lunes, 3 de mayo de 2010

CNM abrirá investigación preliminar a fiscal Peláez Bardales

CNM abrirá investigación preliminar a fiscal Peláez Bardales

Maximiliano Cárdenas, informó que el CNM investigará de manera preliminar al fiscal superior José Peláez, tras la denuncia periodística que lo involucra en un presunto favorecimiento a Mario Alejandro Vélez, uno de los socios del ex funcionario Alberto Químper.

Fue al comentar la difusión de tres audios difundidos por el programa ‘Panorama’, en los que se escucha a Vélez, amigo de la infancia de Peláez, preguntarle al fiscal si ha realizado la “gestión” que le pidió. El abogado, quien era socio de Químper, se muestra muy insistente con Peláez, respecto al favor que solicitaba.

“Como en todos los casos donde hay indicios de alguna inconducta, lo que corresponde es abrir una investigación preliminar. Eso es lo que haría en este caso, voy a convocar al Pleno del Consejo a tratar el tema y actuar como corresponde y como el Consejo [de la Magistratura] lo hace de manera regular”, indicó en el programa “No Hay Derecho” de Ideeleradio.

Garantiza celeridad en Caso Peláez Bardales
El presidente del CNM garantizó, en este sentido, que se actuará con celeridad en el caso que involucra al fiscal Peláez Bardales, tras señalar que este tipo de investigaciones deben durar lo menos posible.

Refirió que el Consejo de la Magistratura ha dado muestras de cómo actúa cuando se trata de la comisión de faltas por parte de los magistrados, al citar el caso de la desaparecida fiscal Adelaida Bolívar.

“Recordemos que hicimos una investigación en el caso de las imputaciones que se hicieron a la fiscal Adelaida Bolívar, que fueron investigadas de la manera más rápida y se esclareció el tema. En otras investigaciones se ha actuado de manera similar”, aseveró.

Edmundo Peláez se inhibiría del caso

De otro lado, descartó que pueda existir un conflicto de intereses en el caso, pues uno de los miembros del CNM, Edmundo Peláez Bardales, es hermano del fiscal que será investigado. Dijo estar seguro, que el propio consejero pedirá apartarse de esta indagación para que no se ponga en duda la imparcialidad de su accionar.

“Los consejeros tenemos por norma, especialmente en los procesos disciplinarios, apartarnos de aquello que nos comprometa nuestro juicio imparcial e independiente y esto no será una excepción. El consejero Edmundo Peláez ya en reiterada oportunidad y apenas hay algo que pueda poner en tela de juicio su imparcialidad solicita su apartamiento. Pueden estar claros en esto que el Consejo no se va apartar de las normas que ha mantenido a lo largo de su accionar”, anotó.
CNM citaría al fiscal Milla y la jueza Martínez

Cárdenas Díaz dejó abierta la posibilidad de que el fiscal Walter Milla y la jueza María Martínez, quienes ventilan el Caso BTR sean también citados por el Consejo Nacional de la Magistratura como parte de las indagaciones. Refirió que las investigaciones que realizan son exhaustivas y que por lo tanto, no se puede dejar ningún cabo suelto.

Fue al referirse a las informaciones que señalan que los audios que involucran a José Peláez Bardales, ya fueron escuchados por el despacho del fiscal Walter Milla, sin que se hayan tomado acciones concretas.

“Vamos a investigar si esto se conoció, en qué términos se conoció y por qué no se actuó como se debería y si se hubiera omitido algún deber por parte de alguna autoridad. Las investigaciones pueden permitir ampliarse a otras personas de ser el caso. Que no quede duda que estas investigaciones son exhaustivas y que el Consejo –que es un órgano colegiado donde se encuentra representado la ciudadanía– debe actuar de una manera imparcial y aplicar la ley sin ningún miramiento, que no sea otro que la verdad de los hechos”, afirmó.
(Con información de Ideeleradio)

1 comentario:

Anónimo dijo...

