostuvo Benítez Rivas.
Lima, 09 de julio del 2015.
 


jueves, 22 de marzo de 2012

“Declaraciones de Isaac Humala ponen en riesgo situación del ministro de Justicia”

“Declaraciones de Isaac Humala ponen en riesgo situación del ministro de Justicia”

Así lo afirmó el congresista Heriberto Benítez, quien señaló que Jiménez puede ser interpelado. El padre del presidente dijo que no existía una amenaza de atentado en Piedras Gordas


SEBASTIAN ORTIZ MARTÍNEZ @Shebas07Redacción Online

El gobierno justificó el traslado de Antauro Humala del penal de Piedras Gordas al Virgen de la Merced aduciendo un presunto complot para atentar contra los padres del etnocacerista y del presidente Ollanta Humala. Ayer, don Isaac Humala negó esta posibilidad y afirmó “yo tengo mis servicios de inteligencia y no hay eso”.

Para el congresista de Solidaridad Nacional Heriberto Benítez, las palabas del patriarca de los Humala “complican y ponen en riesgo la situación” del ministro de Justicia, Juan Jiménez Mayor, porque fue él quien confirmó la existencia de un plan para violentar a los familiares del mandatario.

“Él (Jiménez) es el responsable político del sector y ha dicho que existen informes de inteligencia de dos tipos. Uno que demuestra un reglaje y otro que podría existir un secuestro o toma de rehenes en el interior del penal (de Piedras Gordas). Sin embargo, el padre del presidente, que resultaría la víctima desautoriza eso”, indicó en diálogo con elcomercio.pe.

El también vicepresidente de la Comisión de Justicia dijo que si se confirma lo dicho por Isaac Humala, Jiménez Mayor debería ser sancionado de manera política por el Legislativo. “Se va haciendo más real la posibilidad de interpelarlo o citarlo para que dé explicaciones del tema ante el pleno, porque la etapa de la comisión ya venció”, agregó.

Benítez criticó, además, que el titular de Justicia haya calificado de “golpista” al líder del Movimiento Etnocacerista. “Llamarlo así es darle una característica política, que es lo que siempre ha buscado Antauro Humala y su padre. Él ha sido condenado por el asesinato de cuatro policías en el ‘andahuaylazo’”, expresó.

“ANTAURO USA A SUS PADRES”

Por su parte, el congresista de Alianza Parlamentaria

Víctor Andrés García Belaunde consideró que desde el penal Virgen de la Merced, Antauro intenta desequilibrar al gobierno de su hermano.

“Antauro utiliza a sus padres, que se dejan usar tontamente. La familia Humala debería ayudar a Ollanta para que haga un buen mandato, pero al parecer prefieren respaldar al etnocacerista y eso va en perjuicio de la gobernabilidad del país”, añadió.

García Belaunde señaló que no se puede creer todo lo que diga la familia del jefe de Estado, porque está influenciada por Antauro.

“No se puede valorar la palabra de Antauro (que da por medio de su padre) como verdadera y desvirtuar las palabras del ministro de Justicia como falsas. Hay que buscar más elementos para ver si (Jiménez) mintió o no”, subrayó.

El vocero de Alianza por el Gran Cambio, Juan Carlos Eguren, indicó que tiene “absoluto” respeto por la opinión de todas las personas, en especial, la de los “ancianos”, pero se excusó de brindar declaraciones sobre el tema afirmando que las palabras de Isaac Humala no tienen ninguna validez política para él.

Elcomercio.pe intentó comunicarse con el jefe del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), José Luis Pérez Guadalupe, para hacerle las consultas del caso. Sin embargo, desde la oficina de prensa del INPE se nos dijo que por el momento el funcionario, quien fue el primero en dar a conocer el supuesto complot para atentar contra los padres de Humala, no declarará sobre el tema.

PRIVILEGIOS DE FUJIMORI

El congresista Benítez pidió, también, que se investigue sobre los presuntos beneficios que goza el ex presidente
Alberto Fujimori en la Diroes, donde cumple su sentencia de 25 años de cárcel por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta.

“Nadie puede negar que Fujimori tiene privilegios, incluso dicen que en su cumpleaños entró un grupo musical (…) Esto quiere ser utilizado por Antauro Humala para minimizar sus gollerías. El ministro de Justicia debe responder por ambos casos”, acotó.


domingo, 18 de marzo de 2012

"ANTAURO HUMALA NO ES UN GOLPISTA".

"ANTAURO HUMALA
NO ES UN GOLPISTA"
 
El legislador Heriberto Benitez Rivas (SN), vice presidente de la Comision de Justicia y Derechos Humanos rechazo enfaticamente las afirmaciones del Ministro de Justicia respecto a que Antauro Humala seria "un golpista y que quiso afectar el Estado democratico", ya que dicha version ratifica el tinte politico que siempre reclamo el hermano del jefe de Estado y que incluso sus propios defensores han argumentado durante todo el proceso judicial, para lograr su libertad y evitar que lo condenen.

""Estas afirmaciones del Ministro de Justicia son peligrosas porque ahora Antauro Humala podria decir que el propio asesor legal del Poder Ejecutivo le esta dando la razon y reconociendo su calidad de politico que siempre ha reclamado y con la que quiso justificar los sucesos criminales de Andahuaylas" indico Benitez Rivas (SN).

 "No olvidemos que Antauro Humala fue condenado a 19 años de prision efectiva, por delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio, debido a los sucesos de Andahuaylas y, actualmente esta cumpliendo reclusion por una pena impuesta por el Poder Judicial (PJ) y por un delito comun; Antauro Humala no ha sido sentenciado, ni apresado por ser golpista ni afectar el Estado democratico" sostuvo Benitez Rivas (SN).

"Resulta poco creible que el Ministro de Justicia no le haya comentado al jefe de Estado a que penal iban a enviar a su hermano Antauro Humala; es evidente que cuando le informaron de la situacion y de la posibilidad o necesidad de trasladarlo a otro centro penitenciario, el propio jefe de Estado habra preguntado y a donde lo van a llevar, ya que ademas, segun las propias versiones del Ejecutivo, estaba de por medio la integridad fisica y la vida de sus padres" finalizo Benitez Rivas (SN).

