sábado, 17 de enero de 2009

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AFIRMA QUE NO PREMIO A TRABAJADOR EBRIO






El Tribunal Constitucional afirma que no premió a trabajador ebrio
(fuente diario El Trome)



"Por el contrario, ha señalado la necesidad de una sanción de grado menor pero no la de su retiro en su condición de trabajador de servicio humilde, que significaría la pérdida de calidad de vida para él y su familia", justificó el organismo judicial.

El Tribunal Constitucional (TC) afirmó hoy que nunca dispuso que se premie al trabajador de la Municipalidad de Chorrillos Pablo Cayo Mendoza, quien fue despedido por haber ido a trabajar luego de haber consumido alcohol.

"Por el contrario, ha señalado la necesidad de una sanción de grado menor pero no la de su retiro en su condición de trabajador de servicio humilde, que significaría la pérdida de calidad de vida para él y su familia, pues se trata de un trabajador con más de 25 años de servicios prestados a la comunidad", señala el TC.


En un comunicado, el TC respondió las críticas recibidas a raíz de la sentencia emitida en este caso, según las cuales no habría sopesado el peligro que significaría por ejemplo un tratamiento igual para un piloto de avión o de un bus interprovincial que caiga en la misma inconducta.


"Al respecto, es menester recordar que el artículo 274º del Código Penal señala la eventualidad de un piloto que, en estado de ebriedad, pusiera en riesgo la vida de los conducidos, situación diferente que colocaría a tal sujeto en diferente plano, es decir, en el plano penal porque por el grado de riesgo la ley penaliza la inconducta como delito", precisó el máximo organismo constitucional.


Sin embargo, indica que el hecho en cuestión no encaja en esas consideraciones porque en este caso se ha sancionado a un barredor de calles porque su jefa "comprobó" a través del olfato que éste había bebido alcohol.


Asimismo, señala que la sentencia dictada en este caso no tiene la categoría de precedente vinculante, ya que para ello se requiere una precisión expresa en el propio texto de la resolución.

AFECTA AL TRABAJO. De otro lado, el doctor Manuel Escalante, vocero de la Campaña "Amor y Control, Todos contra el uso nocivo de Alcohol" emprendido por el Ministerio de Salud (Minsa), señaló que acudir al trabajo en estado de ebriedad reduce en gran medida la capacidad laboral y genera problemas de salud como agresividad hacia sus compañeros, o accidentes dentro del centro de trabajo, debido a la falta de equilibrio o coordinación de extremidades.

Según el especialista, la disminución del rendimiento laboral no solo causa pérdidas en la productividad de la empresa o institución, sino también reclamos por parte de los compañeros de trabajo, quienes consideran injusto no generar la misma cantidad de metas proyectadas.

Los efectos del alcohol también puede desencadenar un ausentismo del trabajador ya que por problemas a la salud, el empleado falta al trabajo o pide permiso para ausentarse al sentir fuertes dolores de cabeza, sequedad en la boca, irritación digestiva y deshidratación debido a que aumenta la frecuencia urinaria.

RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR. Por su parte, Manuel Escalante, coordinador de la Estrategia de Salud Mental, resaltó la necesidad y compromiso que debe existir en la empresa con sus trabajadores, como por ejemplo, realizar acciones de prevención y material impreso o audiovisual que adviertan de las diversas enfermedades que puedan sufrir a causa del exceso de alcohol.

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