EN EL MINISTERIO PUBLICO SE NOMBRA A LOS FISCALES A DEDO


Originariamente, el articulo 27 del Decreto Legislativo 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, señalaba que las fiscalìas vacantes se cubrian con el fiscal màs antiguo, para evitar que se hiciera a dedo, y de esta forma se pudiera manipular mediante el nombramiento de los fiscales provisionales, como decía:
Artículo 27.-Reemplazo de Fiscales por Licencia de más de 60 días
Si la licencia se concediere o prorrogare por más de sesenta días, así como en el caso de suspensión en el cargo a que se refiere el artículo 184 de la Constitución (1), el Fiscal de la Nación será reemplazado por quien le sigue en el turno. Tratándose de un Fiscal Supremo, el Fiscal de la Nación llamará a servir el cargo al más antiguo de los Fiscales Superiores de la especialidad.
Si el cargo para cubrir fuere el de Fiscal Superior, será llamado el Fiscal Provincial más antiguo para servirlo, atendiendo a la naturaleza civil o penal de la función por desempeñar. Y si se tratare de reemplazar a un Fiscal Provincial se llamará a servir el cargo, provisionalmente, al Adjunto respectivo".
Pero, ello fué modificado por el Artículo 2 de la Ley N° 28367, publicada el 28-10-2004, pues el nombramiento del fiscal màs antiguo no garantizaba la idoneidad en el cargo, porque muchos antiguos carecían de meritos teniendo e incluso eran obsoletos, por ello se pretendio que fueran los más idoneos de acuerdo a sus méritos, siendo el texto el siguiente:
"Artículo 27.- Reemplazo de Fiscales por licencias de más de sesenta (60) días
Si la licencia se concediere o prorrogare por más de sesenta (60) días, así como en el caso de suspensión en el cargo a que se refiere el artículo 100 de la Constitución, el Fiscal de la Nación será reemplazado por quien le sigue en el turno. Tratándose de un Fiscal Supremo, el Fiscal de la Nación llamará a servir el cargo al Fiscal Superior que reúna los requisitos para acceder a la Fiscalía Suprema, el que será llamado atendiendo su especialidad, hoja de servicios, producción fiscal, grados académicos, estudios en la Academia de la Magistratura y de perfeccionamiento, antigüedad y otros méritos de carácter jurídico.
Si el cargo para cubrir fuere el de Fiscal Superior, será llamado el Fiscal Provincial que reúna los requisitos para acceder a la Fiscalía Superior y con atención a los criterios señalados en el párrafo anterior. Y si se tratare de reemplazar a un Fiscal Provincial se llamará a servir el cargo, provisionalmente, al Adjunto respectivo."

El 13 de setiembre del 2005, se publicó la Resoluciòn Nª 1747-2005-MP-FN, que aprueba una tabla de puntaje para tales fines, aprobado casi un año después de la entrada en vigencia de la Ley Nº 28367.

Pero, estas normas legales, no se cumplen en el Ministerio Público, donde se cubren las plazas de fiscales a dedo, veamos:

1. Jose Humberto PEREIRA RIVAROLA, fue nombrado el 2 de setiembre del 2005, como Fiscal Supremo Provisional, siendo su cargo de carrera el de Fiscal Superior. El único de los Fiscales Supremos Provisionales que aprobo el examen escrito del concurso para Fiscales Supremos Titulares convocado por el Consejo Nacional de la Magistratura.

2. Maria de Lourdes LOAYZA GARATE, fue nombrada el 5 de mayo del 2006, como Fiscal Supremo por Resoluciòn 501-2006-MP-FN hasta el 6 de febrero del 2007; posteriormente el 8 de julio del 2008 por Resolución 922-2008-MP-FN es vuelta a nombrar hasta la fecha, su cargo de carrera es la de Fiscal Superior.

3. Zoraida AVALOS RIVERA, nombrada el 12 de febrero del 2008 por Resoluciòn 188-2008-MP-FN, siendo su cargo de carrera el de Fiscal Superior.

4. Avelino Trifón GUILLEN JAUREGUI, nombrado el 31 de julio del 2009 por Resolución 057-2009-MP-FN, siendo su cargo de carrera el de Fiscal Superior.