 Lima, 17 de marzo del 2012.



miércoles, 14 de diciembre de 2011

Ministro afirma que indulto humanitario a Fujimori es factible

Ministro afirma que
indulto humanitario a
Alberto Fujimori
es factible
Pero aclara que aún no existe ninguna solicitud al respecto


 
El ministro de Justicia, Juan Jiménez, consideró que es “factible” un indulto humanitario para el ex presidente Alberto Fujimori, quien se encuentra recluido en la sede de la Dirección de Operaciones Especiales, en Ate, y cuyo estado de salud es muy delicado.

Consultado al respecto, el ministro indicó que “(el indulto) es totalmente factible para cualquier persona que está al borde la muerte”.

“Más que eso, qué se puede decir (…) No tenemos una solicitud ni un dictamen médico que así lo determine. Fujimori está condenado en un centro de reclusión y, hasta que no nos llegue un pedido, no tenemos ningún tema pendiente en el Ministerio”, acotó.

Además, precisó que el indulto es una prerrogativa del presidente Ollanta Humala.

Hace unos días la lideresa de Fuerza 2011 y ex candidata presidencial, Keiko Fujimori, manifestó que “quizás está llegando ya el momento de solicitar un indulto” para su padre.

De acuerdo con la agencia de noticias Notimex, “el indulto es una prerrogativa del presidente Ollanta Humala, quien antes de fin de año podría dar una norma que envíe a Fujimori de descanso a su casa en momentos en que la salud del ex jefe de Estado es muy delicada”.

De otro lado, el legislador Heriberto Benítez sostuvo que Alberto Fujimori sería indultado en Navidad, por razones humanitarias, a cambio del apoyo político-legislativo de Fuerza 2011 que ahora necesita el presidente del Consejo de Ministros (PCM) para mantener la Hoja de Ruta.

Según el parlamentario de las filas de Solidaridad Nacional, gracias al probable indulto, el gobierno de Ollanta Humala aplicaría mano dura en los conflictos sociales, impondría el principio de autoridad y por ende garantizaría las inversiones mineras; propias de un gobierno de economía liberal que enarboló el partido que del encarcelado Alberto Fujimori.

“El portavoz autorizado del gobierno, Óscar Valdés, conforme a lo estipulado en el artículo 130º de la Constitución Política, debe presentarse al Congreso para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión; luego de ello, planteará una cuestión de confianza y necesita asegurar el respaldo fujimorista en el Congreso, lo cual quedaría asegurado con el indulto por Navidad”, enfatizó.

FUENTE: http://www.larazon.com.pe/online/indice.asp?tfi=LRPolitica06&td=14&tm=12&ta=2011

viernes, 18 de noviembre de 2011

Increible: Wong Ho Wing, ciudadano chino continua preso. Jurista Luis Lamas Puccio presenta nuevo Habeas Corpus a su favor.

Increible: Wong Ho Wing, ciudadano chino continua preso.
Jurista Luis Lamas Puccio 
presenta nuevo 
Habeas Corpus a su favor.
No existe resolución judicial alguna que disponga la detención de esta persona, vulnerandose sus derechos fundamentales
 
Luis Lamas Puccio

WONG HO WING y/o HUANG HAI YONG o HUANG HE YONG (en idioma chino), se encuentra privado de su libertad en el Centro Penitenciario Sarita Colonia en el Callao desde el mes de OCTUBRE DEL AÑO 2009 como consecuencia de un inicial arresto provisorio y sin norma legal que en estos momentos lo permita, a raíz de una solicitud de extradición planteada por el Gobierno de la República Popular China en el mes de octubre del año 2009

Las autoridades judiciales y del Ministerio de Justicia  peruano conocen a ciencia cierta que el proceso de extradición llevado contra este ciudadano chino por parte del Gobierno de la República Popular China, se encuentra finalizado y terminado a raíz de la sentencia que en el mes de mayo de este año emitió el honorable Tribunal Constitucional, quien ordenó al Estado del Perú que no podía extraditar al ciudadano chino WONG HO WING. 

Es decir, en los momentos actuales no existe resolución judicial alguna que disponga la detención de esta persona, teniéndose en cuenta que el arresto provisorio es una medida de detención y privación de la libertad que solo puede darse en el contexto de un proceso de extradición conforme al artículo 523° del Código Procesal de 2004
 
En otras palabras, si la extradición fue declarada improcedente por el Tribunal Constitucional, el arresto provisorio en su mismo contexto carece de toda validez por ser una medida subsidiaria del proceso de extradición. 

El ciudadano de nacionalidad china WONG HO WING se encuentra privado de su libertad desde el mes de octubre del año 2009 en el Centro Penitenciario Sarita Colonia, sin sentencia que justifique o que avale una detención arbitraria en estos términos, dado que en el mes de mayo del presente año el Tribunal Constitucional como se mencionando, resolvió declarar fundada una demanda de hábeas corpus y asimismo ordeno al Estado del Perú representado por el Poder Ejecutivo, a los efectos de que se abstenga de extraditarlo a raíz de la solicitud presentada por el Gobierno de la República Popular China

Lamas Puccio, jurista encargado de su defensa, señalo asimismo y dejo plena constancia, que existe una demanda contra el Estado del Perú ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos desde hace dos años, que ya ha sido admitida a trámite e incluso una medida cautelar dispuesta por la misma contra el Estado del Perú, a los efectos de que se abstenga de extraditar a la citada persona hasta que la comisión no resuelva la denuncia que señalo por graves violaciones de los derechos humanos.


Wong Ho Wing




A continuacion el texto de nuevo habeas corpus presentado a favor del ciudadano chino Wong Ho Wing



LAMAS PUCCIO LUIS & ABOGADOS

Los Cipreses N° 355 Lima 27 - Perú

Teléfono: (51-1)  221-2444
Fax: (51-1) 442-2344 –
E.mailllamas@infonegocio.net.pe
www.lamaspuccio.com


Sumilla : Demanda de Hábeas Corpus contra Ministro de Justicia y magistrado del Séptimo Juzgado Penal de la Corte Superior del Callao.



