domingo, 14 de marzo de 2010

Abogado: Jose Enrique Crousillat no pierde el derecho de recuperar América TV

Abogado: Jose Enrique Crousillat no pierde el derecho de recuperar América TV

Jorge Castro, abogado de Jose Enrique Crousillat

En una entrevista sostenida en RadioProgramas del Perú (RPP), el abogado Jorge Castro afirmó que ni una sentencia de prisión ni la muerte elimina los derechos del ex empresario televisivo José Enrique Crousillat a pedir que se le devuelva legalmente América Televisión, cuyo medio, dijo, considera que aún es de su propiedad.
Tras expresar su rechazo a la decisión del Gobierno de revocar el indulto de su patrocinado, aseguró que nada evitará que Crousillat intente recuperar dicha propiedad.
“Crousillat cuando es sentenciado no pierde ningún derecho constitucional de pedir su propiedad, ni la muerte siquiera elimina esa posibilidad porque los herederos lo pueden pedir.
De manera que es una lucha larga en relación a ese tema (América Televisión)”, aseguró el abogado.
Según dijo, la Corte Suprema ordenó que se le devuelva dicho medio de comunicación. Sin embargo, dijo que los accionistas del consorcio Plural TV presentaron una demanda en enero de este año ante el Tercer Juzgado Constitucional para ser declarados legítimos propietarios.
“La persona que se siente propietaria no está limitada en evaluar situaciones legales para recuperar su propiedad. Él no se siente propietario porque quiere sentirse, sino porque la Corte Suprema le devuelve la propiedad y es una sentencia que tiene que cumplir”, anotó.
Castro indicó que quien tiene que cumplir la devolución es el juez César Vásquez, que precisamente le abrió proceso penal con mandato de detención el viernes último, tras lo cual el Gobierno revocó el indulto.
Al respecto, cuestionó la revocatoria del indulto al señalar que por el simple hecho de que una persona se muestre aparentemente en buen estado de salud, no significa que lo esté.
Sostuvo que un indulto no confina a una persona al dormitorio o a una clínica, sino que debe dársele la oportunidad de reinsertarse a la sociedad. En ese sentido, mencionó los casos del ex jefe del SIS Julio Espinoza y de Yehude Simon.
“Un indulto no puede confinar a una persona al dormitorio o a una clínica, porque ya no sería indulto. No puede poner reglas de comportamiento porque la ley no lo establece. Una persona que se reinserta a sus 77 años a la sociedad en cualquier lugar que aparezca no es causal de revocatoria”, refirió.

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