AL JUZGADO PENAL DE TURNO DE LA CIUDAD DE LIMA:


LUIS LAMAS PUCCIO identificado con el DNI 07707425, de profesión abogado con la colegiatura CAL 7403, con domicilio habitual en el Jirón LOS CIPRESES # 355 SAN ISIDRO, señalando domicilio en la CASILLA DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA N° 4524, en mi calidad da abogado defensor del ciudadano de nacionalidad china WONG HO WING (en idioma ingles) y/o HUANG HAI YONG o HUANG HE YONG (en idioma chino), a Ud. respetuosamente digo lo siguiente:


I.                 PETITORIO CONSTITUCIONAL

Que recurro a su despacho a fin de interponer demanda de hábeas corpus para que se disponga la inmediata libertad del ciudadano de nacionalidad china WONG HO WING y/o HUANG HAI YONG o HUANG HE YONG (en idioma chino), quien se encuentra privado de su libertad en el Centro Penitenciario Sarita Colonia en el Callao desde el mes de OCTUBRE DEL AÑO 2009 como consecuencia de un inicial arresto provisorio y sin norma legal que en estos momentos lo permita, a raíz de una solicitud de extradición planteada por el Gobierno de la República Popular China en el mes de octubre del año 2009, demanda de naturaleza constitucional que en el presente caso está dirigida tanto contra  el JUEZ DEL SÉPTIMO JUZGADO PENAL PARA REOS EN CÁRCEL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO EN EL PRESENTE CASO EL DR. RAMÓN ALFONSO VALLEJO ODRÍA, como también contra el actual MINISTRO DE JUSTICIA DR. FRANCISCO JOSÉ EGUIGUREN PRAELI, en razón a que el primero de los nombrados habría dispuesto de manera arbitraria,  previamente concertada con el citado ministerio y sin ningún asidero legal, remitir mi solicitud de libertad al Ministerio de Justicia y que en su oportunidad presentara a favor del ciudadano de nacionalidad china WONG HO WING.

2° Lo contradictorio y arbitrario por parte de ambos funcionarios, es que fue el mismo magistrado del Séptimo Juzgado Penal del Callao, quien días antes y de mutuo propio solicito al mismo Ministro de Justicia para que remitiera a su despacho el cuaderno de arresto provisorio que existe contra el ciudadano chino en mención y que se encuentra en ese ministerio desde hace más de dos años (CUADERNO DE ARRESTO PROVISORIO N° 6370-2008-25). En ese sentido, dejo constancia que de lo que conozco, que existen dos oficios dirigidos al Ministro de Justicia de parte del mismo magistrado, quien lo requiere para que remita a su despacho el mencionado cuaderno de arresto provisorio.

3° Todo lo que menciono agrava la responsabilidad en términos de arbitrariedad y abuso del derecho soslayando principios de naturaleza constitucional en términos de detención arbitraria, porque ambos funcionarios (magistrado y ministro), conocen a ciencia cierta que el proceso de extradición llevado contra este ciudadano chino por parte del Gobierno de la República Popular China, se encuentra finalizado y terminado a raíz de la sentencia que en el mes de mayo de este año emitió el Tribunal Constitucional, quien ordenó al Estado del Perú que no podía extraditar al ciudadano chino WONG HO WING.

4° Es decir, en los momentos actuales no existe resolución judicial alguna que disponga la detención de esta persona, teniéndose en cuenta que el arresto provisorio es una medida de detención y privación de la libertad que solo puede darse en el contexto de un proceso de extradición conforme al artículo 523° del Código Procesal de 2004[1]. En otras palabras, si la extradición fue declarada improcedente por el Tribunal Constitucional, el arresto provisorio en su mismo contexto carece de toda validez por ser una medida subsidiaria del proceso de extradición. 
    
 5° Reitero que el ciudadano de nacionalidad china WONG HO WING se encuentra privado de su libertad desde el mes de octubre del año 2009 en el Centro Penitenciario Sarita Colonia, sin sentencia que justifique o que avale una detención arbitraria en estos términos, dado que en el mes de mayo del presente año el Tribunal Constitucional como lo estoy mencionando, resolvió declarar fundada una demanda de hábeas corpus y asimismo ordeno al Estado del Perú representado por el Poder Ejecutivo, a los efectos de que se abstenga de extraditarlo a raíz de la solicitud presentada por el Gobierno de la República Popular China.

6° Señalo asimismo y dejo plena constancia, que existe una demanda contra el Estado del Perú ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos desde hace dos años, que ya ha sido admitida a trámite e incluso una medida cautelar dispuesta por la misma contra el Estado del Perú, a los efectos de que se abstenga de extraditar a la citada persona hasta que la comisión no resuelva la denuncia que señalo por graves violaciones de los derechos humanos.


II.        FUNDAMENTOS DE HECHO     

ANTECEDENTES

A modo referencial se trata de la solicitud presentada el DIA 18 DE OCTUBRE DE 2011 ante el Séptimo Juzgado Penal del Callao (Causa N° 6370-2008), para que se disponga la inmediata libertad del ciudadano WONG HO WING en idioma ingles – y HUANG HAI YONG o HUANG HE YONG – en idioma chino, para que se le ponga en libertad sin ningún tipo de las restricciones (comparecencia, impedimento de salida del país, detención domiciliaria, información periódica en los plazos señalados, incautación, embargos, obligación dineraria o de no ausentarse de la localidad en donde reside, presentarse a autoridad alguna, caución económica, etc.), y asimismo, se disponga se le entregue su pasaporte a la persona en cuestión.

2° Sin embargo a pesar de encontrarse en pleno trámite una solicitud de libertad emanada de una detención arbitraria en los términos que estoy mencionando, tome conocimiento por versión de su mismo secretario porque hasta ese momento no se me había notificado nada sobre el particular, que el magistrado emplazado posiblemente en coordinación con el Ministerio de Justicia, remitió mi solicitud a dicho despacho renunciando dicho magistrado a las atribuciones que le señala la propia ley Orgánica del Poder Judicial, que señalan que  en el artículo 4° “que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala. Asimismo, ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominación, fuera de la organización jerárquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el órgano jurisdiccional. No se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecución, ni cortar procedimientos en trámite, bajo la responsabilidad política, administrativa, civil y penal que la ley determine en cada caso”.

3° Actitud por demás arbitraria de dichos funcionarios, porque en un primer momento conforme lo acredito con la copia que acompaño, fue el mismo magistrado quien dispuso oficiar al Ministro de Justicia para que remitiera a su despacho el mencionado cuaderno de arresto provisorio, en iguales condiciones como ya lo había hecho un año antes el 13 DE SETIEMBRE DE 2010, cuando en esa oportunidad oficio en los mismos términos al Ministerio de Justicia, sobre la cual nunca obtuvo respuesta, a pesar de la urgencia requerida. Sobre el particular, la defensa presentó un recurso al Juzgado Penal del Callao de fecha  08 DE NOVIEMBRE DE 2011, en el que se solicita se reitere dicha solicitud al Ministro de Justicia bajo los apercibimientos que señala la Ley Orgánica del Poder Judicial y se remita el cuaderno de arresto provisorio.

4° Evidentemente que una decisión arbitraria de este magistrado de remitir al despacho ministerial una solicitud de libertad por parte de una persona que se encuentra tres años privado de su libertad, no informarme nada sobre el particular y la reticencia del mismo Ministro de Justicia de remitir el Cuaderno de Arresto Provisorio en los términos de los actuados, no solo son contrarias a la ley y principios constitucionales, sino que denotan una estrecha coordinación entre ambos funcionarios para impedir que se tramite la solicitud de libertad de WONG HO WING y truncar cualquier posibilidad de que dicha persona sea puesta en libertad.   


II.               FUNDAMENTOS DE DERECHO

1° Sustento la presente demanda de hábeas corpus conforme a lo establecido en el artículo séptimo de la Convención Interamericana de Derechos Humanos; el numeral veinticuatro, literal b del inciso 24° del artículo segundo de la Constitución Política de la República del Perú; y  artículo III del Título Preliminar y artículo 2°, 3°, 4°, 25° y 30° del Código Procesal Constitucional.

2° Asimismo, sustento la presente demanda de hábeas corpus en la denuncia que existe contra el Estado del Perú, y que ya ha sido admitida por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CASO N° 12794 – WONG HO WING).

3° En la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional a favor de WONG HO WING EXP. 02278-2010-PHC/TC.

POR TANTO:

A Ud. Señor Juez solicito se sirva admitir a trámite la presente demanda, procesarla conforme al procedimiento que establece la ley y en su oportunidad declararla fundada, ORDENANDO LA INMEDIATA LIBERTAD DEL CIUDADANO WONG HO WING(EN IDIOMA INGLES) Y/O HUANG HAI YONG O HUANG HE YONG (EN IDIOMA CHINO), ASIMISMO SE LE DEVUELVA SU PASAPORTE Y SE LEVANTE CUALQUIER DISPOSICIÓN U ORDEN QUE RESTRINGA SU LIBRE TRÁNSITO, quien como manifiesto se encuentra detenido en forma arbitraria tres años en el Centro Penitenciario Sarita Colonia en el Callao.

PRIMER OTROSI DIGO. Acompaño copia de la solicitud de libertad que presentara ante el Séptimo Juzgado Penal del Callao a favor del ciudadano chino WONG HO WING de fecha 18 DE OCTUBRE DE 2011.

SEGUNDO OTROSI DIGO.  Acompaño copia del recurso de fecha 08 DE NOVIEMBRE DE 2011 en la que solicito al Séptimo Juzgado Penal del Callao, se requiera al Ministro de Justicia para que devuelva el cuaderno de arresto provisiorio que lo tiene desde el año pasado.

TERCER OTROSI DIGO. Acompaño la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 24 DE MAYO DE 2011, que resuelve disponer que el Estado del Perú se abstenga de extraditar a WONG HO WING.

CUARTO OTROSI DIGO.  Acompaño copia del Informe N° 151-10 PETICIÓN DE ADMISIBILIDAD – WONG HO WING – PERU -1 DE NOVIEMBRE DE 2010 – COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.

QUINTO OTROSI DIGO.  Acompaño copias de los OFICIOS DE FECHA 13 DE SETIEMBRE DE 2010 Y 26 DE OCTUBRE DE 2010 RESPECTIVAMENTE, EN LOS QUE EL MISMO JUEZ DE SÉPTIMO JUZGADO PENAL DEL CALLAO, SE REMITE EN DOS OPORTUNIDADES AL MINISTRO DE JUSTICIA (DR. VÍCTOR GARCÍA TOMA Y DR. FRANCISCO JOSÉ EGUIGUREN PRAELI), PARA QUE DEVUELVA EL CUADERNO DE ARRESTO PROVISORIO DEL CIUDADNO WONG HO WING.

SEXTO OTROSI DIGO. Acompaño copia de la resolución de la SALA PENAL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA de fecha DIEZ DE OCTUBRE DE 2011, en la que se dispone, entre otras decisiones,  “que la defensa del ciudadano chino Wong Ho Wing haga valer su derecho ante la instancia que corresponda”.  

SÉPTIMO OTROSI DIGO. Que adjunto copia que le dirigiera al Ministro de Justicia, en la que le solicito remita al Juzgado del Callao, el cuaderno de arresto provisorio.
Lima, 15 de noviembre de 2011




LUIS LAMAS PUCCIO
       CAL 7403


[1] Artículo 523°. “El arresto provisorio de una persona reclamada por las autoridades extranjeras procederá cuando: haya sido solicitada formalmente por la autoridad central del país interesado”.

jueves, 9 de septiembre de 2010

Segunda Amnistía: Decreto Legislativo introduce inaceptable prescripción de crímenes de lesa humanidad

Segunda Amnistía
Justicia :::: Decreto Legislativo introduce inaceptable prescripción de crímenes de lesa humanidad

Los reflejos del ministro de Justicia Víctor García Toma volvieron a ponerse a prueba esta semana tras la promulgación del Decreto Legislativo No 1097, que permite el sobreseimiento de juicios por crímenes de lesa humanidad a militares y policías.

García Toma amenazó con renunciar y calificó de “inaceptable la versión del Ministerio de Defensa”.

La norma fue emitida por el gobierno el miércoles 1 en función a las facultades especiales otorgadas en julio por el Congreso de la República.
Lleva las rúbricas del presidente Alan García, el ministro de Defensa Rafael Rey y el ministro de Justicia.
Sin embargo, el lunes último, García Toma aludió a dos versiones sobre la exposición de motivos del decreto aprobado en el Consejo de Ministros y luego remitido al Parlamento.

“No nos hemos puesto de acuerdo”, dijo y afirmó que, tal como se encuentra, la versión de Defensa “no es aceptable en modo alguno”.

Acto seguido, amenazó con renunciar al gabinete si se comprobaba que el Ejecutivo envió al Congreso el DL 1097 basándose solo en la opinión de Defensa, y no en la de su cartera.
El fuego fue atizado por el premier Javier Velásquez Quesquén y, el martes 7, García Toma volvió sobre sus pasos.

“Pude haber alzado un poquito la voz, pero este tema ha sido superado”, declaró a la prensa.

El lunes 6, los miembros del Grupo Colina, procesados por Barrios Altos, pidieron el sobreseimiento del caso amparados en el DL 1097.


“La norma es constitucional y puede ser útil si se interpreta correctamente”.

Pero el asunto es mucho más grave de lo que parece.
La Coordinadora de Derechos Humanos, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público se pronunciaron en contra del DL 1097.

“Sienta las bases para una posible amnistía encubierta”, declaró Susan Lee, directora del Programa América de Amnistía Internacional.

“Es una segunda ley de amnistía”, zanjó Carlos Rivera, abogado del IDL.

LA PRESCRIPCIÓN
El punto más sensible del DL 1097 tiene que ver con la prescripción de los casos de lesa humanidad.

Vocal Inés Villa desestimaría demandas.

Según la norma, la imprescriptibilidad de los delitos contra los derechos humanos solo surte efecto a partir de noviembre del 2003, cuando el Perú se adhirió a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad.

“Los crímenes de guerra y de lesa humanidad son imprescriptibles cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido”, dice el Artículo 1 de dicho tratado internacional.
Sin embargo, el ministro de Defensa Rafael Rey, autor de la norma, argumentó que el Estado peruano suscribió la Convención, conformada en 1970, con la “condición expresa” de que solo entraría en vigencia a partir de noviembre del 2003.

“La voluntad del Perú fue clarísima”, remarcó al señalar que las Naciones Unidas reconocieron esto en el apartado de declaraciones y reservas de los países que se sumaron a la Convención.
Es decir, el DL 1097 establece que los crímenes ocurridos antes de noviembre del 2003 no tienen la condición de lesa humanidad y, por lo tanto, son delitos prescriptibles, contraviniendo así sentencias previas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (caso Barrios Altos), de la Corte Suprema (Caso Fujimori) y del propio TC.

En el caso Barrios Altos vs Perú (2001), la CIDH señaló que “son inadmisibles las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones de derechos humanos tales como la tortura, las ejecuciones arbitrarias y las desapariciones forzadas”.

Un año después, en el 2002, el Tribunal Constitucional determinó en una sentencia que “corresponde al Estado el enjuiciamiento de los responsables de crímenes de lesa humanidad y, si es necesario, la adopción de normas restrictivas para evitar, por ejemplo, la prescripción de los delitos que violenten los derechos humanos”.

“Yo no he hecho esto pensando ni remotamente en el Grupo Colina”, dijo Rey, el martes último. “La mayoría de estos procesados ya están condenados”, sostuvo.

Pero la puerta ya comienza a abrirse. El viernes 3, el ex jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINTE), el general (r) Juan Rivero Lazo, solicitó a la 1ª Sala Penal Especial Anticorrupción, que preside la vocal Inés Villa Bonilla, el sobreseimiento (archivo) de su proceso judicial por la matanza de Barrios Altos.

Rafael Rey, autor de la insólita norma

El lunes último, en la Base Naval del Callao, los agentes del ‘Escuadrón de la Muerte’ y hasta Vladimiro Montesinos solicitaron acogerse al DL 1097 ante el mismo tribunal.
Fuentes cercanas al despacho de Villa Bonilla informaron que la magistrada declarará infundadas las solicitudes del Grupo Colina en vista de que el megaproceso por los crímenes de Barrios Altos, El Santa y Pedro Yauri, que arrancó en el 2008, ya está en la etapa de juicio oral y, además, porque la jurisprudencia internacional es determinante.
De todos modos se teme que otros casos emblemáticos pueden culminar en el archivo. García Toma aseguró que los militares procesados por los casos Accomarca (1985) y El Frontón (1986) no podrán pedir que se archive sus procesos porque, como en el Caso Colina, ya pasaron la etapa de instrucción.

Sin embargo, el martes 7, el juez suplente Juan Changanaquí recogió la argumentación del DL 1097, sobre la prescripción de los delitos de lesa humanidad, y anuló el proceso penal seguido contra el ex ministro del Interior aprista Agustín Mantilla y ocho miembros del presunto ‘Comando Rodrigo Franco’ procesados por supuestos delitos de secuestros y asesinatos.
La semana pasada, durante una conferencia de periodismo de investigación en Buenos Aires, Argentina, el vocal supremo César San Martín, presidente de la Primera Sala Penal Especial que condenó a 25 años de prisión a Alberto Fujimori precisamente por delitos de lesa humanidad en el 2009, se refirió a un “evidente retroceso que estamos viviendo” en temas de derechos humanos y corrupción.

San Martín está en el bolo para suceder a Javier Villa Stein en la presidencia de la Corte Suprema a fin de año.
Fuentes del Ministerio de Defensa dijeron que en la redacción del DL 1097 participó el asesor de dicho portafolio, Luis Coveñas, y también Sergio Tapia, abogado del vicepresidente Luis Giampietri.

Tapia fue contratado para defender al Estado peruano en el proceso seguido en la CIDH por el Caso El Frontón, en el 2003.
Rey será el primero en declarar ante la Subcomisión del Congreso que revisará los decretos legislativos emitidos por el Ejecutivo, entre ellos el 1097.

El titular de dicho grupo parlamentario, el aprista Aurelio Pastor, adelantó que el gobierno promulgó la norma “pensando en aquellos militares inocentes y para acelerar los procesos que, en muchos casos, tienen años”.

Admitió también que hay “ciertos vacíos que merecen ser aclarados”.

Pero saltarlos con garrocha puede tener aún más graves consecuencias.

martes, 7 de septiembre de 2010

Ministro de Justicia asegura que DL 1097 no permitirá la prescripción de delitos contra los DDHH

Ministro de Justicia asegura que DL 1097 no permitirá la prescripción de delitos contra los DDHH (**)
García Toma recordó que convenios internacionales garantizan que estos casos no queden impunes. También descartó que vaya a renunciar al cargo
Martes 07 de septiembre de 2010 - 05:04 pm

(VIDEO: CANAL N)

El ministro de Justicia, Víctor García Toma, aclaró que el Decreto Legislativo 1097 no permitirá la prescripción de los delitos contra la humanidad y los derechos humanos.

Sin embargo, reconoció que la preocupación de instituciones como la Defensoría del Pueblo es válida, teniendo en cuenta que la norma solo habla de la imprescriptibilidad de aquellos delitos cometidos después del 2003.


“En una disposición complementaria del texto se dice que para efectos procesales se precisa que la Convención sobre imprescriptibilidad para los crímenes de guerra y lesa humanidad (...) surte efecto si rige para el Perú a partir del 9 de noviembre del 2003 (...) eso es cierto porque así lo dispone una resolución legislativa, pero no significa que vaya a extender un manto de impunidad”, señaló García Toma en entrevista a Canal N.


Seguidamente explicó que el Perú no solo es suscriptor del referido convenio sino también de la Convención Americana de Derechos Humanos, en cuyo primer artículo se establece el deber de perseguir a los violadores de DDHH.

Mencionó que en ese sentido ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sentado jurisprudencia respecto a que para estos casos no proceden ni la amnistía ni la prescripción.


NO RENUNCIARÁ

En otro momento García Toma dio por superada su intención de renunciar al cargo como lo dejó entrever anoche al señalar que así lo haría en caso el Ejecutivo no hubiera tomado en cuenta los aportes de su portafolio en la exposición de motivos del DL 1097.


“Esta exposición de motivos es una herramienta valiosa para acreditar que el Poder Ejecutivo actuó dentro del marco de la delegación de facultades y en armonía con el mandato constitucional y las normas internacionales sobre protección de derechos humanos”, indicó.


En ese sentido descartó que la norma vaya a beneficiar a los miembros del grupo Colina o al ex presidente Alberto Fujimori.


“El tema ya ha sido superado y ahora estamos en la etapa de explicar las razones de este texto que puede ser una herramienta útil en la defensa cabal de los derechos humanos (...) no hagamos una telenovela de esto”, comentó descartando así su renuncia.


Ya por la mañana el primer ministro, Javier Velásquez Quesquén, aseguró que había conversado con García Toma y que ya se habían superado los malos entendidos. “Hay ministro de Justicia para rato”, dijo.

(**) (Fuente: http://elcomercio.pe/noticia/635527/ministro-justicia-asegura-que-dl-1097-no-permitira-prescripcion-delitos-contra-ddhh)

jueves, 12 de agosto de 2010

Choque de Poderes: MInistro de Justicia, Víctor García Toma, inicia ofensiva

Choque de Poderes
Justicia :::: El ministro de Justicia, Víctor García Toma, inicia ofensiva para que grandes casos relacionados con el narcotráfico no se hundan en el Poder Judicial.

García Toma ordenó denunciar penalmente a los jueces que pretendieron terminar con el proceso

El ministro de Justicia salió al frente para tocar un nervio central. Su cuestionamiento a decisiones judiciales que pretenden echarse abajo inmensos casos relacionados con el narcotráfico fue directo al plexo del Poder Judicial.

“Hay un titiritero que hace que en esas salas se resuelvan temas de trascendental importancia”, denunció a CARETAS.
“Aprovecharon además la semana de Fiestas Patrias, cuando los más lúcidos están interesados sobre todo en los anuncios presidenciales. Han querido pasar piola”.
Se refiere a los fallos relacionados con los procesos de los Sánchez Paredes y Luis Valdez.
La ofensiva comenzó el jueves 5, cuando el ministro convocó a una conferencia de prensa acompañado de los procuradores antidrogas, Sonia Medina; del Ministerio de Justicia, Daniel Figallo y de la Fiscalía, Aurelio Bazán Lora.

El caso de Orlando Sánchez Paredes, con riesgo de ser archivado, está en la mira del Ejecutivo.

García Toma descalificó el fallo de los vocales Carlos Ventura Cueva, Hermilio Vigo Zevallos y Demetrio Ramírez Descalzi, de la Cuarta Sala Penal para Reos en Cárcel, que ordenaron archivar el megaproceso seguido contra Orlando Sánchez Paredes y Belisario Esteves Ostolaza por lavado de dinero (CARETAS 2140).

El ministro ironizó manifestando que los tres vocales “confundieron a los Sánchez Paredes con la familia Ingalls”, al darles un “tratamiento de ficción”, y anunció que el procurador Bazán Lora interpuso denuncia penal contra dichos magistrados por los presuntos delitos de prevaricato, abuso de autoridad y avocamiento indebido ante la Fiscalía Suprema de Control Interno.
“Además de denunciar penalmente a los jueces”, anunció a esta revista, “ofreceremos cada cierto tiempo conferencias de prensa para dar a conocer los avances del proceso. Queremos que el caso se ventile. Si la prensa le quita los reflectores de encima, muere”.

Comunicado publicado en tres diarios defiende el fallo que pretende archivar el proceso.

PIMENTEL EN LA MIRA
El ministro también mostró su preocupación por el dictamen del juez supranacional Omar Pimentel, quien ordenó la excarcelación del ex alcalde de Pucallpa, Luis Valdez, procesado también por lavado de dinero del narcotráfico.
Aseguró que los procuradores investigarían al funcionario del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) que evaluó la salud de Valdez y emitió un informe médico que sirvió para su liberación por “problemas de salud”.

“Le pedí a (el jefe del INPE, Orlando) Rodríguez Rabanal que inicie una rápida investigación sobre el informe del médico Pedro Huellas. Es un documento blandengue. Para empezar, ¿es posible que un hombre senil, como lo califican, sea candidato a la alcaldía?”.

Jueces Omar Pimentel, quien ordenó la excarcelación del ex alcalde de Pucallpa, Luis Valdez; y Carlos Ventura Cueva, que emitió fallo a favor de Orlando Sánchez Paredes.

El ministro explicó al diario La República que “hemos salido públicamente porque estamos enfrentándonos a un enemigo muy peligroso. Se requiere un conjunto de fuerzas para salvar al país de ser atrapados por el fenómeno del narcotráfico, pues ya conocemos experiencias como la colombiana hace algunos años y la reciente en México. La impresión que uno tiene es que las sentencias expedidas a finales de julio vienen con su aguinaldo, pero también porque los antecedentes de los jueces no son los más idóneos”.
En referencia al juez supranacional Omar Pimentel, quien liberó a Valdez, dijo que “es el mismo que resolverá el caso Sánchez Paredes. Y hasta la fecha no ha salido a dar la cara. El Poder Judicial ha mejorado, pero todavía está en rojo. No pasa el examen”.

COMUNICADO DE GUERRA
Los vocales respondieron con sendas cartas enviadas a CARETAS y al diario La República (ver Nos Escriben y Contestamos). Orlando Sánchez Paredes hizo lo propio con un aviso a página completa el domingo último en tres diarios de Lima.

El comunicado a la “opinión pública” está muy bien escrito y plantea sus argumentos con claridad. Sin embargo, defiende un fallo que, para el ministro García Toma, sigue siendo una “barbaridad jurídica”.

El gerente general de Compañía Minera Santa Rosa (Comarsa) alegó que “la Fiscalía demoró más de 800 días en tramitar la investigación, pese a que oportunamente se había solicitado por escrito presentado a la Fiscalía de la Nación, con fecha 17 y 30 de setiembre del 2008, la designación de un conjunto de fiscales adjuntos que se dediquen a agilizar y analizar el caso”.

César Vega Vega retó a procurador Figallo a revelar quiénes integran supuesta red, pero al mismo tiempo removió a magistrados y los reemplazó con Cecilia Alva y Erla Hayakawa.


Fuentes del Ministerio Público recordaron que dichas solicitudes fueron denegadas porque la megainvestigación les fue encargada, en enero de ese mismo año, al fiscal contra el crimen organizado Eduardo Castañeda y al Equipo Especial de Investigación (EEI) de la Dirandro, a cargo del coronel PNP Carlos Morán Soto.

Orlando Sánchez Paredes afirmó también que “se amplió la investigación siete veces, pese a que el propio Ministerio Público, con fecha 3 de marzo del 2009, había ordenado una quinta ampliación por 180 días señalando expresamente que se trataba de la última ampliación”.

Pero en setiembre, el fiscal Jorge Chávez Cotrina solicitó una nueva prórroga a pedido del propio César Nakazaki, abogado de Sánchez Paredes, que requería presentar nueva documentación. Entre enero del 2008 y marzo del 2010, los Sánchez Paredes presentaron casi un millón de folios, lo que retrasó aún más las pesquisas.

Sánchez añadió que “jamás hubo un comportamiento obstruccionista por parte de mi persona o de mis abogados, como lo prueba el hecho de que nunca se me sancionó o apercibió por algún acto de defensa”.

Presidente del Poder Judicial Javier Villa Stein exigió que las sentencias fueran públicas.


Pero numerosos abogados de los procesados interpusieron un total de 30 hábeas corpus a lo largo de dos años. Entre los demandados, por supuestos delitos contra la fe pública y falsedad genérica, figuran la procuradora Medina, el director de la Policía, general Miguel Hidalgo; el coronel Morán, así como el comandante PNP Marcos del Águila y el mayor Jorge Luna, miembros del EEI.

Afirma también que “el fiscal demandado y la Procuraduría nunca cuestionaron y/o recusaron a los miembros de la Cuarta Sala Penal (ni por escrito ni en el informe oral), pese a que conocían con la debida anticipación que dicho colegiado tenía un precedente judicial que declaró fundada una demanda de hábeas corpus respecto a otras personas (sus cuatro hijos) en la misma investigación seguida por lavado de dinero”.

El dato es falso.
El fiscal Jorge Chávez Cotrina y la procuradora Sonia Medina sí apelaron el fallo ante las instancias pertinentes, tal y como lo publicó CARETAS 2115.

Sostiene, finalmente, que “la sentencia judicial (a su favor) fue emitida a los precedentes sentados por el Tribunal Constitucional en los casos Samuel Gleiser, que constituye doctrina constitucional obligatoria, y (Humberto) Abanto Verástegui, entre otras importantes sentencias”.
Sin embargo, dichos fallos no tienen carácter vinculante y eso lo sabe muy bien García Toma, que se desempeñó como miembro y presidente del TC entre el 2002 y el 2007.

“Gran parte de las citas sobre la jurisprudencia del TC son sesgadas”, explicó a CARETAS. “No corresponden a la realidad de los hechos ni son aplicables al caso concreto de los Sánchez Paredes. Prueba de eso es que el doctor Abanto (ex abogado de Sánchez) acaba de sacar un extenso artículo donde descarta la relación con su caso”.

¿UNA RED?
El lunes 9, el procurador Daniel Figallo volvió a la carga. “Apreciamos que en el tratamiento de las salas y juzgados habría una suerte de red que permitiría la conducción de los casos a través de unos jueces y una salas específicas para lograr la impunidad”, dijo a Ideele Radio. “Lo que tenemos es la sospecha de que funcionarios, secretarios, notificadores, jueces y vocales pueden estar involucrados. Yo no podría decir en este momento que el presidente de la Corte Superior de Lima, ni menos el presidente del Poder Judicial están involucrados (…) Pero la investigación está destinada a dar un reporte preciso de cuáles son las sospechas y cómo se fundamentan a hechos concretos”, aseguró.

Esa misma tarde, uno de los aludidos, el vocal César Vega Vega, presidente de la Corte Superior de Lima, retó al impetuoso Figallo a decir quiénes integran dicha red. Pero algún reconocimiento hubo al remover a los vocales Hermilio Vigo y Demetrio Ramírez, de la Cuarta Sala Penal para Reos en Cárcel. En su lugar colocó a las magistradas Erla Hayakawa Riojas y Cecilia Alva Rodríguez, a quienes pidió “proceder con ética y responsabilidad”.
Mientras tanto, el gobierno al que representa García Toma parece por fin convencido de que se enfrenta a una situación en la que la impunidad con el narcotráfico, cuyos tentáculos se extienden sin parar, vendrá a morderle la cola más temprano que tarde.

jueves, 5 de agosto de 2010

FRASE TODOPODEROSA DEL DIA

FRASE TODOPODEROSA DEL DIA:

"El Poder Judicial ha confundido a los Sánchez Paredes con la familia Ingalls", declaraciones del Ministro de Justicia del Perú, Víctor García Toma

miércoles, 4 de agosto de 2010

García Toma: jueces de casos Valdez y Sánchez Paredes deben explicar el por qué de sus sentencias

García Toma: jueces de casos Valdez y Sánchez Paredes deben explicar el por qué de sus sentencias
“No vaya a ser que estemos cambiando la balanza de la justicia por el cajero automático”, afirmó el ministro de Justicia, quien se sumó a los cuestionamientos a recientes fallos judiciales
Miércoles 04 de agosto de 2010 - 04:11 pm

FUENTE: http://elcomercio.pe/noticia/618524/garcia-toma-jueces-casos-valdez-sanchez-paredes-deben-explicar-que-sus-sentencias

Victor Garcia Toma, Ministro de Justicia del Peru

El ministro de Justicia, Víctor García Toma, pidió hoy a los magistrados del Poder Judicial mayor transparencia en sus labores.
Esto en relación a últimas sentencias que han permitido la excarcelación del ex alcalde Luis Valdez, el archivamiento del Caso Sánchez Paredes, y las vinculadas a la importación de autos usados.

“Existe una enorme preocupación en la lucha contra el narcotráfico, por ello resulta sumamente sospechoso algunas decisiones como en el caso Valdez, los Sánchez Paredes, e incluso situaciones vinculadas a la vida o el medio ambiente como el tema de los autos usados”, dijo García Toma.

Ante esta situación exigió a los magistrados que den cuenta de sus actos a través de los medios de comunicación y de la página web del Poder Judicial a fin de que los colegios de abogados, universidades y público en general estudien e investiguen estos casos.

“Debe salir a expresar clara e indubitablemente qué razones jurídicas amparan lo que es aparentemente injustificable. No vaya a ser que estemos cambiando la balanza de la justicia por el cajero automático. Necesitamos jueces probos y honestos”, indicó al término del Consejo de Ministros.

miércoles, 14 de julio de 2010

Beneficios penitenciarios para terroristas fueron promovidos por ex ministro Fernando Olivera

Beneficios penitenciarios para terroristas fueron promovidos por ex ministro Fernando Olivera
Así lo recordó el ex primer ministro, Pedro Pablo Kuczynski, quien además señaló que el pago de indemnizaciones a subversivos fue autorizado por el ex titular de Justicia, Alejandro Tudela
Miércoles 14 de julio de 2010 - 08:34 pm

Canal N
El Decreto Legislativo 927 aprobado en el gobierno de Alejandro Toledo y que permitió que los condenados por terrorismo obtengan la redención de su pena por trabajo y educación fue impulsado en el Gabinete de entonces por el ex ministro de Justicia y otrora líder del fenecido Frente Independiente Moralizador (FIM), Fernando Olivera.

Así lo recordó el ex presidente del Consejo de Ministros, Pedro Pablo Kuczynski, quien dijo haberse opuesto “rotundamente” a la norma que fue derogada el año pasado; pero a la que se acogió la emerretista Lori Berenson logrando su libertad.

“Al final, el ministro de Justicia de esa época, que era el señor (Fernando) Olivera, prevaleció y se le dieron algunas facilidades a algunos presos”, sostuvo Kuczynski en declaraciones a la prensa.

COMPENSACIONES NO INCLUIAN A BERENSON
El hoy candidato presidencial también se refirió al Decreto de Urgencia del gobierno toledista que aprobó el pago de indemnizaciones a algunas personas que obtuvieron fallos favorables en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
“En ningún momento se presentó el nombre de Lori Berenson en la lista que se dio en el Gabinete”, expresó tras recordar que el caso más importante fue el del dueño de Canal 2, Baruch Ivcher, y que los pagos fueron autorizados por otro ex ministro de Justicia del anterior gobierno, Alejandro Tudela.
Al respecto, el actual presidente de la CIDH, Diego García Sayán, aclaró hoy que, en el caso de Berenson, el organismo no ordenó una indemnización a favor de ella sino de sus padres, ya que al haberse ordenado un nuevo juicio, el Estado como parte demandada tuvo que asumir parte de los gastos de la parte demandante.